Edicto — Aviso de Título Supletorio
Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán
- Publicación: 4 de noviembre de 2021
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán
- Gaceta: 35,763
Texto completo
AVISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio promovida por la señora ANA DILCIA TABORA ROQUE, mayor de edad, casada, ama de casa, hondureña, con Tarjeta de Identidad número 0406-1973-00018; con domicilio el municipio de Cucuyagua, Departamento de Copán, es dueña de un lote de terreno ubicado en el lugar El Níspero, jurisdicción del municipio de la Cucuyagua, departamento de Copán, el cual tiene la relación de medidas y colindancias siguientes: Del punto cero (0) al punto uno (1), con rumbo Norte, mide veinticuatro punto ochenta metros (24.80 mts), del punto uno (
- 1)
al punto dos (2), con rumbo Este, mide cuarenta y uno punto cero cero metros (41.00 mts), del punto dos (
- 2)
al punto tres (
- 3)
rumbo Sur, mide diez punto cincuenta metros (10.50 mts), del punto tres (3) al punto cuatro (
- 4)
rumbo Oeste, mide dieciocho punto sesenta metros (18.60 mts), de punto cuatro (4) al punto cinco (
- 5)
rumbo Oeste, mide dieciséis punto cero cero metros (16.00 mts); y, del punto cinco (5) al punto cero (0) rumbo Oeste, mide diecisiete punto diez metros (17.10 mts); con un área total de OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (863.00 m2), el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: Al Norte, colinda con calle pública; Al Sur, colinda con Adelmo Lara; Al Este, colinda con Sebastián Tabora; y, Al Oeste, colinda con calle pública.- Dicho terreno lo ha poseído en forma quieta pacífica y no interrumpida por más de diez años.- Lo que será afirmado por los testigos MARIANO LARA, DANIA FLORIS BELLA RIVERA ZELAYA Y DIGNA RODRIGUEZ ZELAYA.- Santa Rosa de Copán, 26 de octubre del año 2021 ABG. MIRNA LETICIA HERNÁNDEZ SECRETARIA 4 N., 4 D. 2021 y 4 E. 2022 Poder Judicial Honduras
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria - Artículos 254 a 276 — Este decreto autoriza al gobierno a ejecutar programas de reconstrucción y reactivación económica tras la pandemia y desastres naturales, permitiendo a instituciones públicas gestionar presupuestos de manera flexible, solicitar créditos internos y externos, y realizar contrataciones directas en proyectos específicos de infraestructura y servicios. Afecta a ciudadanos mediante inversión en carreteras, hospitales y servicios, pero también establece que funcionarios que despidan injustificadamente a empleados serán responsables financieramente.
- Decreto Legislativo No. 48-2018 — Reforma del Artículo 3 del Decreto No.38-2018 sobre Amnistía de Multas Municipales — Esta ley permite que los municipios de Honduras cancelen multas, recargos e intereses de impuestos y tasas municipales atrasadas hasta el 31 de diciembre de 2017. Aplica a cualquier persona o empresa, independientemente de tener planes de pago, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 para facilitar el pago y mejorar las finanzas municipales. (Decreto 48-2018, 2018)
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2022
- Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades — El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro. (Decreto 185-2001, 2001)
- Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)