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Decreto No. 1209-15 | 22 de octubre de 2015 | La Gaceta No. 33,863

Acuerdo Ministerial No. 1209-15 — Modificación de Acuerdos 902-2015 y A-903-2015 relativo al Protocolo de Evaluación Biológica y Monitoreo Pesquero del Pepino de Mar

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Resumen

Este acuerdo modifica las reglas para la pesca de pepino de mar en el Caribe hondureño, aumentando la cuota total de captura a 504,500 kilogramos y permitiendo que 25 embarcaciones artesanales y 5 industriales participen en el monitoreo biológico. Afecta a pescadores artesanales e industriales, estableciendo límites claros de captura por embarcación para garantizar el aprovechamiento sostenible del recurso.

Considerandos

  1. 1.Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), es la autoridad superior en materia de pesca y sus conexos, pudiendo dictar medidas, procedimientos y requisitos necesarios para las investigaciones científicas y el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos del Estado.
  2. 2.Que mediante Acuerdo No. 902- 2015 de fecha veintiséis de Junio del año dos mil quince, y Acuerdo No. A-903-2015 de fecha dos de julio del año dos mil quince, se aprueba darle seguimiento al PROTOCOLO DE EVALUACIÓN BIOLÓGICA Y MONITOREO - PESQUERO DEL PEPINO DE MAR EN EL CARIBE DE HONDURAS del uno (01) de Julio del año dos mil quince (2015) al veintinueve (29) de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
  3. 3.Que producto de un análisis técnico por parte de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) al Acuerdo No. 902-2015 y A-903-2015 se ha acordado realizar ajustes al mismo en pro de los intereses sociales y o b j e t i v o s p r e v i s t o s e n e l P R O T O C O L O D E E VA L U A C I Ó N B I O L Ó G I C A Y M O N I TO R E O PESQUERO DEL PEPINO DE MAR.

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