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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

27 febrero 2025Edición No. 36,777

Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 0158-SE-2025 — Evaluación y Ponderación Progresiva de los Aprendizajes para Niveles de Educación Prebásica, Básica y Media

Secretaría de Estado en el Despacho de Educación

  1. 1.

    Que el Artículo No. 157 de la Constitución de la República de Honduras, establece que la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación tiene la responsabilidad de organizar, dirigir, supervisar y evaluar la educación de conformidad con las Leyes, normativas, reformas y reglamentos específicos.

  2. 2.

    Que el Artículo No. 137 del Reglamento General de la Ley Fundamental de Educación establece que la evaluación de los aprendizajes es permanente, sistemática, integral, participativa, flexible, diversificada y formativa. Tiene en cuenta los procesos y resultados. Proporciona información que describe, explica y valora los logros, progresos y dificultades durante el proceso de aprendizaje de los educandos para tomar decisiones oportunas. Debe funcionar directamente vinculada a mecanismos correctivos y de recuperación de reacción inmediata. En el caso de los educandos con necesidades educativas especiales, la evaluación se realiza de acuerdo a las adaptaciones curriculares correspondientes.

  3. 3.

    Que el Artículo No. 159 del Reglamento General de la Ley Fundamental de Educación, establece que en tanto se definen los procesos de evaluación de la calidad de la educación mediante la aplicación de la Ley de Evaluación, Certificación y Acreditación de la Calidad y Equidad de la Educación y sus respectivos reglamentos, la EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Secretaría de Educación deberá emitir las medidas académico- administrativas que regulen el proceso de evaluación en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Nacional de Educación.

  4. 4.

    Que el Artículo No. 39, inciso c) del Reglamento de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación estipula que la Dirección General de Currículo y Evaluación es responsable de: Diseñar los lineamientos generales por resultados, del proceso curricular, que incluye el diseño, desarrollo y la evaluación del Currículo Nacional Básico y los estándares nacionales educativos respectivos para cada nivel y modalidad de la oferta académica del Sistema Nacional de Educación, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación; y someterlos a la aprobación del nivel de Dirección Superior.

  5. 5.

    Que, en el marco del proceso de actualización curricular, en los niveles de Educación Prebásica, Básica y Media, iniciado en el año 2022, con el objetivo de avanzar en la mejora continua de la Calidad Educativa que conlleva cambios en la evaluación de los aprendizajes.

Articulo 1

Aprobar la EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN PROGRESIVA DE LOS APRENDIZAJES PARA LOS NIVELES DE EDUCACIÓN PREBÁSICA, BÁSICA Y MEDIA EN SUS DIFERENTES MODALIDADES DE ENTREGA Y CENTROS EDUCATIVOS GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES del Sistema Nacional de Educación de Honduras, de cumplimiento obligatorio para el año escolar 2025.

Articulo 2

La evaluación de los aprendizajes en el nivel de Educación Prebásica, Básica y Media se realizará con fundamento en las funciones Diagnóstica, Formativa y Sumativa. → Función Diagnóstica: Se realiza al inicio y durante el proceso de desarrollo de actividades educativas. Indaga acerca de los conocimientos previos y factores asociados al aprendizaje del educando para articularlos con los nuevos y asegurar aprendizajes significativos. → Función Formativa: Se aplica continuamente a lo largo del proceso enseñanza-aprendizaje, contribuye a la adaptación de los procesos didácticos en correspondencia a los progresos y necesidades de aprendizaje que se observan en los educandos y como producto del análisis de la información recabada; así mismo se espera que el educando se auto evalúe, reflexionando sobre su nivel de aprendizajes alcanzado, errores o debilidades e identificando sus posibles acciones de mejora. → Función Sumativa: Se realiza al término de un proceso, grado, ciclo o nivel con el propósito principal de certificar el alcance de los aprendizajes enunciados en las expectativas de logro o competencias de las diferentes Áreas Curriculares y Campos de Conocimiento.

Articulo 3

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS POR NIVEL EDUCATIVO. A. NIVEL DE EDUCACIÓN PREBÁSICA La evaluación de los aprendizajes en el Nivel de Educación Prebásica se realizará de acuerdo a los siguientes aspectos:

  • 1)

    Evaluar de manera cualitativa, integrando criterios pedagógicos de las tres áreas de desarrollo: Personal y social, relación con el entorno, la comunicación y la representación, con el propósito de verificar y favorecer el desarrollo integral de niños y niñas. 2. Utilizar diversas técnicas e instrumentos de evaluación cualitativa tales como: ACUERDO No. 0158-SE-2025 TÉCNICA E INSTRUMENTO DESCRIPCIÓN Cuaderno de trabajo Se registra las acciones de comportamiento de la niña y el niño ante situaciones o durante algún momento especial. Registro anecdótico Consiste en el registro de textos escritos o grabados con breves descripciones de incidentes, anécdotas, ocurridas en el aula, en grupo o individual. Observación en actividades de seguimiento Se utiliza para obtener información acerca de cómo se desenvuelven los niños y las niñas en distintas situaciones a lo largo de la jornada pedagógica. Carpeta, expediente o portafolio Conjunto de evidencias organizadas por el docente acerca de cómo ocurre el proceso de desarrollo de la niña y el niño, organizado de la siguiente manera: Información que aportan los padres, resultados de instrumentos aplicados por el docente u otros profesionales, información que provean las niñas y los niños (dibujos, gráficos, pinturas, fotografías entre otros). Diálogos evaluativos Conversación que ocurre durante el proceso de enseñanza aprendizaje, al término de una actividad o experiencia de evaluación. Pruebas formativas para 3° grado Verifican trimestralmente el nivel de logro y avances en cuanto al desarrollo de habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo para la toma de decisiones. Utilizarla de forma natural o lúdica, para cuidar las emociones de la niña y el niño. Rúbrica Describe los criterios a evaluar en cada actividad de aprendizaje. 3. El docente elaborará una rúbrica de verificación de aprendizajes para registrar los logros alcanzados haciendo uso de la escala de valoración del nivel de desarrollo de las competencias, habilidades y destrezas cognitivas siguiente: 3. El docente elaborará una rúbrica de verificación de aprendizajes para registrar los logros alcanzados haciendo uso de la escala de valoración del nivel de desarrollo de las competencias, habilidades y destrezas cognitivas siguiente: 4. Al finalizar el año escolar para cada grado, el docente elabora y entrega, al padre, madre o tutor el informe pedagógico que describa las competencias, habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo logradas por el educando. B. NIVEL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Para registrar los logros alcanzados por el educando se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones:

  • 2)

    La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada una de las áreas curriculares y los campos de conocimiento. 3. Proceso de evaluación parcial: Los exámenes escritos y/o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. ACUERDO No. 0158-SE-2025

    NIVEL DE DESARROLLO DESCRIPCIÓN En inicio La niña y el niño, están empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades, requiere una atención personalizada por el docente o educador a y la familia durante el tiempo que sea necesario. En proceso La niña y el niño evidencia avances en el logro de los aprendizajes previstos, requiere una atención personalizada por el docente o educador a y la familia durante el tiempo que sea necesario. Logro previsto La niña y el niño evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado. 4. Al finalizar el año escolar para cada grado, el docente elabora y entrega, al padre, madre o tutor el informe pedagógico que describa las competencias, habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo logradas por el educando. B. NIVEL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Para registrar los logros alcanzados por el educando se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: Ciclo Grado Acumulativo (puntos) Exámenes Escritos/ prácticos (puntos) Total (puntos) Actividades de Aula Actividades Extra Aula Valores y Actitudes Expresiones Artísticas, Deportivas y Humanísticas I Ciclo 1°, 2° y 3° 45 10 10 5 30 100 II Ciclo 4°, 5° y 6° 35 10 10 5 40 100 III Ciclo 7°, 8° y 9° 25 10 10 5 50 100 2. La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada una de las áreas curriculares y los campos de conocimiento. 3. Proceso de evaluación parcial: los exámenes escritos y /o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. ACUERDO No. 0158-SE-2025

    NIVEL DE DESARROLLO DESCRIPCIÓN En inicio La niña y el niño, están empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades, requiere una atención personalizada por el docente o educador a y la familia durante el tiempo que sea necesario. En proceso La niña y el niño evidencia avances en el logro de los aprendizajes previstos, requiere una atención personalizada por el docente o educador a y la familia durante el tiempo que sea necesario. Logro previsto La niña y el niño evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado. 4. Al finalizar el año escolar para cada grado, el docente elabora y entrega, al padre, madre o tutor el informe pedagógico que describa las competencias, habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo logradas por el educando. B. NIVEL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Para registrar los logros alcanzados por el educando se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: Ciclo Grado Acumulativo (puntos) Exámenes Escritos/ prácticos (puntos) Total (puntos) Actividades de Aula Actividades Extra Aula Valores y Actitudes Expresiones Artísticas, Deportivas y Humanísticas I Ciclo 1°, 2° y 3° 45 10 10 5 30 100 II Ciclo 4°, 5° y 6° 35 10 10 5 40 100 III Ciclo 7°, 8° y 9° 25 10 10 5 50 100 2. La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada una de las áreas curriculares y los campos de conocimiento. 3. Proceso de evaluación parcial: los exámenes escritos y /o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. 4. Evaluación en el I Ciclo de Educación Básica: Los educandos inician el desarrollo de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas iniciales, conocimiento de su entorno y convivencia social; es necesario desarrollar las en su mayoría con actividades dentro del aula de clases. 5. Evaluación en el II Ciclo de Educación Básica: Los educandos continúan con el desarrollo y demostración de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas, conocimiento de su entorno y convivencia social, evidenciadas mediante evaluaciones teóricas y/o prácticas. 6. Evaluación en el III Ciclo de Educación Básica: Los educandos profundizan en el desarrollo de las habilidades lingüísticas, lógico ma temático, conocimiento científico, alcanzando un mayor grado de autonomía, fortaleciendo la orientación vocacional, preparándolo para el ingreso al nivel de Educación Media. 7. Para la evaluación de los talleres vocacionales en el III Ciclo Básico con orientación técnica, se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: 8. En la educación técnica, las actividades de taller /laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollar las competencias vocacionales en los educandos. 9. Recuperación: Este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 10. Materia Retrasada: Los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA 1. La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: ACUERDO No. 0158-SE-2025

    4. Evaluación en el I Ciclo de Educación Básica: los educandos inician el desarrollo de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas iniciales, conocimiento de su entorno y convivencia social; es necesario desarrollar las en su mayoría con actividades dentro del aula de clases. 5. Evaluación en el II Ciclo de Educación Básica: los educandos continúan con el desarrollo y demostración de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas, conocimiento de su entorno y convivencia social, evidenciadas mediante evaluaciones teóricas y/o prácticas. 6. Evaluación en el III Ciclo de Educación Básica: los educandos profundizan en el desarrollo de las habilidades lingüísticas, lógico ma temático, conocimiento científico, alcanzando un mayor grado de autonomía, fortaleciendo la orientación vocacional, preparándolo para el ingreso al nivel de Educación Media. 7. Para la evaluación de los talleres vocacionales en el III Ciclo Básico con orientación técnica, se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de taller /laboratorio Actividades Extra Aula Valores y actitudes 30 10 10 50 100 8. En la educación técnica, las actividades de taller /laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollar las competencias vocacionales en los educandos. 9. Recuperación: este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 10. Materia Retrasada: los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA 1. La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/ práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de aula Actividades Extra Aula Valores y actitudes 35 10 5 50 100 2. La evaluación para la formación específica de la jornada extendida en el Décimo, Undécimo y Duodécimo grado de los Bachilleratos Técnico Profesionales y formación específica de lo los Bachilleratos en Ciencia y Humanidades con orientación en Música, orientación Militar, se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones:

  • 3)

    La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada uno de los espacios curriculares del plan de estudio. 4. En un enfoque de evaluación basado en competencias, en la educación técnica profesional, las actividades de taller/ laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollan las competencias y cualificación profesional que garanticen al educando su inserción al campo laboral y continuar estudios en el Nivel de Educación Superior. 5. Proceso de evaluación parcial: Los exámenes escritos y/o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. 6. Recuperación: Este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 7. Materia Retrasada: Los educandos del nivel de Educación Media, podrán ser promovidos al grado subsiguiente con un (1) espacio curricular en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. ACUERDO No. 0158-SE-2025

    2. La evaluación para la formación específica de la jornada extendida en el Décimo, Undécimo y Duodécimo grado de los Bachilleratos Técnico Profesionales y formación específica de lo los Bachilleratos en Ciencia y Humanidades con orientación en Música, orientación Militar, se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de taller/laboratorio* Actividades Extra Aula Valores y actitudes 60 10 10 20 100 3. La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada uno de los espacios curriculares del plan de estudio. 4. En un enfoque de evaluación basado en competencias, en la educación técnica profesional, las actividades de taller/laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollan las competencias y cualificación profesional que garanticen al educando su inserción al campo laboral y continuar estudios en el Nivel de Educación Superior. 5. Proceso de evaluación parcial: los exámenes escritos y /o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. 6. Recuperación: este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 7. Materia Retrasada: los educandos del nivel de Educación Media, podrán ser promovidos al grado subsiguiente con un (1) espacio curricular en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. 8. Los educandos qué cursan el último año de Bachillerato en las modalidades de Científico Humanista y Técnico Profesional que después del proceso de recuperación, hayan reprobado hasta tres (3) espacios curriculares, podrán completar su trayectoria educativa el año siguiente, en un periodo de 20 semanas lectivas (6 meses). El educando que repruebe cuatro (4) o más espacios curriculares, deberá cursar los de forma anual. 9. Previo a la obtención del título de cualquiera de las modalidades de bachillerato, los educandos deben cumplir con la aprobación de los siguientes requisitos de egreso (graduación). a. Plan de Estudio b. Evaluación del Himno Nacional c. Seminario-Taller de la Cátedra Morazánica d. Trabajo Educativo Social (TES) e. Práctica Profesional (aplicable a BTP)

    10. Materia Retrasada: los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA 1. La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/ práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de aula Actividades Extra Aula Valores y actitudes 35 10 5 50 100 8. Los educandos qué cursan el último año de Bachillerato en las modalidades de Científico Humanista y Técnico Profesional que después del proceso de recuperación, hayan reprobado hasta tres (3) espacios curriculares, podrán completar su trayectoria educativa el año siguiente, en un periodo de 20 semanas lectivas (6 meses). El educando que repruebe cuatro (4) o más espacios curriculares, deberá cursar los de forma anual. 9. Previo a la obtención del título de cualquiera de las modalidades de bachillerato, los educandos deben cumplir con la aprobación de los siguientes requisitos de egreso (graduación). a. Plan de Estudio b. Evaluación del Himno Nacional c. Seminario-Taller de la Cátedra Morazánica d. Trabajo Educativo Social (TES) e. Práctica Profesional (aplicable a BTP)

Articulo 4

NIVELES DE DESEMPEÑO EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA.

Articulo 5

DISPOSICIONES FINALES 1. La Dirección General de Currículo y Evaluación a través de las Subdirecciones de Educación Prebásica, Básica y Media, serán los responsables de emitir en el mes de marzo el instructivo de evaluación de los aprendizajes que apoyen la aplicación del presente acuerdo. ACUERDO No. 0158-SE-2025

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Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo — Creación del Centro de Cuidado Infantil Policial SEDS-PNH

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

  1. 1.

    Que la Unidad de Servicios Legales de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, mediante DICTAMEN LEGAL SEDS- USL-525-2024 de fecha 18 de julio del Año 2024, dictaminó la procedencia de la Creación del CENTRO DE CUIDADO INFANTIL POLICIAL SEDS-PNH, como dependencia de la Dirección General de la Policía Nacional, en virtud que conforme lo contenido en el MEMORÁNDUM SEDS-No. 1361-2024, de fecha 2 de julio del año 2024, el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, instruyó que se continúe con el trámite que corresponde conforme a Ley y en consonancia lo establecido en el ACTA DE SESIÓN DEL DIRECTORIO ESTRATÉGICO DE LA POLICIA NACIONAL y DICTAMEN TÉCNICO DGPN-DEP en el que dictaminó la procedencia para la creación del “CENTRO DE CUIDADO INFANTIL POLICIAL SEDS- PNH”, con la finalidad de brindar un servicio en cuidados y estimulación temprana a los hijos de los miembros de la carrera policial, fomentando un vínculo y la unión familiar con personal calificado y a su vez lograr la concentración y productividad del funcionario policial.

  2. 2.

    Que el Artículo 23 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras y 26 de su Reglamento General, entre otras dispone: “La Gerencia Administrativa, para el eficiente cumplimiento de sus atribuciones tiene a su cargo la dirección, coordinación y supervisión… de la Subgerencia de Presupuestos” y el artículo 28 del Reglamento General de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras que indica: “La Subgerencia de Presupuestos está a cargo de administrar, dirigir, controlar y preparar el presupuesto asignado a LA SECRETARÍA y dar seguimiento a su ejecución, así como de llevar de forma eficiente el registro contable-financiero de los recursos, la revisión y control del gasto, de acuerdo con las disposiciones generales de presupuesto y demás normativa aplicable”.

Articulo 1

CREAR el CENTRO DE CUIDADO INFANTIL POLICIAL SEDS-PNH, con Sede en La Aldea El Ocotal, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, como dependencia de la Dirección General de la Policía Nacional de Honduras (DGPN); con la finalidad de brindar un servicio de cuidados y estimulación temprana a los hijos de los Miembros de la Carrera Policial y Personal de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con el objetivo de fomentar la unión familiar, logrando una mayor productividad del funcionario policial y mitigando las necesidades del personal, en cuanto al cuidado de sus hijos, en un rango de edad de 9 meses, hasta 4 años, con profesionales calificados, quienes se encontrarán en espacios organizados que se adapten a las necesidades del menor, aplicando metodologías de aprendizaje, basadas en el desarrollo del autoestima, afecto-e motivo, motor fino y grueso.

Articulo 2

INSTRUIR a la GERENCIA ADMINISTRATIVA de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad para que a través de la Subgerencia de Presupuesto, IDENTIFIQUE y REALICE la Asignación Presupuestaria, para sufragar los gastos de funcionamiento y erogaciones generales de la CENTRO DE CUIDADO INFANTIL POLICIAL SEDS-PNH, con sede en La Aldea El Ocotal, en el municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán para cada ejercicio fiscal, conforme a la Disponibilidad Presupuestaria asignada a la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y Policía Nacional de Honduras.

Articulo 4

El presente Acuerdo es efectivo a partir del mes de enero del Año 2024 y deberá Publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad ILDA LILIAN CARTAGENA SANTOS Secretaria General SEDS Secretaría de Estado en el Despacho de Energía

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Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. SEN-008-2025 — Cancelación de Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía

Secretaría de Estado en el Despacho de Energía

  1. 1.

    Que, el artículo 3, de la Ley de Servicio Civil describe y en lista los cargos que se excluyen de la aplicación de esta Ley, mismos que se consideran del Servicio excluido, siendo este los casos de las y los Secretarios Generales, consignados en esta como Oficiales Mayores de las Secretarías de Estado.

  2. 2.

    Que, conforme el párrafo segundo del artículo 25 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil, los “puestos de confianza podrá cambiárseles en cualquier época sus deberes y responsabilidades y por tanto, cancelar sin más trámite al titular del puesto y nombrar en su lugar al empleado que en los diversos momentos se considere oportuno”.

  3. 3.

    Que, mediante Acuerdo Ministerial N°. 052-SEN-2021, de fecha 24 de noviembre de 2021 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°. 35,799, esta Secretaría de Estado, procedió al nombramiento de su Secretaria General. Por Tanto: En uso de las facultades de que fue investido por la Presidenta de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 84-2022 y en aplicación de los Artículos: 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República 11, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar a la ciudadana ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR, del cargo de SECRETARIA GENERAL de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía , a partir del día veintidós (22) de enero del año dos mil veinticinco 2025, a quien se le agradece por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de la fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 22 días del mes de enero del año dos mil veinticinco 2025. ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SUBSECRETARIO DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA Secretaría de Estado en el Despacho de Energía

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Acuerdo

Acuerdo No. SEN-09-2025 — Delegación de facultades al Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía

Secretaría de Estado en el Despacho de Energía

  1. 1.

    Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones y deberes comunes señaladas en la Constitución de la República y en la Ley General de la Administración Pública para orientar, coordinar, supervisar y analizar las actividades de sus respectivos despachos, emitiendo para el efecto los acuerdos y resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia.

  2. 2.

    Que en fecha veintidós (22) de enero del año dos mil veinticinco, mediante Acuerdo SEN-08-2025, fue cancelada como Secretaria General de esta Secretaría de Estado, la Abogada Ericka Lorena Molina Aguilar.

  3. 3.

    Que en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil veinticinco (2025), mediante Acuerdo Ejecutivo No. 4-2025, fue nombrado como Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) el Abogado Luis Esteban Martínez Sánchez.

  4. 4.

    Que de conformidad al artículo 121 de la Ley General de la Administración Pública, las “PROVIDENCIAS”, son la forma que adoptan los actos de los órganos de la administración pública para darle curso al procedimiento administrativo e impulsar el mismo en su mera tramitación conforme a las disposiciones legales correspondientes.

  5. 5.

    Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior, debiendo el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación.

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Acuerdo

Acuerdo No. 003-DM/SG-2025 — Delegación de facultades de contratación a Gerente Administrativo de DIGER

Dirección de Gestión por Resultados (DIGER)

  1. 1.

    Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 5. estipula lo siguiente: “La Administración Pública tiene por objeto fortalecer el Estado de Derecho para asegurar una sociedad política, económica y socialmente justa; que afirme la nacionalidad y propicie las condiciones para la plena realización del hombre como persona humana dentro de la justicia, la libertad, la seguridad, la estabilidad, el pluralismo, la paz, la democracia representativa, participativa y el bien común; con arreglo a los principios de descentralización, eficacia, eficiencia, probidad, solidaridad, subsidiariedad, transparencia y participación ciudadana”.

  2. 2.

    Que la precitada Ley de la Administración Pública, contempla la desconcentración, para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos administrativos; siendo esta verificada, mediante la creación de entidades u órganos con competencia propia, la cual ejercitan con autonomía técnica-administrativa y financiera.

  3. 3.

    Que las entidades desconcentradas están autorizadas por la Ley, para el manejo directo de sus cuentas especiales abiertas a su orden en el Banco Central de Honduras, para atender en forma expedita el pago de obligaciones a su cargo, así como para suscribir contratos de suministros de bienes, de obra públicas, servicios de consultoría, arrendamiento, servicios profesionales y técnicos y otros permitidos por las Leyes, observando los procedimientos de contratación, hasta los límites que determinen las Disposiciones Generales de los respectivos presupuestos.

  4. 4.

    Que el Código de Ética contempla en su artículo 5 numeral 8 lo siguiente: “Para los fines de este Código, se entenderá por los términos siguientes: 8) Discrecionalidad: Es el ejercicio de potestades previstas en la Ley, con cierta libertad de acción y que obliga al servidor público a escoger la opción que más convenga al interés colectivo”.

  5. 5.

    Que La Ley Orgánica del Presupuesto contempla en su artículo 6.- lo siguiente “Relaciones con las Gerencias Administrativas. Las Gerencias Administrativas de las Secretarías de Estado o las Dependencias equivalentes en cada uno de los Organismos del Sector Público, deberán cumplir, entre otras, las directrices que establezcan la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, así como las normas y procedimientos que dicten los órganos técnicos coordinadores de los subsistemas integrantes del sistema de administración financiera en el marco de sus atribuciones y tendrán a su cargo las gestiones y operaciones económico- financieras y patrimoniales en su respectivo ámbito de competencia”.

  6. 6.

    Que la Ley de Contratación del Estado, en su Sección Primera, De la competencia de los órganos administrativos, regula en su artículo 11 numeral b); “Los Titulares de órganos desconcentrados de acuerdo con las normas de su creación o, en su defecto, hasta el límite que le fuere delegado por acto administrativo dictado por el órgano al cual están adscritos. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las disposiciones contenidas en las leyes especiales”.

  7. 7.

    Que el Reglamento de La Ley de Contratación del Estado, establece que los funcionarios que ejerzan la dirección superior de los órganos desconcentrados adscritos al Poder Ejecutivo tienen competencias similares a los Secretarios de Estado, cuando así lo dispongan las leyes que los crearen u otras disposiciones legales especiales; en defecto disposiciones legales expresas, el Presidente de la República o los Secretarios de Estado podrán, mediante Acuerdo emitido al efecto, delegar en los titulares de los órganos desconcentrados que le estuvieren adscritos, la facultad para adjudicar y celebrar contratos hasta los límites de precio que en cada caso se establezcan.

  8. 8.

    Que el propósito de la desconcentración es claro,al pretender flexibilizar las estructuras administrativas, procurando la gestión más eficiente y eficaz de los asuntos públicos; así mismo, la Ley Simplificación Administrativa en su artículo 1 en numerales 1 y 2, donde literalmente dice: “1) Eliminar normas innecesarias o reiterativas que obstaculizan los procesos administrativos, impidan racionalizar la prestación de servicios públicos y alienten la ineficiencia y contrarias al interés público.”; “2) Clarificar y disminuir en lo posible jerarquías o líneas de responsabilidad entre quienes, de conformidad con la ley, intervienen en la prestación de servicios con facultades de autorizar, controlar y operar, para que no se demore ni entorpezca la toma de decisiones”.

  9. 9.

    Que el artículo 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establecen que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forma parte el superior y el inferior, indicando el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, pudiendo contener instrucciones obligatorias para éste en materia procedimental.

  10. 10.

    Que el artículo 111. del Decreto Legislativo No. 4-2025, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,759, de fecha jueves 6 de febrero del 2025; contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA Y SUS DISPOSICIONES GENERALES, EJERCICIO FISCAL 2025, el cual en su apartado sobre “Umbrales y Modalidades de Contratación” Literalmente establece “En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 360 de la Constitución de la República y el artículo 38 de la Ley de Contratación del Estado, contenida en el Decreto No.74-2001 del 1 de julio de 2001, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 17 de septiembre de 2001, que definen los procedimientos y forma de contratación de obras públicas, adquisición de suministros y servicios, compra venta o arrendamiento de bienes, se determinan los siguientes tipos y modalidades de contrato, así como los montos exigibles y las compras menores:

Articulo 1

Delegar en la ciudadana MARCIA DINORA LOPEZ MARTINEZ, con Documento de Identificación número 0107-1965-00747, en su condición de Gerente Administrativo de la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER), las facultades concernientes a la competencia para contratar mediante la aplicación de los principios y procedimientos que establece la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, de esta forma pueda celebrar los contratos de obras públicas, contratos de consultoría, adquisición de suministros de bienes y servicios, compraventa o arrendamiento de bienes, de acuerdo a los montos máximos y modalidad de contratación que se establecen en la siguiente tabla y que están en concordancia con lo establecido en el Decreto Legislativo No. 4-2025, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,759, de fecha jueves 6 de febrero del 2025; contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA Y SUS DISPOSICIONES GENERALES, EJERCICIO FISCAL 2025, el cual en su apartado sobre “Umbrales y Modalidades de Contratación” ARTÍCULO 111. Define:

Articulo 2

Delegar en la ciudadana MARCIA DINORA LOPEZ MARTINEZ, en su condición antes indicada, la facultad a realizar los procedimientos administrativos necesarios y la celebración de los contratos de obras públicas, contratos de consultoría, adquisición de suministros de bienes y servicios, compraventa o arrendamiento de bienes, correspondientes a proyectos que sean financiados con fondos externos mediante los procedimientos establecidos en los contratos de préstamo o donación respectivamente.

Articulo 3

Las facultades descritas en las cláusulas primera y segunda, las ejercerá la ciudadana MARCIA DINORA LOPEZ MARTINEZ, en su condición de Gerente Administrativo de la Dirección de Gestión por Resultados, hasta la revocación o vencimiento del presente Acuerdo, debiendo cumplir a cabalidad con todos los requisitos y procedimientos establecidos en las leyes de la República y convenios marco, así como la observancia de los principios de transparencia y rendición de cuentas, debiendo informar por escrito los resultados de los diferentes procesos en los haya intervenido, autorizado los mismos.

Articulo 4

El presente Acto administrativo revoca el Acuerdo 01-DM-2024 dejándolo sin valor y efecto, así mismo el presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los siete (07) días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE. MARCIO GIOVANNY SIERRA DISCUA MINISTRO GESTIÓN PUBLICA POR RESULTADOS DENNIS ALEJANDRO MENDOZA LANZA SECRETARIO GENERAL DIRECCIÓN DE GESTION POR RESULTADOS de contratación que se establecen en la siguiente tabla y que están en concordancia con lo establecido en el Decreto Legislativo No. 4-2025, Publicado en el Diario oficial la Gaceta número 36,759, de fecha jueves 6 de febrero del 2025; contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA Y SUS DISPOSICIONES GENERALES, EJERCICIO FISCAL 2025, el cual en su apartado sobre “Umbrales y Modalidades de Contratación” ARTÍCULO 111. Define: Nº DESCRIPCION MONTO MAXIMOS EN LEMPIRAS MODALIDAD DE CONTRATACION 1 Contratos de Obras Públicas L 4,000,000.01 en adelante Licitación Pública L 2,000,000.01 a L 4,000,000.00 Licitación Privada L 500,000.01 a L2,000,000.00 Tres (3) Cotizaciones válidas L 100,000.01 a L 500,000.00 Dos (2) Cotizaciones válidas L 0.01 a L 100,000.00 Una (1) Cotización válida 2 Contratos de Consultoría L 2,000,000.01 en adelante Concurso Público L 350,000.01 a L 2,000.000.00 Concurso Privado L 200,000.01 a L 350.000.00 Compra Menor con un mínimo de tres (3) Propuestas Técnicas y económicas válidas L 0.01 a L 200,000.00 Compra Menor con un mínimo de una (1) Propuesta Técnica y económica válida. Contrato de suministros de Bienes y Servicios L 1,000,000.01 en adelante Licitación Pública L 300,000.01 a L 1,000,000.00 Licitación Privada L 100,000.01 a L 300,000.00 Compra menor Tres (3) Cotizaciones L 50,000.01 a L 100,000.00 Compra menor Dos (2) Cotizaciones L 0.01 a L 50,000.00 Compra menor Una (1) Cotización Poder Ejecutivo

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Acuerdo

Acuerdo — Autorización a empresa PRODECON para ejecución de proyecto de construcción

Poder Judicial

Articulo 1

Autorizar a la Empresa “PROFESIONALES DE LA CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V. (PRODECON)” en su carácter de EJECUTOR del Proyecto denominado: “CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DEL CORREDOR DE OCCIDENTE, TRAMO CARRETERO; NACO – LA ENTRADA (79.10 Km), SUBTRAMO 2: QUIMISTÁN – SULA (23.00Km)”. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: COMANDANCIA GENERAL DEL HEROICO Y BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS

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Convocatoria

Convocatoria No. GC-PCS-HBCBH-INFRAESTRUCTURA-02-2025 — Precalificación de Empresas Consultoras y/o Consultores Individuales para Supervisión de Edificaciones y Obras Eléctricas

Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras

INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN Asunto: Precalificación de Empresas Consultoras y/o Consultores Individuales para la Contratación de Consultorías de Diseño para las Edificaciones y Obras Eléctricas del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, GC-PC-HBCBH- INFRAESTRUCTURA-01-2025. El Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, invita a las empresas diseñadoras, consorcios y contratistas individuales (en adelante denominados “Los Solicitantes”) a presentar documentos para la Precalificación de consultores para Diseño de Edificaciones y Obras Eléctricas. Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de concursos públicos y/o privados que conduzca El Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras en el periodo de un (1) año tiempo de validez de la precalificación La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables. Los solicitantes en participar en la Precalificación, deberán solicitar los pliegos mediante solicitud electrónica o personalmente a través de una carta dirigida al Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, ubicada en la siguiente dirección: Comandancia General de Bomberos, ubicada en la Estación Central del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, costado Sur del Estadio Nacional, Barrio Morazán, Tegucigalpa, M.D.C., email: secretaria.general@bomberos honduras. com, a partir del día lunes diecisiete (17) del mes de febrero del año 2025, de las horas 8:00 a.m. hasta las 4 p.m. donde se les entregará el documento de precalificación, previo pago de doscientos (L.200.00) lempiras. Los interesados, deberán entregar la Documentación de Precalificación en las instalaciones de la Estación Central de Bomberos, Comandancia General, salón de excomandantes, Barrio Morazán, costado Sur del Estadio Nacional, Ba Tegucigalpa, M.D.C., el día viernes 21 de marzo del 2025, hasta las 10:00 am entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos. Tegucigalpa, M.D.C.17 de febrero de 2025. ANGEL ROMELIO FUNEZ JUAREZ. Comandante General Interino del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras. 27 F. 25

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Licitación

Licitación No. LPN-ADUANAS-007-2025 — Adquisición de Fianzas de Fidelidad para Funcionarios, Servidores y Trabajadores de la Administración Aduanera

Administración Aduanera de Honduras

Sección “B”

República de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ADQUISICIÓN DE FIANZAS DE FIDELIDAD PARA LOS FUNCIONARIOS(AS), SERVIDORES(AS) Y TRABAJADORES(AS) DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS" LPN-ADUANAS-007-2025

  • 1)

    La Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- ADUANAS-007-2025, para que presenten ofertas selladas y foliadas para la "ADQUISICIÓN DE FIANZAS DE FIDELIDAD PARA LOS FUNCIONARIOS(AS), SERVIDORES(AS) Y TRABAJADORES(AS) DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS"; conforme a las indicaciones del Pliego de Condiciones.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de los recursos de la Administración Aduanera de Honduras.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2025 y demás aplicables.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los Pliegos de Condiciones (PC) de la presente licitación de manera gratuita mediante solicitud escrita dirigida a Lic. Edwin Mendoza, Gerente Nacional Administrativo y Financiero; teléfono 2240-0835 en las oficinas de la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), ubicadas en piso 15, torre 1, del

    "José Cecilio del Valle", a partir del día miércoles doce (12) de febrero, en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. o a través de solicitud vía correo electrónico adjuntando la debida nota de solicitud de pliegos dirigido a adquisiciones@aduanas.gob.hn con copia a e valle@aduanas.gob.hn remitiendo por esta misma vía el Pliego de Condiciones.

  • 5)

    Los documentos de la licitación también podrán ser descargados a través de la Plataforma del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "Hondu Compras 1.0" (www.hondu compras.gob.hn). La presentación de las ofertas y los sobres a las que hace referencia el Pliego de Condiciones será en físico a la dirección antes indicada. 6.Las ofertas deberán presentarse a más tardar el veinticuatro (24) de marzo del 2025 a las 10:00 a.m., en la Sección de Adquisiciones del órgano contratante, en la dirección antes descrita. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. El acto de apertura se realizará en la sala de juntas del piso 15, torre 1, del el veinticuatro (24) de marzo del 2025 a las 10:15 a.m., en Audiencia Pública por la comisión de apertura en presencia de los oferentes y representantes del órgano contratante y cualquier persona que desee estar presente en el acto. 7. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta (GMO), por un valor equivalente, de por lo menos al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta y conforme a las indicaciones establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 12 de febrero de 2025 LIC. EDWIN MENDOZA GERENTE NACIONAL ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS 27 F. 2025

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Licitación

Licitación No. LPN-ADUANAS-008-2025 — Contratación de un Taller Mecánico para Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Flota Vehicular

Administración Aduanera de Honduras

República de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CONTRATACIÓN DE UN TALLER MECÁNICO QUE BRINDE SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVOS A LA FLOTA VEHICULAR DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS" LPN-ADUANAS-008-2025

  • 1)

    La Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-ADUANAS-008-2025, para que presenten ofertas selladas y foliadas para la "CONTRATACIÓN DE UN TALLER MECÁNICO QUE BRINDE SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVOS A LA FLOTA VEHICULAR DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS"; conforme a las indicaciones del Pliego de Condiciones.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de los recursos de la Administración Aduanera de Honduras.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2025 y demás aplicables.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los Pliegos de Condiciones (PC) de la presente licitación de manera gratuita mediante solicitud escrita dirigida a Lic. Edwin Mendoza, Gerente Nacional Administrativo y Financiero; teléfono 2240-0835 en las oficinas de la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), ubicadas en piso 15, torre 1, del

    "José Cecilio del Valle" , a partir del día miércoles doce (12) de febrero, en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. o a través de solicitud vía correo electrónico adjuntando la debida nota de solicitud de pliegos dirigido a adquisiciones@aduanas.gob.hn con copia a e valle@aduanas.gob.hn remitiendo por esta misma vía el Pliego de Condiciones.

  • 5)

    Los documentos de la licitación también podrán ser descargados a través de la Plataforma del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "Hondu Compras 1.0", (www.hondu compras.gob.hn) La presentación de las ofertas y los sobres a las que hace referencia el Pliego de Condiciones será en físico a la dirección antes indicada.

  • 6)

    Las ofertas deberán presentarse a más tardar el veinticinco (25) de marzo del 2025, a las 10:00 a.m., en la Sección de Adquisiciones del órgano contratante, en la dirección antes descrita. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. El acto de apertura se realizará en la sala de juntas del piso 15, torre 1, del el veinticinco (25) de marzo del 2025, a las 10:15 a.m., en Audiencia Pública por la comisión de apertura en presencia de los oferentes y representantes del órgano contratante y cualquier persona que desee estar presente en el acto.

  • 7)

    Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta (GMO), por un valor equivalente, de por lo menos, al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta y conforme a las indicaciones establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 12 de febrero de 2025 LIC. EDWIN MENDOZA GERENTE NACIONAL ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS 27 F. 2025

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Licitación

Licitación No. LPN-02-2025-AMCAT — Adquisición de Materiales Eléctricos para Iluminación del Interior de las Cuevas de Talgua

Municipalidad de Catacamas e Instituto Hondureño de Turismo

INVITACIÓN A PARTICIPAR LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-02-2025-AMCAT

  • 1)

    La Municipalidad de Catacamas y el Instituto Hondureño de Turismo, invita a los posibles Oferentes a participar en el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-02-2025-AMCAT, “ADQUISICIÓN DE MATERIALES ELÉCTRICOS PARA LA ILUMINACIÓN DEL INTERIOR DE LAS CUEVAS DE TALGUA”.

  • 2)

    El financiamiento es con Fondos Nacionales a través del convenio de gestión entre EL INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO Y LA MUNICIPALIDAD DE CATACAMAS.

  • 3)

    El proceso de Licitación Pública se efectuará conforme a los procedimientos establecidos para tal efecto en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento y los TDR aprobados por medio del INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO Y LA MUNICIPALIDAD DE CATACAMAS.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida a la Dpto. de Obras Públicas de la Municipalidad de Catacamas, ubicada en el Barrio El Porvenir, en las instalaciones del Policlínico Catacamas, o mediante correo electrónico: obras publicas catacamas@yahoo.com, en horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Las Bases o Pliegos de Condiciones estarán disponibles a partir del día miércoles 05 de febrero del 2025.

  • 5)

    Las Ofertas deberán presentarse en sobre cerrados. La Recepción y Apertura de la misma se realizará en el Salón de Corporación Municipal “Lincoln A. Figueroa” CATACAMAS, de la Municipalidad de Catacamas. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las Ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 11:00 A.M. lunes 17 de marzo del 2025, hora límite de la presentación de las ofertas a las 11:15 A.M. (NO SE RECIBIRÁN OFERTAS DESPUÉS DE LAS 11:15 AM).

  • 6)

    Consultas: Para consultas o información dirigirse, Atención: Ing. Marlon Garcia, Jefe de Depto. Obras Públicas de la Municipalidad de Catacamas, al Correo Electrónico: obras publicas catacamas@yahoo.com Catacamas, Olancho, martes 28 de enero del 2025. _________________________________________ ABG. MARCOS RAMIRO LOBO ROSALES ALCALDE MUNICIPAL 27 F. 2025

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Licitación

Licitación No. LPCNE-GC-H1-001-01-2025 — Contratación de Póliza de Seguro Colectivo de Vida y Gastos Médico-Hospitalarios

Consejo Nacional Electoral

AVISO AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA República de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA LPCNE-GC-H1-001-01-2025

  • 1)

    El Consejo Nacional Electoral (CNE), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública No. LPCNE-GC-H1-001-01-2025, que tiene por objeto la "Contratación de una póliza de seguro colectivo de vida y gastos médico-hospitalarios para colaboradores del Consejo Nacional Electoral".

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Directora Administrativa y Financiera, Licenciada Suany Yolanda Núñez, en la dirección indicada al final de este llamado, de 9:00 a.m. a 7:00 p.m. y mediante correo electrónico a la dirección licitaciones@cne.hn con copia al correo: suany.nunez@cne.hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn).

  • 5)

    La recepción y apertura de ofertas se efectuará en el Salón de Sesiones del Consejo Nacional Electoral (CNE), ubicado en el segundo piso del edificio Edificaciones del Río, Colonia El Prado, frente a SYRE, Tegucigalpa, M.D.C., el lunes 24 de marzo de 2025 a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas, las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes, la persona que haga entrega de la oferta deberá estar debidamente acreditada al momento de apertura de las ofertas y deberán apersonarse a la dirección anteriormente indicada.

  • 6)

    Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o cheque certificado acompañado de declaración jurada por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., martes 11 de febrero de 2025 ABG. COSSETTE ALEJANDRA LÓPEZ-OSORIO AGUILAR Consejera Presidenta Consejo Nacional Electoral 27 F. 2025

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Licitación

Licitación No. LPN-GA-001-SERNA-2025 — Suministro de Carnes, Concentrados, Frutas y Verduras para el Centro Nacional de Conservación y Recuperación de Especies Rosy Walther

Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente

Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente “SUMINISTRO DE CARNES, CONCENTRADOS, FRUTAS Y VERDURAS PARA EL CENTRO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y RECUPERACIÓN DE ESPECIES ROSY WALTHER PARA ELAÑO 2025” No. LPN-GA-001-SERNA-2025

  • 1)

    La Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- GA-001-SERNA-2025, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de Carnes, Concentrados, Frutas y Verduras para el Centro Nacional de Conservación y Recuperación de Especies Rosy Walther para el año 2025” .

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida a la Licenciada Dominga González Ramos, Gerente Administrativo, email: administracion@serna.gob.hn y compras@serna.gob.hn, en la dirección: Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, Col. Castaño Sur, Edificio Santa Fe, bloque C, Paseo Virgilio Zelaya Rubí, Gerencia Administrativa / Unidad de Compras y Pagos, segundo nivel, en un horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, Gerencia Administrativa / Unidad de Compras y Pagos; segundo nivel; a más tardar el día; miércoles, diecinueve (19) del mes de marzo del año dos mil veinticinco (2025), a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día miércoles, diecinueve (19) del mes de marzo del año dos mil veinticinco(2025),alas10:15a.m.Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 06 de febrero de 2025 LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente 27 F. 2025

    COMANDANCIA GENERAL DEL HEROICO Y BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN Asunto: Precalificación de Empresas Consultoras y/o Consultores Individuales para la Contratación de Consultorías de Supervisión para las Edificaciones y Obras Eléctricas del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, GC-PCS-HBCBH-INFRAESTRUCTURA-02-2025 El Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, invita a las empresas Supervisoras, consorcios y contratistas individuales (en adelante denominados “Los Solicitantes”), a presentar documentos para la Precalificación de consultores para la Supervisión de Edificaciones y Obras Eléctricas. Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de concursos públicos y/o privados que conduzca El Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras en el periodo de un (1) año tiempo de validez de la precalificación. La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables. Los solicitantes en participar en la Precalificación, deberán solicitar los pliegos mediante solicitud electrónica o personalmente a través de una carta dirigida al Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, ubicada en la siguiente dirección:Comandancia General de Bomberos, ubicada en la Estación Central del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, costado Sur del Estadio Nacional, Barrio Morazán, Tegucigalpa, M.D.C., email: secretaria.general@bomberos honduras.com, a partir del día lunes diecisiete (17) del mes de febrero del año 2025, de las horas 8:00 a.m. hasta las 4 p.m., donde se les entregará el documento de precalificación, previo pago de doscientos (L.200.00) lempiras. Los interesados, deberán entregar la Documentación de Precalificación en las instalaciones de la Estación Central de Bomberos, Comandancia General, Salón de ex comandantes, Barrio Morazán, costado Sur del Estadio Nacional, Ba Tegucigalpa, M.D.C., el día viernes 21 de marzo del 2025, hasta las 10:00 a.m., entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de febrero de 2025 ANGEL ROMELIO FUNEZ JUAREZ Comandante General Interino del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras 27 F. 2025

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Licitación

Licitación No. LPN No.100-058/2024 — Adquisición de Materiales Eléctricos, Dirección de FOSODE de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica

Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE)

AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No.100-058/2024 “ADQUISICIÓN DE MATERIALES ELÉCTRICOS, DIRECCIÓN DE FOSODE DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES ELÉCTRICOS, DIRECCIÓN DE FOSODE DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00), cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°. 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C” del

, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día miércoles 26 de marzo del 2025, a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., en fecha 26 de marzo del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 13 de febrero del 2025 ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 27 F. 2025

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Edicto

Edicto — Aviso de Título de Propiedad de Bien Inmueble por Título Supletorio - David Enrique Motiño Rodríguez

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa, Departamento de Olancho

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE JUTICALPA “DEPARTAMENTO DE OLANCHO” AVISO DE TÍTULO DE PROPIEDAD DE UN BIEN INMUEBLE POR TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa departamento de Olancho, al público en general y para efectos de ley hace saber: Que en fecha veintiocho de febrero del año dos mil veinticuatro, se presentó a este despacho por el señor DAVID ENRIQUE MOTIÑO RODRIGUEZ, con Documento de Identificación número 0601-1975-02077, con domicilio en la ciudad de Danlí, departamento del Paraíso, TÍTULO DE PROPIEDAD POR TÍTULO SUPLETORIO.- Los cuales LOTE NÚMERO UNO (1) Lote de Terreno ubicado Mapa NI- 14 Hoja Cartográfica 2958-I El Maguelar, Caserío Seale, Aldea La Laguna, Sitio Proindiviso de Zacualpa o Azacualpa, municipio de Patuca, departamento de Olancho, con un área de SEIS HECTÁREAS (6.00 Has) más NOVECIENTOS SETENTAY OCHO PUNTO CERO CUATRO METROS CUADRADOS (978.04 Mts2), que tiene como cuadro de distancias y rumbos siguientes: Coordenadas No. 0, X: 595977.82, Y: 1582959.85, Estación 0-1, distancia 279.42 Mts, Rumbo S 6° 28’ 30” W; Coordenadas No. 1, X: 595946.31, Y: 1582682.21, Estación 1-2, distancia 29.76 Mts, Rumbo N 80° 54’ 51” W; Coordenadas No. 2, X: 595916.92, Y: 1582686.91, Estación 2-3, distancia 46.76 Mts, Rumbo N 77º 4’ 21” W; Coordenadas No. 3, X: 595871.35, Y: 1582697.37, Estación 3-4, distancia 47.82 Mts, Rumbo N 74° 24’ 1” W; Coordenadas No. 4, X: 595825.29, Y: 1582710.23, Estación 4-5, distancia 23.14 Mts, Rumbo N 75° 27’ 34” W; Coordenadas No. 5, X: 595802.89, Y: 1582716.04, Estación 5-6, distancia 77.67 Mts, Rumbo N 76° 26’ 23” W; Coordenadas No. 6, X: 595727.39, Y: 1582734.25, Estación 6-7, distancia 76.38 Mts, Rumbo N 21° 1’ 17” E; Coordenadas No. 7, X: 595754.79, Y:1582805.55, Estación 7-8, distancia 57.30 Mts, Rumbo N 34° 53’ 8” E; Coordenadas No. 8, X: 595787.56, Y: 1582852.55, Estación 8-9, distancia 53.43 Mts, Rumbo N 25° 38’ 22” E; Coordenadas No. 9, X: 595810.68 Y: 1582900.72, Estación 9-10, distancia 5.20 Mts, Rumbo N 23º 27’ 32” E; Coordenadas No. 10, X: 595812.75, Y: 1582905.49, Estación 10-11, distancia 33.89 Mts, Rumbo N 23° 24’ 10” E; Coordenadas No. 11, X: 595826.21, Y: 1582936.59, Estación 11-12, distancia 42.21 Mts, Rumbo N 20º 46’ 14” E; Coordenadas No. 12, X: 595841.18, Y: 1582976.06, Estación 12-13, distancia 52.07 Mts, Rumbo N 48° 30’ 13” E; Coordenadas No. 13, X: 595880.18, Y: 1583010.56, Estación 13-14, distancia 37.20 Mts, Rumbo N 41º 7’ 51” E; Coordenadas No. 14, X: 595904.65, Y: 1583038.58, Estación 14-15, distancia 113.45 Mts, Rumbo N 41° 25’ 48” E; Coordenadas No. 15, X: 595979.72, Y: 1583123.64, Estación 15-16, distancia 28.75 Mts, Rumbo N 41º 41’ 11” E; Coordenadas No. 16, X: 595998.84, Y: 1583145.11, Estación 16-0, distancia 186.45 Mts, Rumbo S 6° 28’24” W; con las colindancias siguientes: AL NORTE, termina en punta, AL SUR, Paulino Almendares; AL ESTE, carretera a Danlí de por medio y David Enrique Motiño Rodríguez y propiedad de los señores: Noe Alberto, Wilmer Jovel, Walter Raúl, Ela Cristina, Víctor Raúl y Juan José todos de apellidos Valladares Cruz y Alex Manuel Valladares López y Mirian Suyapa Valladares López; y, AL OESTE, con Ubence Sosa y Mariano Maldonado; según plano que se acompaña a este escrito levantado por el Ingeniero Ramón Antonio Betancourh.- LOTE NÚMERO DOS (2) Lote de Terreno ubicado Mapa NI- 14 Hoja Cartográfica 2958-I El Maguelar, Caserío Seale, Aldea La Laguna, Sitio Proindiviso de Zacualpa o Azacualpa, municipio de Patuca, departamento de Olancho, con un área de TREINTA Y UN HECTÁREAS (31.00 Has) más SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (7,396.39 Mts2), que tiene como cuadro de distancias y rumbos siguientes:Coordenadas No.0,X:596005.17,Y:1582960.22, Estación 0-1, distancia 190.46 Mts, Rumbo N 7° 36’ 55” E; Coordenadas No. 1, X: 596030.41, Y: 1583149.00, Estación 1-2,distancia239.45Mts,RumboN5°13’7”E;Coordenadas

No. 2, X: 596052.19, Y: 1583387.46, Estación 2-3, distancia 22.65 Mts, Rumbo N 7º 55’ 8” W; Coordenadas No 3, X: 596049.07, Y: 1583409.89, Estación 3-4, distancia 73.83 Mts,RumboN7°55’2”W;Coordenadas No4,X:596038.90, Y: 1583483.02, Estación 4-5, distancia 211.15 Mts, Rumbo S 77°1’ 19” E; Coordenadas No 5, X: 596244.66, Y: 1583435.60; Estación 5-6, distancia 45.44 Mts, Rumbo N 22° 30’ 6” E; Coordenadas No 6, X: 596262.05, Y: 1583477.58, Estación 6-7, distancia 38.75 Mts, Rumbo N 24° 55’ 30” E; Coordenadas No 7, X: 596278.38, Y:1583512.72; Estación 7-8, distancia 34.46 Mts, Rumbo N 25° 19’ 24” E; Coordenadas No 8, X:596293.12, Y: 1583543.87; Estación 8-9, distancia 78.69 Mts, Rumbo S 39°31’6”E;Coordenadas No9,X:596343.19Y:1583483.17; Estación 9-10, distancia 26.20 Mts, Rumbo S 83° 41’ 20” E; Coordenadas No 10, X: 596369.23, Y: 1583480.29; Estación 10-11, distancia 48.52 Mts, Rumbo S 62° 43’ 57” E; Coordenadas No 11, X: 596412.36, Y: 1583458.06; Estación 11-12, distancia 43.40 Mts, Rumbo N 21° 45’ 35” E; Coordenadas No 12, X: 596428.45, Y: 1583498.37; Estación 12-13, distancia 21.51 Mts, Rumbo N 40° 21’ 41” E; Coordenadas No 13, X: 596442.38, Y: 1583514.76; Estación 13-14, distancia 31.86 Mts, Rumbo N 2° 27’ 52” E; Coordenadas No 14, X: 596443.75, Y: 1583546.59; Estación 14-15, distancia 13.81 Mts, Rumbo N 50° 20’ 55” E; Coordenadas No 15, X: 596454.38, Y: 1583555.40; Estación 15-16, distancia 12.51 Mts, Rumbo N 84° 24’ 12” E; Coordenadas No 16, X: 596466.83, Y: 1583556.62, Estación 16-17, distancia 97.46 Mts, Rumbo S 87° 24’ 2” E; Coordenadas No 17, X: 596564.19, Y: 1583552.20; Estación 17-18, distancia 44.37 Mts, Rumbo N 89° 19’ 43” E; Coordenadas No 18, X: 596608.56, Y: 1583552.72, Estación 18-19, distancia 81.46 Mts, Rumbo N 84º 23’ 7” E; Coordenadas No 19, X: 596689.63, Y: 1583560.69; Estación 19-20, distancia 64.82 Mts, Rumbo N 75° 33’ 15” E; Coordenadas No 20, X: 596752.40, Y: 1583576.86; Estación 20-21, distancia 14.60 Mts, Rumbo N 64° 54’ 35” E; Coordenadas No 21, X: 596765.62, Y: 1583583.05; Estación 21-22, distancia 45.82 Mts, Rumbo N 68º 25’ 26” E; Coordenadas No 22, X: 596808.23, Y:1583599.90; Estación 22-23, distancia 5.24 Mts, Rumbo S 77º 33’ 15” E; Coordenadas No 23, X: 596813.35, Y: 1583598.77; Estación 23-24, distancia 68.67 Mts, Rumbo S 28° 25’ 12” E; Coordenadas No 24, X: 596846.03, Y: 1583538.38, Estación 24-25, distancia 10.15 Mts, Rumbo S 28° 24’ 28” E; Coordenadas No 25, X: 596850.86, Y: 1583529.45; Estación 25-26, distancia 29.90 Mts, Rumbo S 28° 24’ 59” E; Coordenadas No 26, X: 596865.09, Y: 1583503.15; Estación 26-27, distancia 118.37 Mts, Rumbo S 28° 13’ 9” E; Coordenadas No 27, X: 596921.06, Y: 1583398.85; Estación 27-28, distancia 89.30 Mts, Rumbo S 15° 38’ 10” E; Coordenadas No 28, X: 596945.13, Y: 1583312.85; Estación 28-29, distancia 34.43 Mts, Rumbo S 9° 31’ 51” E; Coordenadas No 29, X: 596950.83, Y: 1583278.90; Estación 29-30, distancia 16.32 Mts, Rumbo S 65° 24’ 49” W; Coordenadas No 30, X: 596935.99, Y: 1583272.11; Estación 30-31, distancia 16.03 Mts, Rumbo S 84° 18’ 26” W; Coordenadas No 31, X:596920.04, Y:1583270.52; Estación 31-32, distancia 77.89 Mts, Rumbo N 70° 34’ 10” W; Coordenadas No 32, X: 596846.59, Y: 1583296.43; Estación 32-33, distancia 44.21 Mts, Rumbo N 81° 46’ 2” W; Coordenadas No 33, X: 596802.84, Y: 1583302.76; Estación 33-34, distancia 38.52 Mts, Rumbo S 60° 36’ ” W; Coordenadas No 34, X: 596769.28, Y: 1583283.85; Estación 34-35, distancia 66.64 Mts, Rumbo N 75° 0’ 53” W; Coordenadas No 35, X: 596704.91, Y: 1583301.08; Estación 35-36, distancia 48.83 Mts, Rumbo S 60° 38’ 32” W; Coordenadas No 36, X:596662.35, Y: 1583277.14; Estación 36-37, distancia 49.77 Mts, Rumbo S 64° 59’ 24” W; Coordenadas No 37, X: 596617.25, Y:1583256.10; Estación 37-38, distancia 45.52 Mts, Rumbo S 74º 52’ 58” W; Coordenadas No 38, X: 596573.31, Y: 1583244.23; Estación 38-39, distancia 49.74 Mts, Rumbo S 88° 53’ 39” W; Coordenadas No 39, X: 596523.58, Y:1583243.27; Estación 39-40, distancia 58.96 Mts, Rumbo N 89° 39’ 36” W; Coordenadas No 40, X:596464.62, Y: 1583243.62; Estación 40-41, distancia 28.42 Mts, Rumbo S 64° 32’ 6” W; Coordenadas No 41, X: 596438.96, Y: 1583231.40; Estación 41-42, distancia 66.22 Mts, Rumbo S 47º 33’ 52” W; Coordenadas No 42, X: 596390.09, Y:1583186.72; Estación

42-43, distancia 7.64 Mts, Rumbo S 66º 19’ 9” W; Coordenadas No. 43, X: 596383.09,Y: 1583183.65; Estación 43-44, distancia 23.38 Mts, Rumbo S 73° 32’ 59” W; Coordenadas No. 44, X: 596360.67,Y: 1583177.03; Estación 44-45, distancia 20.29 Mts, Rumbo S 79° 50’ 12” W; Coordenadas No. 45, X:596340.70, Y: 1583173.45; Estación 45-46, distancia 52.88 Mts, Rumbo S 27º 11’ 60” E; Coordenadas No. 46, X: 596364.87,Y: 1583126.42; Estación 46-47, distancia 129.22 Mts, Rumbo S 30º 29’ 54” W; Coordenadas No. 47, X: 596299.29,Y: 1583015.08; Estación 47-48, distancia 48.46 Mts, Rumbo S 32° 3’ 24” W; Coordenadas No. 48, X: 596273.57,Y: 1582974.01; Estación 48-49, distancia 31.62 Mts, Rumbo S 59° 32’ 34” W; Coordenadas No. 49, X: 596246.31,Y: 1582957.98; Estación 49-50, distancia 123.43 Mts, Rumbo N 88° 12’ 45” W; Coordenadas No. 50, X: 596122.94,Y: 1582961.83; Estación 50-0, distancia 117.78 Mts, Rumbo S 89° 13’ ” W; con las colindancias las siguientes: AL NORTE, Cesar Adolfo Valladares Pérez, río Seale de por medio, Amílcar Zavala; AL SUR, Paulino Almendares, calle, callejón de por medio, Noe Alberto, Wilmer Jovel, Walter Raúl, Ela Cristina, Víctor Raúl y Juan José todos de apellidos Valladares Cruz. Alex Manuel Valladares López y Mirian Suyapa Valladares Lopez; AL ESTE, río Seale de por medio, Mario A y a la; AL O ESTE, calle de por medio, Mariano Maldonado, carretera a Danlí de por medio y Ubence Sosa, lotes que ha poseído por diez años, se ofrece información testifical de los CARLOS ANTONIO VALLADARES PEREZ, hondureño, con Documento de Identificación 0703-1970-02083, OLVIN NEPTALI RODRIGUEZ RODRIGUEZ, hondureño, con Documento de Identificación 0703-1986-04359, CARLOS HUMBERTO GONZALEZ GONZALEZ, hondureño, con Documento de Identificación 0703-1990-01998. Juticalpa, Olancho, 14 de enero del 2025 ABG. ELENA SOFÍA NAVAS SECRETARIA 27 E., 27 F. y 27 M. 2025

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - Belkis Patricia Vallejo Vallejo

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley HACE SABER: Que la señora BELKIS PATRICIA VALLEJO VALLEJO, mayor de edad, casada, hondureña, comerciante, con domicilio en Ciudad Nueva, jurisdicción del municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, con Documento Nacional de Identificación número 0601-1984-06741, actuando en su condición de Representante Legal de la señora MARTHA BEATRIZ VALLEJO SALINAS, quien es mayor de edad, casada, comerciante, hondureña, con domicilio en el Caserío El Madrial, municipio de Choluteca, con Documento Nacional de Identificación número 0601-1966-01173, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio, de un predio ubicado en Caserío Madrial, Aldea Madrial, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, Mapa Final JD--23, Extensión del Predio 00 HAS, 17 AS, 10.11 CAS, Naturaleza Jurídica SITIO TAPAY O TAPAIRE/PRIVADO.- COLINDANCIAS: AL NORTE, AGUSTIN Y GENARO SALINAS; ACCESO, SUR, JOSE GUILLEN; ESTE, ASTERIO GUILLEN; y, AL OESTE, SALVADOR GUILLEN, ACCESO; OBSERVACIONES: Según la información física y digital el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO TAPAY O TAPAIRE, NATURALEZA JURÍDICA PRIVADA, el presente predio antes descrito lo ha tenido de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de treinta años de poseerlo. Choluteca, 26 de noviembre del año 2024 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 27 D. 2024, 27 E. y 27 F. 2025 _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "App Store" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mantenimiento, reparación y actualización de software informático; proporcionar de un sitio web con información técnica relacionada con software informático;suministro de información sobre el desarrollo de software a través de, internet y otras redes informáticas y de comunicación electrónica; suministro de servicios de consultoría de software informático; servicios de soporte técnico, principalmente, resolución de problemas del tipo de diagnóstico y reparación de problemas de software; servicios informáticos, principalmente, suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de redes de comunicaciones electrónicas; proporcionar uso temporal de software informático no descargable e instalaciones en línea para permitir a los usuarios programar, organizar y acceder a audio, vídeo, texto, contenido multimedia y programas de software informático de terceros; servicios de internet, principalmente, creación de índices de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas globales para terceros; buscar y recuperar información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas globales y otras redes de comunicación electrónica para terceros, de la clase 42.

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Aviso

Aviso No. 2023-6697 — Registro de Marca de Fábrica - PROCESADORA GUANGOLOLA DE CARNES, S.A. DE C.V. - FRESH PAK

Registro de la Propiedad Industrial

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-2002 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - App Store

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2002 Fecha de Presentación: 2024-03-22 Fecha de emisión: 25 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Apple Inc. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 90765 de fecha 29/09/2023 de Jamaica.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN App Store

  • G)

    _____ G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de FLOWW de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, especialmente para tratar resfriados y sus síntomas tales como: congestión nasal y rinitis alérgica, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-3710 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - FLOWW ANCALMO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3710 Fecha de Presentación: 2024-06-04 Fecha de emisión: 29 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Establecimientos Ancalmo S.A. de C.V. Domicilio: San Salvador, El Salvador

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLOWW ANCALMO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Ropa, incluyendo delantales, gorras, abrigos, camisas de vestir, guantes, camisas de golf, sombreros, chaquetas, corbatas, camisetas polos, ropa impermeable, impermeables, batas, bufandas, ropa para dormir, pantuflas, viseras para sol, pantalones de chándal, sudaderas, suéteres, camisetas; artículos de sombrerería, calzado, camisas, jerséis, corta vientos, calcetines, ropa interior, monos de conducción, monos, trajes, medias, calcetería, pantalones cortos, blusas, tops, pantalones, pantalones, faldas, vestidos, capas, impermeables, chalecos, artículos de ropa de punto, cubre cuellos, batas, bata de baño, ropa para niños y bebés, baberos, ropa formal, artículos de ropa deportiva, ropa deportiva, ropa de tiempo libre, prendas para dormir, ropa casual, chalecos, pañuelos, cinturones, guantes, mitones, medias, jeans, corbatas, corbatas, trajes de baño, muñequeras, y calzado, incluyendo zapatos, sandalias, botas, tenis, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-3492 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - HUMMER

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-3492 Fecha de Presentación: 2023-06-01 Fecha de emisión: 31 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: General Motors LLC Domicilio: 300 Renaissance Center, Ciudad de Detroit, Estado de Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HUMMER _____

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas de uso humano con acetaminofén y codeína para uso como analgésico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-7683 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Acodeval

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-7683 Fecha de Presentación: 2023-12-01 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Costa Rica.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Acodeval Marcas de Fábrica

    H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cables eléctricos; cables ópticos; fibra óptica; cables submarinos; terminaciones de cables eléctricos; transformadores; multiplexores; cables umbilicales, interruptores eléctricos; módems; interruptores ópticos, estación de suministro eléctrico; postes de distribución eléctrica; estaciones de conmutación; redes principales y estaciones de red para la producción y suministro de energía eléctrica, incluyendo redes de suministro de energía eléctrica; aparatos e instrumentos para la supervisión, control remoto, control y medición del consumo de electricidad y energía y para el funcionamiento automático de plantas de generación de energía; conector eléctrico; conectores de fibra óptica; postes y transformadores para el suministro de electricidad y energía; aparatos de procesamiento de datos; software grabado para uso en la producción, distribución y control de electricidad y energía; células solares y baterías solares para la generación de electricidad y energía; instrumentos electrónicos de monitoreo de la tierra; detectores y dispositivos de alarma para uso industrial y para uso en la generación y suministro de energía; estaciones a base de telecomunicaciones; transceptores de fibra óptica; repetidores de fibra óptica; conectores de fibra óptica; optimízadores de fibra óptica; cable de interconexión de fibra; acopladores de fibra óptica; módems de fibra óptica; aparatos de telecomunicaciones de fibra óptica; manguitos de unión para fibra óptica; fundas protectoras para cables de fibra óptica; instalaciones de comunicación por fibra óptica para uso con aparatos electrónicos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-8103 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - PRYSMIAN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-8103 Fecha de Presentación: 2023-12-20 Fecha de emisión: 28 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRYSMIAN S.P.A. Domicilio: Via Chiese, 6, 20126 Milano (MI), Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para tratar enfermedades del sistema gastrointestinal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-5737 Fecha de Presentación: 2024-08-28 Fecha de emisión: 10 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval Costa Rica S.A. Domicilio: 500 metros al Sur del cruce de Taras sobre la autopista Florencio del Castillo, Cartago, Costa Rica.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN _____ Gastroval

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas, especialmente preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de trombosis; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de indicaciones oncológicas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades inflamatorias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-2430 Fecha de Presentación: 2024-04-17 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

    • A)

      TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania.

    • B)

      PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 018941267 de fecha 24/10/2023 de Unión Europea.

    • C)

      TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

    • D)

      APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

    • E)

      CLASE INTERNACIONAL (5)

    • F)

      ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TECZUNVY

    • G)
    • H)

      Reservas/Limitaciones:

    • I)

      Reivindicaciones:

    • J)

      Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas, excluyendo preparaciones oncológicas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de trombosis; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades inflamatorias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-2431 Fecha de Presentación: 2024-04-17 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

      • A)

        TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania.

      • B)

        PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 018941070 de fecha 24/10/2023 de Unión Europea.

      • C)

        TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

      • D)

        APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

      • E)

        CLASE INTERNACIONAL (5)

      • F)

        ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN _____ UKINTRIQ

      • G)
      • H)

        Reservas/Limitaciones:

      • I)

        Reivindicaciones:

      • J)

        Para Distinguir y Proteger: Grasas y lubricantes para vehículos terrestres, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-2748 Fecha de Presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

        • A)

          TITULAR Solicitante: SUPER REPUESTOS HONDURAS. S.A DE C.V. Domicilio: Honduras, Honduras.

        • B)

          PRIORIDAD:

        • C)

          TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

        • D)

          APODERADO LEGAL Némesis Elizabeth Escalante Ochoa

        • E)

          CLASE INTERNACIONAL (4)

        • F)

          ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

        • G)
        • H)

          Reservas/Limitaciones:

        • I)

          Reivindicaciones:

        • J)

          Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta de repuestos; partes; piezas y accesorios de vehículos terrestres, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 _________ AL EXPERTO Número de Solicitud: 2024-2751 Fecha de Presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUPER REPUESTOS HONDURAS, S.A. DE C.V. Domicilio: Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Némesis Elizabeth Escalante Ochoa E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AL EXPERTO H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término "BY". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Baterías para vehículos automotores, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1689 Fecha de Presentación. 2024-03-12 Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

          • A)

            TITULAR Solicitante: EXELL BUSINESS INC. Domicilio: Panamá, República de Panamá, Panamá.

          • B)

            PRIORIDAD:

          • C)

            TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

          • D)

            APODERADO LEGAL NÉMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA

          • E)

            CLASE INTERNACIONAL (9)

          • F)

            ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BY EXCEL

          • G)

            _________

          • H)

            Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término "BY".

          • I)

            Reivindicaciones:

          • J)

            Para Distinguir y Proteger: Servicios de instalación de baterías de vehículos, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1693 Fecha de Presentación. 2024-03-12 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

            • A)

              TITULAR Solicitante: EXELL BUSINESS INC. Domicilio: Panamá, República de Panamá, Panamá.

            • B)

              PRIORIDAD:

            • C)

              TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

            • D)

              APODERADO LEGAL NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA

            • E)

              CLASE INTERNACIONAL (37)

            • F)

              ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BY EXCEL

            • G)
            • H)

              Reservas/Limitaciones:

            • I)

              Reivindicaciones:

            • J)

              Para Distinguir y Proteger: Calzado para mujer, incluyendo sandalias y zapatos tenis; calzado para caballeros, incluyendo sandalias y zapatos tenis: calzado para niños, incluyendo sandalias y zapatos tenis, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-190 Fecha de Presentación: 2024-01-12 Fecha de ernisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MARCELO RAMAZZINI TOBAR Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOLÉ G.- G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "MANUCHAR AGRO"; sin dar exclusividad de uso de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a la venta al por mayor de todo tipo de fertilizantes; venta al por menor de todo tipo de fertilizantes, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-7044 Fecha de Presentación: 2023-11-06 Fecha de emisión: 23 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: MANUCHAR AGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: San Pedro Sula, Departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ________ MANUCHAR AGRO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta "CASA DEL PAPEL" sin dar exclusividad de los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: La finalidad de la empresa es la venta al por menor de productos de papelería; servicios de venta al por mayor de productos de papelería; venta de productos de computación; venta de productos de oficina; venta de celulares; alquiler de máquinas y aparatos de oficina, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-7374 Fecha de Presentación: 2023-11-21 Fecha de emisión: 23 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES NVT S. de R.L. Domicilio: Santa Rosa de Copán, Departamento de Copán, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CASA DEL PAPEL ________ H.- Reservas/Limitaciones: Se considera de tipo de marca denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Almohadillas para sujetadores para prendas de vestir; extensores de tirantes para sujetadores; tirantes removibles para usar con sujetadores; pegatinas (tiritas o vendajes) para cubrir pezones humanos, almohadillas adhesivas para cubrir pezones humanos con papel antiadherente; aros para sostenes; extensores de sujetador; cintas para levantamiento del pecho; hombreras para prendas de vestir; ojales para zapatos; cordones de zapatos, adornos para zapatos; hebillas de zapatos; sujetadores de zapatos; ganchos para zapatos; accesorios para lencería [mercería]; cintas de lencería; botones; cierres a presión, cintas de sujeción de ganchos y pelos, cierres para prendas de vestir; artículos decorativos para el cabello; apliques [mercería]; insignias ornamentales novedosas [botones]; hebillas [accesorios de vestir]; broches [accesorios de vestir]; bandas expansivas para sujetar mangas; ribetes para prendas de vestir; adornos para prendas de vestir; pasamanería; bordado, cintas de mercería; cintas y lazos, que no sean de papel, para envolver regalos; ojales para ropa, bustos de corsé, de la clase 26. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-3741 Fecha de Presentación: 2024-06-05 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: WACOAL CORP Domicilio: 29, NAKAJIMA-CHO, KISSHOIN, MINAMI-KU, KYOTO-SHI, KYOTO 601-8530, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (26) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WACOAL G.-

              H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Cuisine pro" en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de las palabras en forma separada. I.- Reivindicaciones: J.-Para Distinguir y Proteger:Aparato se instrumentos de aire acondicionado, refrigeración y ventilación; barbacoas y parrillas; aparatos de refrigeración de bebidas; máquinas para hacer pan; luces de techo; máquinas de café eléctricas; percoladores de café eléctricas; cafeteras, eléctricas; tostadores de café, eléctricos; hornos de cocina; estufas de cocina; aparatos eléctricos para iluminación; ventiladores de techo eléctricos; ollas de huevos eléctricas; calentadores eléctricos de alimentos; sartenes eléctricas; electrodomésticos para calentar alimentos; heladeras eléctricas; bombillas eléctricas; accesorios de iluminación eléctrica; ollas arroceras eléctricas; cacerolas eléctricas; sartenes eléctricas; teteras eléctricas; tostadoras eléctricas; gofrera eléctrica y planchas; deshidratado res de alimentos eléctricos; vaporeras eléctricas; calentadores de alimentos; congeladores; máquina para hacer postres congelados; secadores de pelo; calentadores; placas calientes para fines domésticos; bolsas de agua caliente; hervidores eléctricos; lámparas; hornos microondas; parrillas y barbacoas eléctricas portátil; ollas a presión eléctricas; refrigeradores; ventiladores de habitación; sandwich eras eléctricas; tostadoras sándwich, eléctricas; tostadoras; apliques; unidades de filtración de agua; secadoras de ropa; woks eléctrico y partes, accesorios, componentes y accesorios para los productos antes mencionados, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-5667 Fecha de Presentación: 2023-09-05 Fecha de emisión: 17 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: The Custom Chef Pty Ltd Domicilio: Level 2, 425 St Kilda Road,Melbourne, Victoria, 3004,Australia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cuisine pro G.- ________ H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta "Cuisine pro", sin otorgar exclusividad de uso a cada una de las palabras que la conforman. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Utensilios para hornear; platos para hornear; cuencas en la naturaleza de cuencos; cucharas para uso en la cocina; cristalería para bebida; agitadores de bebidas; tazones; botellas; abrebotellas; vertedor es de botellas; cestas de pan para uso doméstico; contenedores de pan; tablas de pan; platos de mantequilla y cubiertas de platos de mantequilla; juegos de decoración de pasteles vendido como una unidad compuesta principalmente de tubos de decoración, acopladores y puntas; platos para pasteles; moldes para pasteles; servidores de pasteles; juegos de botes; platos de cazuela; juegos de tablas de quesos compuestos por tablas de queso de diferentes tamaños cubiertas de platos de queso; ralladores de queso; platos de queso y platos para servir; tabla de cortar para uso en cocina; cocteleras y agitador as; molinillos de café, operados manualmente; cafeteras no eléctrico; percoladores de café, no eléctricas; cafeteras, no eléctricas; servicios de café en la naturaleza de vajilla; coladores; bolsas pasteleros para decorado; moldes de cocina; sartenes para cocinar; ollas para cocinar; juegos de ollas; cucharas de cocina; dispensadores de masa, parrillas, tapas de parrillas y cestas de alambre; tarros de galletas; tenedores para cocinar; coladores de cocina; utensilios de cocina para su uso en hornos microondas; utensilios de cocina, en concreto, sartenes para asar; sacacorchos; tablas de cortar; decantadores; buques y botellas termicas; vajilla; tapas de platos; vajilla; tazas y platillos para beber; frascos para beber; vasos; hornos holandeses; batidores de huevos, no eléctricos; anillos de huevo; caza dores furtivos de huevos; frascos; vaporizadores de alimentos, no eléctricos; batidores de comida, no eléctrico; mezcladores de frutas; sartenes; prensas de ajo; tapones de vidrio para botellas; copas; ralladores para uso de cocina; planchas no eléctricas; aparato de cocina manual para picar alimentos; molinillos de alimentos operado a mano; frascos de vidrio; recipientes domésticos para alimentos; tamices y tamizadoras de cocción manuales; utensilios domésticos, en concreto, espatulas; sa cabo las de helado; cubeta de hielo; moldes de cubitos de hielo; bandejas de cubitos de hielo; hielo en cubos; pinzas de hielo; nidos japoneses de cajas de comida (jubako); jarras; contenedores de cocina; cucharones de cocina; pinzas de cocina; bloques de cuchillos; organizadores de cuchillos; restos de cuchillo; tablas giratorias; vertedor es de licor; loncheras; tazones para mezclar; cucharas mezcladoras; morteros para uso en cocina; tazas; servilleteros; servilleteros; cafeteras no eléctricas, no de metales preciosos; mezcladores de alimentos de cocina no eléctricos; máquinas de pasta no eléctrica para uso doméstico; refrigeradores portátiles no eléctricos; abridor de nueces; exprimidores de frutas y hortalizas no eléctricas; máquina de tortillas, no eléctricas; utensilios para horno; pincel pastel er o; molinillos de pimienta; pimenteros; jarras; sartenes para tartas; servidores para tartas; recipientes de almacenamiento de plástico para uso doméstico; platos; raspadores de sartén y olla; ralladores de patatas no eléctricos; coladores; ollas a presión, no eléctricas; moldes; tapas autos e ll antes reutilizables para uso doméstico para cuencos, tazas, recipientes y el almacenamiento de alimentos; rodillos; ensaladeras; tenazas para ensalada; molinos de sal y pimienta, operados a mano; saleros y pimenteros; cacerolas; cucharadas para servir o porcionar café, masa de galletas y helado; platos para servir; tenedores para servir; cucharas para servir; vajilla para servir comida y bebida; salvamanteles, utensilios domésticos; cubos de esteatita para enfriar whisky; tazones de sopa; dispensadores de aerosoles para desinfectantes y soluciones de limpieza vendidos vacíos; espátulas para su uso como utensilios de cocina; estantes de especias; pantallas de salpicaduras, utensilios de cocina; cestas de vapor; tenazas para azúcar; botes de té; tazas de té; infusores de té; teteras no eléctricas; teteras que no sean de metales preciosos; servicios de té en la naturaleza de vajilla; juegos de té; porta palillos; bandejas para fines domésticos; trituradora de verduras no eléctrica; urnas; floreros; platos de verduras; trituradoras de verduras; planchas para gofres, no eléctricas; batidores manuales; cubos de vino; copas de vino; abridores de vino; catadores de vino (sifones y pipetas); woks, no eléctrico, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-5669 Fecha de Presentación: 2023-09-05 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: The Custom Chef Pty Ltd Domicilio: Level 2, 425 St Kilda Road, Melbourne, Victoria, 3004, Australia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cuisine pro G.-

              G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios de salud multi disciplinar e integradora y consultas médicas; servicios de consultoría en el ámbito de la salud, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-7557 Fecha de Presentación: 2023-11-28 Fecha de emisión: 1 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Common spirit Health Domicilio: 198 Inverness Drive West, Englewood, Colorado 80112, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COMMON SPIRIT HEALTH ______ G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de las palabras en forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Empaque MAP; empaque especializado para conservar alimentos frescos; empaque de plástico especializado; empaque de polipropileno, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-6697 Fecha de Presentación: 2023-10-20 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROCESADORA GUANGOLOLA DE CARNES, S.A. DE C.V. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FRESH PAK H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café; café molido; café en grano, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-3797 Fecha de Presentación: 2023-06-13 Fecha de emisión: 1 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GLENDA CAROLINA CASTILLO HERNANDEZ Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CASTHER G.- ______ H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes materiales y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-6479 Fecha de Presentación: 2023-10-12 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO TAS CORP. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TAS G.-

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Aviso

Aviso No. 2024-2486 — Registro de Marca de Fábrica - LEGO Juris A/S - LEGO Friends Clase 16

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2486 Fecha de presentación: 2024-04-22 Fecha de emisión: 6 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LEGO Juris A/S Domicilio: DK-7190 Billund, Dinamarca.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (16)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEGO Friends

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad sobre la palabra Friends.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reinvindican los colores rojo, amarillo, negro, blanco, morado, azul, verde, rosado, fucsia, tal como se muestran en los ejemplares que se acompaña.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Papel; cartón; impresos; publicaciones impresas; papelería; materiales para artistas; láminas, películas y bosas de plástico para envolver y empaquetar; bosas [sobres, bolsitas] de papel o plástico, para embalaje; papel de regalo; embalajes de cartón; contenedores de almacenamiento de papel; materiales de instrucción y enseñanza; cuadernos; calendarios de ad viento; pegatinas [papelería]; bolígrafos [artículos de oficina]; lápices; borradores; calendarios; papel para envolver regalos; decoraciones de papel para fiestas; tarjetas de felicitación; organizadores de escritorio, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2487 — Registro de Marca de Fábrica - LEGO Juris A/S - LEGO Friends Clase 28

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2487 Fecha de presentación: 2024-04-22 Fecha de emisión: 6 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LEGO Juris A/S Domicilio: DK-7190 Billund, Dinamarca.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (28)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEGO Friends

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad sobre la palabra Friends.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reinvindican los colores rojo, amarillo, negro, blanco, morado, azul, verde, rosado, fucsia, tal como se muestran en los ejemplares que se acompaña.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Juegos; juguetes; juguetes, unidades portátiles para jugar juegos electrónicos; aparatos para juegos electrónicos adaptados para uso con una pantalla o monitor externo; juegos electrónicos; juguetes de construcción; adornos para árboles de Navidad, excepto luces, velas y confitería; máscaras [juguetes], de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2140 — Registro de Marca de Fábrica - General Mills Brasil Alimentos Ltda - KITANO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2140 Fecha de presentación: 2024-04-02 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: General Mills Brasil Alimentos Ltda Domicilio: Rua Martini, 292, Bloco A. Rudge Ramos; Sao Bernardo do Campo/SP, CEP 09611-000, Brasil.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KIT A NO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Condimento [ablandador de carne]; sal; y hierbas secas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2158 — Registro de Marca de Fábrica - Laboratorios Saval, S.A. - AEROHALER

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2158 Fecha de presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 15 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval, S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Chile.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AEROHALER

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparación farmacéutica para la dilatación de los bronquios, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2780 — Registro de Marca de Fábrica - HONDA MOTOR CO., LTD. - Figurativa Clase 6

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2780 Fecha de presentación: 2024-05-03 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: HONDA MOTOR CO., LTD. Domicilio: 1-1, Minami-A o y ama 2-chome, Minato-ku, Tokio, 107-8556, Japón.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 20242577 de fecha 12/01/2024 de Japón.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (6)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Hierro y acero; materiales metálicos para la edificación o construcción; kits de montaje de edificios prefabricados de metal; gallineros seccionales prefabricados de metal; moldes metálicos para formar productos de cemento; uniones metálicas para tuberías; acoplamientos de tuberías metálicas; juntas de tuberías metálicas; acoplamientos de tuberías de metal; bridas metálicas, bridas metálicas; llaves de máquinas; chavetas de metal; balizas de metal, no luminoso; tanques metálicos de almacenamiento de gas licuado; contenedores metálicos para el transporte; llaves metálicas para cerraduras; llaves de metal; anillos metálicos para llaves; cable metálico; redes de alambre y gasas; alambre de gallinero; tela metálica; malla de alambre; contenedores de embalaje industrial de metal, excepto "tapones, tapas y cápsulas metálicos"; placas de identificación metálicas y placas de identificación de puertas; cajas de herramientas de metal, vacías; letreros verticales de metal; invernaderos transportables metálicos para uso doméstico; mosquetones metálicos; esculturas de metal; esculturas de metal común, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-2003 — Registro de Marca de Fábrica - INTERNATIONAL TEK BRANDS INC. - SUR Domus

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2003 Fecha de presentación: 2023-03-31 Fecha de emisión: 31 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INTERNATIONAL TEK BRANDS INC. Domicilio: Calle Aquilino de la Guardia, número ocho, Ciudad de Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (1)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUR Domus

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Acondicionadores del suelo para mejorar el crecimiento de cultivos del jardín; fertilizantes y abonos para jardinería; nutrientes para jardín [fertilizantes]; preparados acondicionadores del suelo para regular el crecimiento de productos de jardín; tierra ecológica o de cultivo para jardinería; compost; algas [fertilizantes]; cal agrícola; productos químicos agrícolas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso No. 2024-138 — Registro de Marca de Fábrica - E. & J. Gallo Winery - SLANDER

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-138 Fecha de presentación: 2024-01-09 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: E. & J. Gallo Winery Domicilio: 600 Yosemite Boulevard, Modesto, California 95354, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SLANDER

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Vinos, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-129 — Registro de Marca de Fábrica - E. & J. Gallo Winery - NOBILO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-129 Fecha de presentación: 2024-01-09 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: E. & J. Gallo Winery Domicilio: 600 Yosemite Boulevard, Modesto, California 95354, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NOBILO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Vinos, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-3528 — Registro de Marca de Fábrica - Xsteel International INC - GANADERO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-3528 Fecha de presentación: 2023-06-02 Fecha de emisión: 5 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Xsteel International INC Domicilio: Panamá, República de Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (6)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GANADERO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alambre galvanizado, alambre espigado, alambre para cerco, alambre de púas para cerco, alambre galvanizado con púas para protección perimetral, rollos de alambre, rollos de alambre espigado, hilos metálicos no eléctricos, cordones de alambre galvanizado, alambres galvanizados trenzados, alambres galvanizados trenzados con púas puntas filosas, alambre de protección perimetral, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-405 — Registro de Marca de Fábrica - Silver River Tex, S.A. - OK GRUPO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-405 Fecha de presentación: 2024-01-22 Fecha de emisión: 7 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Silver River Tex, S.A. Domicilio: Calle B, Edificio Cofrisa 4, Local 17, Zona Libre de Colón, Colón, República de Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OK GRUPO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Camisas (Prendas de vestir); camisetas (de manga corta); camisetas de deporte; chaquetas; sudaderas (prendas de vestir); abrigos; sacos (prendas de vestir); blusas (prendas de vestir); suéteres; pantalones largos; pantalones cortos; bermudas (prendas de vestir); faldas, faldas short; trajes (prendas de vestir); vestidos; calcetines (prendas de vestir); medias (prendas de vestir); pantimedias (prendas de vestir); sostenes; calzoncillos; calzones de baño; enaguas; corsés (ropa interior); fajas (ropa interior); ligueros; batas (saltos de cama); ajuares de bebé (prendas de vestir); ajustadores (ropa interior) para bebé; zapatos (calzado); zapatillas (calzado); botas (calzado); botines; sandalias; pantunflas; zuecos (calzado); alpargatas; chancletas (calzado); gorras; sombreros; viseras (artículos de sombrerería); boinas, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2750 — Solicitud de registro de marca de fábrica ALEXPERTO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2750 Fecha de presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: SUPER REPUESTOS HONDURAS, S.A. DE C.V. Domicilio: Honduras, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (12)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AL EXPERTO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Repuestos y accesorios para vehículos terrestres; a saber; filtros; frenos; motores y sus partes; empaques; sistema de combustible; baleros; amortiguadores; partes de suspensión y dirección; soportes y hules; partes de transmisión; tapones; poleas; fajas; mangueras; switches; cables de control; llantas [rines] para ruedas de vehículos / rines [llantas] para ruedas de vehículo; sistemas de emisión de gases de escape; silenciadores para vehículos; limpiaparabrisas; partes de vehículos que sean especialmente para vehículos terrestre, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-113 — Solicitud de registro de marca de fábrica ATEXAM

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-113 Fecha de presentación: 2024-01-08 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Altian Pharma, Sociedad Anónima Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Némesis Elizabeth Escalante Ochoa

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ATEXAM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos para el tratamiento de enfermedades y desórdenes relacionados con el sistema nervioso central, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-3856 — Solicitud de registro de nombre comercial CEMENTO HÉRCULES

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3856 Fecha de presentación: 2024-06-10 Fecha de emisión: 25 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR Solicitante: CEMENTOS HÉRCULES S.A. DE C.V. Domicilio: Tegucigalpa, municipio de Distrito Central, Francisco Morazán , CP FM 1100, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Camilo Z. Bendeck Perez

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CEMENTO HÉRCULES

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CEMENTO HÉRCULES" en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial cuya finalidad es la importación, exportación, distribución y comercialización de cemento, así como productos relacionados con la ferretería, además de la representación de casas nacionales y extranjeras, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-3854 — Solicitud de registro de marca de fábrica CEMENTO HERCULES

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3854 Fecha de presentación: 2024-06-10 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Cementos Hércules S.A. DE C.V. Domicilio: Tegucigalpa, municipio de Distrito Central, Francisco Morazán , CP FM 1100, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Camilo Z. Bendeck Perez

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (19)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CEMENTO HERCULES

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CEMENTO HERCULES" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto, no se protegen los demás elementos denominativos. NO es objeto de registro lo relativo a ''NORMA ASTM C1157, por lo tanto se elimina de oficio del distintivo solicitado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cementos y productos derivados de cemento, de la clase 19. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2475 — Solicitud de registro de marca de fábrica ULTRA FOAM

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2475 Fecha de presentación: 2024-04-19 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: HOUMAN GH A DE SI FAJARDO Domicilio: COLONIA LOMAS DEL GUIJARRO, CALLE MALMO, CASA NÚMERO 06, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CAMILO ZAGLUL BENDECK PEREZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ULTRA FOAM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "ULTRA FOAM", sin dar protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Detergente líquido, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-1788 — Solicitud de registro de marca de servicio ANKER

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-1788 Fecha de presentación: 2023-03-24 Fecha de emisión: 12 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: HARMATEC S. DE R.L. Domicilio: Mall El Dorado, 2do. nivel, Boulevard Morazán, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LESLY ONEIDA PACHECO CARRANZA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANKER

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos electrónicos, cargadores y baterías para celulares, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

    H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca LITIOPHAR tal como fue presentada la etiqueta; se considera el signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para tratar el trastorno bipolar, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1562 — Solicitud de registro de marca de fábrica LITIOPHAR

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1562 Fecha de Presentación: 2024-03-05 Fecha de ernisión: 22 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ANPHAR, S.A. DE C.V Domicilio: Complejo Confecciones El Baron, segunda calle salida vieja a La Lima, edificio 8, local 5, San Pedro Sula, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL ANGELICA MARIA LAGOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LITIOPHAR

  • G)

    _________

  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger:Antiinflamatorio,antialérgico,anti microbiano, fungicida tópico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1563 — Solicitud de registro de marca de fábrica TRIBIOTIC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1563 Fecha de Presentación: 2024-03-05 Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ANPHAR, S.A. DE C.V. Domicilio: Complejo Confecciones El Baron, segunda calle salida vieja a La Lima, edificio 8, local 5, San Pedro Sula, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL ANGELICA MARIA LAGOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRIBIOTIC

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso a la palabra "RESIDENCIAL".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2415 — Solicitud de registro de marca de servicio RESIDENCIAL LOS HIMITOS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2415 Fecha de Presentación: 2024-04-16 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: COMERCIALIZADORA DEL SUR, S. DE R. L. Domicilio: CHOLUTECA, CHOLUTECA, CP 51101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CARLOS HUMBERTO HERNANDEZ ERAZO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RESIDENCIAL LOS HIMITOS

  • G)
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Aviso No. 2024-3518 — Solicitud de registro de marca de fábrica Cartorce grados 14°

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3518 Fecha de Presentación: 2024-05-29 Fecha de emisión: 2 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: XINACLA S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Marcala, Departamento de La Paz, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JACOBO ANTONIO CASTELLANOS MURILLO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cartorce grados 14°

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Café molido y café en grano, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso No. 2023-4187 — Solicitud de registro de marca de fábrica NIKZON

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4187 Fecha de Presentación: 2023-06-27 Fecha de ernisión: 9 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. Domicilio: ANTONIO DOVALI JAIME NUM. EXT. 70, TORRE A NUM. INT. PISO 2, SANTA FE, ÁLVARO OBREGON, CIUDAD DE MÉXICO, CP 01210, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NIKZON

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cápsulas y pastillas de remedio o medicamento herbolario, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso No. 2023-4183 — Solicitud de registro de marca de fábrica QGPROTECT

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4183 Fecha de Presentación: 2023-06-27 Fecha de ernisión: 7 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. Domicilio: ANTONIO DOVALI JAIME NUM. EXT. 70, TORRE A NUM. INT. PISO 2, SANTA FE, ÁLVARO OBREGON, CIUDAD DE MÉXICO, CP 01210, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN QGPROTECT

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; sustancias dietéticas para uso médico; medicamentos; multivitamínicos; complementos y suplementos alimenticios; suplementos alimenticios destinados a completar una dieta normal o a beneficiar la salud; sustitutos de comidas; alimentos y bebidas dietéticos para uso médico; antiespasmódico; antirreflujo; suplementos probióticos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso No. 2023-4185 — Solicitud de registro de marca de fábrica QGBIOTICS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4185 Fecha de Presentación: 2023-06-27 Fecha de ernisión: 28 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. Domicilio: ANTONIO DOVALI JAIME NUM. EXT. 70, TORRE A NUM. INT. PISO 2, SANTA FE, ÁLVARO OBREGON, CIUDAD DE MÉXICO, CP 01210, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN QGBIOTICS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: La denominación "QGBIOTICS" se considera un solo término.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; sustancias dietéticas para uso médico; medicamentos; multivitamínicos; complementos y suplementos alimenticios; suplementos alimenticios destinados a completar una dieta normal o a beneficiar la salud; sustitutos de comidas; alimentos y bebidas dietéticos para uso médico; antiespasmódico; antirreflujo; suplementos probióticos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso No. 2023-4184 — Solicitud de registro de marca de fábrica QGFLORA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4184 Fecha de Presentación: 2023-06-27 Fecha de ernisión: 9 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. Domicilio: ANTONIO DOVALI JAIME NUM. EXT. 70, TORRE A NUM. INT. PISO 2, SANTA FE, ÁLVARO OBREGON, CIUDAD DE MÉXICO, CP 01210, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN QGFLORA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; sustancias dietéticas para uso médico; medicamentos; multivitamínicos; complementos y suplementos alimenticios; suplementos alimenticios destinados a completar una dieta normal o a beneficiar la salud; sustitutos de comidas; alimentos y bebidas dietéticos para uso médico; antiespasmódico; antirreflujo; suplementos probióticos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso No. 2024-4066 — Solicitud de registro de marca de fábrica ZPOL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4066 Fecha de presentación: 2024-06-17 Fecha de emisión: 5 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS ZEPOL. S.A. Domicilio: San José, Costa Rica.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZPOL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparados farmacéuticos antitusivos-fríos; preparados farmacéuticos analgésicos y relajantes musculares, cremas cutáneas terapéuticas no medicamentosas para el tratamiento de dolores musculares y articulares, cremas cutáneas terapéuticas no medicamentosas para el tratamiento de la gripe y los resfriados, desinfectantes con fines higiénicos, preparados higiénicos para uso médico, preparados sanitarios para uso médico, preparados químicos para uso sanitario, alimentos infantiles (en polvo y líquido), alimentos dietéticos adaptados para uso médico, alimentos y bebidas dietéticos adaptados para uso médico, alimentos dietéticos adaptados para uso veterinario, alimentos dietéticos para animales de compañía adaptados para uso veterinario, complementos alimenticios de uso veterinario, complementos alimenticios, complementos alimenticios dietéticos, vitaminas y complementos alimenticios dietéticos para animales, tiritas para uso médico, tiritas médicas y quirúrgicas, tiritas quirúrgicas, apósitos médicos, materiales para empastes dentales, materiales para la toma de impresiones dentales, desinfectantes, preparados para la destrucción de parásitos; ungüentos medicinales, ungüentos para uso farmacéuticos; cremas medicinales; cremas farmacéuticas; cremas terapéuticas; ungüentos medicinales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso No. 2024-4068 — Solicitud de registro de marca de fábrica CNC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4068 Fecha de presentación: 2024-06-18 Fecha de emisión: 5 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZHEJIANG CHANG CHENG TRADING CO., LTD. Domicilio: Dianhou Village, Liushi Town, Yueqing City, Wenzhou City, Zhejiang Province, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CNC

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativa.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Voltímetros; protectores contra sobretensiones; transformadores [electricidad]; relés eléctricos; inversores [ electricidad]; fusibles; cuadros de distribución [electricidad]; cajas de distribución [electricidad]; condensadores [condensadores]/ condensadores; cables eléctricos; cajas de derivación [electricidad]; amperímetros; rompedores de circuito; interruptores eléctricos; conectores [electricidad]; contactos eléctricos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-3530 — Solicitud de registro de marca de fábrica ACELER

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3530 Fecha de presentación: 2024-05-29 Fecha de emisión: 11 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ALPARIS S.A. de C.V. Domicilio: Lope de Vega No. 117, Interior 1002, Colonia Polanco V Sección, C.P. 11560, Ciudad de México, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ACELER

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antiinfeccioso, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso No. 2023-2758 — Solicitud de registro de marca de servicio ROLEX

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2758 Fecha de presentación: 2023-05-04 Fecha de emisión: 3 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue François-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 154732022 de fecha 01/12/2022 de Suiza.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROLEX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ROLEX”, se protege la apariencia de la etiqueta, sin dar protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alojamiento de plataformas en internet; provisión de plataformas de internet (software); control de calidad de productos y servicios; servicio de control de calidad, certificación y autenticación de relojes y productos de relojería; inspección de productos con fines de control de calidad, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-6520 — Solicitud de registro de marca de fábrica South Lab

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6520 Fecha de presentación: 2023-10-16 Fecha de emisión: 3 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Chile.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN South Lab

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Con reivindicación de los colores naranja, pantone 151 y morado pantone 2613, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña.

  • I)

    Reivindicaciones: Se entenderá como un solo término.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos específicamente antiasmáticos, antidepresivo, antipiréticos, analgésicos, anestésicos, antialérgicos, antihistamínicos, antialcohólicos, antineuríticos, antiartríticos, antiflogísticos, antirreumáticos, antiuricémicos, drogas bronco pulmonares, antitusivos, bálsamos expectorantes, inhalantes, cardiovasculares, analépticos, antiarterioesclerósicos, hipocolesterolémicos, bloqueadores beta, vasodilatadores coronarios, antihemorroidales, antihipertensivos, miocardiotrópicos, vasodilatadores periféricos y cerebrales, antibióticos, antibacteriales, antimicóticos, sulfamidicos, antivirales, antiparasitarios, dermatológicos, corticoesteroides, antipruriticos, suplementos dietéticos, diuréticos y antidiuréticos, hematológicos, antianémicos, antitrombóticos, anticoagulantes, antihemorrágicos, hepatobiliares, fitoterapéuticos, gastrointestinales,antiácidos,antidiarreicos,antiulcerosos,antiflatulentos,digestivos, antidispépsicos, laxantes, geriátricos, ginecológicos, antidismenorreicos, oxitóxicos, antidiabéticos, catabólicos, antiobesidad, anoréxicos, reguladores del metabolismo, sistema neurológico central y periférico, parasimpaticomiméticos, antiepilépticos, medicamentos contra el mal de parkinson, seda tivos hipnóticos, neurolépticos, tranquilizadores, antisicóticos, estrógenos, progestógenos, contraceptivos, andrógenos, antihormonas, drogas para la terapia otorrinolaringológica, antiespasmódicos, urogenitales, vitaminas y coenzimas, polivitaminas, productos para problemas cardiacos de uso sublingual, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-926 — Solicitud de registro de marca de servicio FTD 1910

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-926 Fecha de presentación: 2024-02-12 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: FTD, LLC Domicilio: 200 North LaS al le Street, Suite 2550, Chicago, Illinois 60601, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FTD 1910

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “FTD 1910” en su conjunto, sin dar exclusividad a 1910.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta al por menor, principalmente, tienda en línea, servicios de tienda al por menor y servicios de tienda al por menor de compra por teléfono que ofrecen flores, arreglos florales, plantas y regalos, incluyendo vinos y otras bebidas alcohólicas, bebidas no alcohólicas, queso, nueces, pasteles, postres, dulces, frutas, otros alimentos, jarrones, productos de belleza, productos para bebés, tarjetas, velas, juguetes, cestas y cestas de regalo, globos, juguetes y otros artículos de regalo; servicios de consulta empresarial, principalmente, asistencia a floristas en el desarrollo y funcionamiento de sus negocios; servicios de contestación telefónica para floristas; promoción de servicios al por menor de flores y regalos de terceros a través de publicidad en medios electrónicos, impresos y de radiodifusión y el suministro de cupones y descuentos; servicios en línea, de catálogo y de pedidos por correo de productos utilizados y vendidos por floristas; marketing y publicidad cooperativos; suministro de información comercial en materia de pedidos de plantas, flores y regalos; gestión de servicios de atención al cliente para terceros en relación con la resolución de quejas de clientes; administración de un programa de descuentos para permitir a los miembros participantes obtener descuentos para los productos y servicios de otros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso No. 2024-1855 — Solicitud de registro de marca de fábrica RIVACRIST

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1855 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ABBOTT PRODUCTS OPERATIONS AG Domicilio: Hegenheimermattweg 127, 4123 Allschwil, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIVACRIST

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de alergias, asma y enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardíacos, cardiometabólicos y cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiometabólicos; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de diabetes, productos antidiabéticos; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso central y del sistema nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos psicológicos y psiquiátricos; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de trastornos y enfermedades musculo-esqueléticas; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de trastornos y enfermedades urogenitales y ginecológicos; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de trastornos y enfermedades reproductivas; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos hormonales; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oncológicos; preparaciones farmacéuticas y médicas con propiedades antiinflamatorias, antipiréticas y analgésicas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-6882 — Solicitud de registro de marca de fábrica DELTA B-100

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6882 Fecha de presentación: 2023-10-26 Fecha de emisión: 18 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: FARMEX, S.A. Domicilio: Av. Rivera Navarrete No 620 piso 10, San Isidro, Lima, Perú.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DELTA B-100

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta, no se da exclusividad de uso a B-100.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos preparados insecticidas; preparados para ex terminar insectos para interiores y exteriores, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso No. 2024-895 — Solicitud de registro de marca de fábrica TREBOL TEAM

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-895 Fecha de presentación: 2024-02-12 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: AROMÁTICOS DE CENTROAMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: 23 avenida 34-61, Zona 12 Colonia Santa Elisa, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TREBOL TEAM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TREBOL TEAM” en su conjunto sin dar protección de forma separada de las palabras que la conforman.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aromáticas (preparaciones) para uso alimenticio; aromatizantes para bebidas que no sean aceites esenciales; aromatizantes que no sean aceites esenciales; aromatizantes que no sean aceites esenciales para productos de pastelería y repostería, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2216 — Solicitud de registro de marca de servicio VISTA AL RIO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2216 Fecha de presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 11 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: AGUSTIN GERMAN VASQUEZ TORRES Domicilio: Municipio de Las Flores, Lempira, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VISTA AL RIO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de cafés; restaurantes; restaurantes de autoservicio; bares de comida rápida; bar; servicios de restaurantes; servicios de restaurantes de comida rápida; servicios de snack-bar; servicios de restaurante de comida para llevar, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-189 — Solicitud de registro de marca de fábrica MATISSE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-189 Fecha de presentación: 2024-01-12 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MARCELO RAMAZZINI TOBAR. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (25)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MATISSE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Calzado para mujer, incluyendo sandalias y zapatos tenis; calzado para caballeros, incluyendo sandalias y zapatos tenis; calzado para niños, incluyendo sandalias y zapatos tenis, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-7098 — Solicitud de registro de marca de fábrica MANUCHAR AGRO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-7098 Fecha de presentación: 2023-11-08 Fecha de emisión: 5 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MANUCHAR AGRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEÓN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (1)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege el diseño únicamente en su forma figurativa, no se le da exclusividad de la letra “M”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes; fertilizante orgánico; fertilizante líquido; fosfatos; nitratos; fertilizantes minerales; fertilizante inorgánico; fertilizantes complejos; fertilizantes mixtos, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2021-4031 — Solicitud de registro de marca de fábrica CO2 NEUTRAL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2021-4031 Fecha de presentación: 2021-08-05 Fecha de emisión: 12 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. Domicilio: CIUDAD DE MÉXICO, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (23)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CO2 NEUTRAL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos, cremas y lociones; aceites de tocador; productos cosméticos para el cuidado de la piel, sueros faciales de uso cosmético; preparaciones de tocador no medicadas; preparaciones para el cuidado de la piel; aceites, cremas y lociones para la piel; cosméticos maquillaje y preparaciones para remover el maquillaje; preparaciones para el cuidado de los labios; mascarillas de belleza, paquetes para limpieza facial; jabones, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso No. 2023-7372 — Solicitud de registro de marca de servicio CASA DEL PAPEL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-7372 Fecha de presentación: 2023-11-21 Fecha de emisión: 12 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: INVERSIONES NVT S. de R.L. DOmicilio: Santa Rosa de Copán, departamento de Copán, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEÓN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CASA DEL PAPEL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “CASA DEL PAPEL” sin dar exclusividad de los términos de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta al por menor de productos de papelería; servicios de venta al por mayor de productos de papelería; venta de productos de computación; venta de productos de oficina; venta de celulares; alquiler de máquinas y aparatos de oficina; servicios de venta al por menor de uniformes; servicios de venta al por mayor de uniformes; venta de productos promocionales a terceros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso No. 2023-2946 — Solicitud de registro de señal de propaganda SOLUCIONES MÁS PROFUNDAS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2946 Fecha de presentación: 2023-05-12 Fecha de emisión: 3 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. Domicilio: Ciudad de México, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SOLUCIONES MÁS PROFUNDAS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: La presente señal está vinculada con la marca "CICATRICURE" número de registro 110692.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería; aceites esenciales; cosméticos; lociones para el cabello; dentífricos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 31 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1420 — Solicitud de registro de marca de fábrica MOR, clase 21

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1420 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MERCADITO MOR, S. DE R.L. Domicilio: Comayagüela, Distrito Central, Francisco Morazán, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JUDY ELIZABETH FLORES GARCÍA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (21)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOR

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Trampa para roedores, cepillo dental, palillas, palillos, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso No. 2024-1417 — Solicitud de registro de marca de fábrica MOR, clase 6

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1417 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MERCADITO MOR S. DE R.L. Domicilio: Comayagüela, Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JUDY ELIZABETH FLORES GARCÍA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (6)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOR

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Papel aluminio, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1415 — Solicitud de registro de marca de fábrica MOR, clase 3

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1415 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MERCADITO MOR, S. DE R.L. Domicilio: Comayagüela, Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JUDY ELIZABETH FLORES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOR

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Jabón de tocador, betún para zapatos, hisopos, toallas húmedas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-2354 — Solicitud de registro de marca de servicio EL PASEO DE LOS GIRASOLES

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2354 Fecha de presentación: 2024-04-11 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: GIRASOL ES DE COPAN, S. DE R.L. Domicilio: La Estanzuela, municipio de Copán Ruinas, departamento de Copán, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Belky Gualdina Aguilar Castellanos

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL PASEO DE LOS GIRASOL ES

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad de las palabras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante y hospedaje, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025

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