Código del Trabajo de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 189-59
- Publicación: 15 de julio de 1959
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 16,827
- Categoria: Laboral
- Versión:
Modificaciones
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 150-2008 — Reforma Parcial del Artículo 120 y Adición del Artículo 120-A del Código del Trabajo (Reforma) — artículos 120, 120-A
- Modificado por: DECRETO No 75-2014 Unificación y traslado feriados mes de octubre (Reforma) — artículos 339
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 78-2015 — Reforma al Decreto No. 75-2014 sobre traslado de feriados cívicos de octubre (Reforma) — artículos 339
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 45-1961 — Adición al Artículo 7º del Código del Trabajo sobre intermediarios y patrones (Adición) — artículos 7
Articulo 873
Código del Trabajo de Honduras
Las disposiciones de este Código se aplicarán a los juicios pendientes en el momento en que principie a regir; pero los términos no vencidosy los recursos interpuestos se regirán por la Ley aplicable al tiempo en que empezó el término o se interpuso el recurso. c) Decreto Legislativo No. 44 de 4 de febrero de 1952; Ley de Trabajo de Menores y de Mujeres; d) Decreto Legislativo No. 63 de 19 de febrero de 1952, que crea la Dirección General de Trabajo y Previsión Social; e) Decreto Legislativo No. 15 de 12 de enero de 1953, reformando el artículo 40 del decreto No. 44; f) Decreto Ley No. 50 de 16 de febrero de 1955, Carta Constitutiva de Garantías de Trabajo; g) Decreto Ley No. 59 de 14 de marzo de 1955, Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje; h) Decreto Ley No. 101 de 6 de junio de 1955; Ley de Organizaciones Sindicales; i) Decreto Ley No. 123 de 22 de julio de 1955, sobre Celebración Convenios Colectivos; j) Decreto Ley No. 224 de 20 de abril de 1956: Ley de Contratación Individual de Trabajo; k) Decreto No. 90 de 9 de mayo de 1957, reformando Artículo 69 de la Ley de Contratación Individual de Trabajo: l) Decreto No. 114 de 22 de julio de 1957; Ley de Trabajo Ferrocarrilero; m)Decreto No. 133 de 15 de agosto de 1957; sustituye el texto del Artículo 86 de la Ley de Contratación Individual de Trabajo; n) Decreto de la Junta Militar de Gobierno No.134-A de 19 de agosto de 1957; Ley Orgánica de la Dirección General de Trabajo; o) Decreto No. 169-A de 15 de octubre de 1957, reformando Artículo 17, inciso b) y 45 de la Ley de Organizaciones Sindicales; p) Decreto Legislativo No.7 de 11 de marzo de 1958, sobre días feriados; q) Decreto Legislativo No. 30 de 28 de marzo de 1958, reformando Ley de Organizaciones Sindicales; y, r) Decreto Legislativo No. 47 de 29 de abril de 1958 reformando Ley de Trabajo Ferrocarrilero VIGENCIA DE ESTE CÓDIGO
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