Vigente
Decreto No. 977-1980 | Poder Ejecutivo

Decreto Legislativo No. 977-1980 — Crear la Reserva del Hombre y la Biósfera en la cuenca tributaria del Río Plátano

Considerandos

  1. 1.Que es obligación del Estado velar por la preservación de aquellas áreas naturales que elogie ser técnica por su belleza escénica, son indispensables para el desarrollo sostenido de la humanidad y la superviencia de las especies silvestres, tanto animales como vegetales.
  2. 2.Que la Secretaría de Recursos Naturales, con el apoyo y el Programa del Hombre y la Biósfera (MAB) de la UNESCO, ha completado los estudios técnicos correspondientes. Ingeniería a la consunción de que los recursos, la ciencia y tecnología contribuyen al aprovechamiento racional y el a influencias resumen el establecimiento de una Reserva de la Biósfera a nivel internacional, en cumplimiento de la red mundial de Reservas de la Biósfera.
  3. 3.Que el Plátano y su área de influencia, además de los rasgos más valiosos excepcionales y diversidades de flora, además recursos y valores etnológicos culturales y arqueológicos de relevancia nacionas, extremadamente mundial.
  4. 4.Que es competencia del Poder Ejecutivo, declarar mediante acuerdos y decisiones para los propósitos ante enunciados, la en la categoría que más se ajuste a los recursos y posibilidades locales

Articulos

Articulo 1

Crear la Reserva del Hombre y la Biósfera en la cuenca tributaria del Río Plátano, en el área de influencia, con los objetivos siguientes: a) Establecimiento de estructuras de desarrollo socio-económico que conserve y perpetúe los recursos bióticos de la reserva; b) Conservar para uso de las generaciones presentes y futuras, la diversidad e integridad de las asociaciones naturales de la Reserva Plátano, preservado la geología de las que dependen su equilibrio ecológico y existencia; c) Establecer una zona de investigación y capacitación interdisciplinaria con énfasis en el conocimiento en ciencias naturales y sociales, tecnología, silvicultura del Río Plátano;

Articulo 2

Los límites de la Reserva de la Biósfera del Río Plátano, serán los siguientes: Partiendo de la milla Oeste de la Punta PUNTO N: 1, de este punto se sigue con rumbo N 80°00'0 y a una distancia de 6 milla de mar hasta llegar a PUNTO N: 2, de este punto se sigue con rumbo N 72°00'0 y a una distancia del Cayo Halover se llega a una milla al Norte, hasta llegar a PUNTO N: 3, de este [pagina omitida]

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