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Acuerdo Ministerial No. 1209-15 — Modificación de Acuerdos relativos al Protocolo de Evaluación Biológica y Monitoreo del Pepino de Mar

  • Decreto: 1209-15
  • Categoria: Ambiental

Considerandos

Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), es la autoridad superior en materia de pesca y sus conexos, pudiendo dictar medidas, procedimientos y requisitos necesarios para las investigaciones científicas y el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos del Estado.

Que mediante Acuerdo No. 2015 de fecha diecinueve de Junio del año dos mil quince (2015), Acuerdo No. A-903-2015 de fecha dos de Julio del año dos mil quince (2015), se aprueba darle seguimiento al PROTOCOLO DE EVALUACIÓN BIOLÓGICA Y MONITOREO DEL PESQUERO DEL PEPINO DE MAR EN EL CARIBE DE HONDURAS del uno (01) de Julio del año dos mil quince (2015) al veintinuteve (29) de febrero del año dos mil dieciséis (2016).

Que producto de un análisis hecho por parte de la Secretaría de Agricultura y Ganadería acorde al Acuerdo No. 902-2015 y A-903-2015 se ha aconsejado realizar ajustes al mismo en pro de los intereses socio-ambientales y objetivos previstos en el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN BIOLÓGICA Y MONITOREO DEL PESQUERO DEL PEPINO DE MAR.

Articulos

Articulo 1.-

Modificar el Acuerdo Ministerial A-902-2015 de fecha veintisés de junio del año dos mil quince (2015), en su numeral SEPTIMO. Modificar el Acuerdo Ministerial A-903-2015 de fecha dos de julio del año dos mil quince (2015), en sus numerales DECIMO CUARTO incisos f) y m), con el objetivo de incrementar la cuota de captura ampliara el número de embarcaciones artesanales, la cual deberán de leerse: Acuerdo No. 902-2015 –Numeral: "SEPTIMO: Se establece una cuota precautoria de captura de quinientos cuatro mil quinientos kilogramos de peso seco (504, 500 Kg.), con una talla mínima de 20 Cm. de longitud contralado. Esta será la cuota máxima compuesta por las dos especies objetivo Honduras y San Pedro.