Edicto — Aviso de Título Supletorio - Helmer David Santos Barrera
Juzgado de Letras Departamental de Ocotepeque
- Publicación: 25 de septiembre de 2024
- Órgano emisor: Juzgado de Letras Departamental de Ocotepeque
- Gaceta: 36,649
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley HACE CONSTAR: Que el señor LUIS ALONSO VASQUEZ MATA, ha solicitado Título Supletorio del Inmueble siguiente: Un lote de terreno con un área de SETENTA Y OCHO MANZANAS CON TREINTA CENTÉSIMAS DE MANZANA (78.30 M), equivalente a QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTÉSIMAS DE METRO CUADRADO (545,988.90 M2), ubicado en el lugar denominado El Copan ton, municipio de San Francisco del Valle, departamento de Ocotepeque con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Oscar Noé Mejia Moran, río de por medio; AL SUR, AL NORESTE, AL NOROESTE; Y, AL ESTE, colinda con sucesión Mejía Lemus; AL SURESTE, colinda con sucesión Mejía Lemus, calle pública de por medio; AL SUROESTE, colinda con María de Jesús Moran. Los cuales he poseído quieta, pacífica e interrumpidamente más de trece años.- Representante Legal Abg. JAVIER EDUARDO MADRID. Ocotepeque, 12 de Septiembre del 2024 ABG. MARIA DOLORES LEONOR SRIA. ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 25 S. 25 O. 25 N. 2024 AVISO DE TÍTULO_SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley, HACE CONSTAR: Que el señor: HELMER DAVID SANTOS BARRERA, ha solicitado Título Supletorio sobre de un Lote de Terreno con una área de CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS CENTESIMAS DE METRO CUADRADO (49,798.82 M2), equivalente a SIETE MANZANAS CON TRECE CENTESIMAS DE MANZANA (7.13 Mzs.), ubicado en el lugar denominado El Sastre, municipio de San Francisco del Valle, departamento de Ocotepeque, con las colindancias siguientes. AL NOROESTE, colinda con Y O LENY MARILU RIVERA LOPEZ, CALLE DE POR MEDIO; AL NORESTE, colinda con JUAN IT O DUBLAS SANTOS MELGAR; AL SURESTE, colinda con JORGE ALBERTO HENRIQUEZ Y CARLOS MANUEL VASQUEZ; AL SUROESTE, colinda con HELMER DAVID SANTOS BARRERA; Y, AL OESTE, colinda con ARMIDA SANTOS MELGAR; poseyendo dicho inmueble únicamente en documento privado de compra venta y que en este acto acompaño, acreditando que tengo más de veinte años de poseer en quieta, pacífica e interrumpidamente dicho terreno; téngase como Apoderado Legal al Abg. EDGAR JAVIER MADRID CHINCHILLA. Ocotepeque, 04 de Septiembre del año 2024 ABG. MARIA DOLORES LEONOR SRIA. ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 25 S. 25 O. 25 N .2024 _______
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE REPOSICIÓN Y CANCELACIÓN DE TÍTULO VALOR El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley correspondientes: HACE SABER: que en fecha 21 de agosto del año 2024, se admitió a trámite la Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor consistente en CERTIFICADO DE DEPÓSITO JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de octubre del año dos mil veintidós (2023), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Santos Juana Ramírez Maradiaga, con orden de ingreso número 0801-2022-01663, contra la Secretaría de Finanzas, incoando demanda contencioso administrativo en materia personal para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de la Comisión Técnica Liquidadora nombrada en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos PCM-005- 2022 de fecha seis (06) de abril y PCM-011-2022 de fecha veintinueve (29) de abril de dos mil veintidós (2022).- Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que ha sido objeto.- Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como se: A) Reintegro en el cargo u otro cargo de iguales o mejores condiciones laborales en aquel organismo con personalidad jurídica propia a la que por ley se le haya transferido las competencias o atribuciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General del Gobierno en cumplimiento del artículo 22 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y b) Pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios a partir de la fecha de cancelación.- Quede a salvo la garantía consagrada en el artículo 129 de la Constitución de la República.- Petición y poder. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 25 S. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
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