Resolución
Resolución No. CREE-12-2026 — Designación de cargos del Directorio de Comisionados de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
Poder Ejecutivo
CREE-12-2026
AVANCE
A. 4
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 12
Comisión Reguladora
de Energía Eléctrica
CREE
ACUERDO CREE-12-2026
“DESIGNACIÓN DE CARGOS DEL DIRECTORIO
DE COMISIONADOS DE LA COMISIÓN
REGULADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (CREE)”
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Tegucigalpa,
Municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes
de marzo del año dos mil veintiséis (2026).
Resultando:
1. Que la Constitución de la República establece que la
titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y
para beneficio del pueblo el Presidente, correspondiéndole
dirigir la política general del Estado y representarlo, así
como emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y
resoluciones conforme a Ley.
2. Que la Ley General de la Administración Pública dispone
que el Presidente de la República tiene a su cargo la
suprema dirección y coordinación de la Administración
Pública Centralizada y Descentralizada y podrá, en el
ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de
Ministros.
3. Que de conformidad con el artículo 3 literal C de la Ley
General de la Industria Eléctrica (LGIE) reformada, la
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (Comisión
o CREE) está integrada por tres (3) comisionados de
libre remoción y nombramiento de la Presidencia de la
República. Los comisionados nombrados durarán cuatro
(4) años y en caso de renuncia, fallecimiento o remoción,
la Presidencia de la República nombrará el sustituto por
el tiempo restante para completar el período de cuatro (4)
años.
4. Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.080-2021 emitido por
el Presidente de la República de Honduras y publicado en
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ABG. JUAN MANUEL GÁLVEZ ORDOÑEZ
DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintiséis (26) de junio
del año dos mil veintiuno (2021) se nombró al ciudadano
LEONARDO ENRIQUE DERAS VASQUEZ, como
Comisionado de la Comisión Reguladora de Energía
Eléctrica (CREE).
5. Que mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 171-2026 emitido
por el Presidente de la República de Honduras en fecha
veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiséis (2026),
se nombró en el cargo de Comisionado Presidente de la
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica al ciudadano
HECTOR LUIS CORRALES AGÜERO, tomando
posesión de su cargo inmediatamente después de que
prestó la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la
Constitución de la República.
6. Que mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 200-2026 emitido
por el Presidente de la República de Honduras en fecha
veintiséis (26) de febrero de dos mil veintiséis (2026),
se nombró en el cargo de Comisionado de la Comisión
Reguladora de Energía Eléctrica al ciudadano MIGUEL
ANGEL FIGUEROA RIVERA, tomando posesión de su
cargo inmediatamente después de que prestó la promesa
de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de
la República.
Considerando:
Que la Constitución de la República establece que la
titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y
para beneficio del pueblo el Presidente, correspondiéndole
dirigir la política general del Estado y representarlo, así
como emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y
resoluciones conforme a Ley.
Que mediante Decreto No. 404-2013 publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta” el veinte (20) de mayo del dos mil catorce
(2014) y sus reformas mediante Decretos Legislativos 61-
2020, 02-2022 y 46-2022 fue aprobada la Ley General de la
Industria Eléctrica que tiene por objeto, entre otros, regular
las actividades de generación, transmisión y distribución de
electricidad en el territorio de la República de Honduras.
Que la Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE) reformada
a través del Decreto 46-2022, establece que la Comisión
Reguladora de Energía Eléctrica (Comisión o CREE),
está integrada por tres (3) comisionados de libre remoción
y nombramiento de la Presidencia de la República. Los
comisionados nombrados durarán cuatro (4) años y en caso
de renuncia, fallecimiento o remoción, la Presidencia de la
República nombrará el sustituto por el tiempo restante para
completar el período de cuatro (4) años.
Que la Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE),
establece que la Presidencia de la Comisión será ejercida por
el comisionado que para tal efecto se elija en el seno de la
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misma. Asimismo, los comisionados elegirán de entre ellos
a un Secretario.
Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de
Energía Eléctrica (CREE) también reconoce la potestad
del Directorio de Comisionados para la toma de decisiones
regulatorias, administrativas, técnicas, operativas,
presupuestarias y de cualquier otro tipo que sea necesario en
el diario accionar de la Comisión.
Que en la Reunión Extraordinaria CREE-Ex-10-2026 del tres
(03) de marzo de dos mil veintiséis (2026), el Directorio de
Comisionados acordó emitir el presente acuerdo.
Por Tanto:
La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) en
uso de sus facultades y de conformidad con lo establecido
en los artículos 1, 3 primer párrafo, literal A y C y demás
aplicables de la Ley General de la Industria Eléctrica; artículo
4, 15, 16, artículo 19 numeral 10 y demás aplicables del
Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía
Eléctrica (CREE), y de aplicación supletoria el artículos 235
y 245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República y
artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública,
por unanimidad de votos de los Comisionados presentes.
Acuerda:
PRIMERO: Elegir y nombrar al ciudadano HECTOR
LUIS CORRALES AGÜERO, en el cargo de Comisionado
Presidente de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica
(CREE).
SEGUNDO: Elegir y nombrar al ciudadano MIGUEL
ANGEL FIGUEROA RIVERA en el cargo de Comisionado
Secretario de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica
(CREE).
TERCERO: Ratificar en el cargo de Comisionado Vocal
de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) al
ciudadano LEONARDO ENRIQUE DERAS VASQUEZ.
CUARTO: Dichos nombramientos serán ejercidos por el
mismo período comprendido en su nombramiento respectivo.
QUINTO: Instruir a la Secretaría General para que con
el apoyo de las Direcciones correspondientes publique el
presente acuerdo en el Diario Oficial “La Gaceta”.
SEXTO: Instruir a la Secretaría General para que proceda
a publicar en la página web de la Comisión el presente acto
administrativo, de conformidad con el artículo 3 Literal D
romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
HECTOR LUIS CORRALES AGÜERO
MIGUEL ANGEL FIGUEROA RIVERA
LEONARDO ENRIQUE DERAS VÁSQUEZ
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