Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 155-2018 — Reforma del Reglamento de Emisión de Bonos/Letras Gobierno de Honduras (GDH) y (GDH-P)
Presidencia de la República / Secretaría de Finanzas
- 1.
Que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2017, aprobado mediante Decreto Legislativo No.171-2016 de fecha 15 de diciembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 34,223 del 27 de diciembre de 2016, autorizó al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, coloque valores de endeudamiento público hasta por un monto de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTAY DOS MILLONES SETECIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L19,472,700,000.00), y que en su artículo 44 autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que a través de la Dirección General de Crédito Público, elabore el Reglamento que defina las características, términos y condiciones de la Emisión de Valores Gubernamentales autorizados para el Ejercicio Fiscal 2017.
- 2.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.006-2017 del 9 de enero de 2017 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de enero de 2017, se aprobó el Reglamento de las Características, Términos y Condiciones de la Emisión de “Bonos/Letras Gobierno de Honduras (GDH)” por DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L19,472,700,000.00) y la emisión de “Bonos/Letras Gobierno de Honduras Permuta (GDH-P) por DIEZ MIL MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L10,000,000,000.00).
- 3.
Que mediante Decreto Legislativo No.38-2017 del 31 de mayo de 2017 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 9 de junio de 2017, en el Artículo 1 se autorizó la asignación de una partida presupuestaria por CUARENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L40,000,000.00) a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, misma que fue autorizada a financiarse con la nueva emisión de deuda interna por el mismo valor, según FE de ERRATA publicada en Diario Oficial “La Gaceta” el 15 de julio de 2017, representando un monto adicional al endeudamiento público autorizado en el Decreto No.171-2016.
- 4.
Que el Artículo 47 del Decreto Legislativo No.171-2016, autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que realice operaciones de permuta o refinanciamiento de bonos vigentes o al vencimiento, por otros bonos con el propósito de minimizar el riesgo y mejorar el perfil de la deuda. En caso de las permutas de valores con fecha de vencimiento en años posteriores al año 2017, no afectarán el techo presupuestario del endeudamiento público interno aprobado en el Presupuesto General de la República para el presente año, sin embargo los intereses devengados que sean capitalizados y el incremento nominal que exista en la deuda como parte del proceso de permuta, sí contarán contra el techo autorizado. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
- 5.
Que en septiembre de 2017 en línea con las mejores prácticas internacionales de gestión de pasivos y como estrategia para la reducción de riesgos y mejora del perfil de endeudamiento, se realizaron permutas de vencimientos de los años 2019 al 2020 por un valor nominal de UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L1,753,344,000.00), emitiéndose nuevos valores por UN MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L1,806,667,000.00), generando un incremento en el saldo de la deuda de CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L53,323,000.00), mismos que deberán ser rebajados de la disponibilidad de la emisión de Bonos/Letras Gobierno de Honduras (GDH). Las permutas realizadas significa ron cambiar valores que poseían una vida promedio de 2 años por nuevos títulos con una vida promedio de 9.2 años, al mismo tiempo se obtuvo una disminución en la tasa de interés promedio ponderada de 11.05% a 10.45%.
- 6.
Que el nuevo monto de endeudamiento autorizado para la emisión de endeudamiento interno ascenderá a DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L19,459,377,000.00) después del sumar le el incremento de CUARENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L40,000,000.00) y la reducción de CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL LEMPIRAS EXACTOS(L53,323,000.00) por el programa de permutas.
- 7.
Que corresponde al Poder Ejecutivo emitir Decretos, Acuerdos, Reglamentos y Resoluciones conforme a Ley.
- 8.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.031-2015 emitido por la Secretaría de Estado de la Presidencia, el Presidente Constitucional de la República Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, delegó en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, Jorge Ramón Hernández Alcerro, la potestad de firmar Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública son potestad del Presidente Constitucional de la República.
Articulo 1
Se reglamenta la emisión de valores gubernamentales denominada “Bonos/ Letras Gobierno de Honduras (GDH)” hasta por un monto de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L19,459,377,000.00) cuyo monto fue originalmente aprobado en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2017 por DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTAY DOS MILLONES SETECIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L19,472,700,000.00) mediante Decreto Legislativo No.171-2016y modificado, incrementando el monto autorizado en CUARENTA MILLONES DE LEMPIRAS U D I-D EG T-U N AH EXACTOS (L40,000,000.00) mediante Decreto Legislativo No.38-2017. Asimismo, se reglamenta la emisión de valores gubernamentales denominada “Bonos/Letras Gobierno de Honduras Permuta (GDH-P)” hasta un monto de DIEZ MIL MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L10,000,000,000.00), destinados exclusivamente para el programa de permuta de valores gubernamentales que tengan un vencimiento posterior al 2017, según lo autorizado en el Artículo 47 del Decreto Legislativo No.171-2016. La formalización de esta emisión se realizará mediante Acta suscrita por el titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Presidente del Banco Central de Honduras. SEGUNDO: A excepción del Artículo 1 antes mencionado, los artículos del reglamento contenido en el Acuerdo Ejecutivo No.006-2017 del 9 de enero de 2017 mantendrán su vigencia. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE: JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO POR DELEGACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ACUERDO EJECUTIVO NO.031-2015 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL “LA GACETA” EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2015 ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS Secretaría de Finanzas