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11 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Aviso No. 0801-2026-01366 — Demanda de nulidad de Acuerdo de Cancelación por Suanny Lizeth Trochez Calix contra Administración Aduanera

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-01366
  • Publicación: 11 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,217

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una empleada de la Administración Aduanera de Honduras demanda que se declare nulo su despido (Acuerdo de Cancelación). Solicita ser reinstalada en su cargo y recibir todos los sueldos, bonos y prestaciones que dejó de percibir desde su cancelación, incluyendo aportes al fondo de pensiones.

Texto completo

zgado la ciudadana SUANNY LIZETH TROCHEZ CALIX incoando demanda con orden de ingreso 0801-2026-01366 vía procedimiento en materia de personal contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal emitido por la Administración Aduanera de Honduras como ente desconcentrado de la Presidencia de la República de Honduras consistente en el Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-184-2026 de fecha 23 de marzo del 2026 y notificado en fecha 23 de marzo del año 2023. Se declare la ilegalidad y su nulidad. Se reconozca la situación jurídica individualizada por los actos ilegales e injustos que he sido objeto. Se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento como ser:

  • A)

    Restitución al cargo; y,

  • B)

    Pago de sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de la cancelación, tomando en cuenta el bono de vacaciones, el bono por cumplimiento de meta, el pago del sueldo pagado a los catorce (14) días de cada mes, pago de un (01) sueldo extra anual y el pago de reajustes e incrementos salariales autorizados por medio de Decretos y Acuerdos autorizados por la Presidencia de la República no reconocidos por la Administración Aduanera de Honduras y pago de aportaciones patronales al Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) desde la fecha en que ocurrió la cancelación por despido y cualquier aumento o beneficio adicional que pudieran darse durante el transcurso del juicio hasta la reinstalación- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Se acompañan documentos. ABG. DANILO ENRIQUE FLORES CARRASCO SECRETARIO ADJUNTO 11 A. 2026 Sección B Avisos Legales

    AVISO POR FUSIÓN POR ABSORCIÓN