VigenteCategoria: Telecomunicaciones
Decreto No. 0801-2019-00327 | 19 de agosto de 2015 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2019-00327 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Bessy Yolanda Bustamante Sánchez
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Resumen
Este es un aviso judicial que notifica el inicio de un proceso legal contra el Estado de Honduras a través de CONATEL. La empresa Cable Color, S.A. solicita que se anulen decisiones administrativas que considera ilegales, que se reconozcan sus derechos y se le restaure su situación legal. El caso inició en mayo de 2021 y cuestiona resoluciones de 2015 y 2020.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres
de mayo del dos mil veintiuno, compareció a este Juzgado
el Abogado JOSÉ ANTONIO MEJÍA CORLETO, en su
condición de Representate Procesal de la Sociedad Mercantil
Denominada CABLE COLOR, S.A. DE C.V., incoando
demanda ordinaria contra el ESTADO DE HONDURAS
A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES (CONATEL), con orden
de ingreso No.0801-2021-00277, solicitando la anulación
de actos administrativos de carácter particular por no ser
conforme a derecho.- Que se reconozca una situación
jurídica individualizada.-Suspensión del acto impugnado.-
La adopción de medidas para su pleno restablecimiento.-
ordenar el envío del expediente administrativo en que obren
documentos originales.- Apertura de pruebas.- Se acompañan
documentos.- Costas Poder. En relación al acto impugnado
consistente en las resoluciones números OD148/15 y AS
154/20 de fecha 19 de agosto de 2015 y 09 de octubre de
2020.
RITO FRANCISCO OYUELA
SECRETARIO ADJUNTO
2 O. 2021
_________
cancelación y reposición de un Título consistente: un Certificado
de Depósito número 0000006201218 del BANCO FICOHSA
por la cantidad de CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS
SETENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON DIECISÉIS
CENTAVOS (L. 105,774.16) a favor sociedad mercantil
HEREDEROS PANTING RAPALO, esta solicitando por que
le fue extraviado.
San Pedro Sula, Cortés, treinta y uno (31) de
agosto del año (2021).-
YESSENIA IVETH TABORA ERAZO, SECRETARIA.
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
2 O. 2021 _________
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 2 D E O C T U BRE D E L 2021 N o . 35,735
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE
CHOLUTECA
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial
de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE
SABER: Que la Abogada CINTHIA LIZBETH HERNÁNDEZ
LOPEZ, actuando en su condición de Apoderada Legal del señor
ERICK EDUARDO NARVAEZ AMADOR, mayor de edad, con
Identidad No.0615-1988-00769, con domicilio en el municipio
de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, presentó
a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un terreno de
naturaleza privada, ubicado en el caserío El Rodeo, aldea El
Rodeo, municipio de San Marcos de Colón departamento de
Choluteca, Mapa Final KD-24, Extensión del predio 206 Has, 85
as, 65.94. Cas, equivalente a 296 Manzanas MZ+ más 6855.18
varas cuadradas Vr2 Naturaleza Jurídica y SITIO PRIVADO
Comali y Jamaili con las colindancias siguientes. AL NORTE.
Colinda con ERWIN BETANCOURT, MANUEL OSORIO,
CARLOS PINEL, RAMON SÁNCHEZ, ERICK EDUARDO
NARVAEZ AMADOR. AL SUR: Con ROMULO NOLASCO,
ANTONIO PINEL, QUEBRADA DEL REGADILLO DE
POR MEDIO CON ERWIN BETANCOURT, AL ESTE:
Con ERICK EDUARDO NARVAEZ AMADOR, ROMULO
NOLASCO. Y AL OESTE: Con ERWIN BETANCOURT,
MAX BAIRES, QUEBRADA DEL REGADILLO DE POR
MEDIO CON ERWIN BETANCOURT, el presente predio
antes descrito lo obtuvo mediante donación realizada por su
padre el señor HUMBERTO ROMEO NARVAEZ PINEL,
desde el año 2009, de forma quieta, pacífica y no interrumpida,
no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de diez
años de poseerlo.
Choluteca, 27 de septiembre del año 2021
ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA.
2 O., 2 N. y 2 D. 2021
Poder Judicial
Honduras
AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION
DE TITULOS VALORES
La infraserita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de la
Sección Judicial, de San Pedro Sula, al público en general y
para efectos de la Ley y según lo establecido en el artículo 634
párrafo tercero y, 640 del Código de Comercio. HACE SABER:
Que en la Solicitud de Cancelación y, Reposición de Título Valor,
presentado por el abogado RODOLFO DUMAS CASTILLO
en su condición de apoderado judicial la sociedad mercantil
HEREDEROS PANTING RAPALO, consistente a solicitar
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres
de mayo del dos mil veintiuno, compareció a este Juzgado
el Abogado JOSÉ ANTONIO MEJÍA CORLETO, en su
condición de Representate Procesal de la Sociedad Mercantil
Denominada CABLE COLOR, S.A. DE C.V., incoando
demanda ordinaria contra el ESTADO DE HONDURAS
A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES (CONATEL), con orden
de ingreso No.0801-2021-00277, solicitando la anulación
de actos administrativos de carácter particular por no ser
conforme a derecho.- Que se reconozca una situación
jurídica individualizada.-Suspensión del acto impugnado.-
La adopción de medidas para su pleno restablecimiento.-
ordenar el envío del expediente administrativo en que obren
documentos originales.- Apertura de pruebas.- Se acompañan
documentos.- Costas Poder. En relación al acto impugnado
consistente en las resoluciones números OD148/15 y AS
154/20 de fecha 19 de agosto de 2015 y 09 de octubre de
2020.
RITO FRANCISCO OYUELA
SECRETARIO ADJUNTO
2 O. 2021
_________
cancelación y reposición de un Título consistente: un Certificado
de Depósito número 0000006201218 del BANCO FICOHSA
por la cantidad de CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS
SETENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON DIECISÉIS
CENTAVOS (L. 105,774.16) a favor sociedad mercantil
HEREDEROS PANTING RAPALO, esta solicitando por que
le fue extraviado.
San Pedro Sula, Cortés, treinta y uno (31) de
agosto del año (2021).-
YESSENIA IVETH TABORA ERAZO, SECRETARIA.
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
2 O. 2021 _________
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 2 D E O C T U BRE D E L 2021 N o . 35,735
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE
CHOLUTECA
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial
de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE
SABER: Que la Abogada CINTHIA LIZBETH HERNÁNDEZ
LOPEZ, actuando en su condición de Apoderada Legal del señor
ERICK EDUARDO NARVAEZ AMADOR, mayor de edad, con
Identidad No.0615-1988-00769, con domicilio en el municipio
de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, presentó
a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un terreno de
naturaleza privada, ubicado en el caserío El Rodeo, aldea El
Rodeo, municipio de San Marcos de Colón departamento de
Choluteca, Mapa Final KD-24, Extensión del predio 206 Has, 85
as, 65.94. Cas, equivalente a 296 Manzanas MZ+ más 6855.18
varas cuadradas Vr2 Naturaleza Jurídica y SITIO PRIVADO
Comali y Jamaili con las colindancias siguientes. AL NORTE.
Colinda con ERWIN BETANCOURT, MANUEL OSORIO,
CARLOS PINEL, RAMON SÁNCHEZ, ERICK EDUARDO
NARVAEZ AMADOR. AL SUR: Con ROMULO NOLASCO,
ANTONIO PINEL, QUEBRADA DEL REGADILLO DE
POR MEDIO CON ERWIN BETANCOURT, AL ESTE:
Con ERICK EDUARDO NARVAEZ AMADOR, ROMULO
NOLASCO. Y AL OESTE: Con ERWIN BETANCOURT,
MAX BAIRES, QUEBRADA DEL REGADILLO DE POR
MEDIO CON ERWIN BETANCOURT, el presente predio
antes descrito lo obtuvo mediante donación realizada por su
padre el señor HUMBERTO ROMEO NARVAEZ PINEL,
desde el año 2009, de forma quieta, pacífica y no interrumpida,
no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de diez
años de poseerlo.
Choluteca, 27 de septiembre del año 2021
ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA.
2 O., 2 N. y 2 D. 2021
Poder Judicial
Honduras
AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION
DE TITULOS VALORES
La infraserita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de la
Sección Judicial, de San Pedro Sula, al público en general y
para efectos de la Ley y según lo establecido en el artículo 634
párrafo tercero y, 640 del Código de Comercio. HACE SABER:
Que en la Solicitud de Cancelación y, Reposición de Título Valor,
presentado por el abogado RODOLFO DUMAS CASTILLO
en su condición de apoderado judicial la sociedad mercantil
HEREDEROS PANTING RAPALO, consistente a solicitar
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres
de mayo del dos mil veintiuno, compareció a este Juzgado
el Abogado JOSÉ ANTONIO MEJÍA CORLETO, en su
condición de Representate Procesal de la Sociedad Mercantil
Denominada CABLE COLOR, S.A. DE C.V., incoando
demanda ordinaria contra el ESTADO DE HONDURAS
A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES (CONATEL), con orden
de ingreso No.0801-2021-00277, solicitando la anulación
de actos administrativos de carácter particular por no ser
conforme a derecho.- Que se reconozca una situación
jurídica individualizada.-Suspensión del acto impugnado.-
La adopción de medidas para su pleno restablecimiento.-
ordenar el envío del expediente administrativo en que obren
documentos originales.- Apertura de pruebas.- Se acompañan
documentos.- Costas Poder. En relación al acto impugnado
consistente en las resoluciones números OD148/15 y AS
154/20 de fecha 19 de agosto de 2015 y 09 de octubre de
2020.
RITO FRANCISCO OYUELA
SECRETARIO ADJUNTO
2 O. 2021
_________
cancelación y reposición de un Título consistente: un Certificado
de Depósito número 0000006201218 del BANCO FICOHSA
por la cantidad de CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS
SETENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON DIECISÉIS
CENTAVOS (L. 105,774.16) a favor sociedad mercantil
HEREDEROS PANTING RAPALO, esta solicitando por que
le fue extraviado.
San Pedro Sula, Cortés, treinta y uno (31) de
agosto del año (2021).-
YESSENIA IVETH TABORA ERAZO, SECRETARIA.
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
2 O. 2021 _________
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 2 D E O C T U BRE D E L 2021 N o . 35,735
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha 05 de abril del año 2019 el señor Santos Eligio Alemán
Martínez, interpuso demanda ante este Juzgado con orden
de ingreso No.0801-2019-00151, contra el Tribunal Superior
de Cuentas, interpone demanda ordinaria Contenciosa
Administrativa para que se declare la ilegalidad y nulidad
de un acto administrativo de carácter particular, dictado por
el Tribunal Superior de Cuentas, Reconocimiento de una
situación jurídica individualizada y se adopten las medidas
necesarias para el pleno restablecimiento de la misma.-
Habilitación de días y horas inhábiles.- SE ofrecen y anuncian
medios de prueba.- Se acompañan documentos.- Poder; En
relación al acuerdo número 0198-2021 de fecha 08 de enero
del 2021 emitido por el Tribunal Superior de Cuentas.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
2 O. 2021 _________
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha 11 de enero del año 2021 la abogada Gabriela Nicole
Barrios Herrera, representante procesal del señor Gerardo
Ernesto Bodden Defago, interpuso demanda ante este
Juzgado con orden de ingreso No.0801-2021-00045, contra
el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Salud, interpone demanda ordinaria para
que se declare ilegalidad y nulidad de un acto administrativo
de carácter particular consistente en un acto presunto por
silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el
Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo
establecido el reclamo administrativo de incrementos de
salario y pago de zonaje retroactivo.- Se reconozca la situación
jurídica individualizada y como medidas necesarias para el
pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se
reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de
salario y reajuste del mismo conforme establece el Estatuto
del Médico Empleado Decreto Legislativo 167-85 y sus
reformas; En relación con la Ley del ordenamiento del
sistema retributivo del Gobierno Central Decreto No.220-
200, incrementos de salario bienal del 3.5%, reajuste y pago
de salarios, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario,
bono de vacaciones, pago de zonaje retroactivo y demás
derechos retroactivos a partir del 1 de enero del 2013, hasta
la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Poder.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA.
2 O. 2021 _________
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 5 D E O C T U BRE D E L 2021 N o . 35,738
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil veintiuno
(2021), compareció ante este Juzgado el Abogado OSCAR
ALEXANDER SAUCEDA MONTOYA, representante
procesal del señor JOSE ANTONIO PALOMO
MARTINEZ, incoando demanda en materia ordinaria en
contra del Estado de Honduras a través del MINISTERIO
PÚBLICO, demanda con orden de ingreso número 0801-
2021-00240, contraída para que se declare la nulidad e
ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular
consistente en la resolución NO. FGR-170-2020 de fecha
dieciséis 16 de noviembre del dos mil veinte (2020) emitida
por el Ministerio Público, Fiscalía General de la República
y un acto presunto por silencio negativo constituido por el
Ministerio Público, Fiscalía General de la República al no
resolver dentro del plazo establecido el recurso de reposición
presentado en tiempo y forma, ambos por contener vicios de
nulidad y vicios de anulabilidad como el exceso y desviación
de poder.- Se reconozca la situación jurídica individualizada
y como medida necesaria para su pleno restablecimiento del
derecho subjetivo vulnerado se pide dejar sin valor y efecto
el acuerdo de modificación FGR/OFCH-NO. 064-2020 de
fecha veinticuatro (24) de enero del dos mil veinte (2020)
y en consecuencia asignar al señor José Antonio Palomo
Martínez en una unidad donde desempeñe un cargo de igual
jerarquía y las mismas condiciones a las que desempeñaba
como Jefe de Agentes de Investigación de la Unidad Fiscal
Contra la Impunidad de la Corrupción (UFECIC) cargo
que obtuvo por concurso y era permanente y/o regular.- Se
reconozca el pago de salarios que corresponden en el puesto
que debe ocupar, aumentos, decimotercer y decimocuarto
mes de salario, así como bonificaciones desde que se solicitó
la reconsideración hasta la ejecución de la presente demanda.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
5 O. 2021.
Sección “B”
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha nueve de diciembre del 2019, comparecieron
ante este Juzgado la Sociedad Mercantil denominada
Interamericana de Seguros, S.A., conocida también como
Ficohsa Seguros, representada procesalmente por el Abogado
Allan Miguel Pineda Echeverría, quien sustituyó poder en el
abogado Cristian Gerardo Medina Sevilla, en su condición
de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada
Interamericana de Seguros, S.A., conocida también como
Ficohsa Seguros, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO
ESPECIAL EN MATERIA DE LICITACION, para la
declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo
impugnado consistente en la RESOLUCION NO. 513-
11/2019 de fecha 27 de noviembre del 2019, emitida por el
Banco Central de Honduras (BCH), reconocimiento de la
situación jurídica individualizada reclamada y la adopción de
las medidas necesarias para el pleno restablecimiento, entre
ellas la adjudicación de la Licitación Pública Nacional NO.
27/2019 “contratación de una póliza de seguro colectivo de
vida y gastos médicos-hospitalarios, para los dependientes
de los miembros del Plan de Asistencia Social (PAS), así
como, de los empleados no miembros del PAS, inscritos en
los registros del departamento de previsión social del Banco
Central de Honduras”, y en su defecto el pago del daño real
efectivamente causado, consistente en la utilidad neta dejada
de percibir por Interamericana de Seguros, S.A. (FICOHSA
SEGUROS), por un monto de dos millones cuatrocientos
cincuenta y dos mil novecientos ochenta y seis lempiras
exactos (L. 2,452,986.00), costo de la presentación de la
oferta y pago del interés legal del 7% sobre la cantidad
reclamada al no adjudicárseles, calculado desde la fecha
en que debía realizarse el pago hasta la ejecución de la
Sentencia Definitiva; quedando registrada en esta Judicatura
bajo el orden de ingreso No.
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