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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

7 febrero 2019Edición No. 34,865

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 155-2019 — Nombramiento de Director del Banco Central de Honduras

Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 6 párrafo tercero de la Ley del Banco Central de Honduras, los miembros del Directorio del Banco Central de Honduras serán nombrados por el Presidente de la República por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.

  2. 2.

    Que al tenor de lo dispuesto en el Artículo 7 párrafo segundo de la Ley del Banco Central de Honduras, la ausencia permanente de un miembro del Directorio será suplida por un nuevo Director, quien cumplirá sus funciones durante el tiempo que falte para completar el correspondiente período.

  3. 3.

    Que el cargo de Directora del Banco Central de Honduras que desempeñaba la ciudadana MARÍA ELENA MONDRAGÓN ORDÓÑEZ DE VILLAR, quien fue nombrada el 2 de marzo del año 2017, actualmente se encuentra vacante.

  4. 4.

    Que el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo Número 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de enero del mismo año delegó en el Secretario Privado y Jefe del Gabinete Presidencial con rango de Secretario de Estado, ciudadano Ricardo Leonel Cardona López, la potestad de firmar los Acuerdos de Nombramientos y demás actos administrativos de movimiento de personal; regulados por la Ley de Servicio Civil y otras leyes, así como, demás personal que por cualquier modalidad preste sus servicios en dichas Secretarías de Estado y demás instituciones dependientes del Poder Ejecutivo; inclusive los Acuerdos que por mandato expreso de la Constitución de la República o de la Ley, sean de libre nombramiento o remoción del Presidente de la República.

Articulo 1

Nombrar al ciudadano EFRAÍN CONCEPCIÓN SUÁREZ TORRES, en el cargo de Director del Banco Central de Honduras, a partir del cinco (05) de febrero de 2019 hasta el veintisiete (27) de enero de 2021.

Articulo 2

Al nombrado se le asignará el sueldo que para dichos funcionarios está presupuestado en la institución para la cual prestará sus servicios.

Articulo 3

El nombrado tomará posesión de su cargo el cinco (05) de febrero de 2019, una vez que haya prestado su correspondiente Promesa de Ley.

Articulo 4

El nombrado deberá presentar su Declaración Jurada de Ingresos,Activos y Pasivos ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo que manda la Ley.

Articulo 5

El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE. RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO DE ESTADO SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL ACTUANDO POR DELEGACIÓN MEDIANTE ACUERDO EJECUTIVO NÙMERO 009-2018 ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO

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Acuerdo

Acuerdo No. 02/2019 — Aprobación del nuevo Reglamento Interno del Directorio del Banco Central de Honduras

Banco Central de Honduras

  1. 1.

    Que el Reglamento del Directorio del Banco Central de Honduras, vigente a la fecha, fue aprobado mediante la Resolución No.671-12/97 del 11 de diciembre de 1997, reformado en su Artículo 7 por medio del Acuerdo No.03/2018 del 20 de abril de 2018.

  2. 2.

    Que la dinámica institucional en las últimas dos décadas ha exigido una revisión constante de las políticas, normas y procedimientos que por ley le correspon- de establecer a su Directorio, por lo que se considera ade- cuada la aprobación de un nuevo Reglamento del Directorio para que éste sea coherente con los cambios experimenta dos.

  3. 3.

    Que de conformidad con la Consti- tución de la República, las instituciones descentralizadas gozan de independencia funcional y administrativa y a tal efecto podrán emitir los reglamentos que sean necesarios de conformidad con la ley. U D I-D EG T-U N AH

  4. 4.

    Que mediante el memorándum VP- 006/2019 del 14 de enero de 2019, el Vicepresidente del Banco Central de Honduras presentó a la consideración de este Directorio la aprobación del nuevo Reglamento Interno del Directorio del Banco Central de Honduras, el cual fue sometido a revisión del Departamento Jurídico de esta Ins- titución.

Articulo 1

El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas para el funcionamiento del Directorio en aplicación de la Ley del Banco Central de Honduras. DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN:

Articulo 2

La Dirección y Administración Superior del Banco Central de Honduras por ley corresponde: a) Al Directorio b) A la Presidencia y Vicepresidencia c) Ala Gerencia y por delegación de ésta a las Subgerencias. DEL DIRECTORIO:

Articulo 3

Son atribuciones del Directorio las consignadas en el Artículo 16 de la Ley del Banco Central de Honduras y las siguientes: a) Cumplir y hacer que se cumplan las leyes y reglamentos vigentes en el Banco. b) Dictar normas sobre:

  • 1)

    Control y supervisión de las operaciones del Banco.

  • 2)

    El sistema de jubilaciones y pensiones y demás beneficios que sean aplicables en forma general a los funcionarios y empleados del Banco.

  • 3)

    Los seguros que el Banco debe llevar en sus varias operaciones.

  • 4)

    El procedimiento para contratar, manejar, capacitar, promover y despedir al personal del Banco.

  • 5)

    La valuación de puestos y de desempeño para el personal, así como el sistema de remuneración para funcionarios y empleados.

  • 6)

    Establecer las normas para autorizar permisos a los funcionarios y empleados de la Institución que pasen a prestar sus servicios a otras instituciones del Estado o a organismos internacionales.

  • 7)

    Las demás que le confieren las leyes, reglamentos y sus resoluciones.

Articulo 4

Los Directores estarán al servicio exclusivo de la Institución y mientras estén en ejercicio no podrán ocupar otro cargo, remunerado o ad honorem, excepto los de carácter docente. El Presidente presidirá el Directorio y en casos de ausencia lo sustituirá el Vicepresidente. Faltando los dos, el Directorio nombrará de entre sus miembros uno pro témpore.

Articulo 5

Cuando se trate un asunto en el que tenga interés algún miembro del Directorio o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o una empresa o firma en la cual participe como socio, empleado o accionista, dicho miembro no podrá participar en el mismo. ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE:

Articulo 6

Además de las atribuciones contenidas en el Artículo 19 de la Ley del Banco Central de Honduras, corresponde al Presidente: U D I-D EG T-U N AH a) Establecer el orden del día para el desarrollo de las sesiones. b) Declarar abiertas las sesiones a la hora señalada y terminarlas después de considerados, aprobados o improbados todos los asuntos sometidos a consideración del Directorio; suspender las sesiones cuando proceda. c) Dirigir las discusiones, procurar que durante las mismas se observe el procedimiento legal y el orden debido. d) Autorizar con su firma las actas de las sesiones del Directorio. e) Presidir las sesiones de la Junta Administradora del Plan de Asistencia Social o delegar esta atribución en el funcionario que él estime conveniente. f) Ejercer el voto de calidad, en caso de empate en la votación de los miembros del Directorio. ATRIBUCIONES DE LOS DIRECTORES:

Articulo 7

Son atribuciones de los Directores:

  • a)

    Asistir con derecho a voz y voto a las sesiones del Directorio.

  • b)

    Asistir a los comités en los cuales han sido designados por el Directorio.

  • c)

    Presentar mociones de conformidad con el procedimiento establecido.

  • d)

    Proponer en las sesiones de Directorio la realización de estudios sobre asuntos relacionados con la formulación, desarrollo y ejecución de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.

  • e)

    Coordinar con la Presidencia, la Gerencia, Subgerencias, Departamentos y Unidades del Banco las actividades a desarrollar en las áreas de responsabilidad que el Directorio les designe.

  • f)

    Las demás que correspondan a su cargo. SESIONES:

Articulo 8

Las sesiones del Directorio serán privadas, se celebrarán ordinariamente cada semana y extraordinariamente cuando sea convocado por su Presidente, quien deberá proceder por iniciativa propia o a petición de dos Directores. El Presidente señalará el día y hora en que deben celebrarse las sesiones semanales ordinarias. Con la convocatoria para sesiones ordinarias y extraordinarias, que se hará por lo menos con 24 horas de anticipación, se acompañará el resumen del orden del día y la documentación respectiva. La asistencia a sesiones es obligatoria para los Directores, el Gerente, el Auditor Interno y el Secretario, en caso de ausencia de alguno(s) de los miembros del Directorio por causa debidamente justificada, que imposibilite llevar a cabo la respectiva sesión por no haber quórum, podrá ser sustituido el Director ausente por un funcionario de alta jerarquía de la Institución, el cual en este caso corresponde designarlo al Directorio. En caso de ausencia del Gerente asistirá en su representación el funcionario que designe el Directorio y en el caso del Auditor Interno asistirá en su representación el funcionario que designe el Presidente; en el caso del Secretario asistirá el Prosecretario. El Directorio podrá llevar a cabo las sesiones extraordinarias sin la comparecencia del Gerente y del Auditor Interno. El Gerente del Banco Central de Honduras y el Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas asistirán con voz, pero sin voto. A las sesiones también podrán asistir como invitados, cuando se considere conveniente, los Secretarios de Estado y cualquier otro funcionario público, lo mismo que profesionales o cualquier otra persona, cuya presencia sea requerida para ilustrar el debate de asuntos dentro del ámbito de su competencia o especialidad. Asimismo, asistirán como invitados los miembros de la Administración que el Presidente requiera en las sesiones, para lo cual, el Secretario girará la convocatoria respectiva. Cuando sea necesario, se podrá llamar a cualquier funcionario U D I-D EG T-U N AH o empleado del Banco para que informe sobre aspectos específicos que sean de su competencia, en cuyo caso su permanencia en la sesión se limitará al tiempo necesario para el punto específico para el cual haya sido requerido.

Articulo 9

El Presidente señalará el día y hora en que se realizará una reunión preparatoria que la dirigirá con la asistencia de los demás Directores y los miembros de la Administración que se inviten, con el propósito de analizar los asuntos que serán incluidos en la agenda para la sesión del Directorio. Para tal efecto, los documentos que respaldan los asuntos a tratar deberán ser enviados oportunamente a la Secretaría, la que deberá remitir la documentación a los Directores al menos con 24 horas de anticipación a la reunión preparatoria. Las excepciones a esta regla serán definidas por los Directores según sea el caso. El Secretario, cuando sea necesario, consultará al Presidente sobre el trámite a seguir con los asuntos que se reciban semanalmente, para los cuales no se haya fijado un procedimiento especial.

Articulo 10

Para elaborar la agenda y una vez consideradas las observaciones de los Directores formuladas en la sesión preparatoria, salvo en los casos de excepción que determinen los Directores, se deberá enviar a la Secretaría del Directorio, a más tardar con cinco (5) horas de anticipación a la hora fijada para la sesión, los dictámenes, informes, proyectos de resolución y demás documentos que se someterán a consideración del Directorio.

Articulo 11

La agenda u orden del día para las sesiones ordinarias estará dividida en 7 secciones principales, a saber:

  • a)

    Lectura y ratificación del Acta de la sesión anterior.

  • b)

    Correspondencia.

  • c)

    Asuntos de la Gerencia.

  • d)

    Asuntos de la Presidencia.

  • e)

    Asuntos de los Directores.

  • f)

    Dictámenes e informes.

  • g)

    Otros Asuntos. El Directorio, a propuesta del Presidente, podrá variar el orden del día.

Articulo 12

Reunido el Directorio en sesión ordinaria o extraordinaria, el Secretario comprobará el quorum requerido y se ratificará el Acta de la sesión anterior. La Secretaría podrá solicitar dispensa de la lectura y ratificación del Acta de la sesión anterior, cuando por motivos de fuerza mayor no haya sido posible elaborar la, en cuyo caso su ratificación se efectuará en la siguiente sesión. Si algún miembro del Directorio no solicita reconsideración de alguna resolución o acuerdo y se ratifica el Acta, se continuará con los asuntos de la agenda. Antes de ratificar el Acta de la sesión anterior, cualquiera de los Directores podrá solicitar verbalmente o por escrito la reconsideración de cualquier resolución tomada en la última sesión. Para conocer de esta reconsideración se requiere el voto favorable de la mayoría, cuando la asistencia sea completa, y cuando sólo asistan tres miembros será necesaria la unanimidad. El Presidente preguntará al Pleno si se toma en consideración la reconsideración propuesta; si se toma, se procederá a discutir la y considerando el Presidente que la misma está suficientemente discutida la pondrá a votación.

Articulo 13

Si la sesión fuese extraordinaria, una vez leída y ratificada el Acta anterior, se entrará a conocer de los asuntos especiales para que hubiere sido convocado el Directorio. FORMACIÓN DEL ACTA:

Articulo 14

El acta contendrá el lugar, hora y fecha en que se realizó la sesión y el nombre de las personas que estuvieron U D I-D EG T-U N AH presentes en la misma, en la que se hará una relación sucinta de los asuntos discutidos, incorporando los acuerdos y las resoluciones aprobadas; las que serán firmadas por los Directores que estuvieron presentes en dicha sesión y por el Secretario. Las actas se elaborarán en papel especial. El Secretario extenderá de oficio a los Directores certificación íntegra de las actas de las sesiones del Directorio. RESOLUCIONES Y ACUERDOS:

Articulo 15

Los asuntos sometidos a consideración y aprobación del Directorio deberán respaldarse con los documentos y la información necesaria para formar juicio y decidir; el Presidente pondrá a discusión cada asunto, tomándose acuerdo por simple mayoría, salvo en aquellos casos en que la ley requiera mayoría calificada. Cuando surjan empates, el Presidente gozará de voto de calidad. A continuación, tratará los demás asuntos, adoptando la forma de resolución o acuerdo para todas las decisiones que adopte el Directorio. Las resoluciones llevarán numeración correlativa anual, con indicación del mes y año en que sean aprobadas y también la motivación correspondiente, cuando fuere necesario. En el caso de los acuerdos, éstos sólo llevarán el número correlativo anual y el año en que sean aprobados. La iniciativa para presentar mociones o pedir informes corresponde únicamente a los Directores; presentada una moción se pondrá en consideración y se someterá a discusión y aprobación. Los asuntos de competencia del Gerente los presentará a la decisión del Directorio, en consulta con la Presidencia. Cuando el Directorio resuelva solicitar dictámenes u opiniones a comisiones especiales o dependencias del Banco, éstos elevarán directamente sus informes al Directorio dentro del plazo que se les señale o a la mayor brevedad posible.

Articulo 16

La Gerencia y demás dependencias que presenten peticiones o dictámenes al Directorio deberán entregar a la Secretaría los documentos de soporte del asunto de que se trate y que fueron sometidos a la consideración del Directorio, para ser anexados al Acta respectiva. VOTO PARTICULAR:

Articulo 17

Cualquier miembro del Directorio tendrá derecho a que se consigne su voto particular a lo resuelto por la mayoría, así como las razones en que funde su decisión, dejándose constancia en el Acta de tal circunstancia. PUBLICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES O ACUERDOS:

Articulo 18

Las resoluciones o acuerdos de aplicación general se publicarán en el Diario Oficial La Gaceta; las resoluciones que no sean de carácter general solamente se comunicarán a los órganos internos del Banco, instituciones públicas o privadas y sectores interesados, cuando tales entes tengan relación directa con el asunto resuelto. NOTIFICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES:

Articulo 19

Las resoluciones se notificarán a los apoderados legales de forma personal o electrónicamente en el plazo de cinco (5) días a partir de su fecha; no habiéndose podido notificar en el plazo antes señalado, dicha notificación se hará por medio de la tabla de avisos a más tardar el día siguiente hábil. La forma de la notificación se hará conforme con la Ley de Procedimiento Administrativo. U D I-D EG T-U NAH VIGENCIA DE LAS RESOLUCIONES O ACUERDOS:

Articulo 20

Las resoluciones entrarán en vigencia a partir de la fecha en que son aprobadas cuando así se disponga en su texto; las demás entrarán en vigencia al ser ratificadas, a menos que se disponga otra forma de vigencia. Todas las comunicaciones, certificaciones y notificación de resoluciones serán firmadas por el Secretario. Los acuerdos y resoluciones de carácter general entrarán en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta o en la fecha que en los mismos se señale. PROYECTOS:

Articulo 21

De acuerdo con el orden del día, el Presidente someterá a conocimiento y aprobación del Directorio los proyectos relacionados con decisiones sobre política monetaria, crediticia y cambiaria. En el caso de asuntos a resolver sobre política monetaria, crediticia y cambiaria, de los cuales no se haya elaborado un informe, proyecto de resolución o acuerdo, una vez terminada la discusión del asunto, las comisiones especiales o los funcionarios técnicos del Banco asistentes a la sesión procederán a redactar el texto para ser leído y aprobado antes de que finalice la respectiva sesión; igual procedimiento se seguirá en el caso de proyectos previamente elaborados que sean objeto de modificación en el curso de la sesión. DE LA SECRETARÍA:

Articulo 22

El Secretario tendrá bajo su responsabilidad la dirección de la Secretaría, la cual será el órgano de comunicación del Directorio.

Articulo 23

Corresponde al Secretario la custodia de las actas del Directorio. Las actas serán de carácter confidencial y no saldrán del ámbito de control de la Secretaría. Los funcionarios asistentes a la sesión, el Secretario y el personal de la Secretaría guardarán la más absoluta confidencialidad sobre los asuntos tratados por el Directorio.

Articulo 24

La Secretaría asegurará que se cumpla el trámite legal en aquellos asuntos que se presentan al amparo de la Ley del Banco Central de Honduras, Ley de Procedimiento Administrativo, Ley General de la Administración Pública, Ley del Sistema Financiero, Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros y demás leyes del país.

Articulo 25

La Secretaría, con autorización del Presidente o del Directorio, podrá trasladar directamente a las diferentes dependencias de la Institución aquellos asuntos que deban ser resueltos a nivel de Administración o cuando se trate de solicitudes de rutina que requieren dictamen previo de los departamentos respectivos.

Articulo 26

Los casos no previstos en este Reglamento serán resueltos por el Directorio”. II. Derogar la Resolución No.671-12/97 del 11 de diciembre de 1997 y el Acuerdo No.03/2018 del 20 de abril de 2018. III. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del 25 de enero de 2019 y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. ROSSANA MARÍA ALVARADO FLORES Prosecretaria U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) Pendiente Próxima Edición. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: U D I-D EG T-U N AH

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Resolución

Resolución No. 1279-2018 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad El Planon

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización

  1. 1.

    Resulta que en el caso que nos ocupa, la petición formulada por la impetrante, esta contraída a pedir la Personalidad Jurídica, de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, para lo cual, acompaño los documentos que se requieren para casos como el indicado y que a nuestro juicio, justifican la petición por él formulada.

  2. 2.

    En este sentido y según el análisis realizado, se logra apreciar que corren agregados a los folios tres, cuatro, cinco, seis al siete y ocho al trece (3, 4, 5, 6-7 y 8-13), los documentos referentes a carta poder, certificación de acta de constitución, nombramiento y elección de Junta Directiva, autorización al Presidente para la contratación de un abogado, listado de asistencia de sus abonados, discusión y aprobación de estatutos, enunciados en su respectivo orden, así como también, las copias de las tarjetas de identidad de cada uno de los miembros que integran su Junta Directiva.

  3. 3.

    La Constitución de la Republica, dispone en el artículo 78, que: “…Se garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres…” Según lo dispone la norma constitucional antes reproducida, la Libertad de Asociación es un derecho protegido por nuestra constitución en su artículo 78, derecho que posibilita o permite que los ciudadanos constituyamos todo tipo de asociaciones sin importar las tendencias; siempre y cuando éstas no sean contrarias a la Ley, procurando con ello mejorar y defender las condiciones de los grupos de interés con distintas tendencias ideológicas, políticas o religiosas para el fortalecimiento de la sociedad civil y la voz de la opinión pública, necesarias e indispensables en un país democrático.

  4. 4.

    Por su parte el Código Civil en su Capítulo II, artículo 56, se refiere a quienes la ley considera como Personas Jurídicas:“…1ºEl Estado y las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público, reconocidas por la Ley. La personalidad de éstas empieza en el instante mismo en que, con arreglo a derecho hubiesen quedado válidamente constituidas. 2º Las Asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independientemente de la de cada uno de los asociados”. U D I-D EG T-U N AH

  5. 5.

    La Ley Marco del Sector de Agua potable y Saneamiento en su artículo 18 literalmente enuncia, “Las Juntas Administradoras de Agua tendrán personalidad jurídica otorgada que otorgará la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia por medio de dictamen de la respectiva Corporación Municipal, que constatará de la legalidad de la misma. El otorgamiento de dicha personalidad y su publicación en el Diario Oficial La Gaceta será de forma gratuita. El Reglamento de la presente Ley establecerá la organización y funciones de las Juntas de Agua.

  6. 6.

    Que la Asociación Civil, denominada JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

  7. 7.

    La Unidad de Servicios Legales, mediante Dictamen Legal número DICTAMEN LEGAL U.S.L No. 1201-2018 de fecha ocho de agosto del año dos mil dieciocho, se pronunció en el sentido de: “… DICTAMEN FAVORABLE en relación a la petición planteada, recomendando conceder lo solicitado, por ser procedente el otorgamiento de Personalidad Jurídica a favor de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON.

  8. 8.

    Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de los Estatutos aprobados por la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, la Asamblea General, es la máxima autoridad de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, expresa la voluntad colectiva de los usuarios debidamente convocados.

  9. 9.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. DECISIÓN

  10. 10.

    Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTAADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, con domicilio en el municipio de San Juan, departamento de Intibucá; con sus estatutos que literalmente dicen: ESTATUTOS DE LA JUNTAADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, MUNICIPIO DE LAS FLORES, DEPARTAMENTO DE LEMPIRA. CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO ARTÍCULO

    • 1)

      Se constituye la organización cuya denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA U D I-D EG T-U N AH COMUNIDAD EL PLANON como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de El Planon, municipio de Las Flores, departamento de Lempira. ARTÍCULO

    • 2)

      El domicilio de la Junta de Agua Potable y Saneamiento, será la comunidad El Planon, municipio de Las Flores, departamento de Lempira y tendrá operación en dicha comunidad, proporcionando el servicio de agua potable. ARTÍCULO

    • 3)

      Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca o las microcuencas, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS ARTÍCULO

    • 4)

      El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema. ARTÍCULO

    • 5)

      La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener Asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.-Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. j.- Establecer, en aplicación de Acuerdo Ejecutivo No. 021-2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 15 de abril del 2016, un mecanismo de compensación por servicios ecosistémicos definiendo bajo reglamento interno el esquema de administración y financiamiento, el diseño y suscripción de contratos, convenios, formas de cobro y pago, entre otras actividades. ARTÍCULO

    • 6)

      Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. i.- Suscribir contratos, acuerdos voluntarios y convenios de conservación y protección de la microcuenca. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS ARTÍCULO

    • 7)

      La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros:

      • a)

        Fundadores; y,

      • b)

        Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios. U D I-D EG T-U N AH ARTÍCULO

    • 8)

      Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe. ARTÍCULO

    • 9)

      Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO ARTÍCULO

    • 10)

      La dirección, administración, opera- ción y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. ARTÍCULO

    • 11)

      DE LA ASAMBLEA DE USUA- RIOS La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados. ARTÍCULO

    • 12)

      Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. ARTÍCULO

    • 13)

      DE LA JUNTA DIRECTIVA Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem; para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales. ARTÍCULO14.-La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados. ARTÍCULO 15.- Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora. ARTÍCULO 16.- Son atribuciones del VICEPRE- SIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General. ARTÍCULO17.-Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. U D I-D EG T-U N AH e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras. ARTÍCULO 18.- Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad. ARTÍCULO 19.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización. ARTÍCULO20.-Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. c.- Los Vocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo. ARTÍCULO21.-Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a. Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. ARTÍCULO 22.- DE LOS COMITÉS DE APOYO La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia. ARTÍCULO 23.- Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO ARTÍCULO 24.- Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas. ARTÍCULO 25.- Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el U D I-D EG T-U N AH uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y amplia- ción del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN ARTÍCULO 26.- Causas de disolución: a.- Por Sentencia Judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 27.- El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República. ARTÍCULO 28.- Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último.

  11. 11.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.

  12. 12.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos.

  13. 13.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.

  14. 14.

    La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida U D I-D EG T-U N AH en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.

  15. 15.

    Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo,publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.

  16. 16.

    La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.

  17. 17.

    Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción.

  18. 18.

    De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegugcigalpa, municipio del Distrito Central, a los once días del mes de septiembre de dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 7 F. 2019. SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA U D I-D EG T-U N AH COMUNIDAD EL PLANON como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de El Planon, municipio de Las Flores, departamento de Lempira.

Articulo 2

El domicilio de la Junta de Agua Potable y Saneamiento, será la comunidad El Planon, municipio de Las Flores, departamento de Lempira y tendrá operación en dicha comunidad, proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca o las microcuencas, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos:

  • a)

    Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.

  • b)

    Asegurar una correcta administración del sistema.

  • c)

    Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.

  • d)

    Obtener Asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.

  • e)

    Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.-Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. j.- Establecer, en aplicación de Acuerdo Ejecutivo No. 021-2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 15 de abril del 2016, un mecanismo de compensación por servicios ecosistémicos definiendo bajo reglamento interno el esquema de administración y financiamiento, el diseño y suscripción de contratos, convenios, formas de cobro y pago, entre otras actividades.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:

  • a)

    Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.

  • b)

    Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados.

  • c)

    Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema.

  • d)

    Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales.

  • e)

    Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema.

  • f)

    Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema.

  • g)

    Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca.

  • h)

    Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema.

  • i)

    Suscribir contratos, acuerdos voluntarios y convenios de conservación y protección de la microcuenca. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros:

  • a)

    Fundadores; y,

  • b)

    Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios. U D I-D EG T-U N AH

Articulo 8

Son derechos de los miembros:

  • a)

    Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto.

  • b)

    Elegir y ser electos.

  • c)

    Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva.

  • d)

    Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios.

  • e)

    Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio.

  • f)

    Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Articulo 10

La dirección, administración, opera- ción y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de:

  • a)

    Asamblea de Usuarios.

  • b)

    Junta Directiva.

  • c)

    Comités de Apoyo.

Articulo 11

DE LA ASAMBLEA DE USUA- RIOS La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

  • a)

    Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta.

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.

  • c)

    Nombrar las comisiones o comités de apoyo.

Articulo 13

DE LA JUNTA DIRECTIVA Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem; para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales.

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

  • a)

    Mantener un presupuesto de ingresos y egresos.

  • b)

    Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.

  • c)

    Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.

  • d)

    Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • e)

    Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • f)

    Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses.

  • g)

    Cancelar o suspender el servicio de agua.

  • h)

    Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.

  • i)

    Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Son atribuciones del PRESIDENTE:

  • a)

    Convocar a sesiones.

  • b)

    Abrir, presidir y cerrar las sesiones.

  • c)

    Elaborar junto con el Secretario la agenda.

  • d)

    Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones.

  • e)

    Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos.

  • f)

    Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.

Articulo 16

Son atribuciones del VICEPRE- SIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Articulo 17

Son atribuciones del SECRETARIO:

  • a)

    Llevar el libro de actas.

  • b)

    Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos.

  • c)

    Encargarse de la correspondencia.

  • d)

    Convocar junto con el Presidente. U D I-D EG T-U N AH

  • e)

    Llevar el registro de abonados.

  • f)

    Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento.

  • g)

    Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 18

Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:

  • a)

    Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • b)

    Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.

  • c)

    Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).

  • d)

    Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad.

  • e)

    Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.

  • f)

    Llevar el inventario de los bienes de la Junta.

  • g)

    Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos.

  • h)

    Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 19

Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 20

Son atribuciones de LOS VOCALES:

  • a)

    Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.

  • b)

    Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico.

  • c)

    Los Vocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Articulo 21

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a. Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes.

Articulo 22

DE LOS COMITÉS DE APOYO La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo:

  • a)

    Comité de Operación y Mantenimiento.

  • b)

    Comité de Microcuenca.

  • c)

    Comité de Saneamiento.

  • d)

    Comité de Vigilancia.

Articulo 23

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 24

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse:

  • a)

    Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados.

  • b)

    Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados.

  • c)

    Con las instalaciones y obras físicas del sistema.

  • d)

    Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el U D I-D EG T-U N AH uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y amplia- ción del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 26

Causas de disolución:

  • a)

    Por Sentencia Judicial.

  • b)

    Por resolución del Poder Ejecutivo.

  • c)

    Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó.

  • d)

    Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 27

El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 28

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida U D I-D EG T-U N AH en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo,publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD EL PLANON, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegugcigalpa, municipio del Distrito Central, a los once días del mes de septiembre de dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 7 F. 2019. SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

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Aviso

Aviso No. 154-2018 — Reconocimiento de Personalidad Jurídica del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Agroindustrial Guaymas, S.A. de C.V. (SITRAGUAY)

Secretaría de Trabajo y Seguridad Social

AVISO La infrascrita, Secretaria Administrativa de la Dirección General del Trabajo, al público en general y para los efectos de ley, AVISA: Que en fecha 07 de diciembre de 2018, mediante Resolución No. 154-2018, la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA AGROINDUSTRIAL GUAYMAS, S.A. DE C.V. (SITRAGUAY), con domicilio en El Progreso, departamento de Yoro, el cual ha quedado inscrito en el Tomo No. IV, Folio No. 738 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 22 de enero de 2019 MARÍA UBALDINA MARTINEZ MOLINA ENCARGADA DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO 7 F. 2019 _________ JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - María Esperanza Aguilar

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que la señora MARÍA ESPERANZA AGUILAR, mayor de edad, soltera, ama de casa, con Tarjeta de Identidad No. 0406-1952-00122, hondureña y vecina del municipio de Cucuyagua Copán ha presentado una Solicitud de Título Supletorio de Dominio, de un lote de terreno ubicado en lugar denominado San José Palmas jurisdicción del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán; con un área de CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PUNTO CERO CERO METROS (5,694.00 MTS2.), equivalen a CERO PUNTO OCHENTA Y DOS MANZANAS (0.82 MZ), de extensión superficial con las colindancias especiales siguientes: AL NORTE, colinda con BALTAZAR ALVARADO, INOCENTE BUESO; AL SUR, colinda con SERVANDO CONTRERAS, calle pública; AL ESTE, colinda con RAFAELA ALVARADO; AL OESTE, colinda con HOBERTO ORELLANA, NORMA CONTRERAS, JULIA ORELLANA Y JOAQUIN BUESO. Dicho terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de dieciséis años y en la que los testigos Rafaela Alvarado, María Norma Bueso Contreras e Inocente Bueso Cardoza, quienes afirmaran ser cierto. Santa Rosa de Copán, 21 de noviembre del año dos mil dieciocho. ABOG. MIRNA LETICIA HERNÁNDEZ SECRETARIA, POR LEY 7 D. 2018, 7 E. y 7 F. 2019 JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN

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Aviso

Aviso No. 0801-2018-00073 — Aviso de Demanda de Especial en Materia Tributaria - Agroindustriales Gumarsal, S.A. de C.V.

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, departamento de Copán, HACE SABER: Que el señor FREDY ANTONIO ALVARADO DIAZ, mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, con domicilio en San José Palmas, jurisdicción del municipio de Cucuyagua del departamento de Copán, con Identidad número 0406-1972-00201, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de: Un lote de terreno ubicado en el lugar denominado San José Palmas, jurisdicción del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, con un área total SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS (67,798.00 MTS) equivalen a NUEVE PUNTO SETENTA Y DOS MANZANAS (9.72 MZ.) de extensión superficial, el cual tiene las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con ANTONIO CONTRERAS y SARA CONTRERAS; al SUR, colinda con RAFAEL GUEVARA; al ESTE, colinda con SANTIAGO GUEVARA y RAFAEL GUEVARA; y, al OESTE, colinda con calle pública y MANUEL AGUILAR.- El cual ha poseído de forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente desde hace más de dieciséis (16) años y en la que los testigos SARA CONTRERAS ALVARADO, ANTONIO CONTRERAS ALVARADO, JUAN ANGEL BUESO ALVARADO, afirmaran ser cierto. Representa Abogado Moris Amílcar Alvarado Peña. Santa Rosa de Copán, 22 de noviembre de 2018. MIRNA LETICIA HERNÁNDEZ SECRETARIA ADJUNTA 7 D. 2018, 7 E. y 7 F. 2019.

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Licitación

Licitación No. 31/2018 — Licitación Pública No. 31/2018 Addendum No. 3 - Suministro e Instalación de Máquinas de Rayos X

Banco Central de Honduras

El Banco Central de Honduras (BCH), comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública No.31/2018, referente a la contratación del suministro, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de máquinas de rayos X para las entradas del edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República, según el detalle siguiente: Lote No.l: cinco (5) equipos de rayos X estacionarios. Lote No.2: dos (2) equipos de rayos X portátiles de mano; que el acto de recepción y apertura de ofertas programado para el viernes 1 de febrero de 2019, se pospone hasta nuevo aviso. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 7 F. 2019.

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - Fredy Antonio Alvarado Aguilar (Segundo Inmueble)

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio promovido por el señor, JULIO CESAR RIVERA VILLEDA, mayor de edad, soltero, agricultor, hondureño, con domicilio en Azacualpa Plátanos, jurisdicción del municipio de Corquín, del departamento de Copán y con Identidad Número 0401-1980-00742, es dueño de un inmueble siguiente: 1) Un lote de terreno ubicado en el lugar denominado Azacualpa Plátanos, jurisdicción del municipio de Corquín, del departamento de Copán, el cual tiene un área de extensión superficial de VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS (29,297.73 MTS.2) equivalen a CUATRO PUNTO VEINTE MANZANAS (4.20 MZ.) O DOS PUNTO NOVENTA Y DOS HECTÁREAS (2.92 HAS.) de extensión superficial; con las colindancias siguientes: Al NORTE, colinda con JUAN RAMON GOMEZ LOPEZ; al SUR, colinda con JUAN RAMON GOMEZ LOPEZ; al ESTE, colinda con MARCO TULIO LOPEZ y WALTER MAURICIO ROMERO ROMERO; al OESTE, colinda con ANTONIA PORTILLO PORTILLO, calle por medio.- Representa el Abogado MORIS AMILCAR ALVARADO PEÑA. - Santa Rosa de Copán, veintidós de noviembre del dos mil dieciocho. GUSTAVO ARTURO PEREZ DESTEPHEN SECRETARIO, POR LEY 7 D. 2018, 7 E. y 7 F. 2019. _______

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Aviso

Aviso No. 0801-2018-00239 — Aviso de Demanda Personal Administrativa - Ismael Andrade Raudales

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en veinticuatro de Julio del año dos mil dieciocho, compareció a este Juzgado el Abogado César Arturo Heller Portillo, en su condición de Apoderado Legal del señor Ismael Andrade Raudales, incoando demanda Personal Administrativa en contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad; con orden de ingreso número 0801-2018-00239. Demanda especial Contenciosa Administrativa en materia personal para que se declare la nulidad de un acto particular de la Administración Pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derecho del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene el reintegro de mi representado al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, o en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas. En relación con el Acuerdo No. 1081-2018 de fecha 15 de Junio de 2018. ABOGADA KENIA TERESA LANZA VARELA SECRETARIA ADJUNTA 7 F. 2019.

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Convocatoria

Convocatoria — Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de Accionistas - Inversiones y Servicios Pazel, S.A. de C.V.

Inversiones y Servicios Pazel, S.A. de C.V.

CONVOCATORIA INVERSIONES Y SERVICIOS PAZEL, S.A. DE C.V., por este medio, CONVOCA, a sus accionistas a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que tendrá lugar el día miércoles 20 de febrero del año 2019, a partir de las 3:00 de la tarde, en sus oficinas localizadas en la 3era. Avenida Norte, 10 calle, Barrio Las Acacias, San Pedro Sula, para tratar asuntos contemplados en el Artículo 168 del Código de Comercio. De no haber quórum en la hora señalada. La Asamblea se celebrará una hora después en el mismo lugar con los accionistas que asistan. San Pedro Sula, 04 de febrero del 2019. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 7 F. 2019

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Aviso

Aviso No. 2018-044369 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - PAPANO Y DISEÑO - PAPANO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Registro de la Propiedad Industrial

Marcas de Fábrica [1] Solicitud: 2018-044369 [2] Fecha de presentación: 19/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PAPA NO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PAPA NO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Narssis Yolany Mejía Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-044373 — Solicitud de registro de Marca de servicio - ASI NET WORK Y DISEÑO - ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET, ASÍ NETWORK, S. DE R.L

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-044373 [2] Fecha de presentación: 19/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET, ASÍ NETWORK, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COLONIA LOS A LA MOS, CALLE PRINCIPAL, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ASI NET WORK Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Creación y mantenimiento, sitios web, actualización, diseños, instalación y mantenimiento de software.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Narssis Yolany Mejía Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-044372 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - FROM THE MOUNTAIN TO YOUR HOME - PAPANO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-044372 [2] Fecha de presentación: 19/10/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PAPA NO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FROM THE MOUNTAIN TO YOUR HOME [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Narssis Yolany Mejía Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: Esta señal de propaganda se usará con la solicitud número 44371-18 denominada “THREE PRESIDENTS Y DISEÑO”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-044374 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - TU PROVEEDOR CONFIABLE DE INTERNET - ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET, ASÍ NETWORK, S. DE R.L

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-044374 [2] Fecha de presentación: 19/10/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ASOCIACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET, ASÍ NETWORK, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COLONIA LOS A LA MOS, CALLE PRINCIPAL, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TU PROVEEDOR CONFIABLE DE INTERNET [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Creación y mantenimiento, sitios web, actualización, diseños, instalación de software.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Narssis Yolany Mejía Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: Esta señal de propaganda va asociada con el expediente #44373-18 denominada “ASI NET WORK Y DISEÑO”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-044371 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - THREE PRESIDENTS Y ETIQUETA - PAPANO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-044371 [2] Fecha de presentación: 19/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PAPA NO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: THREE PRESIDENTS Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Narssis Yolany Mejía Rodriguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-044370 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - LO QUE MAS TE GUSTA - PAPANO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-044370 [2] Fecha de presentación: 19/10/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PAPA NO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LO QUE MAS TE GUSTA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Narssis Yolany Mejía Rodríguez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: Esta Señal de Propaganda va ligada con el expediente número 44369-18 denominado “PAPA NO Y DISEÑO”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-50385 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - BIOXONE - AGROQUÍMICA INDUSTRIAL RIMAC, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-50385 2/ Fecha de presentación: 29-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AGROQUÍMICA INDUSTRIAL RIMAC, S.A. 4.1/ Domicilio: 100 metros al Norte de Hacienda La Lima, La Lima, Cartago, Provincia de Cartago, Cartago, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIOXONE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos fungicidas, herbicidas, insecticidas, parasiticidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Arturo Zacapa

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-12-2018 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2017-039485 — Solicitud de registro de Marca de servicio - TORRE FUERTE Y DISEÑO - EMPRESA DE SEGURIDAD TORRE FUERTE, S. DE R.L

Registro de la Propiedad Industrial

BIOXONE [1] Solicitud: 2017-039485 [2] Fecha de presentación: 13/09/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: EMPRESA DE SEGURIDAD TORRE FUERTE, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, DISTRITO CENTRAL, FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TORRE FUERTE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 45 [8] Protege y distingue: Empresa de seguridad en todas sus ramas y protección de valores.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Alex Dagoberto Maldonado Isidro USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de noviembre del año 2017. 12] Reservas: No se reivindica “SEGURIDAD”, que aparece en etiqueta. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 38696-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - LICORNE - MBDA FRANCE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 38696-18 2/ Fecha de presentación: 6-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: MBDA FRANCE 4.1/ Domicilio: 1 Avenue RÉAUMUR, 92350 LE PLESSIS ROBINSON, FRANCE 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LICORNE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Sistemas y aparatos electrónicos de mando, de observación, de seguimiento y de control, en particular de misiles; radares; detectores de radar; radares y componentes para embarcaciones; radares; aparatos de procesamiento de datos; sensores, sensores electrónicos; aparatos electrónicos y o pt o electrónicos para el tratamiento, la recepción, la transferencia de datos; aparatos electrónicos de control remoto de señales; aparatos de telecomunicación; software. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Arturo Zacapa

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-01-19 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 51610-18 — Solicitud de registro de Marca de servicio - AL VOLANTE TV Y ETIQUETA - AUTOS Y EVENTOS, S. DE R.L

Registro de la Propiedad Industrial

LICORNE 1/ Solicitud: 51610-18 2/ Fecha de presentación: 7-12-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AUTOS Y EVENTOS, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AL VOLANTE TV Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Programa educativo de diversión y entretenimiento. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lizette Gómez Robleda

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-12-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-47810 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - amazon music y Diseño - Amazon Technologies, Inc

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-47810 2/ Fecha de presentación: 13-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave., N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: amazon music y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes magnéticos de datos, discos acústicos; discos compactos,DVD y otros soportes de grabación digitales; equipos de procesamiento de datos, software; software para emisión en tiempo real (streaming),radiodifusión, transmisión, distribución, reproducción, organizar y compartir música, audio, vídeo, juegos, audiovisuales, contenido multimedia y otros datos a través de una red global de comunicaciones; software para su uso en la creación, descarga, transmisión, recepción, edición, extracción, codificación, decodificación, reproducción, visualización, almacenamiento y organización de archiv es de texto, datos, imágenes, archiv es de audio y vídeo y contenido multimedia; software para permitir a los usuarios ver o escuchar audio, vídeo, texto y contenido multimedia; software para crear y proporcionar acceso de usuario a bases de datos consultables de información, datos y música digital; software de motor de búsqueda; software para el suministro inalámbrico de contenido; software para acceder a información en Ígnea; software para facilitar pagos y transacciones en línea; software para su uso en la difusión de publicidad para terceros; software para compartir información sobre productos servicios ofertas; software para el almacenamiento electrónico de datos; software para el reconocimiento de imágenes y voz; software para domótica; software para comprar, acceder y ver películas, shows televisivos, vídeos, música y contenido multimedia; software de navegador de internet; grabaciones audiovisuales con programas de entretenimiento; archiv es de música descargables; contenido audiovisual y multimedia descargable que presenta historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas proporcionados a través de un servicio de vídeo a la carta; películas descargables y programas de televisión que presentan historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas y grabaciones de audio y vídeo que presentan historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas; medias digitales, a saber, discos de vídeo digitales pregrabados, discos versátiles digitales; grabaciones descargables de audio y vídeo, DVD y discos digitales de alta definición con historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas; archiv es de audio, archiv es multimedia, archiv es de texto, documentos escritos, material de audio, material de vídeo descargables con contenido de ficción y no ficción sobre una variedad de temas; aplicaciones móviles descargables para permitir a los usuarios acceder a música, audio, vídeo, juegos, audiovisuales, contenido multimedia y otros datos; dispositivos de transmisión de medias digitales en tiempo real (streaming); decodificadores; dispositivos electrónicos portátiles y de mano para transmitir, almacenar, manipular, registrar y revisar textos, imágenes, audio, vídeo y datos, incluyendo a través de redes informáticas globales, redes inalámbricas y redes de comunicaciones electrónicas y sus partes y accesorios electrónicos y mecánicos; computadoras, tabletas, reproductores de audio y vídeo, organizadores personales electrónicos, asistentes personales digitales y dispositivos del sistema de posicionamiento global y electrónicos y partes y accesorios mecánicos de los mismos; dispositivos periféricos de computadora; componentes de la computadora; monitores, pantallas, cables, alambres, módems, impresoras, unidades de disquetes flexibles, adaptadores, tarjetas adaptadoras, conectores de cable, conectores de enchufes, conectores de alimentación eléctrica, estaciones de acoplamiento y controladores; cargadores de batería; paquetes de baterías; tarjetas de memoria y lectores de tarjetas de memoria; cascos y auriculares; altavoces, micrófonos y cascos auriculares; estuches, cobertores y soportes para dispositivos electrónicos y computadoras portátiles y de mano; controles remotos para dispositivos electrónicos y computadoras portátiles y de mano; tarjetas de regalo codificadas magnéticamente; software para la recopilación, organización, modificación, marcado de libros, transmisión, almacenamiento y uso compartido de datos e información; software para transmisión y visualización de texto, imagen y sonido; software para compras en línea; hardware; chips de ordenador; baterías; dispositivos de mano para controlar televisores, altavoces, amplificadores, sistemas de estéreo y sistemas de entretenimiento; software para la gestión de la información; software de sincronización de bases de datos; programas informáticos para acceder, navegar y buscar bases de datos en línea; software para la sincronización de datos entre una estación o dispositivo remoto y una estación o dispositivo fijo o remoto; software para telecomunicaciones

    y comunicación a través de redes de comunicaciones locales o globales; software para acceder a redes de comunicación incluyendo el internet; software para analizar y recuperar datos; software para copia de seguridad del sistema informático; radios, transmisores de radio y receptores; reproductores de soportes de datos, altavoces; componentes y accesorios de audio; teléfonos; teléfonos móviles; amplificadores y receptores de audio; aparatos e instrumentos de efectos de sonido para su uso con instrumentos musicales; generadores de tonos electrónicos para usar con instrumentos musicales; componentes electrónicos para su uso con instrumentos musicales; aparatos de audio para juguetes; altavoces de audio, aparatos telefónicos, dispositivos de telecomunicación y computadoras para su uso en vehículos motorizados; aparatos de grabación de voz y reconocimiento de voz; aparato de redes de comunicación; equipos e instrumentos electrónicos de comunicación; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; cámaras; videocámaras; cámaras cinematográficas; estuches hechos especialmente para aparatos e instrumentos fotográficos; lentes de aproximación; pantallas de proyección; aparatos de proyección; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; sistemas estéreo, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento en el hogar; software de desarrollo de aplicaciones; software utilizado en el desarrollo de otras aplicaciones de software; software de sistemas operativos; software para configurar, operar y controlar dispositivos móviles, dispositivos portátiles, teléfonos móviles, computadoras y periféricos informáticos y reproductores de audio y vídeo; software para crear bases de datos con capacidad de búsqueda de información y datos para bases de datos de redes sociales entre pares; software de juegos de computadora; libros electrónicos, revistas, publicaciones periódicas, boletines informativos, periódicos, diarios y otras publicaciones descargables; tecnología de la información y equipos audiovisuales; tonos de llamada descargables para teléfonos móviles; dibujos animados; aparatos de intercomunicación; teléfonos inteligentes; teléfonos portátiles; aparatos telefónicos; receptores telefónicos; transmisores telefónicos; videoteléfonos; discos fonográficos, discos de grabación de sonido bandas de grabación de sonido; soportes para grabaciones sonoras; casetes de vídeo; cartuchos de videojuegos, cintas de vídeo; dispositivos de memoria de computadora; microprocesadores; módems Gafas 3D; correas, brazaletes, cordones y clips para dispositivos electrónicos digitales portátiles y de mano para registrar, organizar, transmitir, manipular y revisar archivos de texto, datos, audio, imágenes y vídeo; balsas y estuches adaptados o configurados para contener reproductores digitales de música y/o vídeo, computadoras portátiles, asistentes digitales personales, organizadores electrónicos y blocs de notas electrónicos; manuales de usuario en formato legible electrónicamente, legibles para máquina o legible para computadora para su uso con y vendidos como una unidad con los productos antes mencionados; software para su uso en la generación de recomendaciones personalizadas de audio, vídeo, datos, texto y otro contenido multimedia, incluyendo música, conciertos, vídeos, radio, televisión, eventos culturales y programas relacionados con el entretenimiento determinados a partir del análisis de las preferencias del usuario; software para su uso en conexión con un servicio de suscripción de música en línea; software para su uso en la entrega, distribución y transmisión de música digital, audio, vídeo, texto y contenido multimedia asociado al entretenimiento; software para su uso en la organización, grabación, transmisión, manipulación y revisión de archivos de texto, datos, archivos de audio y archivos de vídeo en conexión con computadoras,reproductores de música, reproductores de vídeo, reproductores multimedia y dispositivos electrónicos digitales portátiles y de mano; software para permitir a las usuarios programar audio, vídeo, texto y otro contenido multimedia, a saber, música, conciertos, vídeos, radio, programas relacionados con el entretenimiento y educación mediante redes de comunicación; software de aplicación para su uso con hardware de computadora móvil y dispositivos móviles para su uso en proporcionar a los usuarios acceso a bases de datos consultables; software descargable para computadoras y dispositivos móviles que proporciona funcionalidad de búsqueda y presenta una base de datos de entretenimiento; software descargable para formatear y convertir contenido, texto, obras visuales, obras audiovisuales, datos,archivos y trabajos electrónicos en un formato compatible con dispositivos electrónicos portátiles y computadoras; software descargable que permite descargar contenido, texto, obras visuales, obras audiovisuales, datos, archivos y trabajos electrónicos y acceder los en una computadora u otro dispositivo electrónico portátil para el consumidor. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-11-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 43509-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - LIQUID RETINA - APPLE INC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 43509-18 2/ Fecha de presentación: 16-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 2018-316 5.1 Fecha: 17 Abr. 2018 5.2 País de Origen: Liechtenstein 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LIQUID RETINA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; hardware de cómputo; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos de comunicación inalámbrica para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; aparatos de comunicación en red; dispositivos electrónicos digitales de mano capaces de proporcionar acceso a internet y de enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales hardware de computadora usable (wearable); dispositivos electrónicos digitales usables (wearable) capaces de proporcionar acceso a internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; relojes inteligentes; lentes inteligentes; anillos inteligentes; rastreadores de actividad usables (wearable); pulseras conectadas [instrumentos de medida]; lectores de libros electrónicos; software de ordenador; software para la instalación, configuración, funcionamiento y control de cómputo periféricos informáticos, dispositivos móviles, teléfonos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, dispositivos portátiles usables (wearable), auriculares, audífonos, televisores, decodificadores, reproductores y grabadores de audio y video, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento; software de desarrollo de aplicaciones; software de juegos de computadora; contenido audio, vídeo y multimedia pregrabado descargable; equipos periféricos de cómputo; dispositivos periféricos para ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles usables (wearable), relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, televisores, decodificadores y reproductores y grabadores de audio y vídeo; periféricos portátiles usables para uso con ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, anillos inteligentes, auriculares, audífonos, televisores, decodificadores y reproductores y grabadores de audio y vídeo; aparatos de identificación y autenticación biométricos; acelerómetros; altímetros; aparatos de medición de distancia; aparatos de grabación de distancia; podómetros; aparatos de medición de la presión; indicadores de presión; monitores, pantallas de visualización, monitores para montar en la cabeza y auriculares para uso con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles usables (wearable), relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadores de audio y vídeo; pantallas de realidad virtual y aumentada, gafas, controladores y auriculares; gafas 3D; anteojos; gafas de sol; lentes para gafas; vidrio óptico; productos ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras; teclados, ratones para computadora (mouse), mouse pads (alfombrillas para ratón), impresoras, unidades de disco y discos duros, aparatos de grabación y reproducción de sonido; reproductores y grabadores de audio y vídeo digitales; altavoces de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos de motor; aparatos de grabación de voz y reconocimiento de voz; auriculares; audífonos; micrófonos; televisores; receptores y monitores de televisión; decodificadores; radios; transmisores y receptores de radio; interfaces de usuario para ordenadores a bordo de vehículos de motor y aparatos electrónicos, a saber, paneles de control electrónicos, monitores, pantallas táctiles, control remoto, estaciones de acoplamiento, conectores, interruptores y controles activados por voz; sistemas de posicionamiento global (dispositivos GPS); instrumentos de navegación; aparatos de navegación para vehículos [computadoras de a bordo]; controles remotos para controlar ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles usables (wereable), relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisores, decodificadores, altavoces, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento; dispositivos portátiles usables para controlar ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisores, decodificadores, altavoces, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento; aparatos de almacenamiento de datos; chips de ordenador; baterías; cargadores de baterías; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, muelles, estaciones de acoplamiento y adaptadores para uso con computadora, teléfonos móviles, ordenadores portátiles, periféricos informáticos, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables (wearable), relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisores y decodificadores; pantallas táctiles interactivas; interfaces para ordenadores, pantallas de ordenador, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables (wearable), relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadores de audio y vídeo; películas protectoras adaptadas para pantallas de ordenador, pantallas de teléfonos móviles y pantallas de LIQUID RETINA

    relojes inteligentes; partes y accesorios para ordenadores, periféricos informáticos, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles (wearable), relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, reproductores y grabadores de audio y vídeo, televisores y decodificadores; bolsos, estuches, fundas, correas y cordones para ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles dispositivos electrónicos usables (wearable), relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y vídeo; palos para tomar selfie (selfie sticks); cargadores para cigarrillos electrónicos; collares electrónicos para entrenar animales; agendas electrónicas; aparatos para verificar el correo de estampado; cajas registradoras; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; máquinas de dictar; marcadores de dobladillo; máquinas de votación; etiquetas electrónicas para productos; máquinas de selección de premios; máquinas de fax; aparatos e instrumentos de pesaje; medidas; tablones de anuncios electrónicos; aparatos de medición; obleas [rebanadas de silicio]; circuitos integrados; amplificadores; pantallas fluorescentes; controles remotos; luces que conducen filamentos [fibras ópticas]; instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y equipos de salvamento; alarmas de silbato; dibujos animados; ovoscopios; silbatos de perro; imanes decorativos; vallas electrificadas; detectores de automóviles portátiles a control remoto; aparatos electrónicos de reconocimiento y comando de voz para controlar las operaciones de dispositivos electrónicos de consumo y sistemas residenciales; asistentes digitales personales; aparato de regulación de calor; monitores, sensores y controles para dispositivos y sistemas de aire acondicionado, calefacción y ventilación; aparatos eléctricos de regulación; reguladores de luz eléctrica (atenuadores); aparatos de control de iluminación; enchufes eléctricos; interruptores eléctricos y electrónicos; alarmas, sensores de alarma y sistemas de monitoreo de alarmas; detectores de humo y monóxido de carbono; termostatos; cerraduras y pestillos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; sistemas residenciales de seguridad y vigilancia. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-11-2018 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-43460 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - OYSTERFLEX - ROLEX SA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18-43460 2/ Fecha de presentación: 15-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ROLEX SA 4.1/ Domicilio: Rue François-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OYSTERFLEX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Reloj y relojería, principalmente relojes, relojes de pulsera, componentes para reloj y artículos de relojería y accesorios para reloj y artículos de relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), correas de reloj, esferas (relojes y relojería), cajas y estuches de presentación para relojes y relojería y joyería, movimientos de relojes y sus partes; joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 18-43461 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - OYSTERSTEEL - ROLEX SA

Registro de la Propiedad Industrial

OYSTERFLEX 1/ Solicitud: 18-43461 2/ Fecha de presentación: 15-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ROLEX SA 4.1/ Domicilio: Rue François-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OYSTER STEEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Reloj y relojería, principalmente relojes, relojes de pulsera, componentes para reloj y artículos de relojería y accesorios para reloj y artículos de relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), correas de reloj, esferas (relojes y relojería), cajas y estuches de presentación para relojes y relojería y joyería, movimientos de relojes y sus partes; joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019. OYSTER STEEL

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Aviso No. 2018-026467 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - [7] Clase Internacional: 5 - GYNOPHARM, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-026467 [2] Fecha de presentación: 15/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: GYNOPHARM, S.A. [4.1] Domicilio: City Place, edificio B, Cuarto Piso, 50 metros norte de la Cruz Roja, Santa Ana, San José, Costa Rica. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparado farmacéutico indicado como tratamiento modificador del curso de la enfermedad en la esclerosis múltiple remitente.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 2018-010114 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - TNI-NX - ABBOTT POINT OF CARE INC

Registro de la Propiedad Industrial

NON TALES [1] Solicitud: 2018-010114 [2] Fecha de presentación: 02/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ABBOTT POINT OF CARE INC. [4.1] Domicilio: 400 COLLEGE ROAD EAST, PRINCETON, NEW JERSEY 08540, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TNI-NX [7] Clase Internacional: 10 [8] Protege y distingue: Cartuchos prellenados con reactivos de diagnóstico médico para uso en pruebas de diagnóstico in vitro; cartuchos prellenados con reactivos de diagnóstico médico; instrumentos y accesorios para usar en ensayos para medir niveles de troponina; instrumentos utilizados con reactivos de diagnóstico médico y productos químicos en el campo de la salud.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de noviembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 2018-49121 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - ASCEND - NOVARTIS AG

Registro de la Propiedad Industrial

TNI-NX 1/ Solicitud: 2018-49121 2/ Fecha de presentación: 21-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: NOVARTIS AG 4.1/ Domicilio: 4002 Basel, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASCEND

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Aviso — Registro de marca - Clase Internacional 10 - Aparatos quirúrgicos y médicos

Registro de Propiedad Industrial

6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Láseres quirúrgicos para trastornos oftalmológicos. 8.1/ Página Adicional: ASCEND D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-11-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 48915-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - JUMEX SPORT Y DISEÑO - COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 48915-18 2/ Fecha de presentación: 20-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: Kilómetro Doce y Medio, Carretera México a Pachuca, colonia Industrial Rústica Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUMEX SPORT Y DISEÑO

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Aviso

Aviso — Registro de marca - Clase Internacional 32 - Bebidas

Registro de Propiedad Industrial

6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas con fruta, bebidas carbonatadas, agua con fruta, agua minera lizada con fruta, agua minera lizada, juegos de frutas, néctares de frutas, zumos de frutas, bebidas no alcohólicas, polvos para preparar bebidas y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-12-18 12/ Reservas: Se protege Jumex Sport y Diseño sin reinvindican los demás elementos denominativos de la etiqueta. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 48912-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - LATABOTELLA - COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 48912-18 2/ Fecha de presentación: 20/11/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: Kilómetro Doce y Medio, Carretera México a Pachuca, colonia Industrial Rústica Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA TA BOTELLA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas con fruta, bebidas carbonatadas, agua con fruta, agua minera lizada con fruta, agua minera lizada, juegos de frutas, néctares de frutas, zumos de frutas, bebidas no alcohólicas, polvos para preparar bebidas y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/12/18 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019. LA TA BOTELLA

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Aviso No. 27699-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - VEOCEL y diseño - Lenzing Aktiengesellschaft

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 27699-18 2/ Fecha de presentación: 25-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Lenzing Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Werkstr. 2, 4860 Lenzing, Austria 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Austria

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VEOCEL y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones de tocador algodón para uso cosmético: bastoncillos de algodón para uso cosmético; toallitas desechables impregnadas con colonia; pañuelos perfumados; toallitas desechables impregnadas de compuestos limpiadores para uso facial, toallitas húmedas de limpieza facial; toallitas prehumedecidas; toallitas cosméticas prehumidificadas. toallitas húmedas de limpieza para uso higiénico y cosmético: mascarillas faciales limpiadoras; preparaciones para el cuidado de la piel; toallitas impregnadas para limpieza [no medicinales, para uso en personas, preparaciones de cuidado corporal no medicinales; toallitas para la higiene femenina; cosméticos para tratamiento de belleza; toallitas impregnadas de aceites esenciales, para uso cosmético; toallitas impregnadas de preparaciones desmaquillantes; desmaquilladoras; toallitas faciales impregnadas con cosméticos; quitaesmaltes de uñas [cosméticos]; quitaesmaltes; preparados auto bronceadores [cosméticos]; desodorantes personales; toallitas para bebés; cremas [que no sean medicinales] para limpiar la piel; cremas antiarrugas; hidratantes no medicinales; mascarillas para el cuidado de la piel de los pies; mascarillas para el cutis; exfoliantes faciales (que no sean medicinales); limpiador facial [cosmético]; lavadores faciales [cosmético]; mascarillas para el cuidado de la piel de las manos; acondicionadores para la piel; mascarillas cutáneas [cosméticos]; cremas para acondicionar la piel con fines cosméticos; cremas para el cuidado de la piel que no sean de uso médico; preparados para el cuidado de la piel destinados a la eliminación de las arrugas; crema para limpiar la piel; lociones para limpiar la piel; limpiadores cutáneos [no medicinales]; mascarillas corporales; preparaciones cosméticas para el cuidado facial; limpiadores cutáneos [cosméticos]; preparaciones cosméticas de uso tópico facial para atenuar las arrugas; parches conteniendo filtro y bloqueador solar para aplicar sobre la piel; toallitas impregnadas con un limpiador de la piel; lociones exfoliantes faciales; exfoliantes para el cuidado de la piel; exfoliantes para limpiar la piel; exfoliantes con fines cosméticos; paquetes de mascarillas para cerrar los poros utilizadas como cosméticos; mascarillas limpiadoras; mascarillas cosméticas; mascarillas faciales; champús; preparaciones para limpiar y aromatizar; productos para pulir muebles y suelos; preparaciones para desengrasar; toallitas limpiadoras impregnadas con preparados para la limpieza de las gafas; paños de limpieza impregnados con detergente; paños impregnados con una preparación pulidora para limpieza; toallitas húmedas impregnadas con detergente para limpieza; paños de limpieza impregnados con detergente; toallitas que incorporan preparados de limpieza; preparaciones para pulir; preparaciones para bruñir; preparaciones para bruñir; bolsitas de incienso; preparaciones para suavizar tejidos; suavizantes para la ropa; productos para afilar. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-08-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 11 M. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-13094 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - Tencel y diseño - Lenzing Aktiengesellschaft

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-13094 2/ Fecha de presentación: 20-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Lenzing Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Werkstr. 2, 4860 Lenzing, Austria 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017278854 5.1 Fecha: 03/10/2017 5.2 País de Origen: Oficina para la Armonización del mercado Interior 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Tenc el y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Verde y Negro. 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel crepé; filtros y materiales filtrantes de papel; papel de filtro; filtros de papel para cafeteras, materiales de embalaje impresos de papel; contenedores de papel para embalaje; bolsas de papel para embalar; lazos decorativos de papel para envolver; papel de embalaje decorativo; hojas de control de humedad, de papel o de materias plásticas, para embalar productos alimenticios; hojas de celulosa regenerada para embalar; etiquetas de papel para regalos; envoltorios de papel para regalos; embalajes de cartón; películas de materias plásticas para embalaje; papel impregnado con aceite para usar como embalaje; cajas de cartón para embalar; material de embalaje de materias plásticas; papel para envolver y embalar; sacos de papel; bolsas de papel para embalar; hojas absorbentes de papel o de materias plásticas para embalar productos alimenticios; lazos para decorar paquetes; bolsas de papel para embalar; bolsas, sacos y artículos para empaquetar, envolver y almacenar, de papel, cartón o materias plásticas; recipientes industriales de papel para embalaje; recipientes de cartón para embalaje; recipientes de celulosa regenerada para embalaje; bolsas [sobres, bolsitas] de papel o materias plásticas para empaquetar; películas para envolver alimentos; cartón para empaquetado; cajas de cartón para embalar; cajas de fibra de cartón para empaquetar; materias plásticas para embalaje ( no comprendidas en otras clases); material de envoltorios de papel; materiales de cartón para embalar; materiales de papel reciclado para embalaje; materiales de fécula o almidón para empaquetar; materiales para envase y embalaje; papel de envolver; cajas de cartón para embalar; cajas de cartón para embalar; bolsas de papel para embalar; hojas de viscosa para embalar; etiquetas de papel para identificación; blocs de papel de escribir; libretas; etiquetas de papel adhesivos; cajas para lápices; estuches y cajas de papelería; bolígrafos; pizarras pequeñas; cintas adhesivas para embalaje; productos de imprenta; adhesivos [artículos de papelería]; pegatinas [calcomanías]; carteles publicitarios impresos de papel; carteles publicitarios impresos de cartón; folletos; banderines de papel; folletos, impresos; calendarios impresos; publicaciones impresas; material promocional impreso; decoraciones adhesivas de papel para paredes; anuarios [publicaciones impresas]; calendarios; blocs de notas; banderolas de papel; pósters; postales (tarjetas-); prospectos; tarjetas de navidad; folletos; publicaciones promocionales; letreros de papel o cartón; tableros de anuncios de cartón; tableros de anuncios de cartón; cubiertas de libros; papel crepé para uso doméstico; papel para su uso en la producción de papeles pintados; papel de seda para su uso como material de papel de estarcido (ganpishi); papel para fabricar bolsitas de té; toallitas de papel para desmaquillar; papel higiénico de textura áspera; filtros de papel para café; pañuelos de papel para uso cosmético; toallitas de celulosa; sábanas desechables para mascotas con fines higiénicos; almohadillas de entrenamiento absorbentes desechables para cachorros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Lucía Durón López

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-05-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 11 M. 2019.

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Aviso No. 2018-043018 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - SENDERO BREWING CO. Y DISEÑO - LEONIDAS AUGUSTO MOYA PADILLA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-043018 [2] Fecha de presentación: 11/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LEONIDAS AUGUSTO MOYA PADILLA [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SENDERO BREWING CO. Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Amílcar Ernesto Zavala García USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de diciembre del año 2018. 12] Reservas: No se protege la palabra BREWING CO. . Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 2018-051124 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - [7] Clase Internacional: 16 - IMPRESIONES POSTALES, S. DE R.L

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-051124 [2] Fecha de presentación: 05/12/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: IMPRESIONES POSTALES, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COMAYAGÜELA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Papel, cartón y artículos de estas materias, productos de imprenta; artículos de encuadernación; fotografias, papelería, adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa; material para artistas; pinceles, máquinas de impresión y artículos de oficina; material de instrucción o de enseñanza; materias plásticas para embalaje; caracteres de imprenta; clichés.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Wendy Suyapa Enamorado Orellana USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de enero del año 2019. 12] Reservas: No se protege la denominación EDUKATRACHOS. . Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019. IMPOSIVA

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Aviso No. 2018-050047 — Solicitud de registro de Marca de servicio - MARISTAS INSTITUTO LAINMACULADAYDISEÑO - INSTITUCION HERMANOS MARISTAS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-050047 [2] Fecha de presentación: 27/11/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INSTITUCION HERMANOS MARISTAS [4.1] Domicilio: BARRIO SAN FRANCISCO, PRIMERA AVENIDA, CONTIGUO A LA IGLESIA SAN FRANCISCO COMAYAGUA, COMAYAGUA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MARISTAS INSTITUTO LA INMACULADA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Servicios de formación y educación.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Romayn Andree Baca Velásquez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de enero del año 2019. 12] Reservas: Se protege la denominación únicamente en su conjunto. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 11 M. 2019. _____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de abril del dos mil dieciocho (2018), compareció ante este tribunal el señor DAVID ALBERTO ESPINOZA SOSA, incoando demanda en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2018-000159 contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular (acción de personal SGRH- 09-2018, de fecha 06 de marzo de 2018) por no ser conforme a derecho y quebrantar formalidades esenciales. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. La adopción de medidas para su pleno restablecimiento, entre ellas se ordene el pago de prestaciones e indemnización establecidas en el artículo 38 literal g de la Ley de Servicio Civil; con el pago de salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y prejuicios, más los intereses que dichas cantidades resulten. Se alega notificación defectuosa. Costas del juicio. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 7 F. 2019.

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Aviso No. 2018-47812 — Solicitud de registro de Marca de servicio - amazon music y Diseño - Amazon Technologies, Inc

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-47812 2/ Fecha de presentación: 13-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: Tipo de Signo:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: amazon music y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios de entretenimiento, a saber, provisión de información a través de una red informática global en el campo del entretenimiento y temas relacionados con el entretenimiento; provisión de un sitio web con audio, vídeo y contenido audiovisual no descargable en forma de grabaciones con películas, programas de televisión, vídeos y música; servicios de entretenimiento, a saber, provisión de uso temporal de vídeos en línea no descargables; suministro de vídeos no descargables con programas sobre una amplia variedad de temas de entretenimiento a través de un servicio de vídeo a la carta; suministro de Films, películas y programas de televisión no descargables a través de un servicio de vídeo a la carta, distribución y alquiler de contenido de entretenimiento, a saber servicio de búsqueda y pedido de películas, películas cinematográficas, computarizados en línea, films, programas de televisión, gráficos, animaciones y presentaciones multimedia y otras obras audiovisuales en forma de descargas digitales y transmisión digital directa visible en redes informáticas y redes globales de comunicación; servicios de alquiler de películas y vídeos; alquiler de obras audiovisuales, específicamente, películas cinematográficas, programas de televisión, vídeos, vídeos musicales y música; producción y distribución de films, películas, programas de televisión y vídeos; creación y desarrollo de conceptos para películas y programas de televisión; servicios de grabación de audio y vídeo; provisión de una base de datos de búsqueda con contenido de audio, vídeo y audiovisual a través de internet, redes de telecomunicaciones y redes de telecomunicaciones inalámbricas en el campo de películas, programas de televisión, vídeos y música; provisión programas de radio en línea; servicios de publicación de audio, vídeo y multimedia digital; servicios de entretenimiento, a saber, provisión de música y programas de audio pregrabadas no descargables con historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas e información en el campo de la música y comentarios y artículos sobre música, todo en línea a través de una red informática global; servicios de entretenimiento, a saber, espectáculos visuales y de audio en musicales, de variedades, de noticias, dramáticos y de comedia, servicios de entretenimiento, a saber, provisión de entornos virtuales en los que los usuarios pueden interactuar con fines recreativos, de ocio o de entretenimiento; servicios de entretenimiento, a saber, provisión de un sitio web con las calificaciones y reseñas de contenido de televisión, películas, vídeos, música, guiones cinematográficos, guiones, libros y de videojuegos; información sobre actividades de entretenimiento; provisión de noticias, información y comentarios en línea en el campo del entretenimiento; revistas en línea, a saber, blogs con información sobre entretenimiento; organización de concursos; servicios de sorteo; servicios de sorteo proporcionados a través de una red informática global que organiza sorteos y concursos en línea para terceros, publicación de libros, revistas, publicaciones periódicas, obras literarias, obras visuales, obras de audio y obras audiovisuales; presentación de conciertos y actuaciones musicales en vivo; servicios de producción musical; servicios de publicación de música; servicios de entretenimiento, a saber, creación de perfiles de músicos, artistas y banda, mediante el suministro de videoclips de actuaciones musicales no descargables a través de una red informática global; provisión de recursos interactivos no descargables para buscar, seleccionar, administrar y visualizar contenido audiovisual en forma de grabaciones de películas, programas de televisión, vídeos y música, provisión de boletines en línea en el campo de la televisión, películas y vídeos a través de correo electrónico; servicios de traducción e interpretación; provisión de publicaciones electrónicas en línea, no descargables; publicación de textos que no sean publicitarios; redacción de textos, que no sean publicitarios; alquiler de equipos de audio; exhibición de películas cinematográficas; organización y dirección de conciertos; entretenimiento, diversiones; servicios de juegos proporcionados en Ígnea desde una red informática; alquiler de equipos de juegos; provisión de servicios de karaoke; alquiler de proyectores de películas y accesorios; estudios de cine; servicios de composición musical; organización de espectáculos (servicios de empresario); programas de entretenimiento por radio; alquiler de aparatos de radio y televisión; producción de programas de radio y televisión; alquiler de grabaciones de sonido; sub titulado; programas de entretenimiento por televisión; producciones teatrales; organización de competiciones (educación o entretenimiento); organización de exposiciones con fines culturales o educativos; servicios de religiosa; enseñanza, servicios educativos, servicios de instrucción. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 26-11-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 2018-47811 — Solicitud de registro de Marca de servicio - amazon music y Diseño - Amazon Technologies, Inc

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2018-47811 2/ Fecha de presentación: 13-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: Tipo de Signo:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: amazon music y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Radiodifusión y transmisión de voz, datos, imágenes, música, audio, vídeo, multimedia, televisión y radio par media de redes de telecomunicaciones; telecomunicaciones; transmisión de vídeo a la carta; servicios de transmisión de televisiones por protocolo de internet (IPTV); emisión electrónica de expedientes de audio y vídeo en tiempo real (streaming) y descargables a través de ordenador y otras redes de comunicación; transmisión electrónica de información y datos; transmisión electrónica y emisión en tiempo real (streaming) de contenidos de medias digitales para terceros a través de redes informáticas globales y locales; servicios de telecomunicación, a saber, transmisión y emisión en tiempo real (streaming) de voz, datos, imágenes, películas, programas de televisión, audio y programas audiovisuales y otros contenidos de medias digitales e información a través de redes de telecomunicaciones, redes de comunicación inalámbricas y el internet; emisión en tiempo real (streaming) de contenidos de audio, vídeo y audiovisuales a través de internet, redes de comunicación y redes inalámbricas de telecomunicación; emisión en tiempo real (streaming) de datos; emisión en tiempo real (streaming) de música, films, películas, show televisivo y juegos en el internet; servicios de radiodifusión; servicios de difusión de audio y de vídeo; servicios de difusión de películas cinematográficas y programas audiovisuales; servicios de difusión de audio y vídeo a través de internet por media de suscripción; servicios de difusión y de acceso por medias de telecomunicación a películas, programas de televisión, programas de audio y audiovisuales y otros contenidos de medias digitales e información, provistos mediante un servicio de vídeo a la carta; servicios de difusión de webs; servicios de radiodifusión a través de internet; servicios de telecomunicación, a saber, transmisión de webcasts; transmisión de archivos digitales; transmisión de contenido digital a través de redes informáticas, internet, línea de suscripción digital (DSL), redes de cable, descarga digital, emisión digital en tiempo real (streaming), vídeo a la carta, vídeo casi a la carta (near-vídeo-oridemand), TV, televisión gratuita, TV a la carta, satélite, cable, teléfono o teléfono móvil; transmisión electrónica de archivos digitales de fotos entre usuarios de internet; provisión de acceso a directorios, base de datos, páginas web, blogs y materiales de referencia en línea; transmisión de noticias; mensajería electrónica; transmisión electrónica de correo y mensajes; servicios de difusión de contenidos multimedia para reproductores portátiles [podcasting]; provisión de salas de chat en línea para redes sociales; provisión de faros en línea para la transmisión de mensajes entre usuarios de ordenador y la transmisión de fotos, vídeos, texto, datos, imágenes y sonido; servicios de telecomunicación, a saber, provisión de tablones de anuncios electrónicos para la transmisión de mensajes entre usuarios de ordenador en relación con entretenimiento; provisión de servicios de conectividad de telecomunicaciones para la transferencia de imágenes, mensajes, audio, vídeo, audiovisual y obras multimedia entre teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos portátiles, tabletas, u ordenadores; transmisión de gafas de televisión y de películas; comunicación entre ordenadores; provisión de tiempos de acceso a contenido multimedia en internet; provisión de servicios de conexiones de telecomunicación a bases de datos de computadoras; transmisión de datos a través de aparatos de audiovisual controlados por aparatos u ordenadores de procesamiento de datos, servicios de encaminamientos y enlace para telecomunicaciones, alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales, transmisión de tarjetas de felicitación en línea, alquiler de aparatos para el envío de mensaje, alquiler de módems, alquiler de equipos de telecomunicación. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 26-11-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-047813 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - AMAZON MUSIC Y DISEÑO - AMAXON TECHNOLOGIES, INC

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-047813 [2] Fecha de presentación: 13/11-2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: A MAXON TECHNOLOGIES, INC. [4.1] Domicilio: 410 TERRY AVE. N., SEATTLE, WASHINGTON 98109, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AMAZON MUSIC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Servicios de software, a saber, servicios de soporte técnico para software de reconocimiento de música y vídeo; software no descargable para reconocimiento de sonido, vídeo y música; software no descargable que permite descubrir, interactuar con y compartir contenido de audio, vídeo, impresión, multimedia o realidad aumentada; provisión de software en línea no descargable para su uso en la creación y compartimiento de listas de reproducción de audio y archivos multimedia; provisión de software en línea no descargable para su uso en la reproducción, organización, descarga, transmisión, manipulación y revisión de archivos de audio y archivos multimedia; provisión de software en línea no descargable para su uso en la entrega, distribución y transmisión de música digital y audio, vídeo texto y contenido multirnedia relacionado con entretenimiento; servicios informáticos, a saber, provisión de páginas web personalizadas y otros formatos de alimentación de datos con información de usuario personalizada en los campos de noticias, deportes, clima, comentarios y otra información, contenido de publicaciones periódicas, blogs y sitios web y otro texto, audio, vídeo y contenido multimedia; creación de índices de información en línea, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas globales para terceros; provisión de software en línea no descargable para su uso en la generación de recomendaciones personalizadas de audio, vídeo, datos, texto y otro contenido multimedia; provisión de software en línea no descargable para su uso en conexión con servicio de suscripción de música en línea; provisión de motores de búsqueda para obtener datos a través de internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; información relacionada con hardware o software provista en línea desde una red informática global o internet; servicios de almacenamiento electrónico de datos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: La Marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra MUSIC de forma separada. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 45910-2018 — Solicitud de registro de Marca de servicio - PRODUCCIONES ROMA Y DISEÑO - Mario Horacio Villacorta López

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45910-2018 2/ Fecha de presentación: 30-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: Mario Horacio Villacorta López 4.1/Domicilio: Antiguo Cuscatlán, departamento de San Salvador, El Salvador. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: El Salvador

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PRODUCCIONES ROMA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento, en especial la organización de eventos y espectáculos de cualquier naturaleza, tales como conciertos, eventos deportivos, shows, ferias, desfiles de moda, eventos culturales, fiestas y eventos deportivos. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Oscar Andres Moreno Cáceres.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13-12-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 36025-2018 — Solicitud de registro de Marca de servicio - NIVO LAS LOMAS Y DISEÑO - AVANCE INGENIEROS-GRUPO M, S.A. DE C.V

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 36025-2018 2/ Fecha de presentación: 16-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: AVANCE INGENIEROS-GRUPO M, S.A. DE C.V. 4.1/Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: NIVO LAS LOMAS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: EVER DANILO VARGAS COPLAND

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 24-09-2018. 12/Reservas: Se protege en su conjunto y no en forma separada. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-043841 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - [7] Clase Internacional: 5 - LABORATORIOS RAVEN, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-043841 [2] Fecha de presentación: 16/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS RAVEN, S.A. [4.1] Domicilio: San José-Escazu Guachepelin, Costa Rica [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto farmacéutico.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: CYLIA LOURDES RODAS ALVARADO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de diciembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-045909 — Solicitud de registro de Marca de servicio - TWO SHOWS Y DISEÑO - MARIO HORACIO VILLACORTA LÓPEZ

Registro de la Propiedad Industrial

TICOMICINA RAVEN [1] Solicitud: 2018-045909 [2] Fecha de presentación: 30/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MARIO HORACIO VILLACORTA LÓPEZ [4.1] Domicilio: Antiguo Cuscatlán, departamento de San Salvador, El Salvador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: El Salvador

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TWO SHOWS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Servicios de entretenimiento, en especial la organización de eventos y espectáculos de cualquier naturaleza, tales como conciertos, eventos deportivos, shows, ferias, desfiles de moda, eventos culturales, fiestas y eventos deportivos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: OSCAR ANDRES MORENO CÁCERES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de diciembre del año 2018. [12] Reservas: Se protege la denominación “TWO SHOWS y su DISEÑO”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 46430-18 — Solicitud de registro de Marca de servicio - EL FUNKY Y DISEÑO - EL FUNKY BARBER SHOP

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 46430-18 2/ Fecha de presentación: 5-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: EL FUNKY BARBER SHOP 4.1/Domicilio: BOULEVARD DEL NORTE, PLAZA DEPORTIVA ANDONIE, ENTRE 16 Y 17 CALLE, BARRIO LAS FLORES LOCAL No.5, SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: EL FUNKY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios veterinarios, cuidados de higiene y de belleza para personas o animales, barbería. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: ROBERTO ZALDIVAR RIVERA

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 23-11-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019

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Aviso

Aviso No. 46431-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - KALIFA Y ETIQUETA - POLLOS EL KALIFA, S. DE R.L

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 46431-18 2/ Fecha de presentación: 05-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: POLLOS EL KALIFA, S. DE R.L. 4.1/Domicilio: RESIDENCIAL CASA MAYA II, 1 Y 2 AVENIDA, 8 CALLE, CASA No. 23, SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: KALIFA Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne de pollo y sus derivados. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: ROBERTO ZALDIVAR RIVERA

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 23-11-2018. 12/Reservas: No se protege la palabra pollos. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019

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Aviso

Aviso No. 2018-051125 — Solicitud de registro de Nombre comercial - [7] Clase Internacional: 0 - IMPRESIONES POSTALES, S. DE R.L

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-051125 [2] Fecha de presentación: 05/12/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: IMPRESIONES POSTALES, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COMAYAGÜELA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Impresión general de toda clase de papelería, tarjetas, arrendamientos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: WENDY SUYAPA ENAMORADO ORELLANA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de enero del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-048748 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - PURO SABOR Y ETIQUETA - PURO SABOR

Registro de la Propiedad Industrial

IMPOSIVA&CO [1] Solicitud: 2018-048748 [2] Fecha de presentación: 19/11/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PURO SABOR [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PURO SABOR Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Puros a base de tabaco.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANGELA MELISSA GARCÍA DÍAZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de diciembre del año 2018. [12] Reservas: Se protege en su forma conjunta y no se da exclusividad sobre la frase los placer es de la vida. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 52100-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - PREGURT - The Coca-Cola Company

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud:52100-18 2/ Fecha de presentación: 12-12-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: The Coca-Cola Company 4.1/Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313 U.S.A. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PREGURT 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas, aguas minerales y aereadas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas de frutas y jugos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: OSCAR RENÉ CUEVAS BUSTILLO

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 27-12-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 11 M. 2019

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Aviso No. 52099-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - PREGURT - The Coca-Cola Company

Registro de la Propiedad Industrial

PREGURT 1/ Solicitud: 52099-18 2/ Fecha de presentación: 12-12-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: The Coca-Cola Company 4.1/Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313 U.S.A. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PREGURT 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne. pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: OSCAR RENÉ CUEVAS BUSTILLO

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 27-12-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 11 M. 2019 PREGURT

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Aviso No. 2018-024962 — Solicitud de registro de Nombre comercial - IBAGARI - IBAGARI BOUTIQUE HOTEL & MANAGEMENT COMPANY, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-024962 [2] Fecha de presentación: 05/06/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: IBAGARI BOUTIQUE HOTEL & MANAGEMENT COMPANY, S.A. [4.1] Domicilio: Lotes 4 y 5 Marisol Beach, West Bay, Roatan, Islas de la Bahía, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: IBAGARI [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Boutique hotel que brinda servicios de hospedaje y conexos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: En la modalidad de Nombre Comercial no se protegen los diseños o colores que puedan mostar los ejemplares de etiquetas, se protege únicamente la denominación “IBAGARI”. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 11 M. 2019.

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Aviso No. 43306-2018 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - FISIOCREM y diseño - URIACH CONSUMER HEALTHCARE, S.L

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 43306-2018 2/ Fecha de presentación: 12-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: URIACH CONSUMER HEALTHCARE, S.L. 4.1/Domicilio: Av. Cami Reial, 51-57, Pol. Ind. Riera de Caldes, 08184 Palau-Solita I Plegamans, Barcelona, España. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: España

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: FISIOCREM y diseño 6.2/ Reivindicaciones: Los colores Lila, Verde Lima, Amarillo, Naranja, Rojo. 7/Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; cremas, pomadas y linimentos de uso médico; cremas farmacéuticas, cremas terapéuticas; cremas para aliviar el dolor; preparados antiinflamatorios; complementos alimenticios para la salud compuestos principalmente de colageno. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 21-11-2018 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 11 M. 2019 _______

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Aviso — Registro de marca - Clase Internacional 42 - Servicios científicos y tecnológicos

Registro de Propiedad Industrial

6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Verde yAzul, tal como se muestra en los ejemplares que se acompañan. 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como análisis industriales e investigación y servicios de información en el campo de los productos químicos utilizados en la industria, ciencia, cría de peces, agricultura, horticultura y la silvicultura, fertilizantes, preparaciones fertilizantes, yodo, litio y minerales; evaluación, estimación e informes de ingenieros y otros especialistas en el campo de la aplicación de productos químicos, fertilizantes y preparaciones fertilizantes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/11/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 44015-2018 — Solicitud de registro de Marca de servicio - SQM Y DISEÑO - SQM Europe N.V

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 44015-2018 2/ Fecha de presentación: 17-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SQM Europe N.V. 4.1/ Domicilio: Houtdok-Noordkaai 25a, 2030 Antwerpen, Bélgica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Bélgica

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 1382748 5.1/ Fecha: 04 Oct., 2018 5.2/ País de Origen: Oficina Benelux de Marcas (BBM) y (BBDM) 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SQM Y DISEÑO _________ 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Verde yAzul, tal como se muestra en los ejemplares que se acompañan. 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos utilizados en la industria y ciencia, así como en la cría de peces, agricultura, horticultura y silvicultura; fertilizantes; preparaciones fertilizantes; ácido bórico; carbonato de cobre; productos químicos de cobre; fosfato de cobre; sulfato de cobre; minerales industriales; sales industriales y cerámicas para uso en la industria; yodo para fines químicos e industriales; litio; cloruro de magnesio; estiércol metales (alcalinos y de la tierra); nitratos; potasio; resinas (sin procesar); salitre. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/11/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 44014-2018 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - SQM Y DISEÑO - SQM Europe N.V

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 44014-2018 2/ Fecha de presentación: 17-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SQM Europe N.V. 4.1/ Domicilio: Houtdok-Noordkaai 25a, 2030 Antwerpen, Bélgica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Bélgica

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 1382748 5.1/ Fecha: 04 Oct., 2018 5.2/ País de Origen: Oficina Benelux de Marcas (BBM) y (BBDM) 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SQM Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Reloj y relojería, principalmente relojes, relojes de pulsera, componentes para reloj y artículos de relojería y accesorios para reloj y artículos de relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), correas de reloj, esferas (relojes y relojería), cajas y estuches de presentación para relojes y relojería y joyería, movimientos de relojes y sus partes; joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-43462 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - EVEROSE - ROLEX SA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18-43462 2/ Fecha de presentación: 15-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ROLEX SA. 4.1/ Domicilio: Rue Franҫois-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: E VER O SE _________ E VER O SE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Reloj y relojería, principalmente relojes, relojes de pulsera, componentes para reloj y artículos de relojería y accesorios para reloj y artículos de relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), correas de reloj, esferas (relojes y relojería), cajas y estuches de presentación para relojes y relojería y joyería, movimientos de relojes y sus partes; joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-43463 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - CHROMALIGHT - ROLEX SA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18-43463 2/ Fecha de presentación: 15-10-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: ROLEX SA. 4.1/ Domicilio: Rue Franҫois-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHROMALIGHT CHROMALIGHT

    6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir y combatir los animales dañinos, insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-12-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-48410 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - REXOVOR - BASF SE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18-48410 2/ Fecha de presentación: 15-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE. 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REXOVOR _________ REXOVOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir y combatir los animales dañinos, insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14/12/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 50414-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - ANTORIX - BASF SE

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 50414-18 2/ Fecha de presentación: 29-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE. 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ANTORIX _________ ANTORIX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32

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Aviso

Aviso No. 18-50348 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - Knorr y Diseño - KNORR-NÄEHRMITTEL AKTIENGESELLSCHAFT

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18-50348 2/ Fecha de presentación: 28-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: KNORR-NÄEHRMITTEL AKTIENGESELLSCHAFT. 4.1/ Domicilio: Bahnhof strasse 19,8240 Thayngen 8240, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Knorr y Diseño 8/ Protege y distingue: Bebida a base de frutas; bebidas a base de vegetales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-12-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019. _________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas con fruta, bebidas carbonatadas, agua con fruta, agua minera lizada con fruta, agua meneralizada, jugos de frutas, néctares de frutas, zumos de frutas, bebidas no alcohólicas, polvos para preparar bebidas y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-12-2018 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 48917-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - DISEÑO ESPECIAL - COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 48917-18 2/ Fecha de presentación: 20-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro doce y medio, carretera México a Pachuca, Colonia Industrial Rústica Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL _________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas con fruta, bebidas carbonatadas, agua con fruta, agua minera lizada con fruta, agua meneralizada, jugos de frutas, néctares de frutas, zumos de frutas, bebidas no alcohólicas, polvos para preparar bebidas y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Para ser usada con la marca 48916-18. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-49073 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - WORLDWIDE EXCELLENCE IN QUALITY - COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18-49073 2/ Fecha de presentación: 20-11-18 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro doce y medio, carretera México a Pachuca, Colonia Industrial Rústica Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WORLDWIDE EXCELLENCE IN QUALITY WORLDWIDE EXCELLENCE IN QUALITY

    6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Bolsas, bolsas deportivas y de atletismo; bolsas de viaje; bolsos escolares; mochilas; carteras; cinturones; monederos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-12-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019

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Aviso

Aviso No. 18-50521 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - BAD BOY - Platypus Wear, Inc

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18-50521 2/ Fecha de presentación: 30-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Platypus Wear, Inc. 4.1/ Domicilio: 2411 Second Avenue, San Diego, California 92101, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAD BOY

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Aviso

Aviso No. 18-50349 — Solicitud de registro de Marca de servicio - Knorr y Diseño - KNORR-NÄEHRMITTEL AKTIENGESELLSCHAFT

Registro de la Propiedad Industrial

BAD BOY 1/ No. Solicitud: 18-50349 2/ Fecha de presentación: 28-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: KNORR-NÄEHRMITTEL AKTIENGESELLSCHAFT. 4.1/ Domicilio: Bahnhof strasse 19,8240 Thayngen 8240, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Knorr y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios relacionados con el suministro de comidas y bebidas en restaurantes y bares. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-12-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019. _________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32

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Aviso

Aviso No. 18-49074 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - PARA TU SED DE GANAR - COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18-49074 2/ Fecha de presentación: 20-11-18 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro doce y medio, carretera México a Pachuca, Colonia Industrial Rústica Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PARA TU SED DE GANAR PARA TU SED DE GANAR 8/ Protege y distingue: Bebidas con fruta, bebidas carbonatadas, agua con fruta, agua minera lizada con fruta, agua meneralizada, jugos de frutas, néctares de frutas, zumos de frutas, bebidas no alcohólicas, polvos para preparar bebidas y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11/12/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019. 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios; extremidades, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; materiales de sutura; dispositivos terapéuticos y de asistencia adaptados para discapacitados; aparatos de masaje; aparatos, dispositivos y artículos para lactantes; aparatos, dispositivos y artículos de actividad sexual; dispositivos médicos para uso oftálmico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-12-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-49119 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - UPJOHN - PHARMACIA & UPJOHN COMPANY LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-49119 2/ Fecha de presentación: 21-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA CIA & UPJOHN COMPANY LLC. 4.1/ Domicilio: 7000 Portage Road, Kalamazoo, Michigan 49001, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UPJOHN _________ UPJOHN _________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparato quirúrgico para uso en cirugía oftalmológica. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-03-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-50481 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - ERGOBOT - NOVARTIS AG

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 18-50481 2/ Fecha de presentación: 29-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: NOVARTIS AG. 4.1/ Domicilio: 4002 Basel, Suiza 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ERGOBOT ERGOBOT

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Aviso

Aviso No. 2017-036591 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - FABRICA LA ROJENA Y DISEÑO - TEQUILA CUERVO, S.A. DE C.V

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-036591 [2] Fecha de presentación: 22/08/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: TEQUILA CUERVO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: AVENIDA PERIFERICO SUR No. 8500, TLAQUEPAQUE, JALISCO, C.P. 45601, México. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FABRICA LA ROJENA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza); mezclas de cócteles alcohólicas; aguardientes destilado del agave azul.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019

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Aviso

Aviso — Registro de marca - Clase Internacional 31 - Frutas y verduras frescas

Registro de Propiedad Industrial

6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Frutas y verduras frescas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-11-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 47090-2018 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - KAYA PAYA - AGROPECUARIA POPOYAN, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 47090-2018 2/ Fecha de presentación: 07-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AGROPECUARIA POPOYAN, S.A. 4.1/ Domicilio: 11 Av. 37-80 Zona 11, colonia Las Charcas, Ciudad de Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KAYA PAYA KAYA PAYA _________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30

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Aviso

Aviso No. 25243-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - DINOSAURIOS Y DISEÑO - BAGLEY CHILE, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 25243-18 2/ Fecha de presentación: 07-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BAGLEY CHILE, S.A. 4.1/ Domicilio: Santiago de Chile, República de Chile. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Chile

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DINOSAURIOS Y DISEÑO 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-11-18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso — Registro de marca - Clase Internacional 22 - Pita de amarre plástica

Registro de Propiedad Industrial

6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 22 8/ Protege y distingue: Pita (cuerda) de amarre plástica. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-11-2018 12/ Reservas: Abogado NOEMÍ ELIZABETH LAGOS ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-47628 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - LA MERA - SACOS AGRO INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-47628 2/ Fecha de presentación: 12-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SACOS AGRO INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico, diecisiete guión treinta y seis (17-36) de la zona once (11) Ciudad de Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LA MERA LA MERA _________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 22 8/ Protege y distingue: Pita (cuerda) de amarre plástica. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-11-2018 12/ Reservas: Abogado NOEMÍ ELIZABETH LAGOS ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-47629 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - EL MERO - SACOS AGRO INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-47629 2/ Fecha de presentación: 12-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SACOS AGRO INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico, diecisiete guión treinta y seis (17-36) de la zona once (11) Ciudad de Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL MERO EL MERO

    6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Entrenamiento y enseñanza quirúrgica en el campo de la cirugía ortopédica. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/11/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-47284 — Solicitud de registro de Marca de servicio - DYNABRACE - JOHNSON & JOHNSON

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-47284 2/ Fecha de presentación: 08-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON. 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson, Plaza New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DYNABRACE DYNABRACE _________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Instrumentos de relojería y cronométricos; relojes; relojes de pared; relojes para medir el tiempo; cronógrafos para su uso como relojes para tomar el tiempo; cronómetros; correas de reloj; bandas de reloj; estuches para relojes; relojes e instrumentos de relojería y cronometría; partes de relojes, relojes e instrumentos de relojería y cronometría; joyería; aleaciones de metales preciosos, cajas de metales preciosos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/11/2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-46301 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - AIRPODS - APPLE INC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-46301 2/ Fecha de presentación: 02-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 74945 5.1/ Fecha: 04 May., 2018 5.2/ País de Origen: Jamaica 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AIRPODS AIRPODS _________ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05

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Aviso

Aviso No. 2018-46614 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - UPJOHN - PHARMACIA & UPJOHN COMPANY, LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-46614 2/ Fecha de presentación: 06-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA CIA & UPJOHN COMPANY, LLC. 4.1/ Domicilio: 7000 Portage Road, Kalamazoo, Michigan 49001, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UPJOHN UPJOHN 8/ Protege y distingue: Una línea completa de preparaciones medicinales y farmacéuticas para uso en humanos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/11/2018 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso — Registro de marca - Clase Internacional 12 - Llantas

Registro de Propiedad Industrial

6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Llantas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-11-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-48730 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - INTERSTATE - TBC Trademarks, LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-48730 2/ Fecha de presentación: 19-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: TBC Trademarks, LLC. 4.1/ Domicilio: 2215 B Renaissance Drive, Las Vegas, Nevada 89119, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INTER STATE INTER STATE

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Aviso

Aviso No. 2018-047087 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - [7] Clase Internacional: 29 - GROPECUARIA POPOYAN, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-047087 [2] Fecha de presentación: 07/11/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: GR O PECUARIA POPOYAN, S.A. [4.1] Domicilio: 11 Av. 37-80 zona 11, colonia Las Charcas, Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, conservas y encurtidos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: Esta señal de propaganda será usada con la marca “La Carreta y Diseño” Reg. No. 130.555. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019

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Aviso No. 2018-46615 — Solicitud de registro de Marca de servicio - UPJOHN - PHARMACIA & UPJOHN COMPANY, LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-46615 2/ Fecha de presentación: 06-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA CIA & UPJOHN COMPANY, LLC. 4.1/ Domicilio: 7000 Portage Road, Kalamazoo, Michigan 49001, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UPJOHN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Suministro de información sanitaria y médica; servicios de asistencia sanitaria, en concreto información sobre salud, bienestar y nutrición. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/11/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019. UPJOHN

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Aviso No. 2018-047086 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - [7] Clase Internacional: 9 - APPLE INC

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-047086 [2] Fecha de presentación: 07/11/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: APPLE INC. [4.1] Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Ordenadores; hardware de ordenador; hardware de ordenador portátil; computadoras portátiles; tabletas; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; relojes inteligentes; chips de ordenador.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019 A12 BIONIC

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Aviso No. 2018-46722 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - Sunny’s Salon y Diseño - VIACOM INTERNATIONAL INC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2018-46722 2/ Fecha de presentación: 06-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: VIACOM INTERNATIONAL INC. 4.1/ Domicilio: 1515 Broadway, New York, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Sunny’s Salon y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas, aguas minerales y aireadas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas con frutas y zumos de fruta, jarabe y otra preparación para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-11-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 2018-047088 — Solicitud de registro de Señal de propaganda - [7] Clase Internacional: 31 - GROPECUARIA POPOYAN, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-047088 [2] Fecha de presentación: 07/11/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: GR O PECUARIA POPOYAN, S.A. [4.1] Domicilio: 11 Av., 37-80, zona 11, colonia Las Charcas, Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 31 [8] Protege y distingue: Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos no incluidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras frescas; semillas, plantas vivas y flores naturales, sustancias para la alimentación de animales, malta.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: Esta señal de propaganda será usada con la marca “La Carreta y Diseño “Reg. No. 115.335. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019

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Aviso No. 2018-46720 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - Sunny’s Salon y Diseño - VIACOM INTERNATIONAL INC

Registro de la Propiedad Industrial

¡RIQUÍSIMO, FRESCO Y SALUDABLE! 1/ No. Solicitud: 2018-46720 2/ Fecha de presentación: 06-11-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: VIACOM INTERNATIONAL INC. 4.1/ Domicilio: 1515 Broadway, New York, New York, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Sunny’s Salon y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne; frutos y verduras conservados, secados y cocinados; gelatinas, mermeladas, salsas de frutas; huevos, leche y productos de leche; aceites y grasas comestibles; gelatinas con sabor y dulce. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-11-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 2018-003650 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - COMPASS MINERALS - COMPASS MINERALS INTERNATIONAL, INC

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-003650 [2] Fecha de presentación: 22/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: COMPASS MINERALS INTERNATIONAL, INC. [4.1] Domicilio: 9900 West 109 th Street, Suite 100, Overland Park, Kansas 66210, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COMPASS MINERALS [7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Fertilizantes y fertilizantes foliares para alimentación.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: EDUARDO PEDEMONTE LARA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019 COMPASS MINERALS

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Aviso No. 48914-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - JUMEX SPORT Y DISEÑO - COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 48914-18 2/ Fecha de presentación: 20-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro Doce y Medio, carretera México a Pachuca, Colonia Industrial Rústica Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUMEX SPORT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas con fruta, bebidas carbonatadas, agua con fruta, agua minera lizada con fruta, agua minera lizada, jugos de frutas, néctares de frutas, zumos de frutas, bebidas no alcohólicas, polvos para preparar bebidas y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/12/18 12/ Reservas: Se protege “Jumex Sport y Diseño” sin reivindicación de los demás elementos denominativos de la etiqueta. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 48916-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - JUMEX Y DISEÑO - COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 48916-18 2/ Fecha de presentación: 20-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro Doce y Medio, carretera México a Pachuca, Colonia Industrial Rústica Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUMEX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas con fruta, bebidas carbonatadas, agua con fruta, agua minera lizada con fruta, agua minera lizada, jugos de frutas, néctares de frutas, zumos de frutas, bebidas no alcohólicas, polvos para preparar bebidas y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-12-2018 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso No. 22167-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - RIGOCHOC - BAGLEY CHILE, S.A

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 22167-18 2/ Fecha de presentación: 18-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BAGLEY CHILE, S.A. 4.1/ Domicilio: Santiago de Chile, República de Chile. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Chile

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RIGOCHOC 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza; levaduras, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (con excepción de salsas para ensaladas), especias, hielo. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-12-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 48913-18 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - JUMEX SPORT Y DISEÑO - COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Registro de la Propiedad Industrial

RIGOCHOC 1/ No. Solicitud: 48913-18 2/ Fecha de presentación: 20-11-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: COMERCIALIZADORA ELORO, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro Doce y Medio, carretera México a Pachuca, Colonia Industrial Rústica Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUMEX SPORT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas con fruta, bebidas carbonatadas, agua con fruta, agua minera lizada con fruta, agua minera lizada, jugos de frutas, néctares de frutas, zumos de frutas, bebidas no alcohólicas, polvos para preparar bebidas y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/12/18 12/ Reservas: Se protege “Jumex Sport y Diseño” sin reivindicación de los demás elementos denominativos de la etiqueta. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-036022 — Solicitud de registro de Marca de servicio - ENEFUTH Y LOGO - FEDERACIÓN NACIONAL AUTÓNOMA DE FÚTBOL DE HONDURAS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-036022 [2] Fecha de presentación: 16/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FEDERACIÓN NACIONAL AUTÓNOMA DE FÚTBOL DE HONDURAS. [4.1] Domicilio: COL. FLORENCIA NORTE, AVENIDA ROBLE, EDIF. PLAZA AMÉRICA, 1 Y 2 PISO, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ENEFUTH Y LOGO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ EDUARDO LAZO RODRÍGUEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspon- diente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de diciembre del año 2018 12] Reservas: Diseño de Escuela Nacional de Entrenadores de Fútbol de Honduras, conformada por escudo de fondo color Azul, 5 estrellas ordenadas en forma de arco en partes superior de el balón de fútbol en color amarillo, ribete para asignación de la palabra “ENEFUTH” en forma de arco. Sin reivindicar Escuela Nacional de Entrenadores de Fútbol de Honduras. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-036020 — Solicitud de registro de Marca de servicio - DISEÑO ESPECIAL DE LA - FEDERACIÓN NACIONAL AUTÓNOMA DE FUTBOL DE HONDURAS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-036020 [2] Fecha de presentación: 16/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FEDERACIÓN NACIONAL AUTÓNOMA DE FUTBOL DE HONDURAS. [4.1] Domicilio: COL. FLORENCIA NORTE, AVENIDA ROBLE, EDIF. PLAZA AMÉRICA, 1 Y 2 PISO, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA H [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ EDUARDO LAZO RODRÍGUEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspon- diente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de diciembre del año 2018 12] Reservas: Diseño de la H color Azul con 5 estrellas color Blanco, ubicadas al lado derecho en alineación vertical con palabra Honduras en color Blanco, ubicada a lado izquierdo de la “H” en alineación vertical. Sin reivindicar la letra H ni palabra Honduras. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019.

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Aviso No. 2018-036021 — Solicitud de registro de Marca de servicio - ENEFUTH Y LOGO - FEDERACIÓN NACIONAL AUTÓNOMA DE FUTBOL DE HONDURAS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-036021 [2] Fecha de presentación: 16/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FEDERACIÓN NACIONAL AUTÓNOMA DE FUTBOL DE HONDURAS. [4.1] Domicilio: COL. FLORENCIA NORTE, AVENIDA ROBLE, EDIF. PLAZA AMÉRICA, 1 Y 2 PISO, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ENEFUTH Y LOGO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ EDUARDO LAZO RODRÍGUEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de diciembre del año 2018 12] Reservas: Logo “Congreso de Entrenadores de Honduras”, color Dorado, ribete Dorado con la inclusión de las cic las “ENEFUTH”, número de edición, del congreso en la parte interior del escudo. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 E., 7 y 22 F. 2019. _________

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