Edicto — Cancelación y Reposición de Título Valor - Certificado de Depósito a Plazo No. 32-105-000010-3
Juzgado de Letras Seccional de La Entrada, Copán
- Publicación: 8 de septiembre de 2018
- Órgano emisor: Juzgado de Letras Seccional de La Entrada, Copán
- Gaceta: 34,740
Texto completo
AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general HACE SABER: Que en la Solicitud de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR, presentada ante este Juzgado por la señora: AURA LUS LOPÉZ MEJÍA, con Identidad No. 0421-1942-00166, para el BANCO BANPAIS. Este Juzgado resuelve lo siguiente:
- 1)
Tener por Admitida la solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor.
- 2)
Ordena a BANPAIS que tenga por cancelado el Título Valor de un Certificado de Depósito a Plazo No. 32-105- 000010-3 por la cantidad de QUINCE MIL DOLARES EXACTOS ($ 15,000.00) a nombre de la señora AURA LUZ LOPÉZ MEJÍA. Ordena que se haga la Reposición del Título Valor anteriormente descrito, entregándole un nuevo Título de Depósito a Plazo a que tiene derecho la solicitante, 3.-Se ordena la publicación mediante edicto en el Diario Oficia La Gaceta.- 4.- Que si pasados treinta días de publicado el edicto no aparece el Título Valor que se tenga por cancelado el mismo y se proceda a su reposición otorgando otro Título a favor de la señora AURA LUS LÓPEZ MEJÍA. La Entrada, Copán, 23 de agosto del 2018. MARÍA ELVIRA MORÁN SECRETARIA 8 S. 2018. CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE POZA VERDE”, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE POZA VERDE”, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE POZA VERDE”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita,dando cumplimiento con el Artículo18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los siete días del mes de junio de dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 8 S. 2018 _______
Poder Judicial Honduras
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