Decreto Ejecutivo No. 026-2023 — Prórroga de vigencia de las funciones de la Comisión Interventora del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA)
Presidencia de la República
- Decreto: 026-2023
- Publicación: 4 de septiembre de 2023
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 36,325
Considerandos
Que el Artículo 1 de la Constitución de la República establece que Honduras es un Estado de Derecho, Soberano, constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
Que de conformidad con el Artículo 245 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República tiene a su cargo la administración general del Estado, la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada, encontrándose dentro de sus atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo, crear y mantener los servicios públicos, pudiendo dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional, actuando por sí o en Consejo de Ministros.
Que mediante Decreto Ejecutivo Número 02-2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el veintidós (22) de febrero del año dos mil veintidós (2022), Edición No. 35,855, se nombró una Comisión Interventora en el Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), para su correcta administración, funcionamiento, con el propósito de garantizar a los participantes del sistema de previsión del magisterio el otorgamiento de los beneficios de asistencia, previsión social y la prestación de los servicios que se derivan de su ley constitutiva. Facultades que les fueron prorrogadas mediante el Decreto Ejecutivo número 08-2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el veintinueve (29) de agosto del año dos mil veintidós (2022) y el Decreto Ejecutivo Número 02-2023, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el veinte (20) de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Que en el Decreto Ejecutivo Número 02-2022, el Decreto Ejecutivo Número 08-2022 y el Decreto EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Ejecutivo Número 02-2023, se establece que la Comisión Interventora del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), está integrada por tres (3) miembros, quienes fueron nombrados por la Presidenta de la República y permanecerán en funciones por un período de seis (6) meses respectivamente, pudiendo ser prorrogable, conforme los términos establecidos en el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 02-2022.
Que la Comisión Interventora del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), durante su gestión administrativa se ha enmarcado en el cumplimiento de los objetivos que determina el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo número 02-2022, habiendo obtenido durante la administración de la entidad intervenida, los logros siguientes: Diversificación de la Cartera de Créditos del Instituto en un mercado de préstamos altamente competitivo, la incorporación de nuevos servicios financieros para la consolidación y/o readecuación de deudas de los docentes, implementación de requisitos y condiciones accesibles para el otorgamiento de préstamos personales e hipotecarios, redujo las tasas de interés en los préstamos que han resultado atractivas a los Participantes del Sistema, implementación de mecanismos que garantizan la prontitud en el otorgamiento de beneficios y servicios personalizados y acorde con las necesidades del Magisterio; volviendo la entidad intervenida más eficiente, ha concretado las gestiones pertinentes para el desarrollo de Proyectos de Infraestructura dentro de los que se contempla la construcción de inmuebles en beneficio de los docentes en los próximos dos (2) años, elaborado la propuesta de Reformas a la Ley del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio, contenida en el Decreto Legislativo No. 247-2011 y ha incrementado a Reserva Patrimonial del Fondo en 5,000 Mil Millones de Lempiras.
Que es necesario que la Comisión Interventora del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), permanezca en el ejercicio de sus funciones, por un período de seis meses (06) meses más, pudiendo ser prorrogables, para que continúe con el cumplimiento de los fines y objetivos para la cual ha sido creada y garantizar la solvencia patrimonial del fondo mediante la diversificación de sus recursos económicos, en proyectos de inversión que aval en condiciones de seguridad, liquidez, diversificación del riesgo, para que con sus rendimientos se asegure el otorgamiento de los beneficios de asistencia y previsión social al Magisterio.
Que la Constitución de la República, otorga a la Presidenta de la República la atribución de emitir Decretos y Acuerdos y expedir Reglamentos y Resoluciones.
Articulos
Prorrogar la vigencia de las funciones de la Comisión Interventora del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), creada mediante el Decreto Ejecutivo número 02-2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el veintidós (22) de febrero del año dos mil veintidós (2022), Edición No. 35,855, hasta el veintinueve (29) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), pudiendo ser prorrogable este período, con el propósito de garantizar la in interrupción de las funciones y administración del fondo y proceda a concretar la restructuración orgánica funcional de la entidad intervenida, para culminar con los fines y objetivos para la cual ha sido creada. La Comisión Interventora continuará ostentando en el ejercicio de sus funciones las facultades establecidas en el artículo 100 de la Ley General de la Administración Pública, que le confieren las potestades de proceder a la suspensión temporal del personal, terminación de contratos de trabajo o la revocación de Acuerdos del personal que considere innecesario, todas aquellas facultades que correspondan a los administradores de las Instituciones Autónomas, las atribuciones establecidas en la Ley del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) y demás que por norma legal adicionalmente le correspondan.
La Comisión Interventora deberá identificar recursos dentro del presupuesto aprobado por el Congreso Nacional de la República al Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) para el presente ejercicio fiscal, para financiar los gastos para su correcto funcionamiento y concretar la reestructuración que se le instruye mediante el presente Decreto. En caso de ser necesario se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para realizar la asignación de recursos de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, cuyo propósito fundamental se constituya en la atención de gastos ineludibles para el cumplimiento de las facultades otorgadas.
El presente Decreto es de ejecución inmediata y deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 23 días del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LA PRESIDENCIA. Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
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