Aviso — Demanda contencioso administrativa en materia de personal - Nulidad de actos de Educación
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
- Publicación: 7 de julio de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
- Gaceta: 37,187
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro de junio del año dos mil veintiséis (2026), por el Abogado Eduardo Javier Reyes Nuñez en su condición de apoderado judicial de los señores Dunia Jackelin Zúñiga Ramos, Carlos Adalid Diaz Mejía, Garde Jonatan Acosta Reyes, Joslyn Efigenia Núñez Saldaña, Daniel Humberto Zavala Quezada, Marcos Alid Rodriguez Villafranca .- Interpone demanda con número de Correlativo 0501- 2026- 00260-LAP.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación, demanda en materia personal, para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal contra los Acuerdos Cancelación N° 01329-SE-2026, a nombre Dunia Jackelin Zúñiga Ramos de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación, Acuerdos Cancelación N° 01328-SE-2026, a nombre Carlos Adalid Diaz Mejía de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis. emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación, Acuerdos Cancelación N° 01345-SE- 2026, a nombre Gardel Jonatan Acosta Reyes de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación, Acuerdos Cancelación N° 01337-SE-2026, a nombre Joslyn Efigenia Núñez Saldaña de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación, Acuerdos Cancelación N° 01321-SE-2026, a nombre Daniel Humberto Zavala Quezada de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis. emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación. Acuerdos Cancelación N° 01346- SE-2026, a nombre Marcos Alid Rodriguez Villafranca de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis. emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación, por haber sido adoptados con infracción del ordenamiento jurídico quebrantamiento de la formalidades esenciales del acto administrativo por haber sido dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, por desviación de poder, por contrariar lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley General de la Administración Pública en relación con el artículo 34 literal f) de la Ley de Procedimientos Administrativo, que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras al reintegro a los puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como al pago de los sueldos dejados de percibir de la fecha de sus cancelaciones hasta la fecha en que sea reintegrados incluyendo los derechos colaterales consistentes en el décimo tercer mes, décimo cuarto mes, en conceptos de compensación social, incrementos salariales otorgados a los empleados del sector público y las vacaciones que debieron gozarse y que se devenguen durante dicho período.- COSTAS. Veintiséis de junio del año dos mil veintiséis Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 7 J. 2026
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO Exp. 0801-2025-08373-CV
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