Edicto — Aviso de Título Supletorio - Lote Terreno Sitio Santa Elena
Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca
- Publicación: 9 de septiembre de 2019
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca
- Gaceta: 35,044
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el Abogado ROMMEL RAFAEL CHEVEZ POVEDA, actuando en su condición de Apoderado Legal del señor LUIS ENRIQUE BERRIOS COELLO, mayor de edad, soltero, hondureño, Perito Mercantil y Contador Público, con domicilio en esta ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, con Identidad No 0601-1988- 02459, presentó ante este Juzgado Solicitud de Título Supletorio sobre un lote terreno de Naturaleza Jurídica Privada, con una extensión superficial de CUATRO MANZANAS, 9441.41 VARAS CUADRADAS APROXIMADAMENTE, ubicado en el SITIO SANTA ELENA con los límites y colindancias siguientes: NORTE, calle Panamericana de por medio, con Gustavo Matamoros.- AL SUR, Azucarera La Grecia.- AL ESTE, Héctor Midence y Grupo Granjas Marinas San Bernardo.- AL OESTE, Azucarera La Grecia.- Este lote está cercado nada más en la colindancia Este.- Dicho lote lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de quince años, que no hay otros poseedores proindivisos. Choluteca, 16 de mayo del año 2019.- AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA 9 J., 9 A. y 9 S. 2019.
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria - Artículos 254 a 276 — Este decreto autoriza al gobierno a ejecutar programas de reconstrucción y reactivación económica tras la pandemia y desastres naturales, permitiendo a instituciones públicas gestionar presupuestos de manera flexible, solicitar créditos internos y externos, y realizar contrataciones directas en proyectos específicos de infraestructura y servicios. Afecta a ciudadanos mediante inversión en carreteras, hospitales y servicios, pero también establece que funcionarios que despidan injustificadamente a empleados serán responsables financieramente.
- Decreto Legislativo No. 48-2018 — Reforma del Artículo 3 del Decreto No.38-2018 sobre Amnistía de Multas Municipales — Esta ley permite que los municipios de Honduras cancelen multas, recargos e intereses de impuestos y tasas municipales atrasadas hasta el 31 de diciembre de 2017. Aplica a cualquier persona o empresa, independientemente de tener planes de pago, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 para facilitar el pago y mejorar las finanzas municipales. (Decreto 48-2018, 2018)
- Decreto Legislativo — Normas de Ejecución Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2022
- Acuerdo 307-2017 - Unidades de Gobernación y Facultades — El Acuerdo 307-2017 reorganiza la Secretaría de Gobernación, dividiendo sus direcciones en dos subsecretarías: una de Justicia y otra de Gobernación y Descentralización. Establece funciones específicas para la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, incluyendo registro, seguimiento, inscripción de estatutos y estados financieros de organizaciones sin fines de lucro. (Decreto 185-2001, 2001)
- Acuerdo No. J.D.001-23-08-2022 — Prórroga de plazo para reinscripción de cooperativas en el Registro Nacional de Cooperativas — Esta ley da 6 meses más de plazo a todas las cooperativas de Honduras para reinscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas con estatutos actualizados. Las cooperativas que no cumplan serán disueltas y sus bienes liquidados; las que usen nombre de cooperativa sin estar inscritas serán denunciadas ante la fiscalía. (Decreto J.D.001-23-08-2022, 2022)