Edicto — Aviso de Título Supletorio - Timoteo Cerrato Aplicano, Apacilagua, Choluteca
Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca
- Publicación: 13 de enero de 2025
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca
- Gaceta: 36,738
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA EXP. 0601-2024.00449 AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el Abogado ERICH ANNDONNIE BAQUEDANO QUIROZ, actuando en su condición de representante procesal del señor TIMOTEO CERRATO APLICANO, mayor de edad, soltero, ganadero, hondureño, con Documento Nacional de Identificación Número 0602-1961-00174, con domicilio en la aldea de Somuina, municipio de Apacilagua, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un lote de terreno rural de naturaleza jurídica privada SITIO RINCON GRANDE, ubicado en el caserío POR TO BANCO, aldea SOMUINA, municipio de Apacilagua, departamento de Choluteca, Mapa Final JD-11; Extensión del Predio 32 Has, 33 As, 38.45 Cas, equivalente a 46 Manzanas +3,750.44 V2, COLINDANCIAS: AL NORTE, CALLE DE POR MEDIO CON; BRENDA IZAGUIRRE BAQUEDANO; SUR, WALTER BACA; ESTE, QUEBRADA DE POR MEDIO CON BRENDA IZAGUIRRE BAQUEDANO, FELIPE APLICANO SÁNCHEZ; OESTE, HUMBERTO MONCADA, OBSERVACIONES. Según la información física y digital el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO RINCON GRANDE NATURALEZA JURÍDICA PRIVADA, el presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de veinte años de poseerlo. Choluteca, 08 de octubre del año 2024. ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 12 N., 12 D. 2024 y 13 E. 2025
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de julio del año dos mil veinticuatro (2024 ), compareció ante este Juzgado la señora JOSSELIN PAOLA SANCHEZ SORIANO, incoando demanda vía procedimiento especial en materia personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, para la nulidad de un acto administrativo contenido en el ACUERDO DE CANCELACIÓN NÚMERO 230-SRH-2024, de fecha veintiocho (28) de junio del dos mil veinticuatro (2024 ), dictado por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional por ser violatorio de disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.- El reconocimiento de una situación individualizada y la adopción de medidas para el pleno restablecimiento de los derecho conculcados.- El reintegro al cargo que ocupaba, más los salarios dejados de percibir a título de indemnización de daños y perjuicios hasta la fecha en que en cumplimiento de la sentencia condenatoria sea re instalada en el cargo que ocupaba.- El incremento de LPS. 1,300.00 otorgado a partir del mes de enero en el 2024 a los empleados públicos.- Los aumentos que se otorguen a los empleados públicos durante la sustanciación del juicios.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- ABG.ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 13 E. 2025
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria - Artículos 254 a 276 — Este decreto autoriza al gobierno a ejecutar programas de reconstrucción y reactivación económica tras la pandemia y desastres naturales, permitiendo a instituciones públicas gestionar presupuestos de manera flexible, solicitar créditos internos y externos, y realizar contrataciones directas en proyectos específicos de infraestructura y servicios. Afecta a ciudadanos mediante inversión en carreteras, hospitales y servicios, pero también establece que funcionarios que despidan injustificadamente a empleados serán responsables financieramente.
- Decreto Legislativo No. 48-2018 — Reforma del Artículo 3 del Decreto No.38-2018 sobre Amnistía de Multas Municipales — Esta ley permite que los municipios de Honduras cancelen multas, recargos e intereses de impuestos y tasas municipales atrasadas hasta el 31 de diciembre de 2017. Aplica a cualquier persona o empresa, independientemente de tener planes de pago, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 para facilitar el pago y mejorar las finanzas municipales. (Decreto 48-2018, 2018)
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2022
- Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades — El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro. (Decreto 185-2001, 2001)
- Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)