Aviso No. 0801-2026-00390 — Demanda de nulidad de Acuerdo de Cancelación por Héctor Fernando Henríquez Mejía contra Secretaría de Infraestructura y Transporte
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
- Decreto: 0801-2026-00390
- Publicación: 11 de agosto de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
- Gaceta: 37,217
Resumen
Este aviso publica demandas presentadas ante el Juzgado Contencioso Administrativo contra el Estado de Honduras. Ciudadanos y funcionarios públicos cancelados de sus cargos solicitan que se declaren nulas sus cancelaciones y se les restituya en sus puestos con el pago de salarios adeudados. Afecta a empleados estatales que consideran sus despidos ilegales.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este el ciudadano ROBERTO AUGUSTO MARTINEZ CASTAÑEDA como parte demandante, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2026-01427, “Se interpone demanda especial en materia de personal, solicita la declaración de ilegalidad y subsecuente nulidad de un acto administrativo de carácter particular reconocimiento de una situación como ser el pago de mis prestaciones e indemnizaciones laborales al cargo del cual fui cancelado y el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal e injusta hasta la fecha de sentencia al cargo. Habilitación de días y horas inhábiles. Se acompañan documentos. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar. Se confiere poder. Especial condena en costas a la parte demandada”. En relación al ACUERDO DE CANCELACIÓN Nº. 447-SRH- 2026, de fecha veinticuatro (24) de marzo del año dos mil veintiséis (2026). SECRETARIA ADJUNTA 11 A. 2026 condición de representante procesal del señor JOSE LUIS CARIAS CARIAS, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2026-02581, contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, demanda especial en materia de personal en contra del Estado de Honduras a través del Instituto de la Administración Aduanera de Honduras, acción contenciosa cuyas pretensiones son la declaración de nulidad del Acuerdo No. ADUANAS-DE- DNGTH-282-2026 del cuatro (04) de mayo del año dos mil veintiséis (2026). Que se reconozca la situación jurídica individualizada y por la cancelación ilegal e incausada ordenando como medidas para el restablecimiento de la situación el reintegro en iguales o mejores condiciones con el consecuente pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta que sea integrado, junto con las demás indemnizaciones legales y beneficios que su cargo adquiera. Se acompañan documentos, costas del juicio. Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 11 A. 2026 _______ Sección B Avisos Legales
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa M.D.C., 22 de mayo del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de marzo del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este juzgado el señor MAURICIO ANTONIO RIVERA, incoando demanda en materia ordinaria, con orden de ingreso número 0801-2026-00388, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT). Se interpone demanda contencioso administrativa en materia especial de personal, se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 0228-2026. Emitido en fecha veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiséis (2026), se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo funcional como Inspector de Bienes Nacionales III del cual fue ilegalmente cancelado o a uno de mejor categoría. Así como el reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que su relación inició hasta la fecha en que quede firme la sentencia. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia de acto impugnado hasta que sea reintegrado al cargo con absoluto respeto a su antigüedad en el cargo y demás derechos correspondientes establecidos en el acápite de petición de la presente demanda. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros documentos originales. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas, se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 11 A. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de agosto del 2026 AVISO