Vigente
Decreto No. 112-2016 | 22 de mayo de 2018 | Poder Ejecutivo
Decreto Legislativo No. 112-2016 que establece el Reglamento Especial para Aplicación de Amnistía y Depuración Contable del IHSS
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Resumen
Esta ley establece un reglamento especial que permite al IHSS perdonar deudas pendientes de contribuyentes y regularizar su contabilidad. Beneficia a empleadores y trabajadores que tengan obligaciones vencidas con el seguro social, permitiéndoles ponerse al día mediante acuerdos de pago y evitando sanciones adicionales.
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hnO!06201801
MODIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DEL REGLAMENTO ESPECIAL PARA
APLICACIÓN DE AMNISTÍA Y DEPURACIÓN CONTABLE DEL IHSS
Punto de Agenda N°
14. Sesión Ordinaria
N°295
CERTIFICACIÓN
Gaceta oficial
34,655
La infrascrita, Jefe de la
GLIN ID
Fecha de Emisión:
Fecha de Publicación:
17 de mayo 2018
1 de junio 2018
Unidad de Normas y Seguimiento y
Delegada de la Comisión Interventora del INSTITUTO HONDURENO DE
SEGURIDAD SOCIAL (IHSS), certifica el punto de Agenda No. 14, del Acta
de Sesión Ordinaria No 295 donde se emite la RESOLUCIÓN Ci IHSS-
UNYS No. 309/08-05-2018 de fecha 8 de mayo de
con la modificación del
Amnistía y Depuración
No. 112-2016 Capítulo
parte conducente dice:
2018, relacionada
"Reglamento Especial para Aplicación de
Contable del IHSS Según Decreto Legislativo
Finalidad y Ámbito de Aplicación"; que en su
"...RESUELVE: 1. Modificarla Resolución CI
IHSS No. 965/28-11-2017 en el sentido de adecuar el cons¡derando(8) y
el resuelve 1) en los Artículos 22, 23, 24 y 26 del Reglamento Especial
para Aplicación de Amnistía y Depuración Contable del IHSS, según
Decreto Legislativo No 112-2016 y su ampliación
Legislativo No. 129-2017, el cual se transcribe así:
mediante Decreto
INSTITUTO
HONDURENO DE SEGURIDAD SOCIAL REGLAMENTO ESPECIAL PARA
APLICACIÓN DE AMNISTÍA Y DEPURACIÓN CONTABLE DEL IHSS
SEGÚN DECRETO LEGISLATIVO No.112-2016
CERTIFICACIÓN. (PUNTO DE AGENDA NÚMERO 14. SESIÓN ORDINARIA
NÚMERO 295. INSTITUTO HONDURENO DE SEGURIDAD SOCIAL) cuyo
contenido es el REGLAMENTO ESPECIAL PARA APLICACIÓN DE
AMNISTÍA Y DEPURACIÓN CONTABLE DEL IHSS SEGÚN DECRETO
LEGISLATIVO No.112-2016. 26 Artículos. Pp. B 1 - B 7
Términos
Notas
-
REGLAMENTO ESPECIAL. AMNISTÍA Y DEPURACIÓN CONTABLE.
INSTITUTO HONDURENO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS). CONVENIO DE
PAGO. DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO. COMITÉ DE RECAUDACIONES Y
RECUPERACIONES.
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hn0406201801
"NORMATIVA TÉCNICA PARA LA CERTIFICACIÓN Y APROVECHAMIENTO
DE ÁRBOLES Y PLANTACIONES FORESTALES".
022-2018
ACUERDO
Gaceta oficial.
34,657
GLINID
Fecha de Emisión:
Fecha de Publicación:
22 de mayo 2018
4 de junio 2018
De conformidad con la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, la
recuperación de las áreas deforestadas y degradadas son una prioridad
para la protección de la biodiversidad, el agua, el suelo y la
productividad socioeconómica del país se encuentra intrínseca dentro
de los objetivos de dicho ordenamiento jurídico. La Ley Forestal declara
de prioridad nacional, la facilitación del establecimiento de bosques
a partir de métodos de
reforestación; el Sector
regeneración natural, forestación y
Público debe garantizar la sostenibilidad y
seguridad de la inversión silvoagropecuaria nacional y privada;
estableciendo las directrices, lineamientos, reglamentos y mecanismos
mediante los cuales se ejercitarán las obligaciones y derechos. La Ley
Forestal establece que a las personas que realicen inversiones en
reforestación a través de plantaciones, se les deba brindar un
certificado de plantación, como mecanismo para garantizar su inversión
y reconocimiento de parte del Estado para el disfrute de los productos
y otros beneficios que en el futuro se puedan generar.
ACUERDO N° 022-2018
"NORMATIVA TÉCNICA
del 22 de mayo de 2018 que contiene la
PARA LA CERTIFICACIÓN Y APROVECHAMIENTO
DE ÁRBOLES Y PLANTACIONES FORESTALES". 2 Artículos. Pp. A l - A 5
Términos
Notas
NORMATIVA TÉCNICA. CERTIFICACIÓN Y APROVECHAMIENTO.
ÁRBOLES Y PLANTACIONES FORESTALES. CERTIFICADO DE
PLANTACIÓN. CPROTE.
PDF No. hn0406201802
Título: RATIFICAR EL FIN ESPECIFICO DEL REGISTRO DEPOSITARIO
DE ANIMALES DE VIDA SILVESTRE "MASCOTAS" ESTABLECIDO EN
EL ACUERDO 045-2011.
Número de
Documento:
024-2018 GLIN ID
Clase de Documento: ACUERDO. Fecha de Emisión: 24 de mayo 2018
Publicación : Gaceta oficial.
Número de Edición de
la Publicación:
34,657 Fecha de Publicación: 4 de junio 2018
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El objetivo principal del registro es identificar a los poseedores de fauna
silvestre que se encuentra en condiciones de "mascotas silvestres",
registro que servirá para orientar las mejores prácticas de manejo
sostenible de estas especies, asegurando el bienestar y su salud,
concienciando a la población para eliminar el tráfico y comercio ilegal
de vida silvestre y en vista de la cantidad de especies, (Psittaciformes)
existente en cautiverio en calidad de "mascotas silvestres", tanto en
zonas urbanas como rurales, cuyos poseedores solicitan su inscripción,
es imprescindible ampliar el periodo del registro de esas especies.
Actualmente en el manejo de la Fauna Silvestre, (los Psittaciformes} son
las especies de mayor comercio ilegal a nivel mundial y que, en nuestro
país existe la relación de dependencia creada entre los miembros de las
familias y algunas especies de estas aves silvestres, las cuales han sido
mantenidas en cautiverio en condición de "mascotas silvestres",
quienes las han adoptado como parte del núcleo familiar, existiendo
una gran dependencia afectiva entre unos y otros debido a que el ave
silvestre se encuentra en condiciones de improntamiento, perdiendo
éste, el temor a su propietario y adoptando algunos comportamiento
de los humanos; estableciendo a la vez un nivel de confianza y
dependencia con su dueño que ante la ausencia de este le genera
condiciones de estrés que pueden llevarlo, en casos extremos, a la
muerte. El Estado debe propiciar el bien común de los ciudadanos en
cuanto a la vida económica y social a que se refiere y de acuerdo al
principio de imparcialidad, la administración buscará primar el orden
Público, debiendo cuando exista conflicto de intereses entre los
particulares y el Estado, resolver de forma imparcial atendiendo el
interés público; el ICF cuenta con la normativa establecida en el
Acuerdo 045-2011, mediante el cual aprobó la base técnico-
administrativa para el manejo, cuidado y aprovechamiento sostenible
Sumario
(English)
Sumario
(Español)
Términos
Notas
de la vida silvestre de Honduras, aplicando restricciones en el registro
de dichas mascotas y reservándose el derecho de exigir cobro por dicho
registro.
ACUERDO N° 024-2018 del 24 de mayo de 2018 que contiene el
Reconocimiento que la estadística en el manejo de la Fauna Silvestre,
determina que (los Psittaciformes), son el orden de mayor comercio
ilegal a nivel mundial y que, en nuestro país existe la relación de
dependencia creada entre los miembros de las familias y algunas
especies de estas aves silvestres, las cuales han sido mantenidas en
cautiverio en condición de "mascotas silvestres", personas que las han
adoptado como parte del núcleo familiar, existiendo una gran
dependencia afectiva entre unos y otros debido a que el ave silvestre se
encuentra en condiciones de ¡mprontamiento. Ratificando además, el
fin específico del registro depositario de animales de Vida Silvestre
"mascotas" establecido en el Acuerdo 045-2011, mediante el cual se
pretende evitar el comercio ilegal e identificar a los poseedores de
fauna silvestre. 9 Artículos. Pp. A 6- A 7.
RATIFICAR. FIN ESPECÍFICO. REGISTRO DEPOSITARIO.
ANIMALES DE VIDA SILVESTRE. "MASCOTAS". ACUERDO 045-2011.
CAÑONES. INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO
FORESTAL. ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE.
PDF No. hn0406201803
Título: ADICIONAR EL ARTICULO 34-A, A LA LEY DE TARJETAS DE CRÉDITO.
Número de
Documento:
39-2018 GLINID
Clase de Documento: DECRETO. Fecha de Emisión: 2 de mayo 2018
Publicación : Gaceta oficial
Número de Edición de
la Publicación:
34,657 Fecha de Publicación: 4 de junio 2018
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El Artículo 55 de la Ley del Sistema Financiero establece que las tasas
de interés serán determinadas en libre negociación entre las
instituciones del Sistema Financiero y sus clientes en función de las
condiciones de mercado, no obstante el interés público demandó que
el Estado reformara mediante Decreto No.57-2017 la Ley de Tarjetas de
Crédito, mediante el cual se corregirán algunos excesos, disponiendo
en forma particular en el mercado de Tarjetas de Crédito un límite
máximo de tasa de interés que nunca podrá ser superior al cincuenta y
cuatro por ciento (54%), definiendo que para el cálculo de la tasa de
interés se debe aplicar como base la Tasa de Interés Anual Promedio
Ponderado Nominal Activa sobre préstamos en Moneda Nacional del
Sistema Financiero Nacional del mes anterior publicado por el Banco
Central de Honduras (BCH), estableciendo un factor de multiplicación
del 2.6825633383 para determinar la tasa aplicable a los saldos
adeudados por lostarjetahabientes. La metodología descrita en el
considerando precedente puede requerir los ajustes con el transcurso
del tiempo, derivados de la evolución del mercado, la aparición de las
nuevas tecnologías y la necesidad de preservar el interés de los
consumidores. Tanto el Banco Central de Honduras (BCH) como la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), en el ambiente de sus
competencias son los órganos especializados que tienen el
conocimiento técnico para evaluar, monitorear, determinar e
identificar los factores que procede aplicar como base de referencia
para la definición de la tasa de interés, a fin de que dichos factores
reflejen el comportamiento del mercado y eviten distorsiones del
mismo, debiendo para ello atenderlas mejores prácticas y estándares
internacionales; es necesario dar suficientes facultades tanto a la
autoridad monetaria como al órgano supervisor de las instituciones
emisoras de tarjetas de crédito a efecto que éstas realicen los análisis y
evaluaciones técnicas para promover y propiciar el sano desarrollo del
Sistema Financiero y del mercado en protección del interés público. En
Sumario
(English)
Sumario
(Español)
Términos
Notas
consecuencia se hace necesario la inclusión de disposiciones legales en
este sentido.
DECRETO No. 39-2018 del 2 de mayo de 2018 que contiene la adición
del Artículo 34-A, al Decreto N° 106-2006 de fecha 31 de Agosto de
2006, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 23 de Octubre de
2006, contentivo de la LEY DE TARJETAS DE CRÉDITO. 2 Artículos. Pp.
A 8 - A 9
ADICIONAR. LEY DE TARJETAS DE CRÉDITO. COMISIÓN NACIONAL DE
BANCOS Y SEGURO (CNBS). BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH).
PDF No.
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Sumario
(English)
hn0406201804
REFORMAR EL ACUERDO DGMM ND 018/2015 DONDE SE APRUEBA EL
NUEVO ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA
MERCANTE.
12-2018
ACUERDO DGMM
Gaceta oficial.
34,657
GLINID
Fecha de Emisión:
Fecha de Publicación:
29 de mayo 2018
4 de junio 2018
El Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del
Poder Ejecutivo, establece que la actividad y Funcionamiento de la
Administración Pública está sujeta a los principios de legalidad,
responsabilidad, eficiencia, racionalización, coordinación y
simplificación; entendiéndose por legalidad la sujeción al ordenamiento
jurídico, observando la jerarquía normativa; en virtud del principio de
racionalización, las estructuras administrativas serán revisadas para
evitar duplicaciones o interferencias, delimitándose las atribuciones de
los órganos y su dependencia jerárquica, a cuyo efecto se fusionarán,
suprimirán o reorganizarán dependencias internas, la actual
administración se encuentra interesada en impulsar la modernización
del Estado para adecuarlo a las circunstancias que a la fecha prevalecen
en el ámbito internacional. La República de Honduras es signatario de
múltiples Convenios Marítimos Internacionales que imponen a sus
Estados Partes, obligaciones y responsabilidades
cumplir en el marco de
que estos deben de
los compromisos adquiridos ante la comunidad
internacional. Es necesario desarrollar nuevas estructuras organizativas
que permitan su efectiva implementación en la realidad nacional. La
Dirección General de la Marina Mercante, continúa experimentando un
proceso de reestructuración operacional, para dar fiel cumplimiento
al convenio internacional ratificados por Honduras y con el fin de
cumplir eficaz y eficientemente como ente estatal desconcentrado,
encargado de velar por la seguridad marítima, protección del medio
ambiente marino, la formación y titulación de marinos asimismo
aspectos de seguridad nacional.
Sumario
(Español)
Términos
Notas
ACUERDO DGMM No. 12-2018 del 29 de mayo de 2018 que contiene la
Reforma del Acuerdo DGMM No. 018/2015 de fecha 15 de mayo de
2015, donde se aprueba e! nuevo organigrama de la Dirección General
de la Marina Mercante, y el Acuerdo DGMM N° 02-2017 de fecha 12 de
enero de2017, mediante el cual se crea el Departamento de Análisis
y Control Marítimo (ACMA). 7 Artículos. Pp. A 9 - A 1 2
DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS Y CONTROL MARÍTIMO (ACMA).
ORGANIGRAMA. DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE.
(DGMM). DEPARTAMENTO DE REGISTRO INTERNACIONAL DE BUQUES.
DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN DE MEDIO MARINO.
PDF No. hn0506201801
Título: CONVENIO PARA LAS NEGOCIACIONES DE UNA ALIANZA ESTRATÉGICA
DE COMPRA Y VENTA DE GRANOS BÁSICOS ENTRE LA INDUSTRIA DE
HARINAS DE MAÍZ BLANCO Y ALIMENTOS PARA CONSUMO HUMANO
(DEMAHSA, IMSA, MATURAVE, ALBECASA y SÉMOLAS DE HONDURAS,
S.A. ) FEDERACIÓN NACIONAL DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE
HONDURAS (FENAGH), ASOCIACIÓN NACIONAL DE PRODUCTORES DE
GRANOS BÁSICOS (PROGRANO), CONSEJO NACIONAL CAMPESINO
(CNC), EL CONSEJO COORDINADOR DE ORGANIZACIONES CAMPESINAS
DE HONDURAS (COCOCH), ASOCIACIÓN HONDURENA DE
AGRICULTORES (ASOHAGRI), UNIÓN DE ORGANIZACIONES DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS ORIENTE LIMITADA (UNOPROL), Y
POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA LAS SECRETARÍAS DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) Y DESARROLLO ECONÓMICO (SDE).
Número de
Documento:
084-2018 GLIN ID
Clase de Documento: ACUERDO. Fecha de Emisión: 4 de abril 2018
Publicación : Gaceta oficial.
Número de Edición de
la Publicación:
34,658 Fecha de Publicación: 5 de junio 2018
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Recientemente venció el Convenio para las Negociaciones de una
Alianza Estratégica de Compra y Venta de Granos Básicos, suscrito
entre la Industria de Harinas de Maíz y Alimentos para Consumo
Humano (DEMAHSA, IMSA, INDECASA y CORPORACIÓN DINANT),
Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras
(FENAGH}, Asociación Nacional de Productores de Granos Básicos de
Honduras (PROGRANO), Consejo Nacional Campesino (CNC), Consejo
Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras (COCOCH),
la Asociación Hondurena de Agricultores (ASOHAGRI), Unión de
Organizaciones de Productores Agropecuarios Oriente Limitada
(UNOPROL) y por el Gobierno de la República las Secretarías de
Agricultura y Ganadería (SAG) e Industria y Comercio (SIC), Instituto
Hondureno de Mercadeo Agrícola (IHMA) y Banco Nacional de
Desarrollo Agrícola (BANADESA), elevado Acuerdo Ejecutivo No. A-793-
14. El referido Convenio fue modificado mediante Addendum Número
Uno y Addendum Número Dos, suscritos entre la Industria de Harinas
de Maíz Blanco y Alimentos para Consumo Humano (DEMAHSA, IMSA,
INDECASA, MATURAVE), la Federación Nacional de Agricultores y
Ganaderos de Honduras (FENAGH), Asociación Nacional de Productores
de Granos Básicos de Honduras (PROGRANO), el Consejo Nacional
Campesino (CNC), el Consejo Coordinador de Organizaciones
Campesinas de Honduras (COCOCH), la Asociación Hondurena de
Agricultores (ASOHAGRI), Unión de Organizaciones de Productores
Agropecuarios Oriente Limitada (UNOPROL) y por el Gobierno de ía
República las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo
Económico (SDE), ratificados según Acuerdos Ejecutivos No. A-1329-15
y No.A-999-16 de fechas 03 de septiembre de 2015 y 03 septiembre de
2016, respectivamente. En fechas 6 de julio de 2017 y 9 de agosto de
2017, se aprueba el ingreso al referido Convenio a las Empresas
Sémolas de Honduras, S.A. y Alimentos y Bebidas de Centroamérica
Sociedad Anónima de Capital Variable (ALBECASA), tal como consta en
las Actas No. 18-2017 y No. 019-2017, respectivamente.
Sumario
(English)
Sumario
(Español)
ACUERDO No. 084-2018 del 4 de abril de 2018 que contiene el
CONVENIO PARA LAS NEGOCIACIONES DE UNA ALIANZA ESTRATÉGICA
DE COMPRA Y VENTA DE GRANOS BÁSICOS ENTRE LA INDUSTRIA DE
HARINAS DE MAÍZ BLANCO Y ALIMENTOS PARA CONSUMO HUMANO
(DEMAHSA, IMSA, MATURAVE, ALBECASA y SÉMOLAS DE HONDURAS,
S.A.) FEDERACIÓN NACIONAL DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE
HONDURAS (FENAGH), ASOCIACIÓN NACIONAL DE PRODUCTORES DE
GRANOS BÁSICOS (PROGRANO), CONSEJO NACIONAL CAMPESINO
(CNC), EL CONSEJO COORDINADOR DE ORGANIZACIONES CAMPESINAS
DE HONDURAS (COCOCH), ASOCIACIÓN HONDURENA DE
AGRICULTORES (ASOHAGRI), UNIÓN DE ORGANIZACIONES DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS ORIENTE LIMITADA (UNOPROL), Y
POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA LAS SECRETARÍAS DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) Y DESARROLLO ECONÓMICO (SDE).
4Artículos. Pp. A l - A 11
Términos
CONVENIO. NEGOCIACIONES. ALIANZA ESTRATÉGICA. COMPRA Y
VENTA DE GRANOS BÁSICOS. INDUSTRIA DE HARINAS DE MAÍZ
BLANCO. ALIMENTOS PARA CONSUMO HUMANO. (DEMAHSA, IMSA,
MATURAVE, ALBECASA y SÉMOLAS DE HONDURAS,
S.A.) FEDERACIÓN NACIONAL DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE
HONDURAS (FENAGH). ASOCIACIÓN NACIONAL DE PRODUCTORES DE
GRANOS BÁSICOS (PROGRANO). CONSEJO NACIONAL CAMPESINO
(CNC). CONSEJO COORDINADOR DE ORGANIZACIONES CAMPESINAS DE
HONDURAS (COCOCH). ASOCIACIÓN HONDURENA DE AGRICULTORES
(ASOHAGRI). UNIÓN DE ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES
AGROPECUARIOS ORIENTE LIMITADA (UNOPROL). GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA. SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG).
SECRETARÍA DESARROLLO ECONÓMICO (SDE).
Notas
PDF No.
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hn0606201801
INTEGRACIÓN DEL CONSEJO ASESOR DEL TRANSPORTE (CATT).
526-2018
ACUERDO EJECUTIVO
Gaceta oficial
34,659
CLIN ID
Fecha de Emisión:
Fecha de Publicación:
25 de mayo 2018
6 de junio 2018
Las Organizaciones del Sector Transporte y, las Organizaciones de los
Usuarios, ya han acreditado ante el Instituto Hondureno del Transporte
Terrestre (IHTT), sus Representantes Propietarios y Suplentes, así como
la documentación que acredita su constitución y funcionamiento, por
convocatoria que el IHTT hizo publicar al efecto en fecha 15 de marzo
de 2018, en dos (2) diarios de mayor circulación nacional, es oportuno y
aporta mayor formalidad en la integración del Consejo Asesor del
Transporte Terrestre (CATT), que todos sus miembros se contengan en
el presente Acuerdo emitido por el Presidente dela República, por
conducto de la Secretaría de Estado en los Despachos de
Infraestructuras y Servicios Públicos (INSEP). Mediante Acuerdo
Ejecutivo No. 023-2018
Diario Oficial La Gaceta
de fecha 16 de abril de 2018 y publicado en el
en fecha 20 de abril de 2018, el Presidente de la
República delegó la firma en la Subsecretaría Coordinadora General de
Gobierno, MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARÁ la potestad de firmar
los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública,
sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción.
ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 526-2018 del 25 de mayo de 2018 que
contiene la INTEGRACIÓN DEL CONSEJO ASESOR DEL TRANSPORTE
(CATT). 6 Artículos. Pp. A 1 - A 4
Términos
Notas
INTEGRACIÓN. CONSEJO ASESOR
URBANO. SECTOR INTERURBANO
DEL TRANSPORTE (CATT). SECTOR
SECTOR TAXIS. SECTOR MOTOTAXIS.
SECTOR CARGA GENERAL 0 NO ESPECIALIZADA. REPRESENTANTES DE
ORGANIZACIONES DE USUARIOS.
PDF No.
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hn0706201801
REGLAMENTO DE REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS IMPORTADORES,
PROCESADORES Y/O EXPORTADORES DE PRODUCTOS Y SUB
PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL Y/O VEGETAL
05-2018
ACUERDO
Gaceta oficial
34,660
Honduras es signatario
referencia que elabora
GLIN ID
Fecha de Emisión: 7 de junio 2018
Fecha de Publicación: 7 de junio 2018
del Codex Alimentarius, Organismo de
normas, directrices y códigos de prácticas
alimentarias internacionales armonizadas destinadas a proteger la
salud de los consumidores y a promover el comercio equitativo de
alimentos. Mediante Decreto Ejecutivo número PCM-038-2016
publicado en La Gaceta de fecha 25 de julio del 2016, el Presidente
Constitucional de la República en Consejo de Ministros decretó la
creación del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
(SENASA), como un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de
Agricultura y Ganadería, suprimiendo la Dirección conocida como
Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria; el Servicio Nacional de
Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA) como ente
gubernamental es la encargada de aplicar y controlar el cumplimiento
de las disposiciones de a Ley Fitozoosantiaria 344-2005 y de los
reglamentos relacionados con la inspección higiénica-sanitaria en el
procesamiento de los productos, la inspección, certificación,
verificación de los productos de origen animal y vegetal así como de los
establecimientos que los elaboran y aseguramiento del cumplimiento
de las medidas sanitarias y fitosanitarias.
ACUERDO N° CD SENASA-05-2018 del 7 de junio de 2018 que contiene
el REGLAMENTO DE REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS IMPORTADORES,
PROCESADORES Y/O EXPORTADORES DE PRODUCTOS Y SUB
PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL Y/O VEGETAL A l - A 12
Términos
Notas
REGLAMENTO. REGISTRO. ESTABLECIMIENTOS IMPORTADORES.
PROCESADORES Y/O EXPORTADORES. PRODUCTOS Y SUB PRODUCTOS
DE ORIGEN ANIMAL Y/O VEGETAL DECLARACIÓN JURADA.
ESTABLECIMIENTO. PIENSO. DICTAMEN TÉCNICO.
PDF No.
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hn!406201801
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS DE PRUEBA.
024-2018
ACUERDO
Gaceta oficial.
34,666
G LINIO
Fecha de Emisión:
Fecha de Publicación:
11 de junio 2018
14 de junio 2018
Corresponde al Estado por medio de sus dependencias y de los
organismos constituidos de conformidad con la Ley, la regulación.
supervisión y control de los productos alimenticios, químicos,
farmacéuticos y biológicos. Que el fin primordial del Estado es
promover el comercio y la salud de la población mediante el control
y vigilancia de los productos y establecimientos de interés sanitario. Es
competencia de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), elaborar,
actualizar el marco normativo que regule los establecimientos, servicios
y productos de interés sanitario, así como también, es atribución
establecer mecanismos para garantizar la calidad de los servicios y de
los productos en el mercado que puedan repercutir sobre la salud de la
población, de igual forma es competencia de la ARSA, diseñar y
proponer estrategias para ejecutar las políticas planes y proyectos en el
marco de sus funciones. Por tal razón, al no existir en la Agencia de
Regulación Sanitaria un reglamento de Protección de Datos de Prueba
de nuevos productos farmacéuticos nos vemos en la obligatoriedad de
crear dicha norma jurídica. La Agencia de Regulación Sanitaria una vez
teniendo el proyecto de borrador del Reglamento de Protección de
Datos de Prueba, este fue sometido a consulta pública, por un periodo
de treinta (30) días, proceso que fue publicado en la Página Oficial de
dicha Institución, dando un tiempo prudencial para recibir las consultas
u observaciones, transcurrido este plazo tomando en consideración las
observaciones realizadas a dicho documento, se somete a revisión legal
para su aprobación.
Sumario
(Español)
Términos
Notas
ACUERDO No. 024-2018 del 11 de junio 2018 que contiene el
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS DE PRUEBA. 2 Artículos. Pp.
A 1 - A 5
REGLAMENTO. PROTECCIÓN DE DATOS DE PRUEBA. AUTORIDAD
SANITARIA COMPETENTE. ENTIDAD QUÍMICA. PRODUCTOS
FARMACÉUTICOS.
PDF No. hn!406201802
Título: MODIFICACIÓN DE CUOTAS DE RECUPERACIÓN DE LOS SIGUIENTES
SERVICIOS PRESTADOS:
1} PERMISOS DE IMPORTACIÓN/ EXPORTACIÓN (SUSTANCIAS Y
PRODUCTOS CONTROLADOS);
2} PREVISIONES DE SUSTANCIAS O PRODUCTOS CONTROLADOS;
3} REGISTRO DE EMPRESAS QUE IMPORTEN / EXPORTEN
SUSTANCIAS O PRODUCTOS CONTROLADOS;
4} RECONOCIMIENTO DE REGISTRO SANITARIO
5} CERTIFICADO DE UBRE VENTA
6) PERMISO SANITARIO TEMPORAL
7) BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA, ALMACENAMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN
8) REGISTRO SANITARIO
Número de
Documento:
025-2018 GLINID
Clase de Documento: ACUERDO Fecha de Emisión: 11 de junio 2018
Publicación : Gaceta oficial
Número de Edición de
la Publicación:
34,666 Fecha de Publicación: 14 de junio 2018
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El Estado de Honduras forma parte de las Convenciones sobre
Sustancias Sicotrópicas de 1971 y la Convención de las Naciones Unidas
Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas,
por lo que la primera según el orden en su Artículo 12} Disposiciones
Relativas al Comercio Internacional en su numeral 1 inciso a) establece
que: "Toda Parte que permita la exportación o importación de
sustancias de las Listas I o II exigirá que se obtenga una autorización
separada de importación o exportación, en un formulario que
establecerá la Comisión, para cada exportación o importación, ya se
trate de una o más sustancias". El Estado reconoce el derecho a la
protección de la salud y es deber de todos participar en la promoción y
preservación de la salud personal y de la población, a la vez el Estado
de Honduras forma parte del Tratado De Libre Comercio República
Dominicana - Centroaméríca - Estados Unidos, así como también de las
convenciones supra mencionadas, por lo que, cada parte otorgará trato
nacional a las mercancías de otra Parte, sobre trato nacional
significarán, con respecto a un gobierno de nivel regional, un trato no
menos favorable que el trato más favorable que ese gobierno de nivel
regional conceda a cualesquiera de las mercancías similares,
directamente competidoras o sustituíbles, según sea el caso, de la Parte
de la cual forma parte. Corresponde al Estado por medio de sus
dependencias y de los organismos constituidos de conformidad con la
Ley, la regulación, supervisión y control de los productos alimenticios,
químicos, farmacéuticos y biológicos. Que el fin primordial del Estado
es promover el comercio y la salud de la población mediante el control
y vigilancia de los productos y establecimientos de interés sanitario; por
mandato Presidencial mediante Decreto PCM-032-2017, de fecha 28 de
abril del 2017 y publicado en Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de
mayo del presente año, se crea la Agencia de Regulación Sanitaria
(ARSA) como una Entidad Desconcentrada de la Secretaría de Estado en
el Despacho de Salud (SESAL) adscrita al Gabinete Sectorial de
Desarrollo e Inclusión Social con independencia funcional, técnica,
financiera y administrativa, con personalidad jurídica, responsable de la
supervisión, revisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización del
cumplimiento de la normativa legal, técnica y administrativa de los
establecimientos, proveedores, productos y servicios de interés
sanitario y de los que realicen actividades o practiquen conductas que
repercutan o puedan repercutir en la salud de la población; y de la
regulación, otorgamiento, renovación, modificación, suspensión o
cancelación de los registros, permisos, licencias, certificaciones y otras
autorizaciones sanitarias. La Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA)
tendrá como domicilio el municipio del Distrito Central, con jurisdicción
nacional. El Código de Salud en sus Artículos 150 y 152 instaura que:
Los estupefacientes, sicotrópicos y cualesquiera otras sustancias que
puedan producir dependencia hábito, se sujetarán al control y vigilancia
del Gobierno de la República de Honduras y a las normas y
reglamentaciones establecidas en los convenios internacionales que
este celebre.
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(English)
Sumario
(Español)
ACUERDO No. 025-2018 del 11 de junio de 2018 que contiene la
MODIFICACIÓN DE CUOTAS DE RECUPERACIÓN DE LOS SIGUIENTES
SERVICIOS PRESTADOS:
1) PERMISOS DE IMPORTACIÓN/ EXPORTACIÓN (SUSTANCIAS Y
PRODUCTOS CONTROLADOS);
2) PREVISIONES DE SUSTANCIAS O PRODUCTOS CONTROLADOS;
3} REGISTRO DE EMPRESAS QUE IMPORTEN / EXPORTEN
SUSTANCIAS O PRODUCTOS CONTROLADOS;
4) RECONOCIMIENTO DE REGISTRO SANITARIO
5} CERTIFICADO DE LIBRE VENTA
6) PERMISO SANITARIO TEMPORAL
7) BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA, ALMACENAMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN
8} REGISTRO SANITARIO. 15 Artículos. Pp. A 6 - A 12
Términos
Notas
MODIFICACIÓN. CUOTAS DE RECUPERACIÓN. PERMISOS DE
IMPORTACIÓN/ EXPORTACIÓN (SUSTANCIAS Y PRODUCTOS
CONTROLADOS). PREVISIONES DE SUSTANCIAS 0 PRODUCTOS
CONTROLADOS. REGISTRO DE EMPRESAS QUE IMPORTEN / EXPORTEN
SUSTANCIAS 0 PRODUCTOS CONTROLADOS. RECONOCIMIENTO DE
REGISTRO SANITARIO. CERTIFICADO DE LIBRE VENTA. PERMISO
SANITARIO TEMPORAL. BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA.
ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN. REGISTRO SANITARIO.
PDF No. hn2006201801
Título: ARANCEL NOTARIAL
Número de
Documento:
001-2018 GLIN ID
Clase de Documento: ACUERDO Fecha de Emisión: 16 de abril 2018
Publicación : Gaceta oficial
Número de Edición de
la Publicación:
34,671 Fecha de Publicación: 20 junio 2018
Recursos Jurídicos
Relacionados:
El Decreto número 59-2015 publicado en el Diario Oficial La Gaceta
número 33,801 del 6 de agosto del año 2015, otorgó la personalidad
jurídica a la UNIÓN DE NOTARIOS DE HONDURAS; consecuentemente,
este Organismo es la autoridad a la que corresponde la aprobación del
Arancel Notarial. El Estado al crear la UNIÓN DE NOTARIOS DE
HONDURAS con personalidad jurídica, dejó establecido que la Unión,
según el artículo 72 del Código del Notariado, tiene entre sus objetivos
fortalecer la unidad y el bienestar de sus miembros, así como contribuir
a enaltecer y dignificar el ejercicio del notariado. El Notario, si bien es
un funcionario público, devenga honorarios profesionales y no sueldo
por parte del Estado. Corresponde a la Junta Directiva de la Unión de
Notarios de Honduras elaborar las tarifas de honorarios y condiciones
aplicables al cobro de los servicios profesionales que presten los
Notarios y someterlos a aprobación de la Asamblea de la Unión de
Notarios; así como conocer y resolver en relación con las consultas
acerca de la procedencia o derecho que les asiste a los Notarios para el
al Arancel Notarial los Actos no Contenciosos que son los comprendidos
en la Jurisdicción Voluntaria o Graciosa, cuya competencia les fue
otorgada a los Notarios a partir de la vigencia del Código del Notariado
en el año 2006. Los honorarios del Notario desde la independencia de
Centroamérica, siempre han estado sujeto a Aranceles, como lo han
ordenado las Leyes de Organización y Atribución de los Tribunales de
1880 (artículo 286), 1898 (artículo 237) y 1906 (artículo 235); así
como en el Arancel Judicial Notarial y Administrativo del año 1971; el
Arancel de Profesionales del Derecho del año 1997 y 2003 y el artículo
2 literal a) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados de Honduras; y
que en virtud de lo establecido en el Decreto número 59-2015
publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 33,801 del 6 de agosto
del año 2015, es a la UNIÓN DE NOTARIOS DE HONDURAS a quien
corresponde la elaboración y aprobación del Arancel Notarial, así como
las reformas al mismo. En la Asamblea General de la Unión de Notarios
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(English)
Sumario
(Español)
Términos
Notas
de Honduras celebrada en fecha dos (2) de octubre de dos mil
diecisiete (2017) en la ciudad de Siguatepeque, Comayagua, se aprobó
el Proyecto de Arancel Notarial, delegándole a la Junta Directiva la
facultad de hacerle los ajustes pertinentes previa a su publicación, para
lo cual la Junta Directiva lo remitió a los Notarios inscritos en la Unión,
recibiéndose sus comentarios con los cuales se hizo la redacción final
del documento aprobado por la Asamblea General.
ACUERDO No. 001-2018 del 16 de abril de 2018 que contiene el
ARANCEL NOTARIAL ESTATUÍDO POR UNIÓN DE NOTARIOS DE
HONDURAS. 46 Artículos. Pp. A 1 - A 7
UNIÓN DE NOTARIOS DE HONDURAS. ARANCEL NOTARIAL LÍMITE DE
HONORARIOS. CRÉDITO PRIVILEGIADO. DERECHO DE PETICIÓN.
MEDIOS PROBATORIOS. RECURSOS.
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Relacionados:
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hn2106201801
AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO TRANSITORIO PARA EL
MANEJO DE LAS SOLICITUDES DE LAS AUTORIZACIONES SANITARIAS EN
EL PROCESO DE TRANSICIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA "ARSA".
027-2018
ACUERDO
Gaceta oficial
34,672
GLINID
Fecha de Emisión:
Fecha de Publicación:
15 de junio 2018
21 de junio 2018
El desempeño de la función de regulación y la vigilancia del marco
normativo es un campo de acción muy específico caracterizado por un
elevado nivel de complejidad y diversidad tanto técnica como científica
que requiere contar con una institucionalidad especializada que mejore
la gestión de la regulación, fiscalización, control y vigilancia sanitaria,
por lo que a fin de responder eficientemente a las exigencias
anteriormente planteadas es necesario el diseño y puesta en marcha de
un nuevo modelo de organización y administración; por mandato
Presidencial mediante Decreto PCM-032-2017, de fecha 28 de abril del
año 2017 y publicado en Diario Oficial La Gaceta en fecha 19 de mayo
del mismo año, se crea la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) como
una entidad desconcentrada de la Secretaría de Estado en el Despacho
de Salud (SESAL) adscrita al Gabinete Sectorial de Desarrollo e Inclusión
Social con independencia funcional, técnica, financiera y administrativa,
con personalidad jurídica, responsable de la supervisión, revisión,
verificación, control, vigilancia y fiscalización del cumplimiento de la
normativa legal, técnica y administrativa de tos establecimientos.
proveedores, productos y servicios de interés sanitario y de los que
realicen actividades o practiquen conductas que repercutan o puedan
repercutir en la salud de la población; y de la regulación, otorgamiento,
renovación, modificación, suspensión o cancelación de los registros,
permisos, licencias, certificaciones y otras autorizaciones sanitarias. La
Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) tendrá como domicilio el
Municipio del Distrito Central, con jurisdicción nacional.
Sumario
(Español)
Términos
Notas
ACUERDO No. 027-2018 de 15 de junio, 2018 que contiene la
AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO TRANSITORIO PARA EL
MANEJO DE LAS SOLICITUDES DE LAS AUTORIZACIONES SANITARIAS EN
EL PROCESO DE TRANSICIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA "ARSA". 2 Artículos. Pp. A 2 - A
AMPLIAR. VIGENCIA. REGLAMENTO TRANSITORIO. MANEJO.
SOLICITUDES. AUTORIZACIONES SANITARIAS. PROCESO DE
TRANSICIÓN. 1MPLEMENTACIÓN. AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA
"ARSA".
CIEL
Julio 09 2018
Legislativa
C.c: Archivo
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Esta ley aprueba el presupuesto de ingresos y egresos del Estado para 2016, autorizando L123,275 millones en ingresos (impuestos, tarifas, donaciones) y L206,321 millones en gastos para todas las instituciones públicas. Establece cómo se recaudan, administran y gastan estos recursos, quién controla su uso y qué sanciones hay por incumplimiento.
Decreto 168-2015 | 2016
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Este decreto aclara dos reglas tributarias y laborales confusas. Primero, las empresas con beneficios fiscales especiales no están obligadas a reportar precios de transferencia; solo sus socios relacionados en Honduras deben hacerlo. Segundo, el aguinaldo (décimo tercer mes) está completamente exento de impuestos y descuentos, aunque cuenta para calcular otras prestaciones laborales.
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