Edicto — Aviso de título supletorio de dominio de lote de terreno
Juzgado de Letras Seccional
- Publicación: 10 de julio de 2019
- Órgano emisor: Juzgado de Letras Seccional
- Gaceta: 34,992
Texto completo
Sección “B” AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general, HACE SABER: Que con fecha veintiocho de febrero del año dos mil diecinueve, el señor ROQUE ESCOBAR CATALÁN, a través de su Apoderada Legal, la Abog. LIGIA GEORGINA RODRÍGUEZ LÓPEZ, presentó ante este Despacho solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de un lote de terreno, ubicado en el Barbasqueadero en el sitio privado Los Hornillos, Cabañas, Copán, con un área de TREINTA Y SEIS PUNTO VEINTITRÉS MANZANAS, el cual tiene una relación de medidas y colindancias siguientes: del punto 1 al punto 2 rumbo Norte, 29 grados treinta y nueve minutos 22 segundos Este, distancia de 183.90 metros; del punto 2 al punto 3 rumbo Norte, cincuenta y un grados doce minutos, cincuenta y seis segundos Este, distancia 143.68 metros; por estos rumbos colinda con LUCAS AUXUME; del punto 3 al punto 4 rumbo Sur, ochenta grados cero uno minutos, cuarenta y un segundos Este, distancia 92.40 metros; del punto 4 al punto 5 rumbo Sur, cincuenta y seis grados dieciochos minutos treinta y seis segundos Este, E Distancia 28.84 metros, por estos rumbos colinda con EDIDOLFO BAUTISTA; del punto 5 al punto 6 rumbo Sur, treinta y cinco grados cuarenta y tres minutos treinta y nueve segundos Oeste, distancia de 70.21 metros; del punto 6 al punto 7 rumbo Sur, treinta y dos grados once minutos, cuarenta y cinco segundos Oeste, distancias 63.81 metros; del punto 7 al punto 8 rumbo Sur, cincuenta y tres grados cincuenta y siete minutos cincuenta y seis segundos Oeste, distancia de 53.23; del punto 8 al punto 9 rumbo Sur, treinta y uno grados cuarenta y ocho minutos, veintitrés segundos Oeste, distancia 54.93 metros; del punto 9 al punto 10 rumbo Sur, once grados dieciocho minutos treinta y seis segundos Oeste, distancia 61.19 metros; del punto 10 al punto 11, Rumbo Sur, cero uno grados diecinueve minutos cincuenta y seis segundos Este, distancia de cuarenta y tres punto cero uno metros; del punto 11 al punto 12 rumbo Sur, veintiocho grados cero cuatro minutos veintiuno segundos Oeste, distancia 34.00 metros; del punto 12 al punto 13 rumbo Sur, cero nueve grados cincuenta y cinco minutos treinta y cuatro segundos Oeste, distancia de 40.61 Metros; del punto 13 al punto 14 rumbo Sur, cero seis grados veinte minutos veinticinco segundos Este, distancia 45.28 metros; del punto 14 al punto 15 rumbo Sur, cero ocho grados treinta y nueve minutos cero nueve segundos Este, distancia de 46.53 metros; del punto 15 al punto 16 rumbo Sur, cero uno grados 29 minutos 16 segundos Oeste, 77.03 metros; del punto 16 al punto 17 rumbo Sur, 13 grados 49 minutos 43 segundos Oeste, distancia 66,94 metros; del punto 17 al punto 18 rumbo Sur, 28 grados 26 minutos 35 segundos Oeste, distancia 54.59 metros; del punto 18 al punto 19 rumbo Sur, 14 grados 02 minutos, 10 segundos Oeste, distancia 74.22 metros; del punto 19 al punto 20 rumbo Sur, 14 grados 44 minutos 37 segundos Este, distancia 19.65 metros; del punto 20 al punto 21 rumbo Sur, 00 grados 38 minutos 37 segundos Oeste, distancia de 89.01 metros; del punto 21 al punto 22 rumbo Sur, 11 grados 37 minutos 55 segundos Oeste, distancia de 67.03 metros; por estos rumbos colinda con camino de por medio y propiedad de Concepción Garza; del punto 22 al punto 23 rumbo Norte, 81 grados 01 minutos 39 segundos Oeste, distancia 38.47 metros; del punto 23 al punto 24 rumbo Norte, 82 grados 42 minutos 18 segundos Oeste, distancia 92.40 metros; del punto 24 al punto 25 rumbo Norte, 85 grados 38 minutos 18 segundos Oeste, distancia 108.57 metros; del punto 25 al punto 26 rumbo Norte, 78 grados 30 minutos 12 segundos, distancia 43.45 metros; del punto 26 al punto 27 rumbo Norte, setenta y ocho grados treinta minutos doce segundos Oeste, distancia 60.21 metros; por estos rumbos colinda con propiedad del grupo Indígena; del punto 27 al punto 28 rumbo Norte, cero seis grados treinta y siete minutos cincuenta y siete segundos Este, distancia de 86.58 metros; del punto 28 al punto 29 rumbo Norte, cero ocho grados cero siete minutos cuarenta y ocho segundos Este, distancia de 84-85 metros; del punto 29 al punto 30 rumbo Norte, cero siete grados cero uno minutos cuarenta y dos segundos Este, distancia 73.55 metros; del punto 30 al punto 31 rumbo Norte, cero siete grados doce minutos 36 segundos Este, distancia de 167.32 metros; del punto 31 al punto 32 rumbo Norte, 24 grados 08 minutos 44 segundos Este, distancia de 63.56 metros; del punto 32 al punto 33 rumbo Norte, 37 grados 42 minutos 40 segundos Este, distancia 122.61 metros; del punto 33 al punto 34 rumbo Norte, 71 grados 55 minutos 18 segundos Este, distancia 89.74 metros; del punto 34 al punto 1 rumbo Norte, 36 grados 13 minutos 47 segundos Este, 40.09 metros; por estos rumbos colinda con propiedad de Kenia Sulema Espinoza, lote de terreno que lo posee quieta, pacífica e ininterrumpidamente desde hace más de diez años, y lo obtuvo mediante herencia de mi difunto padre el señor ADELMO ESCOBAR (Q.D.D.G). La Entrada, Copán, 24 de mayo del 2019. KAREN JACK EL Y VALENCIA REYES SECRETARIA 10 J., 10 J. y 10 A. 2019.
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria - Artículos 254 a 276 — Este decreto autoriza al gobierno a ejecutar programas de reconstrucción y reactivación económica tras la pandemia y desastres naturales, permitiendo a instituciones públicas gestionar presupuestos de manera flexible, solicitar créditos internos y externos, y realizar contrataciones directas en proyectos específicos de infraestructura y servicios. Afecta a ciudadanos mediante inversión en carreteras, hospitales y servicios, pero también establece que funcionarios que despidan injustificadamente a empleados serán responsables financieramente.
- Decreto Legislativo No. 48-2018 — Reforma del Artículo 3 del Decreto No.38-2018 sobre Amnistía de Multas Municipales — Esta ley permite que los municipios de Honduras cancelen multas, recargos e intereses de impuestos y tasas municipales atrasadas hasta el 31 de diciembre de 2017. Aplica a cualquier persona o empresa, independientemente de tener planes de pago, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 para facilitar el pago y mejorar las finanzas municipales. (Decreto 48-2018, 2018)
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2022
- Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades — El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro. (Decreto 185-2001, 2001)
- Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)