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13 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Edicto No. 220-2026 — Demanda de Jano Cristo de León Rivera en representación de Elis Giovanna Pazzetti Pineda contra Secretaría de Estado en el Despacho de Salud

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula, Cortés

  • Decreto: 220-2026
  • Publicación: 13 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula, Cortés
  • Gaceta: 37,219

Texto completo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció ante este juzgado la Abogada LARISSA YISELLE TEJEDA HERNANDEZ, Representante Procesal de los señores PEDRO RAMON CIBRIÁN CARDONA, FREDIN ADALID PAGUADA RUIZ, ELVIN JAVIER AVILA RODRIGUEZ, ERIC ALEXANDER AYALA ZELAYA y GONZALO DE JESUS GALINDO, contra el ESTADO DE HONDURAS a través de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, contraída a solicitar “Se promueve Demanda para la Nulidad de los Actos Administrativos de Carácter Particular en Materia de Personal, por no haber sido dictados conforme a derecho, e infringir el ordenamiento Jurídico establecido, que se declare la ilegalidad y que se le reconozca la Situación Jurídica Individualizada y adoptar como medida necesaria para el pleno restablecimiento de la misma lo siguiente: El reintegro a sus puestos de trabajo en iguales o mejores condiciones a las establecidas; incrementos salariales, bonificaciones y demás beneficios dejados de percibir en su ausencia y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a sus puestos de trabajo del cual fueron cancelados de forma arbitraria e ilegal.- Costas del Juicio.- Se acompañan documentos.- Se otorga poder.- ” ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 13 A. 2026 Sección B Avisos Legales

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: En fecha treinta (30) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció el Abogado Jano Cristo de León Rivera, en su condición de Apoderado Legal de la señora Elis Giovanna Pazzetti Pineda, presentando demanda en contra del Estado de Honduras, representado por el Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, en su condición de Procurador General de la República por actos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud; misma que se encuentra registrada en libro de entrada que para tal efecto lleva este Tribunal bajo el número de expediente No. 220-2026 S.P.S., correlativo 0501-2026-00214 LAP; dicha demanda tiene como finalidad se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en la resolución Nº 141-2025-SS por haber sido dictada infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, asimismo, se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, consistente en el reconocimiento de antigüedad, nivelación e incrementos de salario y reajuste de salarios en forma retroactiva conforme al Estatuto del Médico Empleado y la Ley del Sistema Retributivo del Gobierno Central. En la Ciudad de San Pedro Sula, Cortés, a los diez (10) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026). Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 13 A. 2026. ___ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 03 de junio del 2026. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este juzgado el Abogado FREDIN DE JESUS FUNEZ en su condición de representante procesal EMILY ZOE PERALTA LOPEZ, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2026-01179 vía procedimiento en materia de personal contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, emitido por la Administración Aduanera de Honduras con infracción del ordenamiento jurídico con grave violación del debido proceso, quebrantamiento de formalidades esenciales, exceso de poder y desviación de poder.- Que se declare su nulidad.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos, el reintegro al cargo del cual fue cancelada por cesantía mi representada o a otro de igual o mejor categoría y salario, pago de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación hasta la fecha que mediante sentencia definitiva condenatoria sea reintegrada al cargo, reconociendo los respectivos incrementos salariales que ordena el régimen de aduanas y los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada, más el pago de derechos laborales que ocurran durante el juicio, como decimotercer y decimocuarto mes de salario, vacaciones, quinquenios y otros. Costas de juicio. Se acompañan documentos. Poder. ABG. DANILO ENRIQUE FLORES CARRASCO SECRETARIO ADJUNTO 13 A. 2026. ____