VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 1092-2023 | 2 de febrero de 2022 | Poder Judicial | La Gaceta No. 36,278

Acuerdo Ministerial No. 1092-2023 — Reglamento para la incorporación de la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción como ente veedor, evaluador y supervisor en el marco del Decreto Legislativo 153-2022

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Resumen

Este reglamento establece que la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción supervise y evalúe los proyectos de salud autorizados por decreto legislativo, incluyendo la construcción de 100 centros de emergencia y el hospital de Roatán. La ley obliga a la Secretaría de Salud a proporcionar informes trimestrales y a implementar recomendaciones para garantizar transparencia y buen uso de recursos públicos.

Considerandos

  1. 1.Que mediante Decreto Legislativo No. 153-2022, se autorizó a la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud y el Centro de Desarrollo y Cooperación Internacional (CEPUDO) suscribir un convenio para la construcción y equipamiento de cien (100) o más Centros de Estabilización de Emergencia (CEEM) en las comunidades sean consideradas dentro de las más pobres del país.
  2. 2.Que además se autorizó en dicho Decreto Legislativo la suscripción de un convenio con la Alcaldía Municipal de Roatán, Departamento de Islas de la Bahía, a fin de impulsar la continuación y finalización de la obra física y ulterior equipamiento del Hospital de Roatán.
  3. 3.Que bajo el mismo Decreto Legislativo con el objeto de facilitar la agilización de los programas, proyectos de construcción, mejoras o remodelación de infraestructura en las diferentes unidades de salud del país como ser hospitales, regiones departamentales y centros de salud, autorizó a la Secretaría de Salud a suscribir convenios de ejecución de fondos y proyectos con organizaciones existentes en dichas unidades y otras interesadas.
  4. 4.Que mediante DICTAMEN NO. STLCC-DL-001-2023 de fecha 30 de Enero del año 2023 emitido por la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción se pronunciaron en cuanto a la viabilidad y pertinencia del referido Decreto, emitiendo entre otras, la siguiente recomendación: En lo concerniente al Artículo 5, se recomienda vía reglamentación incorporar a la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC), en el ejercicio de sus funciones, para efecto de garantizar la transparencia en los procesos, como el ente veedor, evaluador y supervisor de los mecanismos de control que la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud establezca, que aseguren el buen manejo de los recursos, calidad de las obras y la culminación y entrega de las mismas.
  5. 5.Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha contra la Corrupción -- 1 of 20 -- EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL fue creada con la finalidad de prevenir y combatir el flagelo de la corrupción el ejercicio de la función pública y privada en apego a las directrices de la Presidencia de la República, en su agenda gubernamental, además de las finalidades de diseño, promoción, coordinación, supervisión y evaluación de las políticas, estrategias y programas anticorrupción, deberán fomentar la transparencia y las prácticas de buen gobierno.
  6. 6.Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha contra la Corrupción tiene dentro de sus facultades, la de actuar como ente regulador y supervisor en los convenios que suscriba el Estado con entidades públicas y privadas, para garantizar el uso eficiente y transparente de los recursos públicos destinados a la realización de proyectos y actividades en beneficio de la población.
  7. 7.Que es necesario establecer disposiciones que regulen los procedimientos y mecanismos de incorporación de la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC) mediante la creación de una comisión conformada por la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas, en el marco del Decreto Legislativo 153-2022, para asegurar como ente veedor, evaluador y supervisor el cumplimiento a las obligaciones y derechos contraídos por la Secretaría en los despachos de Salud (SESAL), el Centro de Desarrollo y Cooperación Internacional (CEPUDO) la Alcaldía de Roatán y otras Organizaciones existentes, asegurando la transparencia, la rendición de cuentas y el uso eficiente de los recursos públicos en la ejecución de proyectos y actividades en beneficio de la población.

Articulos

Articulo 1

OBJETO El presente reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos y mecanismos para la incorporación de la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción como ente veedor, evaluador y supervisor en el marco del Decreto Legislativo 153-2022, mediante el cual autoriza a la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud a suscribir un convenio con la Organización No Gubernamental de Capacitación, Educación, Producción, Unificación, Desarrollo y Organización (CEPUDO), para la construcción y equipamiento de cien (100) o más centros de estabilización de emergencias (CEEM), en las comunidades que de conformidad al programa de la red solidaria, sean consideras dentro de las más pobre del país, asegurando la transparencia, la rendición de cuentas y el uso eficiente de los recursos públicos en la ejecución de proyectos y actividades en beneficio de la población. Así mismo se autorizó suscribir convenio con la Alcaldía Municipal del Municipio de Roatán, a fin de impulsar la continuación y finalización de la obra física y ulterior equipamiento en el Hospital de Área de Roatán,” y con otras organizaciones existentes con las que suscriba convenios de ejecución de fondos y proyectos.

Articulo 2

ALCANCE Este reglamento será aplicable a todas las actividades que se lleven a cabo en el marco del DECRETO LEGISLATIVO NO. 153-2022, por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), la Organización No Gubernamental de Capacitación, Producción, Unificación, Desarrollo y Organización (CEPUDO), la Alcaldía Municipal de Roatán y con todas aquellas organizaciones con las que suscriba convenios de ejecución de fondos y proyectos.

Articulo 3

INCORPORACIÓN La Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC) será incorporada como la entidad veedora, evaluadora y supervisora encargada del seguimiento y evaluación de los mecanismos de control mediante nombramiento de la comisión señalada por la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas, en la ejecución del DECRETO LEGISLATIVO NO. 153-2022, por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), la Organización No Gubernamental de Capacitación, Producción, Unificación, Desarrollo y Organización (CEPUDO), la Alcaldía Municipal de Roatán y en todas aquellas organizaciones con las que suscriba convenios de ejecución de fondos y proyectos.

Articulo 4

OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN (STLCC): La Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC) tendrá las siguientes funciones en el marco a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 153-2022. a) Supervisar y monitorear el cumplimiento de los mecanismos de control previstos por la Secretaría de Salud (SESAL) en el convenio antes mencionado. b) Identificar posibles actos de corrupción en el desarrollo del convenio, documentarlos y remitirlos ante las autoridades competentes para deducir responsabilidad. c) Evaluar el desempeño y los resultados de los recursos, calidad de las obras, culminación y entrega de las mismas ejecutadas en el marco del convenio mediante inspecciones de campo e informes presentados d) Revisar el reporte trimestral de la utilización de las transferencias, designación de fondos y avances de la ejecución de los proyectos. e) Fomentar la transparencia y las prácticas de buen gobierno f) Asesorar y brindar capacitación al personal de la Secretaría de Salud en temas de transparencia y lucha contra la corrupción.

Articulo 5

OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA DE SALUD (SESAL) La Secretaría de Salud tendrá las siguientes obligaciones: a) Proporcionar a la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC) la información necesaria para -- 3 of 20 -- la supervisión y evaluación de las actividades ejecutadas en el marco del decreto. b) Implementar las recomendaciones y observaciones emitidas por la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción en relación al desarrollo del convenio. c) Proporcionar informe trimestral de la utilización de las transferencias, designación de fondos y avances de la ejecución de los proyectos. d) Proporcionar los mecanismos de control dictados por la Comisión creada por la Unidad de Transparencia y Rendición de cuentas mediante en la cual se asegure el buen manejo de los recursos, calidad de las obras, culminación y entrega de las mismas.

Articulo 6

PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OBRAS La supervisión y evaluación de las actividades que se lleven a cabo en el marco del Decreto Legislativo 153-2022, entre la Secretaría de Salud (SESAL), la Organización No Gubernamental de Capacitación, Producción, Unificación, Desarrollo y Organización (CEPUDO), la Alcaldía de Roatán y todas aquellas con las que suscriba convenios de ejecución de fondos y proyecto, se llevará a cabo mediante los siguientes procedimientos: a) La Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción establecerá un plan de supervisión y evaluación de las obras ejecutadas en el marco del Decreto Legislativo 153-2022, el cual contemplará los objetivos, metodología, plazos y responsables de la supervisión y evaluación, presupuestos y avances. b) La Secretaría de Salud proporcionará a la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción la información necesaria para la supervisión y evaluación de los proyectos ejecutados en el marco del decreto en mención, mediante un informe el cual deberá enviar trimestralmente donde detalle la utilización de las transferencias, designación de fondos y avances de la ejecución de los proyectos y otros previstos por la entidad reguladora. c) La Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción llevará a cabo visitas de supervisión a los lugares donde se ejecuten las actividades previstas en el Decreto Legislativo 153-2022, con el fin de verificar su cumplimiento y detectar posibles actos de corrupción. d) La Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción elaborará informes de evaluación de las actividades ejecutadas en el marco del Decreto Legislativo 153-2022, en los cuales se identificarán los resultados obtenidos y las recomendaciones para mejorar la eficiencia, eficacia y transparencia en el desarrollo del convenio. e) La evaluación del desempeño y resultados de las actividades se llevará a cabo al final de cada periodo establecido previamente y su resultado se incluirá en el informe de evaluación correspondiente. f) En caso de identificar deficiencias o incumplimientos en el desarrollo del Decreto Legislativo 153-2022, la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción elaborará recomendaciones para mejorar la eficiencia, eficacia y transparencia en el desarrollo del convenio.

Articulo 7

VIGENCIA DEL REGLAMENTO El presente Reglamento entra en vigencia a partir de su fecha y será publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en las oficinas de la SESAL, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 08 días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). C O M U N Í Q U E S E: DOCTOR JOSE MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ABOGADO ALLAN MIGUEL PINEDA ECHEVERRIA SECRETARIO GENERAL -- 4 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 Sección “B” CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador de Propiedad Intelectual de la Dirección General de Propiedad Intelectual, CERTIFICA: Extracto de la resolución No.2023-194 de fecha 23 de mayo del 2023, que en su parte contundente dice: “VISTA:... RESULTA PRIMERO:... RESULTA SEGUNDO:... RESULTA TERCERO:...RESULTA CUARTO: RESULTA QUINTO:...RESULTA SEXTO:...RESULTA SEPTIMO:... RESULTA OCTAVO: ... CONSIDERANDO PRIMERO:... CONSIDERANDO SEGUNDO:...CONSIDERANDO TERCERO:...POR TANTO:...RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la acción de cancelación por no uso del registro No.92059 de la marca denominada “TERRA Y DISEÑO” clase internacional (16) a favor de la Sociedad Mercantil TELEFONICA S.A.; acción presentada por la abogada GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil denominada DOTERRA HOLDINGS, LLC., en virtud: Que según estudio realizado en la base de datos y libros de registro que para tal efecto lleva esta Oficina, la marca de Fábrica “TERRA Y DISEÑO” clase internacional (16), vigente hasta el 11 de Octubre del 2024, no ha pagado la tasa anual de mantenimiento ni ha sido rehabilitada por su propietario, en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la marca estuvo o está en uso en el mercado o en los sectores pertinentes en los cuales se comercializan los productos, por lo tanto no le interesa conservar su marca. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas. De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días, según lo estipulado en el Artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se caducará de oficio el expediente contentivo de la cancelación. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que resolverá esta oficina, en el término de 10 días después de notificada la Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la Resolución dentro de los 3 días siguientes, debiendo remitirse los autos a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, Artículo 138 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 22 de la Ley de Propiedad. - NOTIFÍQUESE. (S) (F) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador Departamento Legal. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de junio del 2023 ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Departamento Legal 11 J. 2023 -- 5 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR ADENDUM # 1 CONCURSO PÚBLICO No. IPM-CPN-GC-2023-001 CONTRATACIÓN DE LA FIRMA AUDITORA EXTERNA, PARA AUDITAR EL PERIODO AÑO 2023 DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR SU GRUPO DE EMPRESAS, DAFE Y DEPENDENCIAS. El Instituto de Previsión Militar, comunica a las empresas participantes en el proceso de Concurso Público IPM-CPN- GC-2023-001 que han solicitado los pliegos de condiciones para la: CONTRATACIÓN DE LA FIRMA AUDITORA EXTERNA, PARA AUDITAR EL PERIODO AÑO 2023 DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR SU GRUPO DE EMPRESAS, DAFE Y DEPENDENCIAS, lo siguiente: Se modifica en los pliegos de Condiciones en el inciso II Condiciones; numeral 2.1 Condiciones Generales; numeral 2.1.3 Documentación Obligatoria; numeral n de referencia y aviso de periódico: Los estados financieros Auditados de los años 2021 y 2022. Tegucigalpa, 21 de junio de 2023. CORONEL (R), LICENCIADO Y MBA ALFREDO FABRICIO ERAZO PUERTO GERENTE 11 J. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 18 de mayo del 2023, compareció a este por el Abogado Héctor Rafael Orellana Martínez, en su condición de representante procesal de la señora Edith Carolina Rico Andino, en su condición personal, por la vía del procedimiento especial en materia de personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en ACUERDO No. 209-SRH-2023 de fecha 24 de abril del 2023, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00615. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 11 J. 2023 _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito. -- 6 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador de Propiedad Intelectual de la Dirección General de Propiedad Intelectual, CERTIFICA: Extracto de la resolución No. 2023-195 de fecha 23 de Mayo del 2023, que en su parte contundente dice: "VISTA:... RESULTA PRIMERO:.. RESULTA SEGUNDO:... RESULTA TERCERO:.., RESULTA CUARTO:.. RESULTAQUINTO:... RESULTA SEXTO:... RESULTA SEPTIMO:... RESULTA OCTAVO:... CONSIDERANDO PRIMERO:... CONSIDERANDO SEGUNDO:... CONSIDERANDO TERCERO:... POR TANTO:.. RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la acción de cancelación por no uso del registro No.8866 de la marca denominada "TERRA" clase internacional (41) a favor de la Sociedad Mercantil TELEFONICA S.A.; acción presentada por la abogada GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil denominada DOTERRA HOLDINGS, LLC., en virtud: Que según estudio realizado en la base de datos y libros de registro que para tal efecto lleva esta oficina, la marca de Servicio "TERRA" clase internacional (41), vigente hasta el 19 de Diciembre del 2022, no ha pagado la tasa anual de mantenimiento ni ha sido rehabilitada por su propietario, en el presente caso la sociedad titular de la marca objeto de la presente acción de cancelación no demostró que la marca estuvo o está en uso en el mercado o en los sectores pertinentes en los cuales se comercializan los productos, por lo tanto no le interesa conservar su marca. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas. De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días, según lo estipulado en el Artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se caducará de oficio el expediente contentivo de la cancelación. La presente resolución no pone fin a la via administrativa cabe contra la misma sin perjuicio el Recurso de Reposición que resolverá esta oficina en el término de 10 días después de notificada la Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse y formalizarse ante el órgano que dictó la Resolución dentro de los 3 dias siguientes, debiendo remitirse los autos a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, Artículo 138 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 22 de la Ley de Propiedad.- NOTIFÍQUESE. (S) (F) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador Departamento Legal. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de Junio del 2023 ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Departamento Legal 11 J. 2023. -- 7 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS LPN-IP-014-2023 “ADQUISICION DE PAPEL Y MATERIALES DE OFICINA PARA PROYECTOS DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD”. 1. EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-IP-014-2023 a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE PAPEL Y MATERIALES DE OFICINA PARA PROYECTOS DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD”. 2. El financiamiento para la realización del proceso licitatorio proviene de fondos propios del Instituto y cualquier otro financiamiento disponible. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional, establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos del presente proceso licitatorio, por un valor no reembolsable de L 0.00, mediante solicitud escrita (física) presentada en el Departamento de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, segundo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.honducompras.gob.hn del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras). La solicitud deberá indicar además el nombre completo y número de identificación de la persona que entregará la oferta en físico el día programado para su recepción y apertura. 5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda (s) y/o aclaración (es), entre otros, que surjan del mismo. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente del Instituto de la Propiedad y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ningún oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes. 6. Las ofertas deberán presentarse de manera física a más tardar el veintitrés (23) de agosto de dos mil veintitrés (2023) a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones en el séptimo nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y su apertura el mismo veintitrés (23) de agosto de dos mil veintitrés a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones en el séptimo nivel, edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de un de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 11 de julio de 2023 LUCY IRACEMA SALGADO SUÁREZ SECRETARIA EJECUTIVA 11 J. 2023. -- 8 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS LPN-IP-013-2023 "ADQUISICIÓN DE UNIFORMES PARA EMPLEADOS DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD". 1. EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-IP-013-2023 a presentar ofertas selladas para la "ADQUISICIÓN DE UNIFORMES PARA EMPLEADOS DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD". 2. El financiamiento para la realización del proceso licitatorio proviene de fondos propios del Instituto y cualquier otro financiamiento disponible. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional, establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos del presente proceso licitatorio, por un valor no reembolsable de L 0.00, mediante solicitud escrita (física) presentada en el Departamento de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, segundo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.honducompras.gob.hn, del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras). La solicitud deberá indicar además el nombre completo y número de identificación de la persona que entregará la oferta en físico el día programado para su recepción y apertura. 5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda(s) y/o aclaración(es), entre otros, que surjan del mismo. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente del Instituto de la Propiedad y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ningún oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes. 6. Las ofertas deberán presentarse de manera física a más tardar el veintidós (22) de agosto de dos mil veintitrés (2023) a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones en el séptimo nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y su apertura el mismo veintidós (22) de agosto de dos mil veintitrés a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones en el séptimo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de un de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 11 de julio de 2023. LUCY IRACEMA SALGADO SUÁREZ SECRETARIA EJECUTIVA 11 J. 2023 -- 9 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS Dirección Nacional del Programa Presidencial Ciudad Mujer Proceso No. DNPCM-LPN- 02-2023 “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPARACIÓN METÁLICA Y ACABADOS DE LA UNIDAD MÓVIL DEL PROGRAMA CIUDAD MUJER” 1. La Dirección Nacional del Programa Presidencial Ciudad Mujer (DNPCM), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. DNPCM-LPN-02-2023 a presentar ofertas selladas para la CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPARACIÓN METÁLICA Y ACABADOS DE LA UNIDAD MÓVIL DEL PROGRAMA CIUDAD MUJER. El detalle de los bienes y cantidades a adquirir se encuentran en los Documentos de Licitación (pliegos). 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir sin costo alguno, los Documentos (Pliegos) de la presente licitación, mediante solicitud escrita al correo electrónico: adquisiciones@ciudadmujer.gob.hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn), no obstante, para que el oferente interesado en participar, quede registrado oficialmente en el proceso, deberá notificar su interés enviando un correo electrónico a la dirección antes señalada. 5. Las ofertas deberán presentarse en las Oficinas de la Dirección Nacional del Programa Ciudad Mujer (DNPCM) ubicadas en Colonia Alameda, edificio Plaza del Carmen, tercera avenida, cuarta calle, esquina opuesta a Escuela Honduras, Tegucigalpa, Honduras (portón color negro, a la par de MedLife), a más tardar a las 10:00 a.m; del viernes 11 de agosto de 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en acto público, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m; (hora oficial de Honduras). 6. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el valor y la forma establecidos en la Sección II de los Documentos de la Licitación (Pliegos). Tegucigalpa, M.D.C., 29 de junio de 2023. TATIANA ISABEL LARA PINEDA Delegada Presidencial Dirección Nacional de Programas Presidencial Ciudad Mujer 11 J. 2023 -- 10 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 ENMIENDA NO. 1 Licitación Pública Nacional LPN-PROFORCEPS-UNAG-GAP-2023-002 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS, MATERIALES E INSUMOS (FERRETEROS) PARA EL CENTRO DE PRODUCCIÓN DE HORTALIZAS DEL PROYECTO PROFORCEPS DE LAUNIVERSIDAD NACIONAL DE AGRICULTURA”. Universidad Nacional de Agricultura, a través de la Gerencia Administradora de Proyecto PROFORCEPS, a los participantes en el proceso de la Licitación Pública Nacional No. LPN-PROFORCEPS-UNAG- GAP-2023-002, da conocer la ENMIENDA No. 1 a los Documentos de Licitación, la cual, con base a la Su cláusula 10.1 de las IAO, Pasa a formar parte integral de los mismos. ENMIENDAS A LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN: Se encuentra publicada en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” mediante el enlace http://h1.honducompras.gob.hn/Docs/Lic l52LPN-PROFORCEPS-UNAG-GAP-2023-002402- EnmiendaoAdendum.pdf. Nota: Se recomienda a los participantes ingresar al enlace antes mencionado para obtener toda la información requerida. A los participantes que solicitaron los pliegos de condiciones y realizaron consultas de esta licitación, se les envió del correo proforceps@unag.edu.hn la ENMIENDA NO 1. La presente Enmienda se suscribe en la Ciudad Catacamas, Olancho, a los veintisiete (27) días del mes de junio de 2023. Víctor Javier Gonzales Santos M.Se. Rector Universidad Nacional de Agricultura (UNAG) 11 J. 2023 -- 11 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 Número de Solicitud: 2023-2013 Fecha de presentación: 2023-03-31 Fecha de emisión: 2 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CLAUDIA ELENA CANALES BAQUEDANO Y OTTO CARLOS GIL TOLEDO. Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE GRACIAS A DIOS, 1/2 CUADRA DE LA EMBAJADA DE VENEZUELA, COMAYAGÜELA, M.D.C., CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL HERNAN JUNIOR CARCAMO SANDOVAL E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: APOSITO ADHESIVO, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 J. y 11 J. 2023 ________ L-MESITRAN Número de Solicitud: 2023-2017 Fecha de presentación: 2023-03-31 Fecha de emisión: 2 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CLAUDIA ELENA CANALES BAQUEDANO Y OTTO CARLOS GIL TOLEDO. Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE GRACIAS A DIOS, 1/2 CUADRA DE LA EMBAJADA DE VENEZUELA, COMAYAGÜELA, M.D.C., CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL HERNAN JUNIOR CARCAMO SANDOVAL E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BELAIFT G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Salón de belleza y spa, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 J. y 11 J. 2023 Número de Solicitud: 2023-1410 Fecha de presentación: 2023-03-08 Fecha de emisión: 23 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LINDA MARIA CALIX GOMEZ Domicilio: COLONIA LOMAS DE TONCONTIN, BL-27, C-13., CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL HERNAN JUNIOR CARCAMO SANDOVAL E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PERSONALIDADES G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Programa de televisión y radio para entretenimiento, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 J. y 11 J. 2023 ________ Número de Solicitud: 2023-1850 Fecha de presentación: 2023-03-27 Fecha de emisión: 15 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HONDURAS RICE, SOCIEDAD ANOMIMA (HONDURICE S.A.) Domicilio: Carretera al Norte (CA-5) Valle de Amarateca, frente a Gasolinera Esso, Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, CP 00504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE EDUARDO CHAVEZ MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DIPLOMÁTICO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Arroz, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 J. y 11 J. 2023 Marcas de Fábrica -- 12 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 Número de Solicitud: 2022-1704 Fecha de presentación: 2022-04-04 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Meta Platforms, Inc. Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 84473 de fecha 05/10/2021 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de esparcimiento; servicios de publicación electrónica para terceros; publicación de materiales educativos, en concreto, publicación de libros, revistas, boletines y publicaciones electrónicas; publicación de revistas en línea no descargables, en concreto, web logs (blogs) con contenido definido por el usuario, blogs con contenido publicitario, de marketing y comercial y blogs sobre realidad virtual y realidad aumentada; facilitación de recursos de publicaciones electrónicas no descargables en línea para desarrolladores de software; servicios de esparcimiento y educación, en concreto, suministro de publicaciones en línea no descargables sobre tecnología de realidad virtual a través de un sitio web; servicios de esparcimiento y educación, en concreto, suministro en línea no descargable, publicaciones sobre tecnología de realidad aumentada a través de un sitio web; servicios de esparcimiento, en concreto, suministro de juegos interactivos y multijugador y para un solo jugador a través de internet o redes de comunicación; servicios de esparcimiento, en concreto, suministro de videojuegos en línea, juegos de ordenador, juegos electrónicos y juegos interactivos; facilitación de un juego de ordenador para que lo utilicen en toda la red usuarios de la red; facilitación de software de juegos en línea no descargable; servicios de juegos de realidad virtual prestados a través de internet y otras redes de comunicaciones; servicios de juegos de realidad aumentada prestados a través de internet y otras redes de comunicaciones; servicios de esparcimiento, en concreto, suministro de juegos de realidad virtual, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de realidad virtual; servicios de entretenimiento, en concreto, suministro de juegos de realidad aumentada, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de realidad aumentada; servicios de entretenimiento, en concreto, suministro de juegos de realidad mixta, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de realidad mixta; servicios de esparcimiento, en concreto, suministro de entornos de realidad virtual en línea; servicios de esparcimiento, en concreto, suministro de entornos de realidad aumentada en línea; producción de vídeos de realidad aumentada con fines de entreténimiento; producción de vídeos de realidad virtual con fines de entretenimiento; servicios de publicación y producción de esparcimiento multimedia; servicios de esparcimiento del tipo de servicios de producción y posproducción de contenido de esparcimiento multimedia; servicios de esparcimiento y educación, en concreto, suministro de películas, programas de televisión, webcasts, trabajos audiovisuales y multimedia no descargables a través de internet, así como información, reseñas y recomendaciones sobre películas, programas de televisión, webcasts, trabajos audiovisuales y multimedia; suministro de información sobre juegos informáticos y videojuegos en línea a través de internet y otras redes de comunicaciones; organización y dirección de conferencias educativas; organización de exposiciones, eventos y conferencias en los campos de la cultura, el entretenimiento, la educación y las redes sociales con fines no comerciales y no comerciales; organización y realización de concursos y eventos de entretenimiento para reproductores de vídeo; ordenador, juegos multimedia electrónicos o interactivos. servicios de entretenimiento, en concreto, organización y realización de concursos para fomentar el uso y desarrollo de entretenimiento interactivo, realidad virtual; realidad aumentada, electrónica de consumo y software y hardware de entretenimiento de videojuegos; organización de exposiciones en el ámbito del entretenimiento interactivo, la realidad virtual, la electrónica de consumo y las industrias del entretenimiento de videojuegos con fines culturales o educativos; ofrecer y realizar concursos diseñados para reconocer, recompensar y alentar a las personas y grupos que participan en la superación personal, la autorrealización, la caridad, la filantropía, el voluntariado, el servicio público y comunitario y las actividades humanitarias, y el intercambio de productos de trabajo creativo; organización de exposiciones, conferencias y eventos en el ámbito del desarrollo de software con fines educativos; ofrecimiento y realización de concursos con fines educativos y de entretenimiento para desarrolladores de software; servicios educativos, en concreto, organización y dirección de conferencias y seminarios en el ámbito de la inteligencia artificial y la internet de las cosas; servicios educativos, en concreto, organización y dirección de conferencias, cursos, seminarios y formación en línea en el ámbito de la publicidad, el marketing, las redes sociales, internet y las redes sociales, y distribución de material didáctico relacionado con ellos; organización, promoción y realización de exposiciones, ferias comerciales y eventos con fines comerciales; formación en el ámbito del diseño, la publicidad y las tecnologías de la comunicación; formación en el ámbito de la planificación estratégica de medios relacionados con la publicidad, el marketing y los negocios; suministro de información en el ámbito del esparcimiento; suministro de información de entretenimiento, incluidos texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, imágenes fotográficas e información audiovisual, a través de internet y otras redes de comunicaciones; proporcionar información con fines educativos y de entretenimiento en los campos del entretenimiento, la vida secundaria y universitaria y los grupos de interés social y comunitario, alquiler de quioscos de fotografía y videografía para capturar, cargar, editar y compartir imágenes y vídeos; educación; facilitación de formación; actividades deportivas y culturales; servicios de esparcimiento, en concreto, suministro de vídeos en línea con juegos jugados por terceros; servicios de juegos en forma de acceso a un sitio web para que los consumidores transmitan juegos a terceros; organización y dirección de conferencias educativas en el ámbito del desarrollo de software; seminarios educativos, clases, series de oradores, conferencias y formación en el ámbito del software de código abierto y el desarrollo de software; servicios de esparcimiento, en concreto, comedia continua, drama, documental, docu-series, series de televisión y web animadas, de misterio y de realidad proporcionadas a través de internet; revistas en línea, en concreto, blogs con contenido de comedia, drama, documental, serie documental, animación, misterio y contenido de realidad y entretenimiento; facilitación de videoclips, vídeos, vlogs, imágenes, ilustraciones, artículos y resúmenes de artículos en línea no descargables en el ámbito de la comedia, el drama, el documental, la serie documental el entretenimiento de animación, el misterio y la realidad; facilitación de vídeos en línea no descargables en el ámbito de la comedia, el drama, el documental, la serie documental, el entretenimiento de animación, el misterio y la realidad; servicios educativos, en concreto, suministro de publicaciones en línea en el ámbito del contenido de redes sociales, suministro de información relacionada con contenido de redes sociales; publicación electrónica en línea sobre contenido de redes sociales; publicación de materiales educativos, en concreto, publicación de artículos, manuales, revistas y blogs en los campos del desarrollo de software, inteligencia artificial, aprendizaje automático y creación de interfaces de usuario; organización y dirección de talleres de formación; información sobre recreación; producción de vídeos de realidad aumentada; realizar y proporcionar acceso a entrenamientos en vivo en línea, instrucciones y sesiones de acondicionamiento físico; realización de clases de fitness; servicios de educación; servicios educativos, en concreto, realización de seminarios, conferencias y talleres en el ámbito de la salud y el bienestar; servicios educativos, en concreto, organización y realización dé conferencias y seminarios en los campos de la realidad virtual, la realidad aumentada, la inteligencia artificial e internet de cosas; servicios de publicación electrónica; servicios de esparcimiento y educación, en concreto, suministro de películas, programas de televisión, webcasts, trabajos audiovisuales y multimedia no descargables a través de internet, así como información, reseñas y recomendaciones sobre películas, programas de televisión, webcasts, trabajos audiovisuales y multimedia; servicios de entretenimiento, en concreto, organización y realización de concursos para fomentar el uso y desarrollo de entretenimiento interactivo, realidad virtual, realidad aumentada, realidad mixta, electrónica de consumo y software y hardware de entretenimiento de videojuegos; servicios de entretenimiento, a saber, programas de premios de concursos e incentivos diseñados para recompensar a los participantes del programa que hacen ejercicio, participan en actividades deportivas, participan en actividades que promueven la salud, logran logros en actividades de ejercicio y deportivas y alcanzan metas personales con respecto al ejercicio, las actividades deportivas y el estado físico; servicios de esparcimiento, en concreto, concursos y programas de premios de incentivos diseñados para recompensar a los participantes del programa que hacen ejercicio, eligen una alimentación saludable y participan en otras actividades que promueven la salud; servicios de esparcimiento, en concreto, programas de premios de incentivos diseñados para recompensar a los participantes del programa que hacen ejercicio; servicios de esparcimiento, en concreto, acceso a bases de datos interactivas electrónicas y en línea de contenido definido por el usuario, contenido de terceros, fotos, vídeo, audio, material visual y audiovisual en el ámbito de interés general; servicios de esparcimiento, en concreto, suministro de un foro en línea para la difusión de contenido, datos e información con fines de esparcimiento y redes sociales y comerciales; servicios de esparcimiento, en concreto, facilitación de instalaciones en línea para la transmisión de contenido de esparcimiento y transmisión de vídeo en vivo de eventos de esparcimiento; servicios de esparcimiento, en concreto, facilitación de instalaciones en línea para la transmisión de contenido de esparcimiento y transmisión de vídeo en vivo de eventos de esparcimiento; servicios de esparcimiento, en concreto, suministro de entornos de realidad mixta en línea; producción de vídeos de realidad mixta; servicios, de producción multimedia; revistas en línea, en concreto blogs con comentarios, consejos e información en los ámbitos de la salud, el bienestar, el sueño, el fitness y la nutrición; revistas en línea, en concreto, blogs, diarios en línea, en concreto, web logs (blogs) con contenido definido por el usuario; organización de concursos y programas de premios de incentivos para desarrolladores de software; organización de exposiciones y eventos con fines culturales, educativos o de entretenimiento; organización de exposiciones y eventos en el ámbito del entretenimiento interactivo, la realidad virtual, la realidad mixta y la realidad aumentada, la electrónica de consumo y las industrias del entretenimiento de videojuegos con fines culturales o educativos; organización de exposiciones y eventos en el ámbito del desarrollo de software con fines educativos; organización de exposiciones en el ámbito del entretenimiento interactivo, la realidad virtual, la realidad aumentada, la realidad mixta, la electrónica de consumo y las industrias del entretenimiento con videojuegos con fines culturales o educativos; organización de exposiciones y conferencias en directo en el ámbito de la cultura, el entretenimiento y las redes sociales con fines no comerciales y no comerciales; servicios de entrenamiento personal en el ámbito del deporte, el ejercicio, la salud y el fitness; servicios para compartir fotos y vídeos; sesiones deportivas y de fitness pregrabadas; proporcionar una evaluación de condición física y una puntuación de condición física, y un programa de entrenamiento personalizado basado en esa evaluación y puntuación; facilitación de un sitio web con sesiones de entrenamiento, instrucciones y entrenamiento físico; facilitación de un sitio web con instrucciones y sesiones de fitness; acceso a un sitio web con información sobre entrenamiento físico y desarrollo de habilidades atléticas; acceso a un sitio web con información sobre entrenamiento físico, entrenamiento físico, objetivos de acondicionamiento físico y desarrollo de habilidades atléticas; facilitación de un sitio web con información sobre deportes, desarrollo de habilidades atléticas y entrenamiento físico; facilitación de un sitio web con sesiones deportivas y de fitness pregrabadas; facilitación de acceso a sesiones deportivas y de fitness pregrabadas; facilitación de bases de datos informáticas, electrónicas y en línea en el ámbito del esparcimiento; proporcionar entretenimiento e información de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluidos texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, imágenes fotográficas e información audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; facilitación de coaching grupal en el ámbito del deporte, el ejercicio, la salud y el estado físico; suministro de información sobre deportes, desarrollo de habilidades atléticas y entrenamiento físico a través de un sitio web en línea, otras redes de comunicación informática y electrónica, y mediante software para consolas de juegos, ordenadores personales, dispositivos digitales personales y teléfonos inteligentes; facilitación de recursos en línea para desarrolladores de software; facilitación de retos deportivos pregrabados, entrenamientos, sesiones y retos de fitness y entrenamientos a través de un sitio web en línea, otras redes de comunicación informática y electrónica y mediante software para consolas de juegos, ordenadores personales, dispositivos digitales personales y teléfonos inteligentes; servicios de publicación, en concreto, publicación de publicaciones electrónicas para terceros; producción de vídeos de realidad virtual, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023 -- 13 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 Número de Solicitud: 2021-4275 Fecha de presentación: 2021-08-18 Fecha de emisión: 1 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUPERTIENDAS XTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marco Tulio Flores Mendoza E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAROUSEL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos, juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte; adornos para arboles de navidad, de la clase 28. . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023. _______ Número de Solicitud: 2022-6475 Fecha de presentación: 2022-11-03 Fecha de emisión: 23 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUPERTIENDAS XTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marco Tulio Flores E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PET to PET G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta y comercialización de; accesorios para mascotas, juguetes para mascotas, casas para mascotas, peceras, jaulas y/o corrales para mascotas, correas, pecheras, collares, bósales, cepillos, peines, cortauñas, jeringas, goteros, arena para gatos, recipientes para arena para gatos, espátulas, comidas para animales, perros, gatos, pájaros, peces, alfombras para mascotas, adornos, ganchos, bandanas para mascotas, shampoo, acondicionador, jabón para mascotas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023. Número de Solicitud: 2022-4137 Fecha de presentación: 2022-07-13 Fecha de emisión: 19 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUPERTIENDAS XTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marco Tulio Flores Mendoza E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SKOLA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Maletas, carteras, lapiceros, cartapacios, colores, crayones, acualeras, cuadernos, libretas, agendas, lápices grafitos, portaminas, plumas, marcadores, reglas, sacapuntas, tape, masking tape, tape de caja, tape de escritorio, borradores, correctores liquidos, solidos, marcadores fosforentes, tijeras, cartulinas, cartoncillo, papel construcción, papel eva, pegamento blanco, pegamento en barra, pegamento superglue, tape doble pega, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023. _______ Número de Solicitud: 2021-6824 Fecha de presentación: 2021-12-06 Fecha de emisión: 11 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUPER TIENDAS XTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: MUNICIPIO DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marco Tulio Flores Mendoza E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ÜGU G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instalaciones de alumbrado, calefacción, enfriamiento, producción de vapor, cocción, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023. -- 14 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 Número de Solicitud: 2022-4776 Fecha de presentación: 2022-08-15 Fecha de emisión: 27 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Vinícola Centroamericana, S.A. Domicilio: Guatemala, Ciudad de Guatemala., Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BRISA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vinos y licores, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023 ___________ Número de Solicitud: 2022-5299 Fecha de presentación: 2022-09-07 Fecha de emisión: 15 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Grupo Avita, S. A. Domicilio: Vía Israel, calle 75 principal, Edificio EImec, · Piso N2, corregimiento de San Francisco, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AVITA CONCEPT G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “A VITA CONCEPT”, sin otorgar exclusividad la palabra “CONCEPT”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de grifería y baños, aparatos de calefacción, tinas, duchas, sanitarios y lavamanos, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-6408 Fecha de presentación: 2022-10-31 Fecha de emisión: 30 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: C.I. FAJAS MYD POSQUIRURGICAS S.A.S Domicilio: CRA 50 C No. 10 sur 120 bodega 122-113, MEDELLIN - ANTIOQUIA -, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN M&D G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se considera a la marca como signo tipo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fajas, fajas postquirúrgicas, fajas abdominales, fajas embarazo, fajas ortopédicas, fajas para uso médico, fajas umbilicales, adipómetros, almohadillas abdominales, almohadillas de calor activadas químicamente, para uso médico, almohadillas eléctricas para uso médico, aparatos de ejercicio físico para uso médico, aparatos de masaje, aparatos eléctricos de masaje para uso doméstico, aparatos eléctricos de masaje, aparatos eléctricos de masaje para uso personal, aparatos para masajes estéticos, bolsas de hielo para uso médico, guantes para masajes, guantes para uso médico, vendas elásticas, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023 ___________ Número de Solicitud: 2022-4938 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Immersive Health Solutions LLC Domicilio: 1209 Orange Street Wilmington Delaware 19801 United States of America, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REALITY ONE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juguetes; juegos; juguetes; material didáctico en forma de juegos; juegos de cartas; naipes; consolas portátiles para jugar a videojuegos; aparatos para juegos; aparatos de musculación; mandos para consolas de juegos; guantes para juegos; máscaras; máquinas para ejercicios físicos; juegos y juguetes portátiles que incorporan funciones de telecomunicación; juegos portátiles con pantallas de cristal líquido; kits de maquetas; bicicletas estáticas de ejercicio; juegos de mesa; robots de juguete; consolas de videojuegos; máquinas de videojuegos; aparatos de videojuegos, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023 -- 15 of 20 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E J U L I O D E L 2023 N o . 36,278 Número de Solicitud: 2023-452 Fecha de presentación: 2023-01-20 Fecha de emisión: 11 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MSN LABORATORIES PVT, LTD Domicilio: MSN HOUSE, PILOT C-24, INDUSTRIAL STATE, SANATH NAGAR, HYDERABAD-500018, INDIA, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ROQUE ZEPEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LURALEP G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que actúa en el cerebro para tratar la esquizofrenia, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023 _________ Número de Solicitud: 2023-453 Fecha de presentación: 2023-01-20 Fecha de emisión: 11 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MSN LABORATORIES PVT, LTD Domicilio: MSN HOUSE, PILOT C-24, INDUSTRIAL STATE, SANATH NAGAR, HYDERABAD-500018,INDIA, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ROQUE ZEPEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRASUSAFE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antiplaquetario, actúa evitando que las plaquetas (un tipo de célula sanguínea) se acumulen y formen coágulos que pueden provocar un ataque cardíaco o un accidente cerebrovascular, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 J. y 10 A. 2023 Número de Solicitud: 2023-454 Fecha de presentación: 2023-01-20 Fecha de emisión: 11 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MSN LABORATORIES PVT, LTD Domicilio: MSN HOUSE, PILOT C-24, N

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