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30 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-02176 J-5 — Demanda en materia de personal contra Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional por nulidad de Acuerdo

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-02176 J-5
  • Publicación: 30 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,259
  • Categoria: Administrativo

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: El Abogado CARLOS FELIPE DE JESUS GIRON MENDIETA, en su condición de Apoderado Legal del señor DANIEL ANTONIO ZEPEDA RODRIGUEZ, en la demanda promovida contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, a la que se le asignó la orden de ingreso número 0801-2026-02176 J-5, para que se declare no conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. 433-SRH-2026 de fecha veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintiséis (2026) emitido por el Coordinador General de Gabinete de Gobierno y Secretario Privado del Presidente de la República con rango de Secretario de Estado y la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas para su pleno restablecimiento, consistente en el reintegro a la Secretaria de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, a un puesto equivalente de igual o mejor categoría, condiciones y remuneración y compatible con el cargo que desempeñaba y con su rango escalafonario de Primer Secretario; el pago de salarios dejados de percibir, a título de daños y perjuicios; el pago de demás derechos laborales que le hubiere correspondido durante el tiempo en que permaneció ilegalmente separado del cargo, incluyendo incrementos salariales, quinquenios, décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones ordinarias, vacaciones adeudadas y demás beneficios, desde la fecha de efectividad del acto impugnado hasta su efectivo reintegro; reconocimiento de la antigüedad laboral desde la fecha en que inició a laborar mediante la suscripción de contratos de prestación de servicios profesionales; se solicita medida cautelar de suspensión del acto reclamado para la suspensión de los efectos del Acuerdo No. 433-srh-2026 en cuanto afecte el registro, rango, antigüedad y derechos escalafonarios del demandante; se solicita remisión del expediente administrativo; con especial condena en costas; se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 30 S. 2026

Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE SEPTIEMBREDEL 2026 No. 37,259 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de abril del 2026

Notas

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