VigenteCategoria: Transporte
Decreto No. 122-2014 | 3 de enero de 2015 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 33,622

Decreto Legislativo No. 122-2014 — Aprobación de la Modificación No. 7 del Contrato de Consultoría para Supervisión de Obras de Mejoramiento y Pavimentación en Camino CA11

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Resumen

El Congreso Nacional aprobó aumentar el contrato de supervisión de obras en la carretera CA11 (San Antonio-El Paraíso, Copán) en 6.4 millones de lempiras, llevando el total a 32.4 millones. El plazo se extendió de 38 a 48 meses debido a deslizamientos, cambios de diseño y problemas climáticos durante la ejecución de los trabajos.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 205, atribución 19) de la Constitución de la República corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente periodo de Gobierno de la República.
  2. 2.Que corresponde al Congreso Nacional crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes, según el Artículo 205, atribución 1) de la Constitución de la República.

Articulos

Articulo 1

Aprobar en todas y cada una de sus partes LA MODIFICACION No. 7 DEL CONTRATO DE CONSULTORIA PARA LA SUPERVISION DE LAS OBRAS DE MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACION NUEVA EN EL CAMINO: CA11 – SAN ANTONIO – EL PARAISO, LONGITUD 21.04 KILOMETROS, LOCALIZADO EN LOS MUNICIPIOS DE FLORIDA, SAN ANTONIO Y EL PARAISO, DEPARTAMENTO DE COPAN, en la cual se está ampliando el monto en Seis Millones Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Novecientos Treinta y Dos Lempiras con 56/100 (Lps.6,487,932.56), incrementando el contrato a un monto total de Treinta y Dos Millones Cuatrocientos Noventa y Ocho Mil Trescientos Sesenta y Ocho Lempiras con 49/100 (Lps.32,498,368.49), ampliándose el plazo de Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 1 of 32 -- LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ejecución en diez (10) meses, para un plazo total de cuarenta y ocho (48) meses calendario contados a partir de la orden de inicio, suscrita entre el Ingeniero HUGO ALFREDO ARDON SORIANO, actuando en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Vial y el Ingeniero NAPOLEON BOGRAN IDIAQUEZ, actuando en su condición de Gerente General de la Empresa Consultora: Consultores en Ingeniería, S.A. de C.V. (CINSA), que literalmente dice: “SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP). MODIFICACION No. 7. CONTRATO DE CONSULTORIA PARA LA SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORA- MIENTO Y PAVIMENTACION NUEVA EN EL CAMINO: CA11 – SAN ANTONIO – EL PARAISO, LONGITUD 21.04 KILOMETROS LOCALIZADO EN LOS MUNICIPIOS DE FLORIDA, SAN ANTONIO Y EL PARAISO, DEPARTAMENTO DE COPAN. MODIFICACION No. 07/27-05-2014 al Contrato 00000489. Nosotros, HUGO ALFREDO ARDON SORIANO, mayor de edad, casado, hondureño, Ingeniero Civil, de este domicilio, con Tarjeta de Identidad N°. 0409 1977 00377, actuando en nombre y representación del Fondo Vial, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 0491 de fecha 08 de Junio del 2010 y que en lo sucesivo se llamará EL GOBIERNO y por otra parte NAPOLEON BOGRAN IDIAQUEZ, mayor de edad, hondureño, ingeniero civil, con Tarjeta de Identidad No. 0801 1940 02600 y con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, debidamente autorizado para firmar en nombre y representación de la Sociedad CONSULTORES EN INGENIERIA, S. A. DE C. V. (CINSA) quien acredita su respectiva Representación Legal, según consta en los siguientes documentos: Escritura Pública No. 006 autorizada por el notario JOAQUIN DONATO ALCERRO DIAZ, e inscrita con el No. 145, Folios 497 - 499, Tomo No. 076 en el Registro Mercantil de la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, quien en adelante se llamará EL CONSULTOR, hemos convenido en suscribir la Modificación No. 7 al Contrato de consultoría en mención en base a la aprobación emitida por el Comité Técnico Vial en su Reunión No. 132 celebrada en la ciudad de Tegucigalpa a los 28 días del mes de febrero del año Dos Mil Catorce.La presente enmienda se emite por la necesidad de incorporar al contrato los recursos financieros que Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 2 of 32 -- permitan el pago por los servicios de supervisión durante un periodo de 12.00 meses; Esta ampliación de tiempo y monto se encuentra amparada en lo siguiente: Considerando: una vez iniciada la ejecución de los trabajos de ampliación y corte de taludes en la sección comprendida entre los kilómetros 7 al 16, se combinó con la época de invierno en la zona de proyecto y produjo la activación de una serie de deslizamientos y deslaves ocasionados en gran parte por las características geológicas de los suelos existentes, esta situación incrementó considerablemente los volúmenes de terracería que permitieran a los taludes poder llegar a los ángulos de reposo requeridos en este tipo de materiales y lograr un proceso de estabilización natural. Considerando: la activación de fallas era algo que no podía determinarse con exactitud y considerando que la atención de las mismas era algo inevitable se debió destinar recursos de la ampliación pasada para atender los problemas presentados en casi una decena de puntos, la ejecución de estas obras daría durabilidad y prolongaría la vida útil de las obras construidas. Considerando: la sección del tramo entre las estaciones 16+000 al 17+600 presenta pendientes superiores al 10% y giros de curvatura de hasta 40°, la ejecución de un pavimento flexible no es viable desde el punto de vista técnico por lo que el consultor recomendó el cambio a un pavimento rígido que asegura mayor durabilidad y reducirá los costos de mantenimiento en la vía, situación que ha sido aceptada por la administración, así mismo las zonas de fallas donde existen probabilidades de deslizamiento serán tratadas con pavimentos rígido a fin de facilitar las labores de limpieza en caso de un eminente deslave. Considerando: la longitud del puente, Los Infiernillos se incrementó debido a condiciones hidrológicas y que la cimentación del mismo debió profundizarse se produjo un incremento de las cantidades de obra contratadas originalmente situación que repercutió en el presupuesto de la obra. Considerando: gran parte de la ampliación anterior se ejecutó en invierno, fue imposible utilizar materiales provenientes de los cortes ya que los mismos no presentaban las características que en tiempo seco, situación que incremento los volúmenes de terracería especialmente con los materiales importados y el sobreacarreo de los mismos. Considerando: los seguidos incrementos del combustible, divisas y materiales ha provocado un alto sobre costo lo cual se refleja en la cláusula escalatoria del proyecto, lo que impacta en el presupuesto de las obras. Considerando: el proyecto presenta un avance físico del 76.19% y que resta ya la última etapa del mismo se gestiona la aprobación para incorporar el recurso que permita concluir esta importante obra para los pobladores de esta zona con tan alto potencial económico y productivo, este proyecto permitirá a los pobladores de estos tres (3) Municipios contar con una vía que les permita trasladar sus bienes y producción a los distintos mercados de la geografía nacional. Considerando: todo lo anterior es evidente que han surgido muchos problemas sobre la ejecución Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 3 of 32 -- reducirse, si al contratista se le ampliare o redujere su contrato por obra adicional u otra causa debidamente justificada. CLAUSULA V: MONTO DE CONTRATO Y FORMA DE PAGO. El monto total del contrato asciende a la suma de TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTAY OCHO LEMPIRAS CON 49/100 (LPS. 32,498,368.49) sujeto a las sanciones (penalizaciones y multas) establecidas en los Documentos del Concurso, pagaderos en cuotas mensuales según el estimado de costos adjunto. El Consultor recibirá sus pagos al final de cada mes calendario, presentando su primer factura al final del mes, con la fracción que corresponda, contados los días a partir de la fecha de orden de inicio y posteriormente presentará facturas en forma mensual dentro de los treinta (30) o treinta y un (31) días y cada treinta (30) días consecutivamente, condicionando el pago a la aprobación por parte de la Gerencia Técnica del informe mensual de conformidad a los lineamientos establecidos, a la Memoria de Cálculo de la Obra ejecutada por el contratista en ese mismo período, a las Órdenes de Cambio del mes procesadas y cualquier otra información que haya sido solicitada mediante Circular y que asimismo se establezca y se haya constatado por parte de la Firma contratada para ejecutar los servicios de Verificación Técnica Administrativa y Financiera, la permanencia en el proyecto del personal, equipo y otros que se indican en el contrato de la Firma Consultora. situaciones que han impactado en el presupuesto asignado y el plazo previsto, por todo lo anterior se hace necesario proponer un nuevo incremento de plazo y monto los cuales permitan la conclusión de los trabajos objeto de la contratación. Producto de lo anterior se, incorporan los recursos financieros al contrato mediante la MODIFICACIÓN No. 07, la cual se detalla: DETALLE DE MODIFICACION No. 07 VALOR DE CONTRATO ORIGINAL (LPS.) 4,361,809.42 VALOR DE CONTRATO VIGENTE (LPS.) 26,010,435.93 VALOR DE CONTRATO MODIFICADO (LPS.) 32,498,368.49 INCREMENTO QUE REQUIERE APROBACION POR PARTE DEL CONGRESO NACIONAL (LEMPIRAS) 6,487,932.56 CLAUSULA IV: VALIDEZ, VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO. Este contrato no tendrá validez o efecto hasta tanto no haya sido debidamente firmado por las partes contratantes. El Consultor se compromete a efectuar los servicios objeto del presente contrato, en un plazo de CUARENTA Y OCHO (48) MESES, a partir de la fecha indicada en la orden de inicio. La duración del contrato podrá ampliarse o Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 4 of 32 -- Abr-May/2014 Ejecución Inf. Final Canti- Uni- dad x Cantidad PU Pagado al Total No. DESCRIPCION dad Mes Total (Lempiras) 31-Marz. 2014 2 10 1 (Lempiras) 1 SUELDOS Y SALARIOS 1.1 Personal Profesional 1.1.1 Gerente de Proyecto h-m 0.20 9.6066667 45,000.00 319,800.00 9,000.00 9,000.00 4,500.00 432,300.00 1.1.2 Ingeniero Residente hm 1.00 48.0333333 33,000.00 1172,600.00 33,000.00 33,000.00 16,500.00 1585,100.00 1.1.3 Ingeniero Asistente h-m 1.00 48.0333332 28,000.00 994,933.33 28,000.00 28,000.00 14,000.00 1344,933.33 Subtotal 1.1 2487,333.33 70,000.00 70,000.00 35,000.00 3362,333.33 1.2 Oficina Central 1.2.1 Administrador h-m 0.20 9.6066667 15,000.00 106,600.00 3,000.00 3,000.00 1,500.00 144,100.00 1.2.2 Secretaria h-m 0.20 9.6066670 10,001.00 71,066.67 2,000.00 2,000.00 1,000.00 96,066.67 Subtotal 1.2 177,666.67 5,000.00 5,000.00 2,500.00 240,166.67 1.3 Personal de Campo 1.3.1 Laboratorista h-m 1.00 43.9000000 11,000.00 350,900.00 11,000.00 11,000.000 - 482,900.00 1.3.2 Ayudante de Laboratorio h-m 1.00 43.9000000 7,500.00 239,250.00 7,500.00 7,500.00 - 329,250.00 1.3.3 Inspector h-m 4.00 144.6000000 12,000.00 1399,200.00 48,000.00 24,000.00 - 1735,200.00 1.3.4 Topógrafo h-m 2.00 58.4000000 12,000.00 574,800.00 - 12.000.00 6,000.00 700,800.00 1.3.5 Cadeneros hm 4.00 116.8000000 8,000.00 766.400.00 - 16,000.00 8,000.00 934,400.00 1.3.6 Peones h-m 1.00 35.5333333 6,000.00 213,200.00 - - - 213,200.00 1.3.7 Motorista h-m 1.00 35.5333338 8,000.00 284,266.67 - - - 284,266.67 1.3.8 Vigilante h-m 2.00 68.0666667 6,000.00 408,400.00 - - - 408,400.00 Subtotal 1.3 4236,416.67 66,500.00 70,500.00 14,000.00 5088,416.67 1.4 Horas Extras Personal de Campo 1.4.1 15% de 1.3 635,462.50 9,975.00 10,575.00 2,100.00 763,262.50 Subtotal 1.4 635,462.50 9,975.00 10,575.00 2,100.00 763,262.50 TOTAL 1 (1.1+1.2+1.3+1.4) 7536,879.17 151,475.00 156,075.00 53,600.00 9454,179.17 2 BENEFICIOS SOCIALES 2.1 46.23% de 1 3484,299.20 70,026.89 72,153.47 24,779.28 4370,666.96 TOTAL 2 3484,299.20 70,026.89 72,153.47 24,779.28 4370,666.96 RECURSOS Y MONTOS PREVISTOS Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 5 of 32 -- 3 GASTOS GENERALES 3.1 46.20% de (1 +2) 5091,784.36 102,333.87 105,441.55 36,211.23 6387,078.83 TOTAL 3 5091,784.36 102,333.87 105,441.55 36,211.23 6387,078.83 4 GASTOS DIRECTOS 4.1 Alquiler de Vehículo Mes 3.50 128.5733332 25,000.00 2526,833.33 55,000.00 55,000.00 27,500.00 3214,333.33 4.2 Alquiler de Oficina/Vivienda Campo Ingenieros Mes 1.00 48.0333333 9,000.00 319,800.00 9,000.00 9,000.00 4,500.00 432,300.00 4.3 Alquiler de Vivienda Personal de Campo Mes 1.00 47.5333333 6,000.00 213,200.00 6,000.00 6,000.00 - 285,200.00 4.4 Alquiler Equipo Laboratorio Mes 1.00 43.9000000 12,000.00 382,800.00 12,000.00 12,000.00 - 526,800.00 4.5 Alquiler Equipo Topografía Mes 2.00 58.4000000 12,000.00 574,800.00 - 12,000.00 6,000.00 700,800.00 4.6 Gastos de Oficina y Campamento Mes 1.00 48.0333333 6,000.00 213,200.00 6,000.00 6,000.00 3,000.00 288,200.00 4.7 Reproducción, Informes, Fotografías Mes 1.00 47.0333333 3,000.00 103,600.00 3,000.00 3,000.00 1,500.00 141,100.00 4.8 Servicios Públicos y Comunica- ciones Mes 1.00 48.0333333 6,000.00 213,200.00 6,000.00 6.000.00 3,000.00 288,200.00 4.9 Subsistencia de Ingenieros Mes 2.00 96.0666660 4,850.00 344,673.33 9,700.00 9,700.00 4,850.00 465,923.33 4.10 Subsistencia de Personal de Apoyo Mes 12.00 407.6000000 3,500.00 1134,350.00 21,000.00 24,500.00 5,250.00 1426,600.00 4.11 Seguro de Responsabilidad Patronal Mes 1.00 39.7241900 7,000.00 190,569.33 7,000.00 7,000.00 3,500.00 278,069.33 TOTAL 4 6217,025.99 134,700.00 150,200.00 59,100.00 8047,525.99 5 Manejo de Gastos Directos 15% de 4 932,553.90 20,205.00 22,530.00 8,865.00 1207,128.90 TOTAL 5 932,553.90 20,205.00 22,530.00 8,865.00 1207,128.90 6 Honorarios 15% de (1 +2+3) 2416,944.34 48,575.36 50,050.50 17,188.58 3031,788.64 TOTAL 6 2416,944.34 48,575.36 50,050.50 17,188.58 3031,788.64 A Gran Total (1+2+3+4+5+6) 25679,486.96 527,316.12 556,450.52 199,744.09 32498,368.49 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 6 of 32 -- El Consultor deberá mantener el personal y equipo que se indica en la “Oferta Económica”, caso contrario se le deducirá del pago mensual el pago del personal y equipo que no se encuentre en el proyecto, una vez realizada la verificación por parte de la Gerencia Técnica del Fondo Vial y si esta situación persistiera, dará lugar a la rescisión del Contrato por incumplimiento. Todos los pagos se harán en Lempiras contra la presentación del documento de pago, acompañados por una certificación donde se exprese que las cantidades facturadas son correctas. El Gobierno reconocerá intereses a la tasa promedio correspondiente al mes en que se efectúe el pago para operaciones activas del sistema bancario nacional, cuando se produzcan atrasos en el pago de sus obligaciones por causas que le fueren imputables, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la presentación correcta de los documentos de cobro correspondientes. El pago de intereses, se hará a más tardar en la fecha del siguiente pago parcial contra recibo de pago presentado por el Consultor de acuerdo al formato proporcionado por el Fondo Vial, debiéndose entender con esto, que el consultor, deviene en la obligación de presentar el recibo de cobro en la siguiente fecha de pago, pues, de lo contrario se tendrá por caducado el término para reclamar el mismo. El Consultor no podrá alegar incumplimiento del Gobierno y solicitar el pago de los intereses mencionados en el párrafo anterior, si ha presentado en forma incorrecta los documentos de cobro; o no presentó en la siguiente, fecha de pago, el recibo de cobro de intereses. El Gobierno retendrá los pagos e impondrá las multas correspondientes al Consultor por incumplimiento en la entrega de los trabajos especificados en este Contrato, hasta que se haya subsanado tal incumplimiento. Es entendido y convenido por ambas partes que, no obstante el monto y plazo del contrato, el compromiso del Gobierno durante los años 2014 y 2015, se limita a la cantidad que aparece en la asignación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República de Honduras para ese año. La no aprobación de estos fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la resolución del contrato sin responsabilidad para las partes. El Fondo Vial se reserva el derecho de ajustar la asignación de los recursos contenidos en el contrato para aquellos períodos en los que los requerimientos de personal, equipo u otros sean mayores a los contemplados originalmente en el contrato y asimismo de reducir los recursos aprobados originalmente en casos de baja productividad del Contratista, notificando tales ajustes por escrito, con 15 días de antelación. Los ajustes nombrados en este párrafo se circunscriben al monto y plazo originalmente pactados en este contrato. CLÁUSULA VI: GARANTÍA Y RETENCIONES 1. El Consultor deberá rendir una Garantía que asegure el cumplimiento del contrato por un monto equivalente al quince por ciento (15%) de honorarios, con vigencia durante el plazo de duración del presente contrato, más tres meses, después de dicho plazo. Esta garantía deberá ser presentada por el contratista dentro de los treinta (30) días calendario, después de suscrito el correspondiente contrato. 2. El Gobierno retendrá el diez por ciento (10%) de los honorarios como garantía de cumplimiento adicionalmente a la garantía del contrato especificada en el numeral anterior. El total retenido será pagado al consultor de conformidad con lo establecido en las Disposiciones Generales del Presupuesto y después de que el proyecto sea recibido a satisfacción de acuerdo al contrato y de que el Fondo extienda el Finiquito.- 3. Esta Institución garante queda obligada a hacer efectivo el importe al primer requerimiento efectuado por el Fondo Vial, notificando el incumplimiento del Consultor, tan pronto sea firme la resolución que determine dicho incumplimiento. CLÁUSULA XX: ACEPTACIÓN. Las partes contratantes aceptan los términos del presente contrato y por lo cual lo firman en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los Veintisiete (27) días del mes de mayo del Año Dos Mil Catorce. (F Y S) HUGO ARDON SORIANO, Director Ejecutivo, Fondo Vial y (F Y S) NAPOLEON BOGRAN IDIAQUEZ, Representante Legal CINSA”.

Articulo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil catorce. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de diciembre, 2014 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos. ROBERTO ORDÓÑEZ WOLFOVICH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG UDI-DEGT-UNAH -- 7 of 32 -- Poder Legislativo

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