Declaration of Panama
- Published: October 16, 2015
- Category: Administrative
- Type: Communication
Summary
This declaration by Latin American and Caribbean countries commits governments to strengthen the fight against corruption through greater transparency, international cooperation, citizen participation, and effective enforcement of anti-corruption laws. It benefits all citizens by promoting honest and efficient governments that allocate public resources to sustainable development.
Considerations
Es necesario continuar con el desarrollo los compromisos contraídos en la 1 y II Reunión de Ministras, Ministros y Altas Autoridades de Prevención y Lucha contra la Corrupción que se realizaron el 7 y 8 de noviembre de 2013 en Santa Cruz de la Sierra - Bolivia y el 8 y 9 de diciembre de 2014 en Quito -Ecuador, respectivamente. 2. -
La CELAC es un mecanismo de concertación política e integración regional que promueve la cooperación, el desarrollo, la solidaridad, el diálogo en temas comunes, y la hermandad entre los países latinoamericanos y caribeños, fortaleciendo la unidad en la diversidad. 3. -
La lucha contra la corrupción a todos los niveles y en todas sus formas es una prioridad y que la corrupción constituye un serio obstáculo a la efectiva movilización y asignación de recursos y que desvía recursos de actividades que son vitales para la erradicación de la pobreza y el desarrollo sostenible. 4. -
La corrupción es un fenómeno global que trasciende las fronteras, por lo que es necesario reforzar la cooperación e intercambio de información basado en el principio de reciprocidad, las buenas prácticas, las lecciones aprendidas entre los Estados Miembros de la CELAC, con el fin de prevenir la impunidad, investigar, enjuiciar, devolver los activos y bienes procedentes de la corrupción al país de donde fueron sustraídos. En la cooperación, intercambio, restitución y demás acciones pertinentes serán respetados los mecanismos, prácticas y legislación interna de los países miembros. 5.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción es un marco legal internacional de referencia que sienta las bases para el desarrollo de posteriores legislaciones nacionales. 6. -
Cada Estado adoptará medidas adecuadas, dentro de los medios de que disponga y de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, para fomentar la "i CELAC AUTORIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN participación activa de personas, tal y como se prevé en el artículo 13 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, en la prevención y lucha contra la corrupción, y para sensibilizar a la opinión pública con respecto a la existencia, las causas y la gravedad de la corrupción, así como a la amenaza que ésta representa. 7.
La necesidad de trabajar en coordinación con todos los organismos, foros y mecanismos enfocados en la prevención y el combate contra la corrupción de forma tal que se fomenten las sinergias que permitan reforzar las acciones comunes y se eviten la duplicidad y desperdicio de recursos escasos. 8. -
La promoción y fortalecimiento de los valores morales, éticos, la transparencia y la rendición de cuentas constituyen elementos fundamentales en una buena gobemanza en cumplimiento de las funciones públicas. 9. -
El trabajo de la Academia Regional Anticorrupción para Centroamérica y el Caribe (ARAC) establecida en la República de Panamá en conjunto con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) viene contribuyendo para el desarrollo de las capacidades de los sectores público y privado en los temas de prevención y lucha contra la corrupción. 10. -
Se debe reconocer el principio de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción sobre la igualdad soberana e integridad territorial de los Estados y la no intervención en los asuntos internos de otros Estados. 11.
El buen gobierno, la transparencia y los sistemas de justicia robustos son elementos vitales para prevenir y combatir la corrupción, para nutrir y sostener el desarrollo económico, el crecimiento y la prosperidad de nuestras sociedades y para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible. 12. -
La buena labor que realizan varias iniciativas regionales y globales en la lucha contra la corrupción, a favor de gobiernos más transparentes, mejora la capacidad, de respuesta hacía sus ciudadanos y facilita la rendición de cuentas. DECIDIMOS ESTABLECER LOS SIGUIENTES COMPROMISOS: 1.- Apoyar y profundizar lo acordado en la Declaración Especial de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños sobre Transparencia y Lucha contra la Corrupción, aprobada en la III Cumbre de CELAC realizada los días 28 y 29 de enero de 201 5 en Belén, Costa Rica, para promover una cultura de transparencia y participación ciudadana, defender l;iS»-tk'i:ii<mi;:j:ii'!i y Cn'<?aUn AUTORIDAD NACIONAL DB TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN el valor de la ética y la apertura de la información, mejorar los servicios públicos, gestionar los recursos públicos, promover la innovación y crear comunidades más seguras. 2. - Continuar la implementación efectiva de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, al igual que otros instrumentos internacionales y regionales de prevención y lucha contra la corrupción en nuestros países, de los cuales sean parte. 3. - Alentar a los Países miembros de la CELAC a establecer y desarrollar códigos o programas de ética dentro de los actores no estatales, incluido el sector privado. 4. - Fortalecer la cooperación internacional e intercambio de información entre los países miembros de la CELAC en relación a los órganos de prevención y lucha contra la corrupción, basado en el principio de reciprocidad y el principio de igualdad soberana e integridad territorial de los Estados y la no intervención en los asuntos internos de otros Estados. 5. - Fortalecer la transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y fomento del uso de nuevas tecnologías en nuestros gobiernos. 6. Reconocer el buen desempeño que tiene la República de Panamá en la Presidencia de la Conferencia de los Estados Parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, desde el 25 de noviembre de 2013. 7. Presentar ante los órganos correspondientes de la CELAC, esta declaración de la III Reunión Especializada de Ministras, Ministros y Altas Autoridades de Prevención y Lucha contra la Coirupción de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños. 8. Considerar los países miembros, en atención a los acuerdos de Belén, la remisión potestativa a la Presidencia Pro Témpore de la CELAC de las buenas prácticas que estimen relevantes en materia de prevención y lucha contra la corrupción. Dado en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, a los dieciséis (16) días del mes de octubre de dos mil quince (2015).
Full text
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III REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTRAS, MINISTROS Y ALTAS AUTORIDADES DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DECLARACIÓN DE PANAMÁ Las Ministras, Ministros y Altas Autoridades de Prevención y Lucha contra la Corrupción de los países miembros de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), reunidos en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, el día 16 de octubre de 2015, considerando que:
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- Es necesario continuar con el desarrollo los compromisos contraídos en la 1 y II Reunión de Ministras, Ministros y Altas Autoridades de Prevención y Lucha contra la Corrupción que se realizaron el 7 y 8 de noviembre de 2013 en Santa Cruz de la Sierra - Bolivia y el 8 y 9 de diciembre de 2014 en Quito -Ecuador, respectivamente.
- 2)
- La CELAC es un mecanismo de concertación política e integración regional que promueve la cooperación, el desarrollo, la solidaridad, el diálogo en temas comunes, y la hermandad entre los países latinoamericanos y caribeños, fortaleciendo la unidad en la diversidad.
- 3)
- La lucha contra la corrupción a todos los niveles y en todas sus formas es una prioridad y que la corrupción constituye un serio obstáculo a la efectiva movilización y asignación de recursos y que desvía recursos de actividades que son vitales para la erradicación de la pobreza y el desarrollo sostenible.
- 4)
- La corrupción es un fenómeno global que trasciende las fronteras, por lo que es necesario reforzar la cooperación e intercambio de información basado en el principio de reciprocidad, las buenas prácticas, las lecciones aprendidas entre los Estados Miembros de la CELAC, con el fin de prevenir la impunidad, investigar, enjuiciar, devolver los activos y bienes procedentes de la corrupción al país de donde fueron sustraídos. En la cooperación, intercambio, restitución y demás acciones pertinentes serán respetados los mecanismos, prácticas y legislación interna de los países miembros.
- 5)
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción es un marco legal internacional de referencia que sienta las bases para el desarrollo de posteriores legislaciones nacionales.
- 6)
- Cada Estado adoptará medidas adecuadas, dentro de los medios de que disponga y de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, para fomentar la
"i CELAC AUTORIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN participación activa de personas, tal y como se prevé en el artículo 13 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, en la prevención y lucha contra la corrupción, y para sensibilizar a la opinión pública con respecto a la existencia, las causas y la gravedad de la corrupción, así como a la amenaza que ésta representa.
- 7)
La necesidad de trabajar en coordinación con todos los organismos, foros y mecanismos enfocados en la prevención y el combate contra la corrupción de forma tal que se fomenten las sinergias que permitan reforzar las acciones comunes y se eviten la duplicidad y desperdicio de recursos escasos.
- 8)
- La promoción y fortalecimiento de los valores morales, éticos, la transparencia y la rendición de cuentas constituyen elementos fundamentales en una buena gobemanza en cumplimiento de las funciones públicas.
- 9)
- El trabajo de la Academia Regional Anticorrupción para Centroamérica y el Caribe (ARAC) establecida en la República de Panamá en conjunto con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) viene contribuyendo para el desarrollo de las capacidades de los sectores público y privado en los temas de prevención y lucha contra la corrupción.
- 10)
- Se debe reconocer el principio de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción sobre la igualdad soberana e integridad territorial de los Estados y la no intervención en los asuntos internos de otros Estados.
- 11)
El buen gobierno, la transparencia y los sistemas de justicia robustos son elementos vitales para prevenir y combatir la corrupción, para nutrir y sostener el desarrollo económico, el crecimiento y la prosperidad de nuestras sociedades y para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible.
- 12)
- La buena labor que realizan varias iniciativas regionales y globales en la lucha contra la corrupción, a favor de gobiernos más transparentes, mejora la capacidad, de respuesta hacía sus ciudadanos y facilita la rendición de cuentas. DECIDIMOS ESTABLECER LOS SIGUIENTES COMPROMISOS:
- 1)
Apoyar y profundizar lo acordado en la Declaración Especial de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños sobre Transparencia y Lucha contra la Corrupción, aprobada en la III Cumbre de CELAC realizada los días 28 y 29 de enero de 201 5 en Belén, Costa Rica, para promover una cultura de transparencia y participación ciudadana, defender
l;iS»-tk'i:ii<mi;:j:ii'!i y Cn'<?aUn AUTORIDAD NACIONAL DB TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN el valor de la ética y la apertura de la información, mejorar los servicios públicos, gestionar los recursos públicos, promover la innovación y crear comunidades más seguras.
- 2)
- Continuar la implementación efectiva de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, al igual que otros instrumentos internacionales y regionales de prevención y lucha contra la corrupción en nuestros países, de los cuales sean parte.
- 3)
- Alentar a los Países miembros de la CELAC a establecer y desarrollar códigos o programas de ética dentro de los actores no estatales, incluido el sector privado.
- 4)
- Fortalecer la cooperación internacional e intercambio de información entre los países miembros de la CELAC en relación a los órganos de prevención y lucha contra la corrupción, basado en el principio de reciprocidad y el principio de igualdad soberana e integridad territorial de los Estados y la no intervención en los asuntos internos de otros Estados.
- 5)
- Fortalecer la transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y fomento del uso de nuevas tecnologías en nuestros gobiernos.
- 6)
Reconocer el buen desempeño que tiene la República de Panamá en la Presidencia de la Conferencia de los Estados Parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, desde el 25 de noviembre de 2013.
- 7)
Presentar ante los órganos correspondientes de la CELAC, esta declaración de la III Reunión Especializada de Ministras, Ministros y Altas Autoridades de Prevención y Lucha contra la Coirupción de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños.
- 8)
Considerar los países miembros, en atención a los acuerdos de Belén, la remisión potestativa a la Presidencia Pro Témpore de la CELAC de las buenas prácticas que estimen relevantes en materia de prevención y lucha contra la corrupción. Dado en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, a los dieciséis (16) días del mes de octubre de dos mil quince (2015).
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Related laws
- Acuerdo No. 1089-15 — Declaración de Plaga de Importancia Cuarentenaria y Medidas Fitosanitarias contra Fusarium oxysporum f. sp. cubense Raza Tropical 4 — This law declares the Fusarium oxysporum fungus (Panama Disease) as a quarantine pest in Honduras to protect the banana and plantain industry, which generates 8.6 billion lempiras annually. It prohibits the entry of reproductive material from affected countries and requires inspections of travelers and their belongings to prevent disease introduction. (Decree 1089-15, 2015)
- Resolución — Declaración de Zona Catastrada - Parque Nacional Cerro Azul Meambar (PANACAM) — The Property Institute declares Cerro Azul Meambar National Park as a "Cadastral Zone" after completing the cadastral survey and exhausting the 30-day period for property owners to request corrections. This allows opening real property records for registered properties in the protected area.
- Acuerdo Ministerial No. 007-2020 — Declaración de información como reservada en negociaciones del Tratado sobre Inversión y Comercio de Servicios (TICS) (Decree 007-2020, 2020)
- Resolución No. 346-15 — Declaración con lugar del Recurso de Reposición contra Resolución N°. 093-15 sobre marca JAMO Y DISEÑO — This resolution cancelled the "JAMO Y DISEÑO" trademark owned by Cementos y Morteros de Honduras because the company failed to provide proof that it actually used the trademark in Honduras. The court required trademark owners to demonstrate use through documentation; since the company did not do so, the trademark was removed from the registry. (Decree 346-15, 2015)
- Resolución No. 1683-2025 — Declaración con lugar de Recurso de Reposición Parcial contra Resolución No. 1039-2025 - Modificación de Licencia de Distribuidor para DYCO, S.A. DE C.V. (Decree 1683-2025, 2026)