Aviso No. 2017-1247 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - LA CAMPANERA FOODS Y Diseño - Hiland Dairy Foods Company, LLC
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2017-1247
- Publicación: 29 de agosto de 2017
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 34,429
- Categoria: Mercantil
Texto completo
LA CAMPANERA 1/ Solicitud: 2017-1247 2/ Fecha de presentación: 10-01-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR 4/ Solicitante: Hiland Dairy Foods Company, LLC 4.1/ Domicilio: 1201 East Kearney, Springfield, Missouri 65801-2270, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADO DE ILLINOIS
- B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 87099585 5.1 Fecha: 11/07/2016 5.2 País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3 Código País: US
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA CAMPANERA FOODS Y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Productos lácteos excluyendo helado, leche helada y yogur congelado, crema siendo productos lácteos, crema láctea de todo tipo. 8.1/ Página Adicional:
- D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.
- E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-06-2017. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 28 J., 14 y 29 A. 2017.
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ejecutivo número 050-A-2016 mediante el cual se autoriza a la Procuraduría General de la República para transigir y celebrar arreglo conciliatorio en materia laboral — Este acuerdo autoriza a la Procuraduría General de la República para negociar y llegar a un acuerdo conciliatorio en un juicio laboral contra el Estado de Honduras. Permite que el Procurador General ejerza facultades legales para desistir, conciliar y transigir en una demanda de una empleada despedida injustamente, quien reclama su reintegro y salarios pendientes por aproximadamente 4.4 millones de lempiras.
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Ley de equilibrio financiero y protección social — Esta ley establece cómo el Estado recauda y gestiona sus ingresos financieros. Permite que instituciones públicas (hospitales, escuelas, bomberos, etc.) guarden un porcentaje de lo que cobran por sus servicios para gastar directamente, sin pasar todo al Tesoro Nacional. También autoriza al Gobierno a contraer deuda y gestionar préstamos internacionales, siempre manteniendo las finanzas públicas estables y en línea con planes de desarrollo nacional. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre regulación de ingresos notariales (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 107-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto 107-2022, 2023)