Aviso — Demanda contenciosa administrativa en materia de personal interpuesta por Henrry Dubon Ferrera contra Instituto Hondureño de Transporte Terrestre
Poder Judicial
- Publicación: 2 de julio de 2025
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 37,009
- Categoria: Laboral
Resumen
Un empleado de la Secretaría de Salud demanda al Estado porque no le resolvieron su solicitud de igualar su salario al de un colega en puesto similar, violando el derecho constitucional a igual paga por igual trabajo. Pide que se declare ilegal el silencio administrativo y se le paguen LPS 60,000.00 retroactivos desde febrero de 2022, más beneficios laborales acumulados.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de agosto de dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el señor AUGUSTO MANUEL UCLES PINEDA, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia Ordinaria con orden de ingreso 0801-2025- 00574, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, contraída a solicitar "Se interpone demanda contenciosa administrativa en materia ordinaria para que se declare no ser conforme a derecho y consecuentemente se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo presunto en sentido negativo, producido por silencio administrativo para no resolverse dentro del plazo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo la solicitud de nivelación salarial, en estricta aplicación a la garantía constitucional de "a trabajo igual corresponde salario igual sin discriminación alguna", establecida en el artículo 128 número 3 de la Constitución de la República.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada, consistente en que se me otorgue nivelación salarial a la cantidad de sesenta mil lempiras exactos (LPS. 60,000.00), la que se pide sea efectiva a partir del 8 de febrero de 2022, de conformidad al salario devengado por el Abogado ALLAN MIGUEL PINEDA ECHEVERRÍA, nombrado según Acuerdo No. 7169-2022 de fecha 15 de febrero de 2022, vigente a partir del 8 de febrero de 2022, en el puesto de asesor legal, que se me sumen al sueldo ya nivelado, los derechos adquiridos que por ley me corresponden, como ser los quinquenios, riesgo laboral y el 25% sobre el sueldo por tener más de 30 años de laborar en un hospital psiquiátrico, los aumentos que ha otorgado el gobierno central a los empleados públicos, sé que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento. Se acompañan documentos. Costas. Poder. - Costas". ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 2 D. 2025 __________ __________
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
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