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14 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-00983 — Demanda en materia de personal contra Instituto Hondureño de Transporte Terrestre por Acuerdo de Cancelación por Despido

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-00983
  • Publicación: 14 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,246
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este aviso publica dos demandas laborales ante juzgados de lo contencioso administrativo. La primera es de Marco Antonio Contreras contra el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre, pidiendo la nulidad de su despido y su reintegro con salarios adeudados. La segunda es de Senén Antonio Sierra Santos contra la Secretaría de Educación, con peticiones similares de anulación del despido, reintegro y pago de beneficios.

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de abril de dos mil veintiséis (2026), compareció a este Juzgado la Abogada KARLA YADIRA PAREDES ORTEGA, quien actúa en condición de Apoderada Legal del señor MARCO ANTONIO CONTRERAS HERNANDEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso No. 0801-2026-00983 J-5, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE, para que se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación por Despido de fecha 18 de marzo del 2026, emitido por el Instituto Hondureño del Transporte Terrestre, por haberse dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido en violación de garantías constitucionales. Se dicte la respectiva sentencia declarando procedente la acción incoada y se proceda al reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento, se ordene el reintegro en el cargo ocupado en iguales o mejores condiciones; condenando a la parte demandada al pago de los salarios adeudados, aumentos y beneficios legales dejados de percibir en ausencia, vacaciones y su respectiva bonificación, las que son doblemente remuneradas; y en atención al principio de vencimiento al pago costas del juicio. Se acompañan documentos. Se acredita representación, debiendo cotejarse la copia incorporada con el original que en este acto exhibo y cuya devolución solicito. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 14 S. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de abril de dos mil veintiséis (2026), compareció a este juzgado el señor SENEN ANTONIO SIERRA SANTOS, quien confirió poder a la Abogada KARLA YADIRA PAREDES ORTEGA, en la demanda promovida contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN, a la que se le asignó la orden de ingreso número 0801-2026-02213 J-5, para que se declare la anulación de un acto administrativo en materia de personal consistente en el Acuerdo N°. 0989- SE-2026, por haberse dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido en violación de garantías constitucionales, reconocimiento de mi situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se ordene mi reintegro en el cargo en iguales o mejores condiciones; condenando a la parte demandada al pago de los salarios, o aumentos y beneficios legales dejados de percibir en ausencia, así como los reajustes salariales por concepto de índice inflacionario establecidos en la ley, reconocimiento de mi antigüedad desde el inicio de la relación de servicio con la institución demandada, se ordene el pago de los salarios pendientes del periodo comprendido desde octubre a diciembre del año dos mil veinticinco (2025) y seis días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); el otorgamiento del reajuste por índice inflacionario publicado por el Banco Central de Honduras en la forma que permite la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central desde el inicio de la relación de servicio, más el pago de todos los salarios, aumentos de sueldo, beneficios legales y contractuales dejados de percibir en ausencia desde la separación del servicio hasta que se produzca la reinstalación solicitada, pago costas del juicio, se acompañan documentos, se confiere poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 14 S. 2026

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 14 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,246 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SOPORTE ORACLE DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS AÑO 2027” SEFIN-LPN-GC-007-2026 1.

Notas

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