Certificación No. 1224-2021 — Certificación de Resolución 792-2021 sobre planilla de candidatos a Corporación Municipal de Jesús de Otoro, Intibucá
Consejo Nacional Electoral
- Decreto: 1224-2021
- Publicación: 17 de agosto de 2021
- Órgano emisor: Consejo Nacional Electoral
- Gaceta: 35,690
Texto completo
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL CNE CERTIFICACIÓN 1224-2021 El infrascrito, Secretario General del Consejo Nacional Electoral por este medio, CERTIFICA la RESOLUCIÓN tomada por mayoría, en el punto VI (Asuntos Electorales) numeral tres (03) del Acta Número 39-2021, correspondiente a la Sesión, celebrada por el Pleno de este Organismo Electoral día lunes diez (10) de agosto de dos mil veintiuno, reanudada el día martes once (11) del mismo y año, que literalmente dice: “El Pleno de Consejeros, en virtud de la solicitud presentada en fecha dieciséis (16) de abril de dos mil veintiuno (2021), en relación a la RESOLUCIÓN 792-2021 “ACCIÓN DE NULIDAD DE LA DECLARATORIA DE LAS ELECCIONES EN EL NIVEL MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE JESÚS DE OTORO, DEPARTAMENTO DE INTIBUCA”, presentada por el ciudadano JOSÉ FERNANDO CERNA MUÑOZ, quien comparece en su condición de Precandidato a la Alcaldía del Municipio de Jesús de Otoro, Departamento de Intibucá, por el Movimiento Interno Pueblo Organizado en Resistencia (POR) del Partido Libertad y Refundación (LIBRE), actuando como Apoderada Legal del peticionario, la Abogada KARINA MARIELA SMITH PADILLA. Este Organismo Electoral en cumplimiento de la Resolución 792- 2021 y de conformidad al artículo 206 de la Ley Electoral y Organizaciones Políticas que establece que “Si la nulidad fuere de la Declaratoria de Elección, éste deberá rectificarla de inmediato y hacer la respectiva publicación.”; POR TANTO: El Pleno del Consejeros en uso de las facultades que le otorga la ley y en aplicación del artículo 206 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, por mayoría de votos, RESUELVE: a) Ordenar la publicación en el Diario Oficial La Gaceta para los efectos correspondientes de la parte dispositiva de de la RESOLUCIÓN 792-2021 que de manera literal dice, “ …RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la Acción de Nulidad de la Declaratoria de la Elección en el Nivel Electivo Municipal en el Municipio de Jesús de Otoro, del Departamento de Intibucá, que oportunamente interpusiera el ciudadano JOSÉ FERNANDO CERNA MUÑOZ, Precandidato a la Alcaldía del Municipio de Jesús de Otoro, Departamento de Intibucá, por el Movimiento Interno Pueblo Organizado en Resistencia (POR) del Partido Libertad y Refundación (LIBRE), contra la Declaratoria Oficial de Elecciones Primarias proferidas por el Consejo Nacional Electoral(CNE) en el Nivel Electivo de Corporación Municipal publicada en el Diario Oficial La Gaceta el N°. 35,571 de fecha 14 de abril de 2021, por las razones expuestas. SEGUNDO: VALIDAR el Resultado de la MER 05089, de conformidad al proceso de verificación realizado y en consonancia con los datos consignados en las cinco (5) Copias certificadas del Acta de Cierre de Corporación Municipal presentadas por el demandante como lo prevé el artículo 189 segundo párrafo de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas el que dice “cuando el Acta de cierre presente inconsistencias con las demás certificaciones de resultados de la misma Mesa Electoral Receptora prevalecerá el resultado consignado en la mayoría de las certificaciones extendidas a los partido políticos, alianzas y candidaturas independientes, en su caso”. En consecuencia, ordénese la rectificación de la declaratoria de las elecciones primarias dos mil veintiuno
con respecto al nivel electivo de corporación municipal del Municipio de Jesús de Otoro del Departamento de Intibucá y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta para los efectos correspondientes, específicamente en el cargo de candidato a Alcalde José Fernando Muñoz Cerna, con tarjeta de identidad 0318-1993-00779 y ViceAlcalde Jesús Ruiz Maldonado, con tarjeta de identidad 1213-1956-00053. TERCERO: Contra la presente Resolución procede el Recurso de Apelación para ante el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) el que deberá interponerse dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación de esta Resolución. En caso de no interponerse recurso alguno contra la presente resolución esta adquirirá el carácter de firme; en consecuencia, archívense las presentes diligencias sin más trámite.” b. En virtud de encontrarse firme la Resolución 792-2021, téngase por conformada la planilla de candidatos a la Corporación Municipal del municipio de Jesús de Otoro, Departamento de Intibucá, del Partido Libertad y Refundación quedando integrada de la siguiente manera: c. Publicar en el Diario Oficial La Gaceta la planilla ganadora integrada, para los fines legales correspondientes”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente Certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los once (11) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021). ABOG. ALEJANDRO MARTINEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL 17 A. 2021.
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