Código del Trabajo de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 189-59
- Publicación: 15 de julio de 1959
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 16,827
- Categoria: Laboral
- Versión:
Modificaciones
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 150-2008 — Reforma Parcial del Artículo 120 y Adición del Artículo 120-A del Código del Trabajo (Reforma) — artículos 120, 120-A
- Modificado por: DECRETO No 75-2014 Unificación y traslado feriados mes de octubre (Reforma) — artículos 339
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 78-2015 — Reforma al Decreto No. 75-2014 sobre traslado de feriados cívicos de octubre (Reforma) — artículos 339
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 45-1961 — Adición al Artículo 7º del Código del Trabajo sobre intermediarios y patrones (Adición) — artículos 7
Articulo 415
Código del Trabajo de Honduras
Si el riesgo profesional fuere causado por falta inexcusable, delito o cuasidelito atribuibles a terceros, el trabajador o sus causahabientes podrán reclamar a éstos los daños y perjuicios que correspondan de acuerdo con las leyes de orden común, ante los tribunales respectivos, simultáneamente y sin menoscabo de sus derechos y acciones contra el patrono en virtud de las disposiciones de este Capítulo. Los daños y perjuicios que deben satisfacer dichos terceros comprenderán también la totalidad de las indemnizaciones que se conceden en este Capítulo, siempre que el trabajador o sus causahabientes no hayan demandado y obtenido el pago de estas últimas de su patrono, quién, en tal caso, quedará exonerado de la obligación respectiva. Si el trabajador o sus causahabientes reclamaren de los referidos terceros, una vez que su patrono haya hecho el depósito que se dirá ha satisfecho las indemnizaciones que otorga el presente Capítulo, los tribunales comunes ordenarán el pago de los daños y perjuicios que procedan, pero rebajados en la suma o sumas percibidas o que efectivamente puedan percibir la víctima o sus causahabientes. En tal caso el patrono que no estuviere asegurado y que depositare a la orden del trabajador o de sus derechohabientes en el Instituto Hondureño de Seguridad Social la suma necesaria para satisfacer las indemnizaciones previstas en este Capítulo, o que directamente las pagare con intervención de los Jueces de Trabajo, tendrá acción subrogatoria hasta por el monto de su desembolso contra los responsables del riesgo profesional realizado, la cual se ejercerá ante los tribunales comunes. Si el patrono estuviere asegurado, dicha acción subrogatoria competerá sólo al mencionado Instituto. Para los efectos de este artículo se entiende por tercero a toda persona con exclusión del patrono, sus representantes en la dirección del Trabajo o sus trabajadores.
Leyes relacionadas
- Resolución No. DGT/RIT/374/2017 — Aprobar la Reforma Total del Reglamento Interno de Trabajo de la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia — Esta resolución aprueba el reglamento interno de trabajo de la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia. El documento establece las normas que regulan las relaciones laborales entre la institución y sus empleados, incluyendo horarios (9 AM a 5 PM), salarios, vacaciones, permisos, licencias, derechos, obligaciones y procedimientos disciplinarios. Aplica a todos los servidores públicos de la comisión. (Decreto DGT/RIT/374/2017, 2017)
- Decreto Legislativo No. 95-2015 — Aprobación del Convenio sobre Trabajo Marítimo CTM/MLC-2006 de la Organización Internacional del Trabajo — Honduras aprueba el Convenio Internacional sobre Trabajo Marítimo de 2006, que protege los derechos de marineros mediante garantías de seguridad laboral, salarios justos, condiciones decentes de vida a bordo, atención médica y beneficios sociales. Beneficia a los aproximadamente 15,000 hondureños que trabajan en el mar y fortalece la posición de la bandera hondureña en el comercio marítimo mundial. (Decreto 95-2015, 2015)
- Acuerdo Ejecutivo No. ADUANAS-DE-021-2021 — Código de Conducta y Ética de los Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera de Honduras — Este código establece las normas de conducta ética que deben cumplir todos los funcionarios y servidores de la Administración Aduanera de Honduras. Busca garantizar integridad, honestidad y transparencia en el ejercicio de funciones aduaneras, prohibiendo corrupción, conflictos de interés y acoso laboral. Los incumplimientos son sancionados conforme al régimen disciplinario de la institución. (Decreto ADUANAS-DE-021-2021, 2021)
- Acuerdo Ministerial No. 072-2023 — Reglamento Interno de Trabajo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional — Este reglamento establece las normas obligatorias que regulan las relaciones laborales entre la Secretaría de Defensa Nacional y sus trabajadores. Aplica a todo el personal que labora en la institución y define derechos, obligaciones, prohibiciones, procedimientos disciplinarios y condiciones de trabajo como horarios, vacaciones y permisos. (Decreto 072-2023, 2023)
- Resolución No. DGT-RIT-189-2021 — Aprobación del Reglamento Interno de Trabajo del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (Decreto DGT-RIT-189-2021, 2021)