Ley de Conciliación y Arbitraje (Decreto 161-2000)
Congreso Nacional
- Decreto: 161-2000
- Publicación: 29 de diciembre de 2000
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Mercantil
Articulo 1
Ley de Conciliación y Arbitraje (Decreto 161-2000)
Articulo 1.-
OBJETO DE LA LEY. La presente Ley tiene como objeto establecer métodos idóneos, expeditos y confiables para resolver conflictos y fortalecer de esta manera la seguridad jurídica y la paz.
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Aprobación de Contrato de Operación de Planta Generadora de Energía Eléctrica con Fuente Solar — Honduras autoriza que la empresa MECER construya y opere una planta solar de 25 megavatios en Choluteca durante 50 años. La empresa genera electricidad limpia que vende al sistema nacional, recibe beneficios fiscales y el Estado puede comprar la planta al finalizar el contrato.
- Decreto Legislativo No. 111-2014 — Aprobación del Contrato de Operación para la Generación, Transmisión y Comercialización de Energía Eléctrica entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales, Ambiente y Minas y la Compañía Solar Power, S.A. de C.V. (SOPOSA) — Este decreto aprueba un contrato entre Honduras y Solar Power para operar una planta solar de 50,000 kilovatios en Nacaome, Valle. La empresa generará y venderá electricidad al país durante 50 años, con obligaciones de construir la planta en 48 meses, mantener un fondo de reserva y cumplir normas ambientales y técnicas. (Decreto 111-2014, 2015)
- Decreto Legislativo No. 108-2014 — Aprobación del Contrato No. 288-2013 de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica entre ENEE y HENSA — Este decreto aprueba un contrato entre ENEE y HENSA para la venta de electricidad de la planta hidroeléctrica La Unión Río Frío (8,520 kW) durante 20 años. HENSA generará y venderá energía a precio basado en costo marginal más 10% de incentivo durante 15 años, buscando reducir costos energéticos usando recursos renovables e impulsar la inversión nacional en energía limpia. (Decreto 108-2014, 2015)
- Decreto Legislativo No. 415-2013 — Aprobación del Contrato de Operación para la Generación, Transmisión y Comercialización de Energía Eléctrica del Proyecto Hidroeléctrico Arenal Etapa IV — Este decreto aprueba un contrato entre Honduras y Energías Limpias de Honduras para construir y operar la Central Hidroeléctrica Arenal Etapa IV con capacidad de 31.10 megavatios. La empresa tendrá derechos exclusivos durante 50 años a partir del inicio de operaciones para generar y vender electricidad al sistema nacional, con obligaciones de construir en 48 meses, mantener la planta en buen estado y permitir supervisión estatal. (Decreto 415-2013, 2015)
- Decreto Legislativo No. 135-2014 — Aprobación del Contrato de Operación para la Generación de Potencia y Energía Eléctrica del Proyecto Hidroeléctrico Río Negro — Esta ley aprueba un contrato que autoriza a la empresa ENERGISA a operar una planta hidroeléctrica en Río Negro (Olancho) con capacidad de 6 megavatios durante 50 años. La empresa debe construir, operar y mantener las instalaciones siguiendo normas técnicas y ambientales, permitir supervisión estatal, y constituir un fondo de reserva de $8,730 anuales para indemnizaciones. (Decreto 135-2014, 2016)