Licitación No. LPN/002/INA/2011 — Licitación Pública Nacional para suministro de vehículos pick-up
Instituto Nacional Agrario (INA)
- Decreto: LPN/002/INA/2011
- Publicación: 28 de marzo de 2011
- Órgano emisor: Instituto Nacional Agrario (INA)
Texto completo
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN/002/INA/2011
El Instituto Nacional Agrario (INA) con recursos del Apoyo Presupuestario de la Unión Europea para ejecutar el Plan Estratégico para la Implementación de la Política de Seguridad Alimentaria 2006-2015, por este medio invita a las Empresas Distribuidoras de Vehículos, legalmente establecidas en el País, que puedan suministrar lo siguiente:
Lote No. | Descripción | Cantidad 1 | Vehículos Pick-up, doble cabina y doble tracción | 3 (tres)
Las Bases de licitación estarán disponibles a partir del 28 de marzo de 2011 en las Oficinas de la División Administrativa, localizadas en la colonia La Alameda, 4ta. avenida entre 10ma. y 11va. Calle No. 1009, en horario de lunes a viernes de 9:00 A.M. - 5:00 P.M., para ser entregadas deberán presentar solicitud por escrito con los datos generales del interesado, acompañada de una copia de recibo de pago de Mil Lempiras exactos (Lps. 1,000.00), esta suma deberá pagarse en la ventanilla de la Tesorería del INA, en horario de lunes a viernes de 9:00 A.M. - 5:00 P.M.
La recepción y apertura de las ofertas se efectuará en Acto Público en la Sala de Reuniones de la Dirección Ejecutiva el día martes 17 de mayo del 2011 a las 10:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas deberán ir acompañadas de una Garantía Bancaria o Fianza de Mantenimiento de Oferta en original, con vigencia de sesenta (60) días hábiles contados a partir del día de la apertura de la oferta y por un monto del dos por ciento (2%) del valor de la oferta global en Lempiras. Las ofertas que se presenten fuera del plazo serán rechazadas. La apertura de ofertas se efectuará en presencia de representantes de INA y los Oferentes o sus representantes que deseen asistir.
Para consultas o información dirigirse a la División Administrativa del INA, e-mail: clarios@ina.hn
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de marzo del 2001.
CÉSAR DAVID ADOLFO HAM PEÑA
Ministro Director.
28 M. 2011.
Leyes relacionadas
- Acuerdo 544-2011 Instructivo para Regular Sorteos, Rifas, Eventos Públicos y Similares — Esta ley establece que cualquier persona que realice rifas, sorteos, eventos públicos como conciertos o circos con fines de lucro debe registrarse ante la Dirección General del Régimen Departamental y obtener permisos previos. Los organizadores deben pagar el 15% de sus ingresos brutos como contribución al Estado, cuyos fondos se destinan a programas sociales para niñez, adultos mayores y personas con discapacidad. (Decreto 177-2010, 2010)
- Resolución No. 1897-2011 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Comunidad de Buena Vista (Decreto 1897-2011, 2012)
- Acuerdo No. 014-2024 — Aprobación de La Estrategia Nacional de Restauración Forestal de Honduras 2023-2030 (Decreto 014-2024, 2024)
- Reglamento — Reglamento de Becas para Estudiantes de Centros de Formación de las Fuerzas Armadas — Este reglamento establece un sistema de becas para estudiantes de centros de formación de las Fuerzas Armadas. Los estudiantes de tropa reciben Lps. 1,000.00 mensuales durante 4 meses de adiestramiento, mientras que aspirantes a suboficiales reciben montos escalonados según su año de estudio. El resto de la beca se usa para necesidades básicas de formación. Los becarios deben firmar contratos y cumplir el servicio militar obligatorio, o si abandonan por culpa propia, deben reembolsar según lo establecido en leyes militares.
- Acuerdo No. CNDS-002-2023 — Seguridad agraria, acceso a la tierra y contención de tomas de tierras — Este acuerdo del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad ordena acciones para resolver el acceso a la tierra y detener las ocupaciones ilegales de terrenos. Crea una comisión especial para ejecutar desalojos judiciales, investigar propiedades con títulos dudosos y elaborar nuevas leyes que beneficien a campesinos, mujeres e indígenas, mientras protege la seguridad jurídica de las tierras productivas. (Decreto CNDS-002-2023, 2023)