Aviso — Demanda contencioso administrativa - Pablo Ramón Ramírez Ayes
Congreso Nacional
- Publicación: 7 de julio de 2026
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 37,187
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este aviso notifica que Pablo Ramón Ramírez Ayes presentó una demanda ante el Juzgado Contencioso Administrativo para anular un acuerdo de cancelación emitido por el Congreso Nacional el 4 de febrero de 2026. El demandante busca que se declare ilegal el acto administrativo y se restaure su situación legal. El Estado de Honduras, representado por la Procuraduría General, es la parte demandada.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C.,18 de junio del 2026 AVISO La infrascrita, Secretaria adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 16 de abril del año 2026, compareció a este Juzgado el ciudadano PABLO RAMON RAMIREZ AYES, en su condición personal, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN Nº CAN-CN 015- 2026-GRH ,de fecha cuatro de febrero del 2026, emitida por el Estado de Honduras por actuaciones del CONGRESO NACIONAL DE HONDURAS, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras, a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2026- 00329. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 7 J. 2026
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