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24 de febrero de 2026Vigente

Edicto — Demanda de nulidad de actos administrativos - Josué Gregorio Sabillon Casco, Heilyn Karina Mejía Díaz y Jandil Antonio Canales Bonilla

Poder Judicial

  • Publicación: 24 de febrero de 2026
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una persona demanda ante el Juzgado Contencioso Administrativo la nulidad de su despido del Instituto de la Propiedad, argumentando que fue cancelada violando la ley. Solicita ser reintegrada a su puesto de trabajo y que le paguen los salarios no percibidos como compensación por daños y perjuicios.

Texto completo

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 19 de Junio del año 2025, comparece la señora MAIRA LISETH MENDOZA SUAZCO, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2025-00453, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, se interpone demanda especial para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal. Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo de mi representado u otro de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir en concepto de daños y prejuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se reintegren al puesto de trabajo. Se acompañan documentos. Costas del juicio. En relación a el Acuerdo de Cancelación No. CI-IP-437-2025 de fecha 30 de mayo del 2025 y notificado en fecha 6 de junio del 2025. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 28 M. 2026. _____

  • Codigo de Procedimientos Comunes (pg 173 Actos No Contenciososos) — Este decreto de 1906 autoriza al Poder Ejecutivo a emitir códigos y leyes, incluido el Código de Procedimientos Comunes, para que entren en vigor el 1 de marzo de ese año junto con la nueva Constitución Política. Establece las reglas para los procedimientos civiles en Honduras, regulando cómo actúan los jueces, abogados, procuradores y ciudadanos en los juicios, así como los términos, notificaciones y trámites que deben seguirse.
  • Decreto Legislativo No. 48-2018 — Reforma del Artículo 3 del Decreto No.38-2018 sobre Amnistía de Multas Municipales — Esta ley permite que los municipios de Honduras cancelen multas, recargos e intereses de impuestos y tasas municipales atrasadas hasta el 31 de diciembre de 2017. Aplica a cualquier persona o empresa, independientemente de tener planes de pago, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 para facilitar el pago y mejorar las finanzas municipales. (Decreto 48-2018, 2018)
  • Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria - Artículos 254 a 276 — Este decreto autoriza al gobierno a ejecutar programas de reconstrucción y reactivación económica tras la pandemia y desastres naturales, permitiendo a instituciones públicas gestionar presupuestos de manera flexible, solicitar créditos internos y externos, y realizar contrataciones directas en proyectos específicos de infraestructura y servicios. Afecta a ciudadanos mediante inversión en carreteras, hospitales y servicios, pero también establece que funcionarios que despidan injustificadamente a empleados serán responsables financieramente.
  • Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2022
  • Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades — El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro. (Decreto 185-2001, 2001)

Notas

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