Edicto — Aviso de Título de Propiedad de un Bien Inmueble por Título Supletorio - Ana Rosa Motiño Paguada
Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa, Departamento de Olancho
- Publicación: 22 de julio de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa, Departamento de Olancho
- Gaceta: 37,200
- Categoria: Notarial y Registral
Resumen
Este edicto otorga un título de propiedad a Ana Rosa Motiño Paguada sobre un terreno de 174,306.20 metros cuadrados en La Puzunca, Juticalpa, Olancho, mediante el procedimiento de título supletorio. Esto beneficia a la propietaria al formalizar legalmente su posesión de más de 15 años, permitiéndole obtener el documento oficial de propiedad ante el Juzgado de Letras.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE JUTICALPA "DEPARTAMENTO DE OLANCHO" AVISO DE TÍTULO DE PROPIEDAD DE UN BIEN INMUEBLE POR TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa, Departamento de Olancho, al público en general y para efectos de ley, hace saber: Que en fecha diecinueve de noviembre del año dos mil veinticinco, se presentó a este despacho por la señora ANA ELIZABETH VASQUEZ MOTIÑO, con Documento de Identificación Número 0801- 1988-20344, actuando en representación de la señora ANA ROSA MOTIÑO PAGUADA, TÍTULO DE PROPIEDAD POR TÍTULO SUPLETORIO. Los terrenos cuales se encuentra ubicado en el lugar Sitio Los Encuentros, Aldea La Puzunca de Juticalpa, Departamento de Olancho y es UN TERRENO DE ciento setenta y cuatro mil trescientos seis punto veinte metros cuadrados (174,306.20 M2), el cual tiene los siguientes rumbos y distancias: Partiendo del LADO 1-2 RUMBO N 70´57'51.49 E, DISTANCIA: 45.597 mts. V1, Coordenadas: X: 583839.67, Y: 1622316.291, X: 596404.369; LADO 2-3 RUMBO S 60'34'19.31 E, DISTANCIA: 63.158 mts. V2, Coordenadas: Y: 1622331.163, X: 596447.473; LADO 3-4 RUMBO S 88'07´29.73 E, DISTANCIA: 34.910 mts. V3, Coordenadas: Y: 1622300.131, X: 596502.482; LADO 4-5 RUMBO S 27´35'52.55 E, DISTANCIA: 32.536 mts. V4, Coordenadas: Y: 1622298.989, X: 596537.373; LADO 5-6 RUMBO N 42'59'54.96 E, DISTANCIA: 24.443 mts. V5, Coordenadas: Y: 1622270.155, X: 596552.448; LADO 6-7 RUMBO N 54'51'02.24 E, DISTANCIA: 32.082 mts. V6, Coordenadas: Y: 1622288.032, X:596569.115; LADO 7-8 RUMBO N 69'05'08.33 E, DISTANCIA: 58.082 mts. V7, Coordenadas: Y: 1622306.847, X:598595.838; LADO 8-9, RUMBO N 85´05'35.42 E, DISTANCIA: 42.407 mts. V8, Coordenadas: Y: 1622328.524, X:596649.723; LADO 9-10 RUMBO S 51 '32'24.07 E, DISTANCIA: 34.995 mts. V9, Coordenadas: Y: 1622332.152, X:596691.975; LADO 10-11 RUMBO S 19'02'50.67 E, DISTANCIA: 399.780 mts. V10, Coordenadas: Y: 1622310.411, X:596719.348; LADO 11-12 RUMBO S 44'30'00.39 E, DISTANCIA: 91.017 mts. V11, Coordenadas: Y: 1621932.520, X:596849.814; LADO 12-13 RUMBO S 52'46'11.12 W, DISTANCIA: 123.432 mts. V12, Coordenadas: Y: 1621867.602, X:596913.609; LADO 13-14 RUMBO S 10'33'27.92 W, DISTANCIA: 208.116 mts. V13, Coordenadas: Y: 1621792.923, X:596815.331; LADO 14-15 RUMBO N 76'53'27.53 W, DISTANCIA: 50.205 mts. V14, Coordenadas: Y: 1621588.330, X:596777.199; LADO 15-16 RUMBO N 14'45'38.08 E, DISTANCIA: 152.764 mts. V15, Coordenadas: Y: 1621599.717, X:596728.303; LADO 16-17 RUMBO N 79'53'26.86 W, DISTANCIA: 97.933 mts. V16, Coordenadas: Y: 1621747.439, X:596757.224; LADO 17-18 RUMBO N 13'04'43.50 W, DISTANCIA: 169.386 mts. V17, Coordenadas: Y: 1621764.629, X: 596670.811; LADO 18-19 RUMBO N 68'41'48.36 W, DISTANCIA: 51.505 mts. V18, Coordenadas: Y: 1621929.621, X:596632.481; LADO 19-20 RUMBO N 74'38'48.16 W, DISTANCIA: 91.735 mts. V19, Coordenadas: Y: 1621948.334, X:596584.495; LADO 20- 21 RUMBO N 25´12'32.67 W, DISTANCIA: 255.952 mts. V20, Coordenadas: Y: 1621972.622, X: 596496.034; LADO 21-1 RUMBO N 08'47'56.65 W, DISTANCIA: 113.429 mts. V21, Coordenadas: Y: 1622204.197, X:596387.018; y, con las siguientes colindancias: AL NORTE, Juan Artica, Hector Aguilar; al SUR, Ramon Lopez, y Ramon Lopez y Francisco Zapata; al ESTE, Ana Rosa Motiño Paguada y Ana Rosa Motiño Paguada; al OESTE, Juan Artica y Empresa Grecia; lotes que ha poseído por más quince años. Se ofrece información testifical de los RAMON MOTIÑO CALONA, hondureño, con Documento de Identificación 1501-1961-00176, ALWIN ANDRES OLIVERA ESCOBAR, hondureño, con Documento de Identificación 1501-2000-00305, SHELBI GABRIELA IRIAS OSORTO, hondureño, con Documento de Identificación 1501-2002-01270. Juticalpa, Olancho, 16 de abril del 2026 ABG. DIANA RIVERA SECRETARIA 22 M., 22 J. y 22 J. 2026.
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria - Artículos 254 a 276 — Este decreto autoriza al gobierno a ejecutar programas de reconstrucción y reactivación económica tras la pandemia y desastres naturales, permitiendo a instituciones públicas gestionar presupuestos de manera flexible, solicitar créditos internos y externos, y realizar contrataciones directas en proyectos específicos de infraestructura y servicios. Afecta a ciudadanos mediante inversión en carreteras, hospitales y servicios, pero también establece que funcionarios que despidan injustificadamente a empleados serán responsables financieramente.
- Decreto Legislativo No. 48-2018 — Reforma del Artículo 3 del Decreto No.38-2018 sobre Amnistía de Multas Municipales — Esta ley permite que los municipios de Honduras cancelen multas, recargos e intereses de impuestos y tasas municipales atrasadas hasta el 31 de diciembre de 2017. Aplica a cualquier persona o empresa, independientemente de tener planes de pago, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 para facilitar el pago y mejorar las finanzas municipales. (Decreto 48-2018, 2018)
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2022
- Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades — El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro. (Decreto 185-2001, 2001)
- Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)