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July 20, 2010In force

Approval of the National Reforestation Program (NRP)

  • Decree: 98-2007
  • Published: July 20, 2010
  • Gazette: 32,268
  • Category: Environmental
  • Type: Other

Summary

AIThis summary was generated by AI and may contain errors. Always verify against the original law text below. Not legal advice. Learn how we use AI

The National Reforestation Program (PNR) is a permanent state plan in Honduras to recover degraded forests, protect water, and improve soil productivity. It benefits the entire population by restoring strategic natural resources and improving the country's environmental and socioeconomic conditions.

Considerations

To approve the National Reforestation Program (PNR), which shall have validity and scope at the national level and indefinite duration, created to recover degraded areas and diversify the productivity of forest soils, as well as to establish an ordering and optimal utilization of economic, social, and natural resources, which may have an impact on the improvement of the socio-environmental conditions of the Honduran population.

To authorize the Sub-Directorate of Forest Development of the ICF, so that from the effective date of this Program, it shall carry out and execute all actions and measures pertinent to ensure compliance with all that is established therein, work that it shall perform in conjunction with the Department of Forest Management and Development.

To order the publication of the present Resolution of the National Reforestation Program in the Official Gazette (Diario Oficial la Gaceta), which shall be effective from the date of publication. BE IT DONE. EXECUTIVE DIRECTION NATIONAL INSTITUTE OF FOREST CONSERVATION AND DEVELOPMENT, PROTECTED AREAS AND WILDLIFE (ICF) GENERAL SECRETARIAT 20 J. 2010.

Full text

This document is available in Spanish only - English translation not yet available.

La Gaceta

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre

RESOLUCIÓN DE-MP-069-2010

INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF). DIRECCIÓN EJECUTIVA. COMAYAGUA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL A LOS VEINTITRÉS (23) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

Vista: Para resolver de oficio la aprobación del Programa Nacional de Reforestación (PNR).

Considerando: Que los bosques y su producción de bienes y servicios, en especial el agua, son un recurso estratégico para el desarrollo económico, social y ambiental de Honduras, en el presente y en el futuro.

Considerando: Que la recuperación de las áreas deforestadas y degradadas es una prioridad para la protección de la biodiversidad, el agua, el suelo y la productividad socio-económica del país.

Considerando: Que el sector público debe establecer los reglamentos y mecanismos mediante los cuales se ejercerá el manejo integral de los recursos naturales, con énfasis en aquellas áreas que han sido degradadas.

Considerando: Que el Estado debe garantizar la propiedad de los recursos naturales en forma de uso o acceso a la permanencia del bosque, como también la optimización de los bienes y servicios que este esfuerzo pueda generar.

Considerando: Que el Estado a través del ICF cuenta con la normativa y los lineamientos técnicos destinados a establecer la protección, conservación y el manejo nacional del bosque y de los recursos naturales que le integran.

Considerando: Que el sector público debe promover y orientar las actividades forestales, para incrementar la producción sostenible de bienes y servicios del bosque, logrando que la sociedad adquiera una dimensión de su importancia, en especial sobre aquellas áreas destinadas a la producción de agua.

POR TANTO:

El Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) en uso de sus facultades y fundamentado en los artículos 1, 340 y 341 de la Constitución de la República; artículo 2 incisos, 1, 2, 4, 5, 6 y 7; artículo 3, incisos, 1, 2, 3, 7, 8, 9, 13, 14, 15 16 y 17; artículo 5, incisos 6 y 7; 6; 7; 8, 9; artículo 11 incisos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 12, 21,22, 23, 24, 27, 34, 35, 36, 39, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 56, 57 y 63; artículo 13; artículo 17 incisos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 14, 16, 17, 19, 22, 24, 25, 26 y 27; y, los artículos: 35; 36; 37; 39; 44; 45; 46; 47; 48; 49; 50; 51; 52; 54; 55; 56; 57; 59; 61; 63; 64; 65; 66; 70; 73; 74; 75; 76; 80; 89; 90; 91; 92; 93; 94; 95; 102; 103; 104; 105; 106; 109; 110; 114; 115; 120; 121; 122; 123; 124; 125; 126; 146; 148; 149; 150; 151; 152; 153; 154; 169; 163; 170; 193; 194; 208; 209; 210; de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (Decreto 98-2007); Artículos 1, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo - Artículos 1, 30, 33, 36, 45, 46, 48, 49, 50 de la Ley General del Ambiente; Artículo 129 de la Ley de Municipalidades; Artículo 3 de la Ley del Servicio de Acueductos y Alcantarillado (SANAA); artículos 1, 2 (incisos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 9), 3 y 4 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento (Decreto 118-2003); y demás leyes aplicables.

RESUELVE:

PRIMERO: Aprobar el Programa Nacional de Reforestación (PNR), el cual tendrá validez y alcance a nivel nacional y una vigencia indefinida, creado para recuperar áreas degradadas y diversificar la productividad de los suelos forestales, como de establecer un ordenamiento y óptima utilización de los recursos, económicos, sociales y naturales, que puedan repercutir en el mejoramiento de las condiciones socio-ambientales de la población Hondureña.

SEGUNDO: Facultar a la Sub-Dirección de Desarrollo Forestal del ICF, para que a partir de la vigencia de este Programa, realice y ejecute todas las acciones y gestiones pertinentes a fin de darle cumplimiento a todo lo establecido en el mismo, labor que realizará en conjunto con el Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal.

TERCERO: Ordenar la publicación de la presente Resolución del Programa Nacional de Reforestación en el Diario Oficial la Gaceta, el cual tendrá vigencia a partir de la fecha de la publicación. CUMPLASE.

DIRECCIÓN EJECUTIVA INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF)

SECRETARIA GENERAL

20 J. 2010.

Notes

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