Aviso — Notificación de demanda de Oziel Aaron Fernández Herrera contra SAR por nulidad de acto administrativo
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Publicación: 29 de octubre de 2024
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,675
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el señor Oziel Aaron Fernández Herrera, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra del Estado de Honduras, a través del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS, para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular en materia de personal, por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a mi puesto de trabajo u otro en igual o mejores condiciones en el Servicio de Administración de Rentas (SAR) y a títulos de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que se efectuó la cancelación ilegal, hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatorio.-Pago de reajustes salariales otorgados a los empleados públicos.- Pago de reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio primera instancia habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos. Se confiere poder. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 29 O. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
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