Aviso No. 0801-2026-01426 — Demanda Contencioso Administrativa por Nulidad de Actos Administrativos - Marla Cesarina Martínez y Katherine Gissel Contreras
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2026-01426
- Publicación: 10 de agosto de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Gaceta: 37,216
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C., 22 de junio del 2026 República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de abril del año 2026, compareció a este juzgado los Abogados WILFREDO GUEVARA TRUJILLO y WILFREDO GUEVARA REYES, en su condición de representantes procesales de los ciudadanos DANIELA MILAGRO HERNÁNDEZ AGÜERO, HARBERT JOSUÉ MEJÍABORJAS,JAVIER OCTAVIO MORALES RIVERA, JEFFRY FRANSUE PINO MARADIAGA, KATHERIN VANESSA DÍAZ OVIEDO, MARÍA ELIZABETH CHIRINOS MALDONADO, MARIO FERNANDO BORJAS FLORES, NANCY KAROLINA LEMUS VALLADARES, NINFA SARAHI CRUZ BONILLA, NOHEMY DE JESÚS ZAMBRANO RODRÍGUEZ, OLVIN GEOVANY RODRÍGUEZ FLORES, OSCAR MANUEL ÁVILA BAQUEDANO, REMBERTO ASTUL BARAHONA SARAHONA, ROSA ANGELINA GARCÍA CARRILLOS, ROSARIO MARGOTH RAMOS, VÍCTOR RAMÓN GUTIÉRREZ PÉREZ y YURI MILAGRO BONILLA GARCÍA, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto tácito consistente en la finalización de la relación laboral en el acta circunstanciada emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social de fecha 17 de marzo del año 2026, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2026- 00980. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 10 A. 2026