Edicto — Aviso de Título Supletorio - Demnis Xiomara Hernández
Poder Judicial
- Publicación: 14 de febrero de 2024
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 36,489
- Categoria: Notarial y Registral
Resumen
Este edicto publica solicitudes de título supletorio (documentos de propiedad) para terrenos en Choluteca. Permite a personas que poseen tierra de forma pacífica y continua por más de 20 años obtener un documento legal que reconozca su propiedad ante el Estado, aunque no tengan título original.
Texto completo
La suscrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE SABER: Que las Abogadas JESSICA MARIA CONTRERAS FLORES y PAOLA RACHEL CHAVARRIA ORDOÑEZ, actuando en su condición de representantes procesales de la señora DEMNIS XIOMARA HERNANDEZ, mayor de edad, casada, hondureña, con domicilio en la comunidad de Madrigales, municipio de Concepción de María, departamento de Choluteca, con documento nacional de identificación número No.0603-1968- 00084, presentó a este Juzgado Solicitud de Titulo Supletorio, sobre un predio ubicado en Aldea San Judas, municipio del Corpus, departamento de Choluteca,: Mapa Final: KC-43, extensión del predio 06 HAS, 30 AS, 93.52 CAS, Naturaleza Jurídica SITIO LOS TEJARES/EJIDAL A NOMBRE DEL PUEBLO DE CONCEPCIÓN DE MARIA. COLINDANCIAS: NORTE, GERMAN GUILLEN; AL SUR, GLORIA TABORA; AL ESTE.- ENRIQUE HERNANDEZ, NELSON CRUZ BETANCO: MARIA VALLADARES, CALLE DE POR MEDIO CON PAULINA RAMIREZ; AL OESTE, GLORIA TABORA, LIGA CAMPESINA SAN JUDAS. OBSERVACIONES, Según la información física y digital el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO LOS TEJARES DE NATURALEZA JURIDICA EJIDAL A NOMBRE DEL PUEBLO DE CONCEPCION DE MARIA. Se adjunta plano con sus respectivos límites, distancias, rumbos y coordenadas. Dicho lote lo ha obtenido desde hace más de veinte años consecutivos de manera quieta, pacífica y no interrumpida no existiendo otros poseedores pro- indivisos. Choluteca, 13 de Marzo del año 2024 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA GENERAL 19 M, 19 A, y 20 M. 2024 _____ departamento de Choluteca: Predio No.1). Mapa Final: ID- 11, con una extensión del predio 01 Has, 49 as, 41.16 Cas, EQUIVALENTE A 2 MANZANAS MAS 1,429.4 varas cuadradas naturaleza jurídica y sitio privado: Tapatoca.- Con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Vicente Rivera, Rubén Rivera, Pablo Álvarez; AL SUR, con Israel Serrato; AL ESTE, Pablo Álvarez, Israel Serrato; y, AL OESTE, con calle de por medio con Álvaro Gáleas. Predio No.2). Ubicado en el caserío La Trinidad, aldea El Trapiche, municipio Choluteca, departamento de Choluteca, Mapa Final: ID-11, extensión del predio 0 Has, 12 as, 99.43 cas; EQUIVALENTE A 0 MANZANAS MAS 1863.72 varas cuadradas, naturaleza jurídica y sitio Privado / Tapatoca.- Con las colindancias siguientes: AL NORTE, Eliseo Rivera, quebrada de por medio con Alfonzo Rivera; AL SUR, calle de por medio con Porfiria Álvarez, Rómulo Rivera; AL ESTE, Eliseo Rivera; y, AL OESTE, con Anunciación Berrios. Dicho lote lo obtuvo de forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de veinticinco años consecutivos. Choluteca, 05 de diciembre del año 2023 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA GENERAL 19 E, 19 F y 19 M. 2024 _____
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la señora KATHERINE MICHELL FUNES ACOSTA, quien confirió poder al Abogado SERGIO ALEJANDRO MARTÍNEZ RAUDALES, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00797, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación por Cesantía número SETRASS-328-2023 de fecha 06 de julio de 2023, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, que se reconozca la situación jurídica individualizada de la titular del derecho que se reclaman y como medida necesaria para el pleno restablecimiento del mismo, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a su puesto de trabajo u otro en igual o mejores condiciones en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que de manera ilegal se efectuó la cancelación, hasta el momento en que se materialice el reintegro al puesto de trabajo, más los aumentos o reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo, como décimo tercero y décimo cuartó mes de salario, vacaciones, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial, se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 19 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O
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