Decreto Ejecutivo No. PCM-037-2015 — Declaración de expropiación forzosa de inmueble para Colonia Los Zorzales Número 2
Resumen
Este decreto expropia (toma) un terreno de 18,774 metros cuadrados en la Colonia Los Zorzales Número 2 de Comayagüela para regularizar la propiedad de los residentes que viven allí. El Estado toma esta acción porque es de necesidad pública y los propietarios originales no llegaron a acuerdos en las audiencias de conciliación.
Considerandos
- 1.Que de conformidad al Artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente Constitucional de la República la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
- 2.Que de conformidad al Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República, tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejos de Ministros.
- 3.Que corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, mantener la paz y seguridad interior de la República, administrar la hacienda pública, dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando caso lo requiera el interés nacional.
- 4.Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 106 de la Constitución de la República, es procedente la expropiación de bienes inmuebles por motivo de necesidad pública calificada por la Ley.
- 5.Que la Ley de Propiedad en su Artículo 77 reformado, establece que es de necesidad pública la regularización de la propiedad inmueble en la que se encuentren los asentamientos humanos establecidos antes del treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil diez (2010) y en los que no pueda establecerse claramente la titularidad de los mismos o existiesen disputas entre terceros no poseedores del inmueble respecto a su dominio.
- 6.Que mediante Declaratoria de Expropiación No. 003-2015-L, emitida en fecha 08 de enero de 2015, emitida por la Dirección de Legalización y Regularización, dependencia del Instituto de la Propiedad, se declaró por causa de necesidad pública la regularización del predio que ocupa la “COLONIA LOS ZORZALES NÚMERO 2, DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN”, de acuerdo a las colindancias y áreas establecidas en la constancia DGCG-709-2012, emitida por la Dirección General de Catastro y Geografía del Instituto de la Propiedad.
- 7.Que en cumplimiento del procedimiento establecido en la Ley de Propiedad, la Dirección General de Regularización Predial, en fecha treinta (30) de octubre del año dos mil trece (2013), se llevó a cabo la Audiencia de Conciliación en la cual se levantó respectiva acta, y siendo que en la misma no fue posible llegar a un acuerdo conciliatorio en vista de no haberse hecho presente los presuntos propietarios quienes fueron citados en legal y debida forma según lo establece la Ley de Propiedad, la misma se declaró fracasada, sobre los predios que ocupa la “COLONIA LOS ZORZALES NÚMERO 2”.
- 8.Que el inmueble donde se encuentra ubicado el asentamiento humano denominado “COLONIA LOS ZORZALES NÚMERO 2”, reúne los requisitos para ser beneficiario del proceso de regularización por causa de necesidad pública.
- 9.Que el inmueble donde se encuentra ubicado el asentamiento humano denominado “COLONIA LOS ZORZALES NÚMERO 2”, fue iniciado el proceso de Regularización de Inmuebles por Causa de Necesidad Pública por el Instituto de la Propiedad a través de la Dirección General de Regularización Predial mediante providencia de fecha seis Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 4 of 36 -- UDI -DEGT-UNAH (6) de Diciembre del año dos mil once (2011), según Expediente Administrativo No. 0612-2011-267-NP.
- 10.Que conformidad con el Dictamen No. 058-2014-L, emitido por el Departamento Legal de la Dirección General de Legalización y Regularización en fecha cuatro de agosto de dos mil catorce, el Asentamiento humano de la colonia Los Zorzales Número 2 se encuentra establecido antes del año 2006, con características de arraigo y permanencia consolidada, conformando los elementos básicos para ser considerando asentamiento humano como tal; y que el mismo se encuentra ubicado dentro del Sitio Ejidos de Comayagüela sobre el cual pesa prohibición de celebrar actos y contratos emitida por el Juzgado Unificado de lo Civil del Departamento de Francisco Morazán promovida por un tercero ajeno al referido Asentamiento Humano.
- 11.Que el Instituto de la Propiedad en cumplimiento del artículo 79 reformado, Párrafo Tercero, de la Ley de Propiedad, solicitó al Poder Ejecutivo mediante Oficio SG-17-2013 de fecha 18 de marzo de 2013, la expropiación del Inmueble relacionado en razón de no haber llegado a ningún arreglo conciliatorio en la Audiencia de Conciliación referida.
Articulos
Articulo 1
Declarar la expropiación forzosa, por causa de necesidad pública, del inmueble que ocupa la “COLONIA LOS ZORZALES NÚMERO 2” de la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; con las siguientes características: AREA: 18,774.22 M 2. COLINDANCIAS: NORTE: Colonia Los Zorzales No. 1 y Colonia Montelimar. SUR: Colonia Oscar A. Flores, Colonia Brisas del Cortijo y Colonia Altos de San José. ESTE: Colonia La Vega, Colonia Altos de San José y Colonia Brisas del Cortijo. OESTE: Colonia Los Zorzales No. 1 y Residencial Los Zorzales.
Articulo 2
Para la determinación del justiprecio del inmueble relacionado se procederá de conformidad a lo establecido en los Artículos 82, 83, 84 y 88, reformado de la Ley de la Propiedad.
Articulo 3
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en el Salón Constitucional de Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil quince (2015). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 5 of 36 -- UDI -DEGT-UNAH RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE DESARROLLO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DILCIA AGUIRIANO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY JESÚS MEJIA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURAY SERVICIOS PUBLICOS, POR LEY JULIAN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD SAMUEL ARMANDO REYES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA EDNAYOLANI BATRES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN RAMÓN FERNANDO CARRANZA SECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, POR LEY JOSÉ LUIS OSORIO MEDINA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURAY GANADERÍA, POR LEY JOSÉ ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS ROCIO TABORA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 6 of 36 -- UDI -DEGT-UNAH Banco Central de Honduras