Resolución No. NR004/19 — Modificación de fecha de transición de televisión analógica a digital
Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)
- Decreto: NR004/19
- Publicación: 26 de diciembre de 2019
- Órgano emisor: Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)
- Gaceta: 35,133
Considerandos
Que el Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones, en su artículo 51 dispone lo siguiente: “La propiedad del espectro radioeléctrico le corresponde al Estado y la administración y control del mismo es competencia exclusiva de CONATEL. El espectro radioeléctrico es un recurso natural de carácter limitado y jurídicamente es inalienable e imprescriptible”.
Que CONATEL mediante la Resolución NR016/13, emitida en fecha trece de septiembre de dos mil trece y publicada en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintiuno de septiembre de dos mil trece, adoptó el estándar de Radiodifusión Digital de Servicios Integrados – Terrestre Brasil, conocido por sus siglas en inglés : ISDB-Tb (Integrated Services Digital Broadcasting – Terrestrial Brazil), para la transmisión terrestre digital del Servicio de Radiodifusión de Televisión en Honduras; estándar reconocido por el Sector Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
Que CONATEL mediante la Resolución NR019/13 (modificada mediante las resoluciones NR002/15, NR008/15 y NR016/16), emitida en fecha dos de octubre de dos mil trece y publicada en el Diario Oficial La Gaceta en fecha catorce de octubre de dos mil trece aprobó el Plan Nacional de Transición del Servicio de Radiodifusión de Televisión Analógica a Televisión Digital de señal abierta de libre recepción, que incluye el establecimiento de las condiciones básicas de prestación del Servicio de Radiodifusión de Televisión, denominado Televisión Terrestre Digital (TTD), que se concentrará en las bandas de frecuencias VHF III, UHF IV y UHF V correspondientes a los canales 7 al 13, 14 al 36 y 38 al 51, respectivamente.
Que esta Comisión Nacional de Telecomunicaciones ha sostenido diversas reuniones con los Operadores del Servicio de Radiodifusión de Televisión de Libre Recepción y a solicitud de éstos y en aras de realizar una transición armoniosa y en beneficio de los usuarios del servicio, se ha concluido que es necesario extender hasta el 27 de abril de 2020 como fecha máxima para realizar la transición.
Que CONATEL, conforme a lo dispuesto en la Resolución Normativa NR002/06,emitida en fecha quince de marzo de dos mil seis y publicada en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés de marzo de dos mil seis, sometió el anteproyecto de la presente Resolución Normativa al proceso de Consulta Pública en la página WEB de CONATEL, en el período comprendido del dieciséis (16) al dieciocho (18) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019); por cuanto cumplida dicha obligación, la presente Resolución con fundamento en los Artículos 32 y 33 de la Ley de Procedimiento Administrativo, deberá ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta, por ser un acto de carácter general.
Articulos
Modificar el Resuelve Primero de la Resolución Normativa NR016/16, el cual deberá leerse de la forma siguiente: “Los Operadores del Servicio de Radiodifusión de Televisión de Libre Recepción, deberán realizar la transición analógica a digital, a más tardar, el día 27 de abril de 2020” En el entendido de que todos aquellos operadores que ya cuenten con sistemas de transmisión con tecnología digital, deberán proceder a realizar la transición e informar a esta Comisión a través del siguiente correo electrónico: atencion cuidada no@conatel.gob.hn
La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Abog. David Matamoros Batson Comisionado Presidente CONATEL Abog. Willy Ubener Díaz E. Secretario General CONATEL 26 D. 2019. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES CONATEL U D I-D EG T-U N AH
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