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14 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2023-01304 — Notificación de demanda de nulidad de acto administrativo - Cancelación por despido

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2023-01304
  • Publicación: 14 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,246
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un trabajador demanda al Estado (Secretaría de Educación) para anular su despido y recuperar su puesto. Solicita que se reconozca su antigüedad laboral, se le reintegre al trabajo y se le paguen los salarios que dejó de recibir desde que fue despedido. El juzgado notifica la presentación de esta demanda.

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de septiembre de dos mil veintidós (2022), compareció a este juzgado el abogado MARCO AURELIO NAIRA MORENO, quien actúa en su condición de representante procesal del señor LUIS MIGUEL RAMOS GARCIA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01304, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación por despido número 0760-SE-2022, de fecha 26 de julio del 2022, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento, reconocimiento de una antigüedad laboral existente, el reintegro a su puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde que se emitió el acto careciente de legalidad hasta que con apego a las normas se declare procedente la presente demanda, costas del juicio, se acompañan documentos, poder. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 14 S. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de agosto del 2026

Notas

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