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20 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Aviso No. 0801-2026-00543 — Demanda contencioso administrativa por nulidad de Acuerdo de Cancelación

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa

  • Decreto: 0801-2026-00543
  • Publicación: 20 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
  • Gaceta: 37,225

Texto completo

El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de marzo del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este Juzgado la señora GABRIELA ALEJANDRA VALLADARES ARGUETA, con orden de ingreso número 0801-2026-00543, contra del ESTADO DE HONDURAS a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, se presenta demanda en materia personal para que se declare no ser conforme a derecho y por tanto se anule el acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación No. SE-IP-085-2026 de fecha 12 de febrero del 2026 y notificado en fecha 24 de febrero de 2026, emitido por el Secretario Ejecutivo del Instituto de la Propiedad; en vista de que fue emitido infringiendo el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales y con desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesaria para el pleno restablecimiento de mis derechos consistente en que se ordene mediante sentencia se me reintegre a mi antiguo puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que mediante sentencia definitiva sea reintegrada a mi cargo, reconociendo todos los incrementos salariales que se otorguen durante el transcurso del juicio más el pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficio colaterales desde la fecha de mi ilegal cancelación hasta la ejecución de la sentencia con especial condena en costas a la parte demandada en razón del principio de vencimiento. Poder. - Se acompañan documentos. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 20 A. 2026 Sección B Avisos Legales

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 7 de agosto del 2026 AVISO