Edicto — Aviso de Título Supletorio
Poder Judicial
- Publicación: 19 de enero de 2023
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 36,161
- Categoria: Notarial y Registral
Resumen
Estos avisos publicitan tres procesos legales: uno para reconocer la propiedad de un terreno en Copán (Título Supletorio), y dos demandas contra el Estado donde empleados reclaman que fueron despedidos ilegalmente y piden reingresar a su trabajo y recibir salarios adeudados. Los avisos notifican públicamente a los involucrados sobre estos juicios en curso.
Texto completo
La suscrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: En la solicitud de Título Supletorio promovida por el señor OSCAR HUMBERTO DUARTE REYES, mayor de edad, soltero, agricultor, hondureño, con domicilio en el municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, con Documento Nacional de Identificación 0401-1977-01043, es dueño de un lote de terreno ubicado en el lugar denominado Aruco Celaque jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento de Copán, el cual tiene las siguientes medidas: Un área superficial de UNO PUNTO CATORCE MANZANAS (1.14 MZNS) de extensión superficial; con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad de Sebastián Paz Cardoza; AL SUR, colinda con propiedad de Aleph Uriel Alvarado Lara; AL OESTE, colinda con propiedad de los señores José Armando Monge Reyes y Sebastián Paz Cardoza.- El cual ha poseído según manifiesta en forma quieta, pacífica e interrumpidamente por más de diez años. Representa el Abogado CARLOS ROBERTO ALVARADO CHINCHILLA. Santa Rosa de Copán, 14 de Diciembre del año 2022 ABG. MIRNA LETICIA HERNANDEZ SECRETARIA 20 D. 2022, 20 E. y 20 F. 2023 ________
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 19 de septiembre del 2022, compareció a este juzgado la ciudadana HEYDY KARINA GUNERA RODRIGUEZ, en su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACION, No.CTL-596-2022, de fecha 24 de agosto del 2022, emitida por la Comisión Técnica Liquidadora, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2022-01396. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. DOY FE. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 21 F. 2023 ____ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de agosto del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor OSCAR RENE CORTES ARGUETA, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01085, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION, se presenta demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en reconocimiento materia de personal una situación jurídica de individualizada por la cancelación ilegal e injustificada contenidos en el acuerdo número 108- 2022 y como medidas para restablecimiento de mis derechos su pleno se ordene mediante sentencia el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones.- Ya título de daños y perjuicios el pago de los sueldos y salarios dejados de percibir desde el despido o cancelación ilegal e injustificada, pago de décimo cuarto mes de salarios, décimo tercer mes de salarios, vacaciones, aumentos desde la fecha de cancelación hasta que se ejecute la sentencia, costas del juicio,- Pago de honorarios profesionales, habilitación de días y horas inhábiles.- Se adjuntan documentos.- Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 21 F. 2023 ____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de agosto del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Gladys Carolina R. Mejía Vásquez, con orden de ingreso número 0801-2022-00840, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto Nacional de Migración, incoando demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada contenidos en el acuerdo número 110- 2022 y como medidas para su pleno restablecimiento de mis derechos se ordene mediante sentencia el reintegro a i puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones.- Y a título de daños y perjuicios el pago de los sueldos y salarios dejados de percibir desde el despido o cancelación ilegal e injustificada, pago de décimo cuarto mes de salarios, décimo tercer mes de salarios, vacaciones, aumentos desde la fecha de cancelación hasta que se ejecute la sentencia.- Costas del juicio.- Pago de honorarios profesionales, habilitación de días y horas inhábiles.- Se adjuntan documentos.- Poder. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 21 F. 2023
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