Acuerdo Ministerial No. 0158-SE-2025 — Evaluación y Ponderación Progresiva de los Aprendizajes para Niveles de Educación Prebásica, Básica y Media
Secretaría de Estado en el Despacho de Educación
- Decreto: 0158-SE-2025
- Publicación: 27 de febrero de 2025
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Educación
- Gaceta: 36,777
Considerandos
Que el Artículo No. 157 de la Constitución de la República de Honduras, establece que la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación tiene la responsabilidad de organizar, dirigir, supervisar y evaluar la educación de conformidad con las Leyes, normativas, reformas y reglamentos específicos.
Que el Artículo No. 137 del Reglamento General de la Ley Fundamental de Educación establece que la evaluación de los aprendizajes es permanente, sistemática, integral, participativa, flexible, diversificada y formativa. Tiene en cuenta los procesos y resultados. Proporciona información que describe, explica y valora los logros, progresos y dificultades durante el proceso de aprendizaje de los educandos para tomar decisiones oportunas. Debe funcionar directamente vinculada a mecanismos correctivos y de recuperación de reacción inmediata. En el caso de los educandos con necesidades educativas especiales, la evaluación se realiza de acuerdo a las adaptaciones curriculares correspondientes.
Que el Artículo No. 159 del Reglamento General de la Ley Fundamental de Educación, establece que en tanto se definen los procesos de evaluación de la calidad de la educación mediante la aplicación de la Ley de Evaluación, Certificación y Acreditación de la Calidad y Equidad de la Educación y sus respectivos reglamentos, la EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Secretaría de Educación deberá emitir las medidas académico- administrativas que regulen el proceso de evaluación en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Nacional de Educación.
Que el Artículo No. 39, inciso c) del Reglamento de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación estipula que la Dirección General de Currículo y Evaluación es responsable de: Diseñar los lineamientos generales por resultados, del proceso curricular, que incluye el diseño, desarrollo y la evaluación del Currículo Nacional Básico y los estándares nacionales educativos respectivos para cada nivel y modalidad de la oferta académica del Sistema Nacional de Educación, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación; y someterlos a la aprobación del nivel de Dirección Superior.
Que, en el marco del proceso de actualización curricular, en los niveles de Educación Prebásica, Básica y Media, iniciado en el año 2022, con el objetivo de avanzar en la mejora continua de la Calidad Educativa que conlleva cambios en la evaluación de los aprendizajes.
Articulos
Aprobar la EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN PROGRESIVA DE LOS APRENDIZAJES PARA LOS NIVELES DE EDUCACIÓN PREBÁSICA, BÁSICA Y MEDIA EN SUS DIFERENTES MODALIDADES DE ENTREGA Y CENTROS EDUCATIVOS GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES del Sistema Nacional de Educación de Honduras, de cumplimiento obligatorio para el año escolar 2025.
La evaluación de los aprendizajes en el nivel de Educación Prebásica, Básica y Media se realizará con fundamento en las funciones Diagnóstica, Formativa y Sumativa. → Función Diagnóstica: Se realiza al inicio y durante el proceso de desarrollo de actividades educativas. Indaga acerca de los conocimientos previos y factores asociados al aprendizaje del educando para articularlos con los nuevos y asegurar aprendizajes significativos. → Función Formativa: Se aplica continuamente a lo largo del proceso enseñanza-aprendizaje, contribuye a la adaptación de los procesos didácticos en correspondencia a los progresos y necesidades de aprendizaje que se observan en los educandos y como producto del análisis de la información recabada; así mismo se espera que el educando se auto evalúe, reflexionando sobre su nivel de aprendizajes alcanzado, errores o debilidades e identificando sus posibles acciones de mejora. → Función Sumativa: Se realiza al término de un proceso, grado, ciclo o nivel con el propósito principal de certificar el alcance de los aprendizajes enunciados en las expectativas de logro o competencias de las diferentes Áreas Curriculares y Campos de Conocimiento.
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS POR NIVEL EDUCATIVO. A. NIVEL DE EDUCACIÓN PREBÁSICA La evaluación de los aprendizajes en el Nivel de Educación Prebásica se realizará de acuerdo a los siguientes aspectos:
- 1)
Evaluar de manera cualitativa, integrando criterios pedagógicos de las tres áreas de desarrollo: Personal y social, relación con el entorno, la comunicación y la representación, con el propósito de verificar y favorecer el desarrollo integral de niños y niñas. 2. Utilizar diversas técnicas e instrumentos de evaluación cualitativa tales como: ACUERDO No. 0158-SE-2025 TÉCNICA E INSTRUMENTO DESCRIPCIÓN Cuaderno de trabajo Se registra las acciones de comportamiento de la niña y el niño ante situaciones o durante algún momento especial. Registro anecdótico Consiste en el registro de textos escritos o grabados con breves descripciones de incidentes, anécdotas, ocurridas en el aula, en grupo o individual. Observación en actividades de seguimiento Se utiliza para obtener información acerca de cómo se desenvuelven los niños y las niñas en distintas situaciones a lo largo de la jornada pedagógica. Carpeta, expediente o portafolio Conjunto de evidencias organizadas por el docente acerca de cómo ocurre el proceso de desarrollo de la niña y el niño, organizado de la siguiente manera: Información que aportan los padres, resultados de instrumentos aplicados por el docente u otros profesionales, información que provean las niñas y los niños (dibujos, gráficos, pinturas, fotografías entre otros). Diálogos evaluativos Conversación que ocurre durante el proceso de enseñanza aprendizaje, al término de una actividad o experiencia de evaluación. Pruebas formativas para 3° grado Verifican trimestralmente el nivel de logro y avances en cuanto al desarrollo de habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo para la toma de decisiones. Utilizarla de forma natural o lúdica, para cuidar las emociones de la niña y el niño. Rúbrica Describe los criterios a evaluar en cada actividad de aprendizaje. 3. El docente elaborará una rúbrica de verificación de aprendizajes para registrar los logros alcanzados haciendo uso de la escala de valoración del nivel de desarrollo de las competencias, habilidades y destrezas cognitivas siguiente: 3. El docente elaborará una rúbrica de verificación de aprendizajes para registrar los logros alcanzados haciendo uso de la escala de valoración del nivel de desarrollo de las competencias, habilidades y destrezas cognitivas siguiente: 4. Al finalizar el año escolar para cada grado, el docente elabora y entrega, al padre, madre o tutor el informe pedagógico que describa las competencias, habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo logradas por el educando. B. NIVEL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Para registrar los logros alcanzados por el educando se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones:
- 2)
La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada una de las áreas curriculares y los campos de conocimiento. 3. Proceso de evaluación parcial: Los exámenes escritos y/o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. ACUERDO No. 0158-SE-2025
NIVEL DE DESARROLLO DESCRIPCIÓN En inicio La niña y el niño, están empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades, requiere una atención personalizada por el docente o educador a y la familia durante el tiempo que sea necesario. En proceso La niña y el niño evidencia avances en el logro de los aprendizajes previstos, requiere una atención personalizada por el docente o educador a y la familia durante el tiempo que sea necesario. Logro previsto La niña y el niño evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado. 4. Al finalizar el año escolar para cada grado, el docente elabora y entrega, al padre, madre o tutor el informe pedagógico que describa las competencias, habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo logradas por el educando. B. NIVEL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Para registrar los logros alcanzados por el educando se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: Ciclo Grado Acumulativo (puntos) Exámenes Escritos/ prácticos (puntos) Total (puntos) Actividades de Aula Actividades Extra Aula Valores y Actitudes Expresiones Artísticas, Deportivas y Humanísticas I Ciclo 1°, 2° y 3° 45 10 10 5 30 100 II Ciclo 4°, 5° y 6° 35 10 10 5 40 100 III Ciclo 7°, 8° y 9° 25 10 10 5 50 100 2. La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada una de las áreas curriculares y los campos de conocimiento. 3. Proceso de evaluación parcial: los exámenes escritos y /o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. ACUERDO No. 0158-SE-2025
NIVEL DE DESARROLLO DESCRIPCIÓN En inicio La niña y el niño, están empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades, requiere una atención personalizada por el docente o educador a y la familia durante el tiempo que sea necesario. En proceso La niña y el niño evidencia avances en el logro de los aprendizajes previstos, requiere una atención personalizada por el docente o educador a y la familia durante el tiempo que sea necesario. Logro previsto La niña y el niño evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado. 4. Al finalizar el año escolar para cada grado, el docente elabora y entrega, al padre, madre o tutor el informe pedagógico que describa las competencias, habilidades, destrezas y conocimientos de las áreas de desarrollo logradas por el educando. B. NIVEL DE EDUCACIÓN BÁSICA 1. Para registrar los logros alcanzados por el educando se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: Ciclo Grado Acumulativo (puntos) Exámenes Escritos/ prácticos (puntos) Total (puntos) Actividades de Aula Actividades Extra Aula Valores y Actitudes Expresiones Artísticas, Deportivas y Humanísticas I Ciclo 1°, 2° y 3° 45 10 10 5 30 100 II Ciclo 4°, 5° y 6° 35 10 10 5 40 100 III Ciclo 7°, 8° y 9° 25 10 10 5 50 100 2. La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada una de las áreas curriculares y los campos de conocimiento. 3. Proceso de evaluación parcial: los exámenes escritos y /o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. 4. Evaluación en el I Ciclo de Educación Básica: Los educandos inician el desarrollo de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas iniciales, conocimiento de su entorno y convivencia social; es necesario desarrollar las en su mayoría con actividades dentro del aula de clases. 5. Evaluación en el II Ciclo de Educación Básica: Los educandos continúan con el desarrollo y demostración de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas, conocimiento de su entorno y convivencia social, evidenciadas mediante evaluaciones teóricas y/o prácticas. 6. Evaluación en el III Ciclo de Educación Básica: Los educandos profundizan en el desarrollo de las habilidades lingüísticas, lógico ma temático, conocimiento científico, alcanzando un mayor grado de autonomía, fortaleciendo la orientación vocacional, preparándolo para el ingreso al nivel de Educación Media. 7. Para la evaluación de los talleres vocacionales en el III Ciclo Básico con orientación técnica, se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: 8. En la educación técnica, las actividades de taller /laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollar las competencias vocacionales en los educandos. 9. Recuperación: Este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 10. Materia Retrasada: Los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA 1. La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: ACUERDO No. 0158-SE-2025
4. Evaluación en el I Ciclo de Educación Básica: los educandos inician el desarrollo de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas iniciales, conocimiento de su entorno y convivencia social; es necesario desarrollar las en su mayoría con actividades dentro del aula de clases. 5. Evaluación en el II Ciclo de Educación Básica: los educandos continúan con el desarrollo y demostración de las habilidades lingüísticas, números y operaciones básicas, conocimiento de su entorno y convivencia social, evidenciadas mediante evaluaciones teóricas y/o prácticas. 6. Evaluación en el III Ciclo de Educación Básica: los educandos profundizan en el desarrollo de las habilidades lingüísticas, lógico ma temático, conocimiento científico, alcanzando un mayor grado de autonomía, fortaleciendo la orientación vocacional, preparándolo para el ingreso al nivel de Educación Media. 7. Para la evaluación de los talleres vocacionales en el III Ciclo Básico con orientación técnica, se hará conforme a la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las siguientes dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de taller /laboratorio Actividades Extra Aula Valores y actitudes 30 10 10 50 100 8. En la educación técnica, las actividades de taller /laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollar las competencias vocacionales en los educandos. 9. Recuperación: este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 10. Materia Retrasada: los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA 1. La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/ práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de aula Actividades Extra Aula Valores y actitudes 35 10 5 50 100 2. La evaluación para la formación específica de la jornada extendida en el Décimo, Undécimo y Duodécimo grado de los Bachilleratos Técnico Profesionales y formación específica de lo los Bachilleratos en Ciencia y Humanidades con orientación en Música, orientación Militar, se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones:
- 3)
La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada uno de los espacios curriculares del plan de estudio. 4. En un enfoque de evaluación basado en competencias, en la educación técnica profesional, las actividades de taller/ laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollan las competencias y cualificación profesional que garanticen al educando su inserción al campo laboral y continuar estudios en el Nivel de Educación Superior. 5. Proceso de evaluación parcial: Los exámenes escritos y/o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. 6. Recuperación: Este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 7. Materia Retrasada: Los educandos del nivel de Educación Media, podrán ser promovidos al grado subsiguiente con un (1) espacio curricular en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. ACUERDO No. 0158-SE-2025
2. La evaluación para la formación específica de la jornada extendida en el Décimo, Undécimo y Duodécimo grado de los Bachilleratos Técnico Profesionales y formación específica de lo los Bachilleratos en Ciencia y Humanidades con orientación en Música, orientación Militar, se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de taller/laboratorio* Actividades Extra Aula Valores y actitudes 60 10 10 20 100 3. La nota mínima para aprobación de los educandos será de setenta (70) puntos en cada uno de los espacios curriculares del plan de estudio. 4. En un enfoque de evaluación basado en competencias, en la educación técnica profesional, las actividades de taller/laboratorio se realizan mediante procedimientos y proyectos, con el fin de desarrollan las competencias y cualificación profesional que garanticen al educando su inserción al campo laboral y continuar estudios en el Nivel de Educación Superior. 5. Proceso de evaluación parcial: los exámenes escritos y /o prácticos son aplicables de acuerdo con la naturaleza del campo de conocimiento o área curricular (espacio curricular) y a las competencias que deben evidenciar los educandos en el grado. 6. Recuperación: este proceso se realiza una vez (1) al finalizar el año escolar y es aplicable a los educandos que no alcanzaron la nota mínima de aprobación (70 puntos). 7. Materia Retrasada: los educandos del nivel de Educación Media, podrán ser promovidos al grado subsiguiente con un (1) espacio curricular en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. 8. Los educandos qué cursan el último año de Bachillerato en las modalidades de Científico Humanista y Técnico Profesional que después del proceso de recuperación, hayan reprobado hasta tres (3) espacios curriculares, podrán completar su trayectoria educativa el año siguiente, en un periodo de 20 semanas lectivas (6 meses). El educando que repruebe cuatro (4) o más espacios curriculares, deberá cursar los de forma anual. 9. Previo a la obtención del título de cualquiera de las modalidades de bachillerato, los educandos deben cumplir con la aprobación de los siguientes requisitos de egreso (graduación). a. Plan de Estudio b. Evaluación del Himno Nacional c. Seminario-Taller de la Cátedra Morazánica d. Trabajo Educativo Social (TES) e. Práctica Profesional (aplicable a BTP)
10. Materia Retrasada: los educandos del III ciclo, podrán cursar un área curricular o campo de conocimiento en carácter de retrasada de forma gratuita, utilizando las Tablas Progresivas de Evaluación y Ponderación vigentes. C. NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA 1. La evaluación para la formación de fundamento del Décimo grado, Undécimo grado de Bachillerato en Ciencias y Humanidades y formación orientada del Bachillerato Técnico Profesional se realizará con base en la Tabla Progresiva de Evaluación y Ponderación de las Dimensiones: Acumulativo (puntos) Examen escrito/ práctico (puntos) Total (puntos) Actividades de aula Actividades Extra Aula Valores y actitudes 35 10 5 50 100 8. Los educandos qué cursan el último año de Bachillerato en las modalidades de Científico Humanista y Técnico Profesional que después del proceso de recuperación, hayan reprobado hasta tres (3) espacios curriculares, podrán completar su trayectoria educativa el año siguiente, en un periodo de 20 semanas lectivas (6 meses). El educando que repruebe cuatro (4) o más espacios curriculares, deberá cursar los de forma anual. 9. Previo a la obtención del título de cualquiera de las modalidades de bachillerato, los educandos deben cumplir con la aprobación de los siguientes requisitos de egreso (graduación). a. Plan de Estudio b. Evaluación del Himno Nacional c. Seminario-Taller de la Cátedra Morazánica d. Trabajo Educativo Social (TES) e. Práctica Profesional (aplicable a BTP)
NIVELES DE DESEMPEÑO EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA.
DISPOSICIONES FINALES 1. La Dirección General de Currículo y Evaluación a través de las Subdirecciones de Educación Prebásica, Básica y Media, serán los responsables de emitir en el mes de marzo el instructivo de evaluación de los aprendizajes que apoyen la aplicación del presente acuerdo. ACUERDO No. 0158-SE-2025