Edicto No. 0801-2016-00408 — Demanda personal contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2016-00408
- Publicación: 14 de marzo de 2017
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,289
Texto completo
AVISO La Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al artículo cincuenta (50), de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, compareció a este Juzgado la Abogada Gladys Ondina Matamoros Arias, incoando demanda Personal contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso número 0801-2016-00542, se solicita Reconocimiento de una Situación Jurídica Individualizada.- Que se adopten las medidas para su pleno restablecimiento ordenando el reintegro al trabajo y a los grados de los cuales los cancelaron.- Pago de los salarios dejados de recibir, más los reajustes a que se tengan derecho en su ausencia y sean otorgados a los demás servidores públicos.-Que mediante Sentencia condenatoria se ordene los ascensos a los que por ley tienen derecho y los beneficios en el Instituto de Previsión Militar.- Bonos.- Décimo tercero y décimo cuarto mes de salario.- Vacaciones comunes y corrientes.- Nulidad de unos Actos Administrativos emitidos con exceso y abuso de poder violentando Garantías Constitucionales, violentando el debido proceso. Por violentar el derecho a defensa que es inviolable.- Que se declare no ser conforme a derecho unos actos administrativos, y como consecuencia que se decrete la nulidad de los mismos acuerdos números:
- 1)
2324-2016 contenido en el oficio SEDS-SG-3051-2016 y notificado el 13 de octubre de 2016; y,
- 2)
2323-2016 contenido en el oficio SEDS-SG-3050-2016 notificado el 13 de octubre del 2016 verbalmente y entregado el oficio que contiene el Acuerdo de Cancelación. Poder.- Petición.- Especial condena en costas.-Por violación de Derechos Humanos.-Por manchar el Honor y Estigmatizar a los cancelados.- Se acompañan documentos debidamente autenticados.-Y se señala lugar donde obran otros. Se relacionan hechos de la demanda con sus medios de prueba. ABOG. ANA VIRGINIA SÁNCHEZ ALMENDÁREZ SECRETARIA GENERAL 14 M. 2017
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