Constitución de la República de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 24 de enero de 2019
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 23,612
- Categoria: Constitucional
- Versión:
Modificaciones
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 3-2021 — Ratificación Constitucional de Decreto 192-2020 sobre Derechos a la Vida y Matrimonio (Reforma) — artículos 67, 112
Articulo 379
Constitución de la República de Honduras
Esta Constitución será jurada en sesión pública y solemne y entrará en vigencia el veinte de enero de mil novecientos ochenta y dos. Dado en el salón de sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente, en la ciudad de Tegucigalpa, Distrito Central, a los once días del mes de enero de mil novecientos ochenta y dos. JOSÉ EFRAIN BU GIRÓN Presidente MARCO TULIO CASTILLO Secretario Ratificado por Decreto No. 38-2001 del 16 de abril del 2001, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº29,489 de fecha 29 de mayo del 2001. JUAN PABLO URRUTIA Secretario Por tanto, Publíquese. Tegucigalpa M.D.C.11 de Enero de 1982 POLICARPO PAZ GARCIA Presidente El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia OSCAR MEJIA ARELLANO Agradecimiento Se agradece el trabajo, dedicación y compromiso del equipo conformado para llevar a cabo la actualización de la Constitución de la República de Honduras al mes de diciembre del año 2025, cuyo aporte fue fundamental para el desarrollo de este documento que el pone a su disposición en su Portal Institucional. Jennifer Josset Hernandez Acosta. Archivo Histórico PJ Roberto Carlos Gaitan Ordoñez. CEDIJ PJ Allan Josue Madrid Castro. Administrador del Portal Institucional PJ Francis Janette Raudales Valladares. Biblioteca Judicial Electrónica CEDIJ PJ DICIEMBRE 2025
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