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4 de mayo de 2020Vigente

Decreto Legislativo No. 44-2020 — Autorización de endeudamiento y emisión de bonos para Alcaldía del Distrito Central

Congreso Nacional

  • Decreto: 44-2020
  • Publicación: 4 de mayo de 2020
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 35,242

Considerandos

Que la Municipalidad es el órgano de gobierno local que tiene como finalidad principal la administración del Municipio y existe para lograr el bienestar de sus habitantes y que los gobiernos locales son el espacio más cercano de participación de la población y de inmediata respuesta ante sus problemas.

Que el planeta entero se ha visto afectado por el virus (COVID-19) que además de sus consecuencias sobre la salud y vida de los pueblos, ha puesto a la economía mundial bajo enormes problemas en disminución de empleos y por defecto, iliquidez financiera en las familias.

Que dicha situación económica además impacta en las proyecciones tributarias y expectativas de percepción de recursos de los gobiernos, disminuyendo la capacidad de generación de ingresos tanto a nivel nacional como local y de los cuales depende la ejecución, los presupuestos para la satisfacción de necesidades por constituir un elemento medular de los mismos.

Que es una obligación patriótica que el Municipio del Distrito Central (AMDC) apoye a sus conciudadanos en la generación de empleos directos e indirectos mediante diferentes estrategias congruentes con las políticas económicas que el Gobierno del República establezca ante esta emergencia nacional.

Que esta pandemia desde ya ha afectado a la empresa privada y al sector público, siendo los ingresos del Municipio del Distrito Central parte de dicha estadística de afectación, la cual a la institución en apremiante situación financiera, por lo que se hace difícil apoyar las estrategias económicas del Gobierno Central para la salida de la recesión económica que se a vecina, sin realizar una re configuración de su estrategia de inversión y de percepción de recursos para la ejecución de presupuestos.

Que mediante Decreto No. 167-2016 de fecha 15 de diciembre de 2016, el Congreso Nacional autorizó a la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) para que dentro del Plan de Desarrollo Vial formule las unidades técnicas de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (A.M.D.C.) contratará obras hasta por un monto de MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS (L.1,850,000,000.00) para la ejecución de obras de infraestructura vial, mejoramiento de la red vehicular y peatonal de la capital.

Que mediante Decreto No. 26-2017 de fecha 30 de noviembre de 2017, se autorizó a la Alcaldía Municipal del Distrito Central (A.M.D.C.), para negociar y reestructurar las deudas bancarias y no bancarias, distintas a las autorizadas en el Decreto No. 167-2016 de fecha 15 de diciembre de 2016 por un plazo de diez (10) años a partir de la entrada en vigencia del mismo.

Que existen actualmente obras pendientes de terminación y otras cuyo mantenimiento debe realizarse, así como nuevas inversiones cuya vigencia puede trascender más allá de un período de gobierno y que todas las obligaciones que contraigan los entes públicos cuyos efectos se prolonguen más allá de un período de gobierno, deben contar con la aprobación del Congreso Nacional.

Que corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que conlleven involucradas exenciones, incentivos y concesiones fiscales o cualquier otro contrato que haya que producir o prolongar sus efectos más allá del período de gobierno.

Que en el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. U D I-D EG T-U N AH

Articulos

Articulo 1.-

Autorizar a la Alcaldía Municipal del Distrito Central (A.M.D.C.), para que pueda: 1) Negociar y reestructurar, a veinte (20) años plazo, la deuda actual, incluidas las autorizadas en el Decreto No. 167-2016, de fecha 15 de diciembre de 2016 y el Decreto