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17 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2025-00481 — Demanda contenciosa administrativa contra Instituto de la Propiedad por nulidad de Acuerdo de Cancelación

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2025-00481
  • Publicación: 17 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,248
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un empleado del Instituto de la Propiedad demanda al Estado para anular su despido, argumentando que fue ilegal e injustificado. Busca ser reintegrado a su puesto con todos los salarios, incrementos y beneficios que dejó de percibir desde su cancelación hasta su reinserción laboral.

Texto completo

Que en fecha 26 de junio del año 2025, comparece el señor ISAIAS EDGARDO NUÑEZ PADILLA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2025-00481, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad, demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, consistente en el Acuerdo de Cancelación Número CI-IP-440-2025 de fecha 30 de mayo del 2025, notificado en fecha 10 de junio del 2025, emitido por el Instituto de la Propiedad (IP), por no haber sido dictado conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad total.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesaria para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro al cargo que he venido desempeñando en iguales o mejores condiciones a las establecidas; pagos de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en mi ausencia, desde la fecha de mi cancelación ilegal, hasta la fecha que se materialice el reintegro en mi cargo del cual fui cancelado de manera ilegal e injustificada.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se otorga poder.- En relación al Acuerdo CI-P-440-2025 de fecha 30 de mayo del 2025. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 17 S. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 13 de agosto del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:

Notas

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