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Decreto No. 84-2020 | 23 de julio de 2020 | Congreso Nacional

Decreto Legislativo No. 84-2020 — Autorización para contratación de profesionales de salud con Carta de Egresados durante emergencia COVID-19

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Resumen

Esta ley permite que profesionales de salud con Carta de Egresados de la UNAH trabajen en hospitales públicos y privados durante la emergencia COVID-19, aunque aún no tengan su título oficial. Deben presentar el título una vez lo obtengan. Suspende temporalmente los requisitos normales de contratación para profesionales de la salud mientras dure la declaratoria de emergencia sanitaria.

Considerandos

  1. 1.Que en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se reconoce la salud como un Derecho Fundamental del Hombre, y, aunado a la experiencia que ha vivido la humanidad debido a la Pandemia provocada por el Coronavirus (COVID-19), se ha identificado la importancia de los servicios brindados por los profesionales de la salud, así como la implementación correcta y eficiente de los mecanismos y protocolos de bioseguridad en los diferentes ambientes, por lo que es responsabilidad del Estado la creación de alternativas para brindar acceso a los servicios de salud a la población en general.
  2. 2.Que los países a nivel mundial han identificado e implementado diferentes medidas para reducir la cantidad de contagios dentro de sus fronteras, lo cual en casos específicos han sido efectivos pero en otros países lastimosamente ha sido pasajeros, en el caso de Honduras las medidas implementadas han sido diversas, pero a lo largo de este proceso hasta el día de hoy se han generado varios decesos, en donde se han registrado como víctimas muchos profesionales de la salud, mientras que otros han sido diagnosticado con Coronavirus (COVID-19), lo cual es doloroso debido a que son ellos los que se encuentran en primera línea velando por la salud del resto de la población.
  3. 3.Que es necesario en todo momento contar con profesionales de la salud activos al servicio de la población, para poder brindar un servicio integral en cantidad como en calidad al paciente no sólo de Coronavirus (COVID-19) sino también a los pacientes de las demás patologías, teniendo presente que la cantidad de contagios debido al Coronavirus (COVID-19) se encuentre en ascenso, así como otras enfermedades que también amenazan a la población hondureña como lo es el Dengue, la malaria, entre otras.
  4. 4.Que la contratación de los profesionales del área de la salud se encuentra regido por la Ley del Estatuto del Médico Empleado, en donde establece que “En toda contratación o nombramiento para la prestación de servicios cuya naturaleza sea propia del ejercicio de la medicina general o especializada debe cumplir requisitos preestablecidos”.
  5. 5.Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1

Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), instituciones públicas que tengan contratado personal sanitario para atender la pandemia del COVID-19 incluyendo los comprendidos dentro del programa Código Verde Plus y Centros de Asistencia Médica Privada, la contratación de personal de la salud que ya cuenten con la Carta de Egresados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), aunque aún no cuente con el título de médico extendido o reconocido por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), las contrataciones podrán realizarse en las diferentes áreas de salud, que requieran los servicios médicos ya sea centros asistenciales públicos o privados. El personal contratado únicamente con la Carta de Egresado bajo las disposiciones contenidas en el párrafo anterior, deberá adjuntar el título profesional del área profesional en que fue contratado, una vez que la respectiva universidad emita el mismo. -- 5 of 16 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Los profesionales de la salud a que hace referencia el presente artículo deben comprender todo el profesional de Salud.

Articulo 2

Durante el período de vigencia de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional generada por el Coronavirus (Covid-19), quedan suspendidas las disposiciones contenidas en la Ley del Estatuto del Médico Empleado referentes a los requisitos de toda contratación o nombramiento para la prestación de servicios de los profesionales de la salud, así como los establecidos en otras leyes; sin embargo, los profesionales contratados en las condiciones establecidas en el presente Decreto deben gozar de todos los beneficios establecidos en dichas Leyes. Para los efectos del párrafo anterior el Colegio Médico de Honduras (CMH) deberá realizar la inscripción de los profesionales de la medicina únicamente con la presentación de la carta de egresados, debiendo el mismo emitir el respetivo carné y sello profesional, obligándose el profesional de las ciencias médicas a la posterior presentación de su respectivo título.

Articulo 3

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, celebrado de manera Virtual, a los Siete días del mes de Julio del dos mil veinte. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ROSSEL RENÁN INESTROZA MARTÍNEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de julio de 2020. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. ALBA CONSUELO FLORES -- 6 of 16 -- Poder Legislativo DECRETO No. 90-2020

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